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Río Negro

Río Negro les cobrará impuestos a Netflix, Spotify y demás servicios digitales

La Legislatura estableció Ingresos Brutos para numerosos servicios digitales internacionales.

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Se duplican los beneficios otorgados por el Estado rionegrino para contribuyentes de la Provincia, se destinan unos $5.500 millones en bonificaciones y exenciones.

La Ley Impositiva de la Provincia de Río Negro para el año 2020 continuará respetando el Consenso Fiscal reduciendo las alícuotas. Las actividades primarias estarán exentas y transporte baja su alícuota al 1%.

Tal como fue el compromiso asumido en la firma del Consenso Fiscal la Provincia de Río Negro continúa con la baja progresiva de alícuotas. De esta manera, actividades como distribución y transporte de energía eléctrica pasa de 3.75 a 2.5%, actividades industriales tributaran al 1%  cuando hasta el año pasado lo hacían al 1.5% al igual que los servicios de transporte que se reduce de 2 a 1%; y las primarias y los servicios relacionados directamente con esta estarán exentas en 2020, como así también la pesca.

La baja de alícuota también alcanza a actividades como la construcción, empaque, telefonía e internet, servicio de agua, actividades financieras, alquileres de inmuebles, venta de vehículos usados, seguros de salud y servicios médicos, entre otros.

La reducción de impuestos prevista para este año beneficia a más de 65.000 contribuyentes de Río Negro. En el 2020 los beneficios otorgados alcanzarán los $ 5.500 millones, $2.800 millones más que en 2019.

La baja de alícuotas en actividades como transporte reduce considerablemente el efecto acumulativo que genera Ingresos Brutos en la cadena productiva, principalmente en provincias como Río Negro con altos costos de traslado de productos y materia prima de otros puntos del país.

Lo mismo en el impuesto de sellos, las alícuotas se reducen del 0.75% al 0.5% para contratos y actos en general.

Continuarán las exenciones para exportación de servicios,  asociaciones sin fines de lucro, cooperativas, mutuales y efectores sociales, jubilados, personas con discapacidad,  viviendas cuyo valor no supere el mínimo establecido por ley.

Se mantienen las bonificaciones por buen cumplimiento hasta el 30% para Ingresos Brutos, o hasta el 25% en Inmobiliario y Automotor, a las cuales puede adicionarse un 15% por pago anticipado alcanzando un  40% de bonificación total o un 5% más por adhesión al débito automático, llegando al 30%.

Se destaca en este punto que los contribuyentes serán considerados como cumplidores también cuando estén en etapa de regularización, por ejemplo en los casos de planes de pago vigentes y al día, ya podrán acceder a la bonificación, cuando antes solo era una vez cancelada  la deuda.

Se continuará fortaleciendo la política de centralizar el cobro de tasas y otros conceptos bajo la órbita de la Agencia de Recaudación Tributaria, de todos los organismos provinciales, sumado al cobro de ingresos no tributarios de organismos o Empresas del Estado Provincial. Plataformas digitales de origen extranjero deberán tributar en Río Negro

Las empresas con base en el exterior del país inscriptas en actividades de comercialización de servicios digitales como Netflix, Spotify, Airbnb entre otras plataformas, deberán tributar en la provincia. De esta manera se busca lograr la equidad con empresas nacionales y evitar la competencia desleal. Se amplían los beneficios impositivos para empresas con base tecnológica y servicios prestados desde Río Negro al exterior.

Desde 2019 las exportaciones de servicio y conocimiento profesional no tienen carga tributaria en  Río Negro, en 2020 continuarán exentas las actividades de investigación y desarrollo experimental en el campo de la ingeniería, tecnología, ciencias médicas, agropecuarias, exactas y naturales como así también las ciencias sociales y humanas. Además se reduce la alícuota para desarrollo de software y alojamiento de datos.

A esta medida, en 2020 se suman beneficios para empresas con base tecnológicas radicadas o que se radiquen en la Provincia, a través de un bono fiscal para el pago de impuestos de hasta 20% del valor de la inversión.

Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

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Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

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El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

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