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Judiciales

Estafa al IPROSS: El perjuicio económico llegaría a 70 millones de pesos

Conocé el detalle de farmacia por farmacia que brindó en la audiencia la Fiscalía.

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El equipo de fiscales encabezado por Teresa Giuffrida, junto a Gastón Britos Rubiolo, formularon cargos a siete personas por estafa agravada en perjuicio de la administración pública en variadas modalidades, en la causa IPROSS. Asimismo solicitaron la aplicación de medidas cautelares, entre ellas la prohibición de salir del país, presentación en Fiscalía cada 7 días y la continuación de embargos por el plazo que dura la investigación preparatoria, 4 meses.

La jueza de Garantias Natalia Gonzalez tuvo por formulados los cargos en los términos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal a los que la querella, la Fiscalia de Estado, adhirió en un todo. Sin embargo dispuso que los imputados asistan cada 15 días a la presentación judicial.

Luego de tres días de audiencias y tras la complejidad el caso, concluyó este viernes (14/02) la imputación basada en los hechos que dieron origen el año pasado a la denuncia concretada por la actual gestión del Colegio de Farmacéuticos de General Roca.

La acusación fiscal presentó tres hechos, ordenados según modalidad, y descriptos de manera quincenal y por farmacia. Los mismos se habrían iniciado en diciembre de 2013 y se extendieron hasta abril de 2019.

Además las estafas habrían sido, por un lado generar recetas de medicamentos de los Planes de Epilepsia y Diabetes de afiliados a la obra social IPROSS de esta provincia, nunca haber vendido esos remedios, y usar para ello el sistema informático de liquidación quincenal que posee el Colegio de Farmacéuticos.

La otra estafa fue agregar esos medicamentos a la liquidación final de cada una de las farmacias señaladas por la fiscalía. Esa liquidación era remitida al área de Administración del Colegio para la generación de una factura de cobro (orden de pago) que se remitía también a IPROSS para su pago y que la entidad estatal acreditaba dicha erogación en la cuenta corriente del Colegio.

El tercer hecho consistió en generar o modificar recetas de medicamentos en el sistema que cada farmacia tenía, las mismas eran ficticias y no se correspondían con medicamentos efectivamente vendidos en mostrador (esos remedios nunca fueron comprados a ninguna droguería). Luego agregaban ello a los lotes de medicamentos vendidos que nunca fueron controlados ni auditados por quien se encargaba de ello en el Colegio.

Monto del perjuicio económico ocasionado a IPROSS

«El mismo resulta indeterminado dada la cantidad y complejidad de maniobras pergeñadas por la auditora del Colegio y el resto de los imputados, pero podría estimarse, -como mínimo-, en la suma de: $70.020.552,39 aproximadamente, teniendo en cuenta el valor histórico de los medicamentos objetos del delito, de acuerdo al detalle aportado por el Colegio de Farmacéuticos según el sistema informático Xarion y Xelion.

Dicho monto se subdivide en las diferentes farmacias beneficiarias de las sumas, los que arrojan un valor individual de: $6.220.592,43 (Farmacia Fasano); $30.386.591,28 (Farmacia Tucumán); $14.056.807,59 (Farmacia Santa Teresita); $17.115.765,04 (Farmacia Araucana-Jacobacci); $2.240.796,05 (Farmacia Farmacentro).

De todas maneras los fiscales aclararon que «ello sin perjuicio de la realización de la pericial informática sobre los elementos secuestrados y la eventual determinación que pueda surgir por parte de la pericial contable a desarrollarse.

Plexo probatorio

El Ministerio Público Fiscal reunió hasta el momento y para dar por sentada la imputación, variada y profusa prueba documental, entre lo que se cuenta con informes de entidades bancarias, informes de la AFIP, planillas de los programas informáticos de carga tanto de la farmacias implicadas como del colegio de Farmacéuticos.

Además material fílmico, imágenes forenses, copia de backups y archivos aportados por el proveedor del sistema informático, y entrevistas.

La audiencia continuará el próximo lunes (17/02) para terminar de resolver algunas de las medidas cautelares pendientes.

Judiciales

Robos, hurtos y estafas, los delitos más comunes en Río Negro

Las estadísticas se desprenden de un informe del Poder Judicial de la Provincia sobre causas del 2024.

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Durante 2024 ingresaron a las Oficinas Judiciales de toda la provincia de Río Negro un total de 6.942 legajos, lo que representa un incremento del 19% en comparación con el año anterior. De ese total, 6.189 causas fueron promovidas por el Ministerio Público ante la presunta comisión de algún delito.

Los delitos contra la propiedad fueron los más frecuentes, con 2.697 legajos, lo que representa el 43,59% del total promovido por el Ministerio Público. Esta categoría incluye hurtos, robos, estafas, daños materiales y otros hechos de similar naturaleza.

En segundo lugar se ubicaron los delitos contra la administración pública, con 933 legajos (14,75%). Comprenden atentado y resistencia a la autoridad, falsa denuncia, falso testimonio, encubrimiento y desobediencia a órdenes judiciales, entre ellas el incumplimiento de medidas cautelares por violencia de género.

Los delitos contra las personas generaron 829 causas (13,39%) e incluyen homicidios en todas sus formas, lesiones, abuso de armas y abandono de personas. Por su parte, los delitos contra la libertad sumaron 699 legajos (11,29%), entre ellos privaciones ilegítimas de la libertad, detenciones ilegales y violación de secretos.

También se contabilizaron 620 causas por delitos contra la integridad sexual (10,02%), como abusos sexuales con o sin acceso carnal, corrupción de menores, facilitación a la prostitución y exhibiciones obscenas.

El resto de los legajos registrados en 2024 corresponde a trámites de ejecución, exhortos y solicitudes administrativas (738 causas) y a querellas privadas (12 casos).

La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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Reconocen el lazo paterno de un hombre con los tres hijos de su pareja y autorizan su adopción plena

El progenitor biológico había sido privado previamente de la responsabilidad parental mediante sentencia el año pasado. Los adolescentes llevarán el apellido de la pareja de su madre.

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Durante años un hombre acompañó el crecimiento de tres adolescentes como si fueran sus propios hijos. Compartió sus rutinas, los cuidó en la enfermedad, los sostuvo en los desafíos de la adolescencia y construyó con ellos un vínculo sólido, afectivo y cotidiano. Finalmente, ese lazo recibió reconocimiento legal: el Poder Judicial de Río Negro otorgó la adopción por integración con carácter pleno y autorizó que los tres jóvenes lleven su apellido.

La solicitud fue presentada en el fuero de Familia de Bariloche por el propio hombre con el acompañamiento expreso de la madre de los adolescentes. El proceso se desarrolló sin oposición, ya que el progenitor biológico había sido privado previamente de la responsabilidad parental mediante sentencia firme, dictada en agosto de 2024. Esa resolución se encontraba inscripta en el Registro Civil al momento de iniciarse el trámite de adopción.

Los adolescentes fueron escuchados por la jueza interviniente y manifestaron su voluntad de formalizar legalmente la relación con quien siempre trataron como padre. Expresaron su deseo de llevar su apellido.

En la misma audiencia, estuvieron presentes la madre, la abuela materna y la letrada del peticionante. La Defensora de Menores e Incapaces dio su conformidad a la adopción. También lo hizo la Fiscalía, que emitió dictamen favorable. La jueza valoró el consentimiento de todas las partes, el ejercicio del derecho a ser oídos por parte de los jóvenes, y la documentación reunida.

El expediente incluyó informes sociales y pericias que reflejaron una dinámica familiar organizada, basada en el respeto y con roles definidos. Los profesionales que intervinieron destacaron la presencia activa del adoptante en la vida de los tres adolescentes. El informe más reciente consignó que la familia atravesó distintas dificultades con fortaleza y que el vínculo con los jóvenes se construyó como una referencia paterna sostenida en el tiempo.

Uno de los informes señaló que los adolescentes habían solicitado a su madre «llevar un apellido que los represente en su identidad». La magistrada tuvo en cuenta ese deseo al momento de resolver y autorizó la inscripción de los nuevos apellidos. La sentencia dispuso la adopción plena conforme a los artículos 619, 620, 621 y 630 del Código Civil y Comercial.

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Un cliente denunció que el banco dio de baja su préstamo y tarjetas sin aviso: Deberán indemnizarlo

El hombre fue hostigado por un estudio de cobranzas. Recibirá más de 2 millones de pesos por daño moral y punitivo.

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Un hombre de Viedma que mantenía un préstamo activo con un banco denunció que la entidad dio de baja en forma unilateral todos sus productos bancarios, bloqueó su acceso a las tarjetas de crédito y acumuló una deuda impagable sin previo aviso.

El cliente tenía dos tarjetas de crédito y un préstamo personal, cuyas cuotas se descontaban automáticamente de su sueldo. Aunque presentaba demoras con las tarjetas, cumplía puntualmente con el pago del préstamo. Sin embargo, el banco eliminó toda referencia a sus tarjetas de los resúmenes y bloqueó el acceso online, impidiéndole regularizar la situación.

Al intentar resolverlo en una sucursal, le informaron que su caso había sido derivado al sector Legales y le entregaron un número de teléfono para comunicarse con un estudio de cobranzas.

Desde entonces, comenzó a recibir insistentes llamados desde una decena de líneas diferentes, a cargo de la firma Cash-Collector, que incluso solicitó una mediación, pero no se presentó.

El hombre relató que, pese a sus intentos por ponerse al día, los planes de pago ofrecidos por el banco eran inalcanzables para su economía familiar. Además, señaló que nunca fue informado de una vinculación entre las tarjetas y el préstamo, el cual fue considerado como «caído» aunque aún tenía cuotas vigentes. En sus reclamos, advirtió que el banco le impidió seguir pagando un crédito que no registraba deudas.

A raíz de la situación, debió recurrir a formas de financiamiento alternativas, más costosas y riesgosas. Incluso mantuvo una conversación por WhatsApp con representantes del estudio de cobranzas, tratando de explicar que los montos exigidos eran imposibles de afrontar.

La jueza civil de Viedma explicó que el accionar del Banco Patagonia S.A. fue intempestivo e injustificado, y consideró probado el incumplimiento contractual. Por los perjuicios ocasionados al consumidor, condenó a la entidad a pagar $2.096.250,50, de los cuales $596.250,50 corresponden a daño moral y $1.500.000 a daño punitivo, más intereses.

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