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Judiciales

Su hijo murió tras ser torturado en el Penal de Roca y el Estado deberá indemnizarla

En 2008 intentó fugarse, fue descubierto por los guardias y recibió una brutal golpiza.

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Foto: Archivo (Patagonia FotoPress)

Una mujer demandó al Estado provincial por la muerte de su hijo, quien en 2008 fue víctima de torturas dentro del Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de Roca. La madre del joven reclamó por el “daño moral” derivado de la violenta muerte de su hijo, que ocurrió el 21 de octubre de 2008, horas después de que sufriera una brutal golpiza de parte de un grupo de policías y penitenciarios en medio de un intento de fuga.

Por aquel hecho, en 2010 dos efectivos fueron condenados penalmente a 9 años y medio de prisión y a inhabilitación perpetua y otros tres recibieron la pena de 8 años y medio de prisión, con la misma inhabilitación, como coautores de los delitos de “torturas, severidades y vejaciones”.

Ahora, el reclamo de la mujer tuvo eco en el ámbito civil, donde la titular del Juzgado Civil N° 1 de Roca condenó a la Provincia a indemnizarla con 2 millones de pesos más los intereses contados desde el día que ocurrió la agresión.

En el proceso civil la Provincia alegó, sin éxito, que recibió la primera carta documento de la mujer fuera del plazo legal, afirmando que su derecho a reclamar estaba prescripto. Y por otro lado, pidió incorporar al juicio a los cinco ex agentes carcelarios que habían sido condenados penalmente.

La titular del juzgado Civil admitió en el proceso a los cinco autores materiales de las torturas, pero la condena de indemnizar fue sólo contra el Estado provincial. Ahora la Provincia tiene el derecho de demandar a sus ex empleados para intentar recuperar todo o parte de lo que deberá pagar a la mujer en caso de quedar firme la sentencia.

El joven cumplía una pena de 18 años de prisión por un grave delito cometido en 2004. Según tuvo por probado la ex Cámara Criminal Primera de Roca, la noche del 20 de octubre de 2008 intentó escapar junto a otro interno y fue descubierto por los guardias. “Los internos fueron detectados y aprehendidos (…) En tales circunstancias, reducidos en el piso, con las cabezas cubiertas por sus prendas y esposados por la espalda, fueron golpeados con patadas, trompadas y saltos sobre sus cuerpos por los celadores”. Luego lo llevaron al sector de requisa del Penal, donde siguieron “saltando encima de sus cabezas y cuerpos”. Fue entonces cuando el joven comenzó a respirar con gran dificultad y a sangrar profusamente. Por recomendación del médico policial fue derivado al Hospital de Roca, donde falleció al día siguiente.

“Este comportamiento aberrante y monstruoso por parte del personal policial es el que da origen a la responsabilidad del Estado en la reparación del daño causado. Resulta hasta antinatural un comportamiento como el descripto en la sentencia penal, que llevaron a cabo los celadores contra los detenidos, cuando debían procurar y garantizar su seguridad”, concluyó la jueza Civil al hacer lugar a la demanda de la madre.

El fallo explicó que la responsabilidad extracontractual del Estado por los hechos cometidos por sus agentes se funda en que “la actividad de los órganos, funcionarios o agentes del Estado, realizada para el desenvolvimiento de los fines de las entidades de las que dependen, ha de ser considerada propia de éste, debiendo responder de modo principal y directo por sus consecuencias dañosas”.

Con respecto al daño moral, la jueza analizó las declaraciones de testigos, los informes socioambientales y las pericias que acreditaron el padecimiento de la mujer. “La pericia psicológica confirma lo que es conocido, pues no hay dolor más profundo que la muerte de un hijo, hasta se ha llegado a decir que es antinatural sobrellevar una pérdida como esa”, indicó la jueza entre sus fundamentos.

Judiciales

Choque fatal en la Ruta 22: Imputaron al conductor que manejaba con 2,06 de alcohol en sangre

La víctima, Ángel Lautaro Monsalve, murió tras un impacto frontal entre su moto y un auto, conducido por el imputado.

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Un hombre fue formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer (15/03) a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22, a la altura de Cervantes.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 6.00 de la mañana, cuando el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste-este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el cuidado ni el dominio exigidos para circular por una Ruta Nacional.

De acuerdo a la Fiscalía, el hombre se movilizaba a unos 100 kilómetros por hora, cuando el máximo permitido en ese sector es de 80 km/h. Además, manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos por litro de sangre.

En ese mismo momento, Monsalve circulaba en una motocicleta en sentido contrario, es decir, de este a oeste. Por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario y se produjo un impacto frontal excéntrico con el sector delantero izquierdo del automóvil.

Producto de la violencia del choque, el conductor de la moto falleció en el lugar.

La Fiscalía formuló cargos por el delito de homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel superior a 0,5 gramos por litro de sangre.

Entre las evidencias reunidas hasta el momento se mencionaron el relevamiento realizado por el Gabinete de Criminalística en el lugar del hecho, el test de alcoholemia practicado al conductor, entrevistas a testigos y registros fotográficos.

Durante la audiencia, la defensa penal pública no presentó objeciones a la formulación de cargos.

Respecto a las medidas cautelares, la fiscalía indicó que no se advierten riesgos procesales como entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, ya que el imputado tiene domicilio fijo, trabajo y una hija a la que mantiene.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso como medidas cautelares la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo y la obligación de no modificar su domicilio, bajo apercibimiento de revocar su libertad provisoria.

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Chocó su auto nuevo y la reparación nunca quedó bien: La Justicia condenó a la aseguradora

Además, el vehículo ingresó al taller con 42.183 kilómetros y fue entregado meses después con casi 4.000 kilómetros más.

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Una mujer de General Roca que había comprado un auto cero kilómetro y contratado un seguro contra todo riesgo logró que la Justicia condenara a la aseguradora por las reparaciones defectuosas realizadas tras un choque.

El caso comenzó cuando la mujer adquirió un Renault Kwid y, para proteger su inversión, contrató una póliza de seguro. Dos años después protagonizó un siniestro vial y la compañía derivó el vehículo a un taller para su reparación.

Sin embargo, el establecimiento no contaba con habilitación municipal ni con respaldo técnico del fabricante del vehículo. Durante meses, la mujer recibió promesas sobre repuestos y arreglos que, según le indicaban, dejarían el auto en condiciones óptimas.

El vehículo ingresó varias veces al taller debido a que las fallas persistían. Los ruidos extraños y las luces de advertencia en el tablero nunca desaparecieron, lo que generó reiterados reclamos ante la aseguradora y el taller.

Tras una instancia de mediación sin resultados, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. Durante el proceso explicó que el auto ingresó al taller con 42.183 kilómetros y que tres meses después fue entregado con más de 46.000 kilómetros, es decir, con unos 3.800 kilómetros adicionales y con las mismas fallas.

La pericia mecánica determinó que las reparaciones se realizaron en distintas etapas y fuera de los parámetros sugeridos por el fabricante. Además, señaló que el taller no estaba homologado y que no existía documentación técnica que permitiera verificar las tareas realizadas.

También se estableció que el establecimiento no tenía habilitación municipal vigente. Por ese motivo, el Tribunal hizo lugar a la excepción planteada por el mecánico demandado y rechazó la demanda en su contra, ya que no era titular del taller.

Finalmente, el fuero Civil de Roca concluyó que existió un cumplimiento defectuoso de las obligaciones de la aseguradora y aplicó la responsabilidad prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo durante aproximadamente un mes y medio, la desvalorización del automotor y el daño moral ocasionado a la propietaria.

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Apareció el joven que era intensamente buscado en Roca

La búsqueda había sido iniciada luego de que fuera visto por última vez el fin de semana en el Camping Municipal.

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El joven que era intensamente buscado en General Roca apareció en buen estado de salud y el Ministerio Público Fiscal confirmó que se dio por finalizado el pedido de paradero.

Se trata de Ezequiel Vázquez, de 26 años, cuya búsqueda había sido difundida por la Policía de Río Negro luego de que fuera visto por última vez entre el sábado (07/03) y el domingo (08/03) en el sector del Camping Municipal.

Tras diversas tareas realizadas para dar con su ubicación, finalmente se confirmó que el joven se encuentra en buen estado de salud.

Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal dispuso dar por finalizada la búsqueda y dejar sin efecto el pedido de colaboración a la comunidad.

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