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Río Negro

Tras los anuncios de Macri, Río Negro estima una disminución de recursos de $400 millones de pesos

Es sólo para lo que resta del ejercicio fiscal 2019.

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El paquete de medidas económicas implementadas por el gobierno nacional implica modificaciones a impuestos coparticipables (IVA y Ganancias) y por lo tanto afectan las finanzas provinciales. Esta situación repercutirá directamente también sobre los municipios al tratarse de gravámenes coparticipables.

El impacto estimado para Río Negro es de una disminución de recursos de aproximadamente $400 millones de pesos para lo que resta del ejercicio fiscal 2019.

«Si bien se destaca el efecto buscado con dichas medidas de incentivar el consumo, a través de un alivio en materia fiscal para monotributistas, contribuyentes del impuesto a las ganancias, y consumidores en general por la eliminación del IVA de algunos alimentos de consumo de la canasta básica, el impacto en las finanzas provinciales a través de la disminución de los ingresos que se perciben en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos es muy significativo», consideraron desde el Ejecutivo rionegrino.

Al respecto, el gobernador Alberto Weretilneck sostuvo que “las modificaciones a los impuestos coparticipables se venían discutiendo en el marco de acuerdos fiscales entre todas las provincias y el gobierno nacional, en un marco de diálogo y respeto mutuo. Rechazamos cambios unilaterales por parte del gobierno nacional que impactan en nuestras finanzas, vulneran nuestra autonomía provincial y afectan nuestra capacidad de prestar los servicios públicos esenciales que son obligación de las provincias, como la salud, la seguridad y la educación”.

De acuerdo a lo anunciado, el paquete de medidas indica el aumento del mínimo no imponible (MNI) y deducciones especiales para 2019, incluyendo la devolución de retenciones efectuadas, y la rebaja del 50% de los anticipos de ganancias para autónomos, teniendo lo anterior un costo fiscal de $18.400 millones. El impacto de la reducción de la recaudación de Ganancias es directo, ya que se coparticipa el 100% del impuesto. Por otro lado, los monotributistas no pagarán el componente impositivo de la cuota del mes de agosto en septiembre, lo que conlleva un costo fiscal de $1.800 millones. A su vez, se resignan recursos coparticipables por la eliminación del IVA de alimentos esenciales hasta fin de año, con un impacto fiscal en las provincias de $10.000 millones. Éste último se coparticipa en un 89% (52.9% a provincias: $5.294 millones) y el 11% se distribuye a la Seguridad Social.

A la disminución de los recursos coparticipables se suma el congelamiento de precios de combustibles por 90 días establecido por medio del Decreto 566/19, lo cual no solo afecta al desempeño del sector hidrocarburífero de nuestra provincia, sino que además tiene un impacto estimado en la disminución de regalías de $510 millones y de impuesto a los Ingresos Brutos por 102 millones.

Judiciales

Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

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El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.

La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.

Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.

El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.

En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.

Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.

Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.

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Política

Caen los fondos que recibe Río Negro por coparticipación nacional

La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable.

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Río Negro registró en los primeros meses de 2026 una caída real en los fondos que recibe por coparticipación, producto de la baja en la recaudación nacional. La disminución de los ingresos por IVA, junto con una menor cantidad de días hábiles de recaudación y otros factores, configuran una tendencia a la baja que también se refleja en la actividad económica y el consumo.

De acuerdo con los datos del Ministerio de Hacienda de Río Negro, en términos reales los recursos coparticipables enviados por Nación cayeron un -7,87% en enero y un -7,7% en febrero, consolidando una volatilidad negativa marcada en los recursos coparticipados.

La coparticipación constituye una de las principales fuentes de financiamiento para las provincias, por lo que cualquier variación en la recaudación nacional impacta directamente en los recursos disponibles para sostener servicios, obras y políticas públicas.

La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable. Tras varios meses de desaceleración, registró bajas reales de -12,1% en enero y -13% en febrero, reflejando una menor dinámica de la actividad económica y del consumo.

Este escenario se vincula con la evolución del consumo a nivel nacional. Según datos de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), las ventas minoristas acumulan variaciones negativas desde mayo de 2025 y en diciembre registraron una caída interanual de -5,2%. En la misma línea, la consultora Scentia informó que el consumo masivo cayó -1,1% interanual en enero de 2026.

En contraste con este contexto nacional, la recaudación propia de Río Negro muestra un comportamiento más estable, ofreciendo un resguardo relativo, aunque no exento de la desaceleración general. El impuesto sobre los Ingresos Brutos registró subas reales de 5,7% en enero y 6,2% en febrero.

La menor recaudación nacional se traslada directamente a las provincias a través de la coparticipación, reduciendo los recursos que reciben para sostener el funcionamiento del Estado y las inversiones en el territorio.

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Política

Nuevas cesantías por faltas en la administración pública de Río Negro

En lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.

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En los primeros meses del año, la Junta de Disciplina aplicó sanciones por faltas graves. «Las medidas ratifican la continuidad del control disciplinario para cuidar los recursos públicos y garantizar la eficiencia», indicó la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra.

«Bajo la premisa de valorar al agente que cumple y garantizar un servicio efectivo a la ciudadanía, el Gobierno de Río Negro sostiene con firmeza el ejercicio de la potestad disciplinaria», agregó la funcionaria. En ese marco, en lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.

Desde enero de 2024, el trabajo de la Junta implicó el análisis de más de 1.000 expedientes administrativos. Este dinamismo permitió agilizar procesos históricamente demorados, logrando duplicar el promedio anual de resoluciones en comparación con años anteriores.

Como resultado de este ordenamiento, desde el comienzo de la gestión se dictaron 94 cesantías, 6 exoneraciones, 448 suspensiones sin goce de haberes y 24 apercibimientos. Asimismo, el sistema de justicia interna determinó 77 absoluciones.

«Tenemos el mandato claro de construir una administración eficiente y preparada para el futuro. Eso requiere reglas claras y tolerancia cero frente a faltas graves o abandonos de servicio, garantizando siempre procesos transparentes», afirmó Lastra.

Los motivos de las sanciones

Las actuaciones disciplinarias abarcan una amplia gama de incumplimientos en el ámbito estatal. Estas irregularidades van desde faltas en el servicio -como desatención de tareas, ausencias injustificadas o negligencia en el cuidado de insumos- hasta inconductas y conflictos interpersonales que incluyen denuncias por malos tratos, insultos y agresiones entre compañeros.

Para los casos de mayor gravedad, la ley prevé las sanciones más severas. Por un lado, la cesantía implica la desvinculación del agente con la prohibición de reingresar al Estado por un plazo de cinco años. Esta medida se aplica ante la acumulación de sanciones previas, abandono prolongado de servicio o faltas graves.

Por otro lado, la exoneración representa la medida más dura del sistema: supone la expulsión definitiva y la inhabilitación permanente para volver a trabajar en la administración pública. Esta sanción se reserva para casos extremos, como delitos dolosos con condena penal firme.

«Un proceso riguroso y transparente», aseguró Lastra

Las sanciones impuestas no son automáticas, sino el resultado de un riguroso sumario administrativo. Al detectarse una posible falta, instructores especializados investigan los hechos, reúnen pruebas y elevan un informe a la Junta de Disciplina. Este organismo, integrado por representantes del Poder Ejecutivo y vocales gremiales (ATE y UPCN), evalúa la gravedad de los hechos y los antecedentes para emitir su resolución.

La Ley Provincial prevé una escala progresiva: desde el apercibimiento y las suspensiones, hasta la cesantía (desvinculación con posibilidad de reingreso a los cinco años) y la exoneración (expulsión definitiva ante delitos con pena de prisión).

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