Seguinos

Río Negro

Piden la intervención de EDERSA para que no traslade a los rionegrinos la deuda de $3.000 millones

Aseguran que la distribuidora de energía eléctrica quiere pagar sus deudas incrementando aún más el costo de la tarifa.

el

La Federación de Entidades Empresarias de Río Negro (FEERN), la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén, el gremio UATRE e intendentes de varias localidades de la provincia (entre ellos Martín Soria de Roca), emitieron un documento donde exigen al gobierno provincial, la Justicia y al Ente Regulador de la Energía (EPRE) la intervención de la empresa distribuidora de energía eléctrica, EdERSA.

«El pueblo rionegrino está a punto de ser víctima de un nuevo atropello por parte de la empresa distribuidora de la energía eléctrica en la provincia de Río Negro, gravísima situación que sólo se concretará si prospera su intento de trasladar a los usuarios la deuda por más de 3.000 millones de pesos que mantiene con CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A.)», dice parte del comunicado enviado a la prensa.

«Para evitar ese avasallamiento se requiere la cancelación de las obligaciones contraídas por el inescrupuloso manejo de grupo inversor sin que sean incorporadas como costo en las tarifas que abonan todos los rionegrinos y, además, sin que las mismas sean incrementadas hasta tanto no se haya producido la liquidación de las deudas antes mencionadas. Por otra parte, se solicita el llamado a licitación pública internacional, tal como fija el contrato de concesión, cumplidos los cinco años de gestión del actual grupo inversor».

«Las desventuras en el sistema eléctrico provincial se iniciaron en 1996, tras la privatización el ente regulador permitió absorber la deuda de los accionistas, dejando endeudada a una empresa distribuidora que estaba totalmente saneada. En el año 2014 fuimos nuevamente victimas de manejos inescrupulosos, cuando el grupo Neuss absorbió el 100% del paquete accionario sin llamado a Audiencia Pública Internacional, tal como marca el contrato de concesión», agregan en el documento.

«Los incrementos constantes del Valor Agregado de distribución desde el ingreso de este grupo inversor, pasaron de 192 millones de pesos en el año 2014 a 1.300 millones en el año 2019 (más de un 577% de aumento), queriendo ahora incrementarlo nuevamente y trasladar las deudas del distribuidor a los usuarios. La deuda que EdERSA mantiene con CAMMESA ya supera los 3.000 millones de pesos, monto superior a las garantías que tiene el grupo inversor», añadieron.

«Cabe señalar que la misma se origina en el no pago, desde agosto del 2014, de la energía suministrada por CAMMESA para su distribución, incumpliendo todos los acuerdos y planes de pagos propuestos, poniendo al límite de cortes e interrupciones al suministro que abastece a todos los usuarios».

Explican en este sentido que «para conocimiento de la sociedad, por la energía vendida EdERSA debería realizar pass trhough, o sea cobrar el mismo precio del Mercado Eléctrico Mayorista a los usuarios, es decir trasladar su justa incidencia, pero nada de eso sucede, ya que cobra precios muy superiores a los fijados por el Agosto | 2019 mercado eléctrico, incumpliendo con lo que fija la legislación vigente. Nada de todo esto se podría producir sin la anuencia del Ente Regulador de la Electricidad (EPRE) y el Gobierno provincial. EdERSA fue en estos últimos años un negocio financiero, en lugar de ser un negocio de distribución».

«Es pertinente aclarar que cuando el usuario pagaba su factura también estaba abonando el cargo correspondiente a CAMMESA, es decir que EDERSA cobró al usuario pero no pagó a CAMMESA, y hoy pretende que los rionegrinos volvamos a pagar lo que ya habíamos abonado».

«Con nuestro reclamo a las autoridades, cumplimos además con la necesidad de poner en conocimiento de toda la población la situación dramática que estamos viviendo los usuarios del servicio de electricidad de Río Negro, donde una empresa monopólica, sin control por parte del Ente Regulador, avasalla los derechos de la sociedad en su conjunto, impidiéndole ser competitiva, abrir nuevos puestos de trabajo y brindar seguridad jurídica para que nuevas inversiones se emplacen en nuestra provincia».

«Reclamamos incansablemente a nuestros funcionarios públicos que no le den la espalda a una sociedad que pretende reglas de juego claras; especialmente solicitamos la inmediata intervención del Sr. Procurador General de la provincia para que instruya a los fiscales a su cargo sobre la inmediata investigación de estas irregularidades en las cuales no solo participan empresarios sino también funcionarios públicos encargados de controlar el fiel cumplimiento del contrato de concesión y las normas legales vigentes, además de la apertura inmediata y difusión de la auditoría realizada oportunamente a la firma EdERSA. De nuestra parte, bregamos por el cumplimiento de la Ley y por una tarifa de energía justa y razonable, con la calidad en el servicio que los rionegrinos nos merecemos», concluye el documento que lleva la firma de la FEERN, Federación de Productores, Consorcio de Riego, UATRE y el intendente roquense Soria.

Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

el

Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

Continuar leyendo

Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

el

Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

Continuar leyendo

Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

el

El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement