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Río Negro

Piden la intervención de EDERSA para que no traslade a los rionegrinos la deuda de $3.000 millones

Aseguran que la distribuidora de energía eléctrica quiere pagar sus deudas incrementando aún más el costo de la tarifa.

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La Federación de Entidades Empresarias de Río Negro (FEERN), la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén, el gremio UATRE e intendentes de varias localidades de la provincia (entre ellos Martín Soria de Roca), emitieron un documento donde exigen al gobierno provincial, la Justicia y al Ente Regulador de la Energía (EPRE) la intervención de la empresa distribuidora de energía eléctrica, EdERSA.

«El pueblo rionegrino está a punto de ser víctima de un nuevo atropello por parte de la empresa distribuidora de la energía eléctrica en la provincia de Río Negro, gravísima situación que sólo se concretará si prospera su intento de trasladar a los usuarios la deuda por más de 3.000 millones de pesos que mantiene con CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A.)», dice parte del comunicado enviado a la prensa.

«Para evitar ese avasallamiento se requiere la cancelación de las obligaciones contraídas por el inescrupuloso manejo de grupo inversor sin que sean incorporadas como costo en las tarifas que abonan todos los rionegrinos y, además, sin que las mismas sean incrementadas hasta tanto no se haya producido la liquidación de las deudas antes mencionadas. Por otra parte, se solicita el llamado a licitación pública internacional, tal como fija el contrato de concesión, cumplidos los cinco años de gestión del actual grupo inversor».

«Las desventuras en el sistema eléctrico provincial se iniciaron en 1996, tras la privatización el ente regulador permitió absorber la deuda de los accionistas, dejando endeudada a una empresa distribuidora que estaba totalmente saneada. En el año 2014 fuimos nuevamente victimas de manejos inescrupulosos, cuando el grupo Neuss absorbió el 100% del paquete accionario sin llamado a Audiencia Pública Internacional, tal como marca el contrato de concesión», agregan en el documento.

«Los incrementos constantes del Valor Agregado de distribución desde el ingreso de este grupo inversor, pasaron de 192 millones de pesos en el año 2014 a 1.300 millones en el año 2019 (más de un 577% de aumento), queriendo ahora incrementarlo nuevamente y trasladar las deudas del distribuidor a los usuarios. La deuda que EdERSA mantiene con CAMMESA ya supera los 3.000 millones de pesos, monto superior a las garantías que tiene el grupo inversor», añadieron.

«Cabe señalar que la misma se origina en el no pago, desde agosto del 2014, de la energía suministrada por CAMMESA para su distribución, incumpliendo todos los acuerdos y planes de pagos propuestos, poniendo al límite de cortes e interrupciones al suministro que abastece a todos los usuarios».

Explican en este sentido que «para conocimiento de la sociedad, por la energía vendida EdERSA debería realizar pass trhough, o sea cobrar el mismo precio del Mercado Eléctrico Mayorista a los usuarios, es decir trasladar su justa incidencia, pero nada de eso sucede, ya que cobra precios muy superiores a los fijados por el Agosto | 2019 mercado eléctrico, incumpliendo con lo que fija la legislación vigente. Nada de todo esto se podría producir sin la anuencia del Ente Regulador de la Electricidad (EPRE) y el Gobierno provincial. EdERSA fue en estos últimos años un negocio financiero, en lugar de ser un negocio de distribución».

«Es pertinente aclarar que cuando el usuario pagaba su factura también estaba abonando el cargo correspondiente a CAMMESA, es decir que EDERSA cobró al usuario pero no pagó a CAMMESA, y hoy pretende que los rionegrinos volvamos a pagar lo que ya habíamos abonado».

«Con nuestro reclamo a las autoridades, cumplimos además con la necesidad de poner en conocimiento de toda la población la situación dramática que estamos viviendo los usuarios del servicio de electricidad de Río Negro, donde una empresa monopólica, sin control por parte del Ente Regulador, avasalla los derechos de la sociedad en su conjunto, impidiéndole ser competitiva, abrir nuevos puestos de trabajo y brindar seguridad jurídica para que nuevas inversiones se emplacen en nuestra provincia».

«Reclamamos incansablemente a nuestros funcionarios públicos que no le den la espalda a una sociedad que pretende reglas de juego claras; especialmente solicitamos la inmediata intervención del Sr. Procurador General de la provincia para que instruya a los fiscales a su cargo sobre la inmediata investigación de estas irregularidades en las cuales no solo participan empresarios sino también funcionarios públicos encargados de controlar el fiel cumplimiento del contrato de concesión y las normas legales vigentes, además de la apertura inmediata y difusión de la auditoría realizada oportunamente a la firma EdERSA. De nuestra parte, bregamos por el cumplimiento de la Ley y por una tarifa de energía justa y razonable, con la calidad en el servicio que los rionegrinos nos merecemos», concluye el documento que lleva la firma de la FEERN, Federación de Productores, Consorcio de Riego, UATRE y el intendente roquense Soria.

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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Río Negro

GNL: Concluyó la descarga de caños en el puerto de San Antonio Este

«Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino», destacó el gobernador Weretilneck.

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Terminó en el puerto de San Antonio Este la descarga de las 10.000 toneladas de caños de acero que arribaron hace días a bordo del buque Billion Star, con materiales clave para el gasoducto del proyecto GNL de Southern Energy. El gobernador Alberto Weretilneck destacó la novedad y adelantó que «con los materiales ya acopiados, se prepara el obrador y el inicio del traslado hacia los frentes de obra».

«Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino, con un Estado activo que acompaña inversiones estratégicas y genera oportunidades para nuestra gente», manifestó el mandatario.

El Billion Star, de 175,53 metros de eslora y 29,4 metros de manga, había arribado con unas 2.265 unidades de caños de acero de distintos diámetros, que conforman el primer cargamento crítico para la construcción del gasoducto dedicado al proyecto. Estos tubos serán clave tanto para los tramos terrestres como los segmentos submarinos del ducto que conectará la red troncal con las futuras unidades flotantes de licuefacción (FLNG) previstas en el marco del proyecto.

Operativo portuario: término y siguientes pasos

El operativo portuario se desarrolló conforme al cronograma previsto, con maniobras de izaje, manipulación especializada y acopio seguro de la carga. Concluida la descarga, los caños fueron depositados en el predio de la terminal portuaria de San Antonio Este, donde permanecerán almacenados en forma ordenada.

En las próximas semanas se llevará adelante la adecuación del sitio destinado al obrador, para luego organizar el traslado de los tubos desde el puerto hacia los frentes de obra. Fuentes del proyecto estiman que este traslado comenzará en aproximadamente un mes.

Qué representa este avance para la obra del gasoducto

La finalización de la descarga marca el cierre de la primera fase logística y da paso al armado del sistema de acopio, la logística terrestre y los preparativos para el tendido del ducto. Con ello, el proyecto de GNL ingresa en su fase visible de construcción luego de un largo período de planificación y gestiones administrativas.

San Antonio Este consolida así su rol como hub portuario estratégico para la infraestructura energética nacional, habilitando la logística necesaria para conectar la red de gas con las futuras plantas flotantes de licuefacción.

Sobre SESA

Southern Energy SA (SESA) es una compañía integrada por un consorcio de cinco grandes jugadores del sector energético: Pan American Energy (PAE) con el 30% de participación, YPF con el 25%, Pampa Energía con el 20%, Harbour Energy con el 15% y Golar LNG con el 10%.

Este esquema accionario combina productores de gas de Vaca Muerta, empresas con fuerte presencia en generación y trading energético, y un socio tecnológico especializado en infraestructura flotante de GNL, lo que le da al proyecto una base empresarial sólida y diversificada para competir en el mercado global.

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