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Judiciales

Culminaron las declaraciones en el juicio contra el ex intendente de Fernández Oro

Hoy será el turno de los alegatos en la causa Reggioni.

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En la segunda jornada del debate oral y público en el que se encuentra imputado el ex jefe comunal de la localidad de Fernández Oro Juan Reggioni y otras tres personas, prestaron declaración cuatro testigos y culminó la etapa de producción de prueba. Hoy (12/09) a partir de las 14 se expondrán los alegatos de las partes.

En primer lugar, declaró el ingeniero David Baffoni, titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones del Ministerio Público. En lo medular de su declaración sostuvo que todos los indicios informáticos hallados en una grabación de audio indicaban que el archivo no había sido modificado ni editado.

Cabe señalar que en la grabación habría sido producida por uno de los testigos del caso y que en la misma el ex intendente orense mencionaría que compró un terreno en el loteo social y que lo pensaba escriturar en nombre de su hijo. La misma habría sido captada, según la teoría del Ministerio Público Fiscal, durante una conversación entre el inquilino de la vivienda ubicadaa en el lote en cuestión y el imputado.

En segundo lugar, prestó su declaración el perito de la defensa, Cristian Vila. El mismo aseguró que a partir del material que le fuera entregado para peritar no se podría acreditar que el mismo permanezca inalterado, en razón del paso del tiempo entre que fue capturado y que fue extraído del teléfono desde el cual se habría realizado la grabación.

Un integrante de la Policía de Río Negro fue el tercer testigo de la jornada. Al mismo se le encomendó la tarea de confirmar si la persona que hablaba en la grabación era el ex intendente orense. En un análisis del contenido de la conversación, el uniformado seleccionó determinadas partes y explicó en base a su trabajo de investigación de campo, los motivos que lo llevaban a concluir que el imputado era el protagonista de la grabación.

Finalemente, prestó su testimonio una escribana de la localidad de Fernández Oro. La misma refirió que en principio la víctima y una de las imputadas solicitaron sus servicios para la confección de un poder especial que habilitaba a la acusada a escriturar el terreno en nombre de la víctima y cumplido un plazo legal, a venderlo.

Posteriormente explicó que ese poder fue sustituido, quedando como apoderado del mismo el hijo del ex jefe comunal. Tras lo anterior, el intendente en representación del Municipio y su hijo -ambos acusados- suscribieron la escritura del inmueble.

A preguntas de la Fiscalía, la profesional aclaró que los alcances del poder eran limitados y que impedían realizar actos de disposición, como por ejemplo las mejoras en el lugar y actos de administración, como por ejemplo alquilar la propiedad.

En la jornada del martes (10/09), prestaron testimonio la adjudicataria del lote y víctima en el caso, el hombre que habría alquilado la vivienda ubicada en el terreno social mediante un contrato con la esposa del ex intendente, quien se encuentra como imputada. Además declararon el actual intendente de Fernández Oro y el asesor legal del municipio, dos uniformados de la Brigada de Investigaciones que realizaron diligencias en el caso y la psicóloga forense Giuliana Marzola.

Según la teoría del caso de la Fiscalía, los imputados a través de un conjunto de documentos, intentaron apropiarse de un loteo social para hacerlo ingresar en el patrimonio del ex titular del Ejecutivo local o de un allegado directo. La calificación legal del caso es negociación incompatible con el ejercicio de la función pública y estelionato.

Este jueves a partir de las 14 horas, en el edificio judicial de España y Urquiza, las partes expondrán los alegatos de clausura, instancia en la que valorarán todas las pruebas del caso.

Judiciales

Una duda familiar lo llevó descubrir su verdadera identidad: Impugnó su paternidad, pero conservará el apellido

Decidió conservar su apellido porque, más allá de la falta de vínculo biológico, quien lo crió siempre ejerció el rol de padre.

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Una de sus hermanas decidió hacerse una prueba de ADN por sus propios medios. Los resultados demostraron que la persona que la había criado no era su padre biológico. A partir de esa información, el hombre también comenzó a dudar sobre su verdadera identidad. Consultó a su madre, pero ella no aportó datos relevantes. Sin información certera, acudió al Poder Judicial.

El fuero de Familia de Luis Beltrán resolvió la demanda de impugnación de paternidad y rectificó la filiación del hombre. A pesar de este cambio, él expresó su voluntad de conservar el apellido, ya que con ese nombre se identifica social y afectivamente.

Durante el proceso se autorizó una prueba genética entre él y quien había cumplido el rol paterno. El informe pericial concluyó que no existía vínculo biológico entre ambos. Con base en la pericia genética, se resolvió desplazar el reconocimiento paterno.

El Tribunal reconoció el derecho del hijo a conocer su identidad biológica y a contar con un emplazamiento filial que refleje esa realidad.

El hombre decidió conservar su apellido porque, más allá de la falta de vínculo biológico, quien lo crió siempre ejerció el rol de padre. Se analizó este planteo desde una perspectiva dinámica del derecho a la identidad. Reconoció que el apellido no solo se vincula con lo jurídico, sino que también constituye un aspecto profundo de la autopercepción y pertenencia.

En tanto, la sentencia ordenó la rectificación del acta de nacimiento en el Registro Civil correspondiente, eliminó el nombre del padre y dejó constancia únicamente de la madre.

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Uno de los adolescentes imputados por el crimen de Julián Dobra se quitó la tobillera

Finalmente fue localizado en su vivienda y ahora lo internarán en uno de los dispositivos de la SENAF, hasta que continúe el proceso.

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Este mediodía (09/10) la Fiscalía solicitó que se modifique la detención de uno de los menores imputados en el legajo que investiga el homicidio de Julián Dobra, tras la notificación por parte la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico que el adolescente se había quitado el dispositivo.

«Tras esa confirmación, durante la tarde de ayer (08/10) la Policía se hizo presente en la vivienda donde el joven venía cumpliendo la medida. De manera inmediata intervino la Brigada de Investigación y se convocó a la Unidad de Canes para dar con él. Sin embargo, durante esta mañana el adolescente se encontraba en su casa nuevamente», explicó el equipo fiscal.

En la audiencia, el Ministerio Público Fiscal explicó que «pesa sobre el menor punible una imputación por un hecho grave, en calidad de participe primario. El 14 de agosto pasado se dictó una medida cautelar teniendo presente el peligro procesal de entorpecimiento a la investigación, sin embargo, con la actitud desplegada, hoy se suma el de fuga. Por ello es que con presencia de personal de SENAF es que solicitamos que sea internado en uno de los dispositivos que dicho organismo cuenta para este tipo de casos«.

Por su parte, la defensora pública de menores punibles explicó que «se ha trabajado en este tema, no se han encontrado otras medidas alternativas por eso se adhiere al pedido de la Fiscalía».

Finalmente, el juez de Garantías interviniente resolvió en pos de lo planteado por la Fiscalía.

Datos e imágenes de menores

Al inicio de la audiencia, la defensora de menores volvió a solicitar, a través del juez interviniente en este legajo, que se inste a los medios de comunicación de mantener la prohibición de publicar datos e imágenes de los menores que están involucrados en este o en cualquier otro legajo.

La defensora invocó, además de normativa provincial, la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional N° 20.056 sobre la prohibición de la difusión o publicidad de hechos referidos a menores de edad. Tal como indica la normativa internacional de raigambre nacional y provincial.

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Le robaron el celular y le negaron cobertura porque no entregó la factura ni el cargador

La Justicia falló a favor de la víctima y falló contra la empresa de seguros.

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Una mujer entrenaba al aire libre en Roca cuando sufrió el robo de su riñonera. Adentro tenía las llaves de su casa y un teléfono celular. Rápidamente hizo la denuncia policial y el reclamo ante el seguro.

El dispositivo contaba con cobertura de protección para portátiles. Cumplió con todos los requisitos, pero la aseguradora rechazó la cobertura. Ante la falta de respuesta, presentó una denuncia en Defensa del Consumidor. Finalmente, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda contra BBVA Consolidar Seguros S.A y y la mujer será indemnizada por los daños y perjuicios. La jueza consideró que entre las partes existió una relación de consumo, lo que implica la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor.

La empresa de seguros alegó que la mujer no presentó documentación complementaria indispensable para probar el siniestro. Mencionó la falta de la factura de compra, la caja del celular, el cargador, los manuales y otros accesorios. También solicitó la constancia de bloqueo de IMEI y la verificación del dispositivo móvil mediante las plataformas Gmail y Hotmail.

Con la prueba presentada, se acreditó que la mujer cumplió con los requisitos formales: denunció dentro del plazo, presentó la denuncia policial y remitió la documentación básica solicitada. Respecto de los elementos reclamados por la aseguradora, la jueza resolvió que esos requisitos no surgían del contrato firmado.

El fallo establece que el proveedor debe brindar información adecuada, clara y completa durante toda la vigencia del contrato. La falta de información y la negativa injustificada a cubrir el siniestro constituyeron un incumplimiento contractual grave.

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