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Judiciales

Su hijo murió tras ser torturado en el Penal de Roca y el Estado deberá indemnizarla

En 2008 intentó fugarse, fue descubierto por los guardias y recibió una brutal golpiza.

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Foto: Archivo (Patagonia FotoPress)

Una mujer demandó al Estado provincial por la muerte de su hijo, quien en 2008 fue víctima de torturas dentro del Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de Roca. La madre del joven reclamó por el “daño moral” derivado de la violenta muerte de su hijo, que ocurrió el 21 de octubre de 2008, horas después de que sufriera una brutal golpiza de parte de un grupo de policías y penitenciarios en medio de un intento de fuga.

Por aquel hecho, en 2010 dos efectivos fueron condenados penalmente a 9 años y medio de prisión y a inhabilitación perpetua y otros tres recibieron la pena de 8 años y medio de prisión, con la misma inhabilitación, como coautores de los delitos de “torturas, severidades y vejaciones”.

Ahora, el reclamo de la mujer tuvo eco en el ámbito civil, donde la titular del Juzgado Civil N° 1 de Roca condenó a la Provincia a indemnizarla con 2 millones de pesos más los intereses contados desde el día que ocurrió la agresión.

En el proceso civil la Provincia alegó, sin éxito, que recibió la primera carta documento de la mujer fuera del plazo legal, afirmando que su derecho a reclamar estaba prescripto. Y por otro lado, pidió incorporar al juicio a los cinco ex agentes carcelarios que habían sido condenados penalmente.

La titular del juzgado Civil admitió en el proceso a los cinco autores materiales de las torturas, pero la condena de indemnizar fue sólo contra el Estado provincial. Ahora la Provincia tiene el derecho de demandar a sus ex empleados para intentar recuperar todo o parte de lo que deberá pagar a la mujer en caso de quedar firme la sentencia.

El joven cumplía una pena de 18 años de prisión por un grave delito cometido en 2004. Según tuvo por probado la ex Cámara Criminal Primera de Roca, la noche del 20 de octubre de 2008 intentó escapar junto a otro interno y fue descubierto por los guardias. “Los internos fueron detectados y aprehendidos (…) En tales circunstancias, reducidos en el piso, con las cabezas cubiertas por sus prendas y esposados por la espalda, fueron golpeados con patadas, trompadas y saltos sobre sus cuerpos por los celadores”. Luego lo llevaron al sector de requisa del Penal, donde siguieron “saltando encima de sus cabezas y cuerpos”. Fue entonces cuando el joven comenzó a respirar con gran dificultad y a sangrar profusamente. Por recomendación del médico policial fue derivado al Hospital de Roca, donde falleció al día siguiente.

“Este comportamiento aberrante y monstruoso por parte del personal policial es el que da origen a la responsabilidad del Estado en la reparación del daño causado. Resulta hasta antinatural un comportamiento como el descripto en la sentencia penal, que llevaron a cabo los celadores contra los detenidos, cuando debían procurar y garantizar su seguridad”, concluyó la jueza Civil al hacer lugar a la demanda de la madre.

El fallo explicó que la responsabilidad extracontractual del Estado por los hechos cometidos por sus agentes se funda en que “la actividad de los órganos, funcionarios o agentes del Estado, realizada para el desenvolvimiento de los fines de las entidades de las que dependen, ha de ser considerada propia de éste, debiendo responder de modo principal y directo por sus consecuencias dañosas”.

Con respecto al daño moral, la jueza analizó las declaraciones de testigos, los informes socioambientales y las pericias que acreditaron el padecimiento de la mujer. “La pericia psicológica confirma lo que es conocido, pues no hay dolor más profundo que la muerte de un hijo, hasta se ha llegado a decir que es antinatural sobrellevar una pérdida como esa”, indicó la jueza entre sus fundamentos.

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Un secreto familiar oculto durante décadas salió a la luz tras un velorio

Una mujer supo por su madre que el hombre fallecido, a quien despedían, era su padre biológico.

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Un velorio fue el punto de partida de una historia familiar que permaneció oculta durante décadas. En ese contexto, una mujer supo por su madre que el hombre fallecido, a quien despedían, era su padre biológico.

La revelación dio lugar a la reconstrucción de hechos del pasado. La madre había trabajado en tareas de limpieza durante años en el domicilio del hombre y ambos mantuvieron una relación. Por ese entonces él brindaba a la niña un trato compatible con el de un padre.

Así, la mujer recurrió al Poder Judicial para iniciar una acción de filiación. La finalidad era que se reconociera legalmente el vínculo de paternidad respecto de la persona fallecida.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y declaró que la mujer es hija del hombre , y ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.

Durante el proceso, los herederos del causante negaron los hechos. Sin embargo, se produjeron diversas medidas de prueba, entre ellas la extracción de muestras biológicas de familiares y la incorporación de material genético previamente conservado.

El elemento decisivo fue la pericia genética realizada por el Laboratorio de Genética Forense, que determinó una probabilidad de paternidad superior al 99,99997%. Este resultado no fue cuestionado por las partes y permitió alcanzar un grado de certeza prácticamente absoluto.

Con esos elementos, la jueza hizo lugar a la demanda y declaró que la mujer es hija biológica del hombre fallecido, ordenando su inscripción en el Registro Civil.

En un primer momento, la mujer también incluyó en la demanda un reclamo por daños y perjuicios contra los herederos. Sin embargo, la Jueza  le indicó que ese tipo de reclamo no podía tramitarse dentro del mismo expediente, sino por una vía separada. Así, la mujer aclaró que mantenía únicamente la acción de filiación y no continuaba con el reclamo de daños en ese proceso.

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Judiciales

Tras el repudio de la familia de Valentín, apartaron del Hospital de Roca al anestesiólogo condenado

Aunque la condena no está firme y legalmente puede ejercer, Atencio Krause fue retirado de sus funciones en el López Lima.

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La dirección del Hospital Francisco López Lima de General Roca decidió apartar de sus funciones al anestesiólogo Mauricio Atencio Krause, condenado en primera instancia por homicidio culposo en la causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo. La decisión se tomó luego de que familiares y allegados de la víctima fatal realizaran un escrache en el nosocomio de salud.

La medida fue confirmada por la directora Susana Marezi, luego del profundo malestar generado entre familiares y allegados de Valentín al conocerse que el profesional se encontraba trabajando en el quirófano del López Lima.

Según explicaron desde el Hospital, el servicio de anestesia funciona mediante asignaciones del Colegio de Profesionales, asegurando que no habían sido informados previamente sobre la presencia de Atencio Krausse en el nosocomio de salud. Una vez que tomaron conocimiento de la situación, la directora Marezi ordenó de inmediato su apartamiento.

No obstante, el anestesiólogo actualmente puede ejercer porque la condena aún no está firme y continúa en etapa de revisión judicial. La dirección del Hospital ya trabaja junto al área Legal y con autoridades provinciales para formalizar el pedido ante la Asociación de Anestesiología y evitar futuras asignaciones del profesional en la ciudad.

Atencio Krause fue hallado culpable y condenado recientemente por el delito de homicidio culposo tras la muerte del niño, ocurrida el 18 de julio de 2024. La sentencia impuesta incluyó además una inhabilitación para ejercer la medicina durante 7 años y 6 meses.

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Imputaron a un joven de 21 años por el asesinato de Santiago Drinovac

El crimen ocurrió el jueves pasado en plena vía pública, Cervantes. Ya hay dos detenidos.

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Esta mañana (07/05), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre de 21 años por el hecho ocurrido el pasado jueves en la localidad de Cervantes, cuando, producto de un disparo, falleció Santiago Emanuel Drinovac. El imputado continuará detenido en prisión preventiva tras la solicitud fiscal.

Según la acusación fiscal, alrededor de las 16.30, en la vereda del domicilio de la víctima ubicado en la esquina de calles Malvinas Argentinas y Pasaje Favaloro, los dos hombres identificados como coautores, siguiendo el plan que habían acordado previamente, fueron hasta allí en una moto Honda Wave blanca.

«Con la intención de darle muerte a Santiago, que estaba en la vereda junto a un amigo, el hoy imputado sacó de entre sus prendas un arma de fuego y realizó dos disparos hacia las personas mencionadas, impactando uno de ellos en el pecho de la víctima fatal», describió la fiscal adjunta interviniente.

«Inmediatamente después del disparo, ambos se dieron a la fuga, permaneciendo prófugos hasta que el martes (05/05) uno de ellos se presentó en la Comisaría y el otro fue detenido esta mañana», agregó el equipo fiscal.

La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de ser coautor de homicidio agravado por premeditación y por el uso de arma de fuego, y como autor de portación de arma de guerra.

Entre el sustento probatorio mencionado por la Fiscalía para sostener la imputación se encuentra el resultado de la autopsia practicada por el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, el acta de procedimiento de la Comisaría 22 de Cervantes, la denuncia penal, declaraciones testimoniales, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística de Cervantes, los allanamientos y las diligencias llevadas adelante por el Cuerpo de Investigación Judicial de General Roca.

En relación al pedido de medida cautelar, la fiscalía explicó que en este caso se dan dos riesgos procesales: el entorpecimiento a la investigación y el peligro de fuga. «Se registraron dos tiros, había dos personas en la vereda, y quien queda con vida es el muchacho que brinda claridad respecto del hecho; por ello debemos cautelar el proceso. Además, pese a los allanamientos que se realizaron, aún no se ha podido dar con la moto, el arma, los celulares ni la ropa que llevaban el día del hecho», agregó la fiscal jefe.

«Ha quedado demostrado que pueden suceder dos cosas: más allá de la presentación voluntaria del hoy imputado, lo primero que hizo fue fugarse, y de quedar en libertad va a continuar con su intención de ocultar elementos que tienen que ver con la investigación de este hecho», agregó la Fiscalía.

Por su parte, el defensor particular no se opuso a la formulación de cargos ni a la prisión preventiva.

Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por imputados los cargos en los términos fiscales y además resolvió que el hombre cumpla con la medida cautelar por el plazo de cuatro meses.

En la audiencia, la Fiscalía señaló que al otro implicado se le formularán cargos en las próximas horas.

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