Judiciales
Derechos del Consumidor: en Río Negro los juicios son gratuitos
Incluso cuando se “pierden”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer un fallo que ratifica que los particulares que efectúan una demanda en una relación de consumo tienen el beneficio de acceso a justicia gratuita, tal como está estipulado en la Ley de Defensa del Consumidor. En Río Negro, hace exactamente dos años, el Superior Tribunal de Justicia ya se había pronunciado en el mismo sentido en un fallo testigo.
En dicha sentencia, el máximo tribunal provincial aclaró que el beneficio de gratuidad alcanza no sólo a las tasas de justicia, sino también a las costas del proceso. Para los consumidores y usuarios, esto se traduce en que no deben abonar tasas, sellados ni honorarios de la contraparte, incluso si el juicio tiene una resolución desfavorable a su demanda.
Ayer se conoció un fallo de la Corte Suprema que eximió a un consumidor de Entre Ríos de pagar un costoso depósito que las leyes procesales exigen para tramitar un recurso extraordinario ante ese máximo Tribunal del país. En una primera decisión la Corte rechazó el planteo de fondo del hombre, desestimando su reclamo contra una empresa de energía eléctrica, y lo intimó a “hacer efectivo el depósito” de ley, “bajo apercibimiento de ejecución”. Pero a raíz de un recurso interpuesto por el consumidor, la Corte modificó aquella decisión. Si bien sostuvo la decisión desfavorable sobre el fondo del reclamo, dejó “sin efecto” la obligación de pagar el depósito.
El máximo Tribunal recalcó que el artículo 53 de la Ley 24.240 prevé que “las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita…”, y le dio a ese concepto de gratuidad un alcance tan amplio como el reconocido tiempo atrás por el Superior Tribunal rionegrino.
En 2017 el STJ amplió el concepto de gratuidad que se venía aplicando a las causas de Defensa del Consumidor y fijó un criterio claro para los tribunales inferiores de la provincia. Fue a raíz del recurso de una consumidora que, en primera instancia y en Cámara, había sido eximida del pago de sellados y tasas judiciales pero no de las costas que eventualmente pudieran surgir según el resultado del proceso.
En aquella oportunidad el STJ rechazó “el criterio restrictivo” utilizado para interpretar el alcance de la gratuidad y eximió a la mujer “del pago de sellados, tasas y demás costas del proceso”, incluyendo así los honorarios de los abogados de la contraparte y otros gastos derivados del proceso judicial, sin importar el resultado del juicio.
El fallo enfatizó el principio de interpretación “a favor del consumidor” de todas las normas o situaciones del proceso que puedan generar dudas: “De allí que a los fines de determinar el alcance del beneficio de justicia gratuita, por imperio del principio aludido debe estarse a la interpretación más favorable al consumidor que, en la especie, reside en asignarle a la exención el máximo alcance pretendido”, dijo el STJ.
El Tribunal también recalcó que el fundamento de la protección legal y constitucional está en la “debilidad negocial del consumidor frente al proveedor, de tipo económico y cultural”, de tipo estructural, en las relaciones de mercado.
El STJ se hizo eco en ese fallo del criterio que ya por entonces sostenía la Corte sobre la gratuidad, asegurando que con ese beneficio se buscó “establecer un mecanismo eficaz para la protección de los consumidores, evitando que obstáculos de índole económica pudieran comprometer su acceso a la justicia y, en consecuencia, privarlos de la efectiva tutela de los derechos”.
Aclaró también aquel precedente que el beneficio de la gratuidad no está “condicionado por el resultado final del pleito”, por lo que alcanza al consumido aún cuando obtenga un fallo desfavorable sobre el fondo de su reclamo.
Judiciales
Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos
La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.
Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».
«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.
Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.
Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.
La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.
Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.
De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.
Judiciales
El acusado de dispararle a un joven en la zona norte, quedará 4 meses en prisión preventiva
Es mientras continúa la investigación. Es el único detenido por el hecho. La víctima continúa internada en el Hospital.

Este mediodía (30/06), el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre de 24 años por un hecho ocurrido el pasado viernes (27/06), alrededor de las 21.00 horas, cuando el imputado le habría disparado desde una motocicleta a la víctima. Además, tras el pedido fiscal, el sujeto quedó detenido cumpliendo prisión preventiva por el plazo de 4 meses.
Según la acusación fiscal, «el imputado se movilizaba en una moto junto a un menor de edad y en la esquina de O`Higgins y Kennedy habrían interceptado a la víctima que iba caminando junto con dos jóvenes más».
«El imputado, que iría de acompañante, utilizando un arma de fuego tipo revolver, que portaba sin la debida autorización legal, le habría efectuado a la víctima al menos cinco disparos con la finalidad de ultimarlo. Dos impactaron en el cuerpo del joven herido, otro en el codo del brazo derecho y el otro en el rostro sector infraorbitario izquierdo, causándole lesiones de carácter graves«, describió la fiscal del caso. Luego de los disparos, el imputado y su acompañante se dieron a la fuga.
La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de «tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil», según los Artículos 79, 41 bis, 41 quáter, Art. 189 Bis 2º apartado 3º supuesto, 42, 55 y 45 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio presentado por la Fiscalía para esta instancia se encuentra: la intervención de la Comisaría 21º, las entrevistas, actas de allanamientos concretados en el marco de este legajo, intervención del Gabinete de Criminalística y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, certificado del médico policial que constató que la víctima presentaba al momento del examen lesiones graves, historia clínica del joven que resultó herido, proporcionada por el área de salud pública, entre otros.
Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente que «existen elementos de convicción suficiente para entender que el imputado es el autor del hecho, además sostenemos como peligro procesal el posible entorpecimiento a la investigación. Hay varios testigos que expresaron temor para prestar sus declaraciones, además que resta prueba por producir, entre ellas entrevistas, Cámara Gesell, análisis de cámaras, y de los proyectiles levantados en el lugar del hecho».
Por su parte, el defensor particular negó la autoría de su defendido en el hecho mencionado y se opuso a la aplicación de la medida cautelar, proponiendo una menos gravosa.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la Fiscalía. En el mismo sentido lo hizo con la prisión preventiva. De esta manera, el imputado deberá cumplir con la medida cautelar por el plazo de 4 meses.
Judiciales
Acuchilló a su pareja en medio de una discusión y quedó detenida
El hombre se encuentra internado en terapia intensiva. La herida fue a la altura del pulmón.

Este mediodía (26/06) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó la prisión preventiva de una mujer de 52 años por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. Pese a que el defensor público se opuso a la cautelar, la acusada continuará detenida por el plazo de un mes.
Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado martes alrededor de las 2 de la tarde, en un domicilio ubicado en Rosario de Santa Fe al 3200 de General Roca.
«Previo mantener una discusión por celos, la imputada habría tomado un cuchillo de 33 centímetros de largo, con el fin de herir a su pareja, y le habría ocasionado una herida cortopunzante a la altura del pulmón», explicó la representante fiscal.
Tras el ataque, el hombre fue intervenido quirúrgicamente y «se encuentra en estado reservado en la Unidad de Terapia Intensiva», agregó la Fiscalía.
Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento confeccionado por la Comisaría 21° tras un llamado al 911, el croquis referencial del lugar del hecho, el acta de entrevistas a allegados de la señora y otras personas, a personal policial.
«Hemos consultado también los legajos obrantes en el fuero de Familia, donde pudimos advertir que la relación tenía historicidad de violencia», dijo la fiscal del caso.
Intervino el Gabinete de Criminalística, se secuestraron el cuchillo, ropa con manchas símil sangre, celulares tanto en el lugar del hecho como en el lugar donde el hombre se encuentra internado, se suma a la prueba el relevamiento fotográfico, la historia clínica del paciente, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción.
El defensor público explicó que, tras asistir a la mujer, no iba a prestar declaración.
En relación al pedido de la medida cautelar por un mes, la fiscal argumentó que «hay elementos de convicción suficientes sobre quien fue la autora del hecho, si bien la señora no tiene antecedentes penales la calificación legal por la que hoy formulamos los cargos dependerá del avance o no del estado de salud del hombre», aclaró.
«El peligro procesal invocado es el de posible entorpecimiento a la investigación, basándonos en los dichos de la mujer que referenciaron los policías. Además, en caso de mejorar la víctima, necesitamos que él pueda prestar su testimonio con tranquilidad sin temor a ser amedrentado por la señora», agregó la representante fiscal.
El defensor penal público se opuso al pedido fiscal, «toda la prueba está preservada, se realizaron los secuestros pertinentes, la víctima está internada, ¿qué es lo que podría condicionar mi asistida?. Para esta parte, ese riesgo no está del todo presente en este caso. Por eso solicitamos que recupere inmediatamente la libertad y propongo que se le otorgue prisión domiciliaria con dispositivo electrónico».
La jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía. En relación a la medida cautelar explicó que «tal lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal habría ocultamiento de prueba, el señor además se habría negado a denunciar el hecho, sin embargo la Fiscalía continúo con la acusación teniendo presente la gravedad del hecho y como dijo la representante el delito imputado no podrá ser menor al que hoy se le ha descripto». Por todo lo anterior, la magistrada resolvió que la preventiva sea de un mes.