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Sociedad

Salud dispuso prorrogar el cordón sanitario en Choele Choel hasta el 6 de mayo

La medida se extiende hasta el 6 de mayo.

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Por razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, el Ministerio de Salud de Río Negro resolvió hoy prorrogar el cordón sanitario en Choele Choel, a partir de las 8 del día 29 de abril y hasta las 24 horas del 6 de mayo.

Se trata de una medida preventiva, excepcional y temporaria, que contempla la restricción del ingreso y egreso a la localidad a toda persona, incluida la totalidad de los supuestos previstos en las excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio, determinadas en el Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

Solamente se exceptúa al personal de seguridad, de salud y aquellos que brindan servicios municipales esenciales. Se autoriza la circulación interna de aquellos trabajadores afectados a los medios de comunicación locales, a los fines de mantener debidamente informada a la población.

Se trata de una medida preventiva a los fines de mitigar los posibles contagios del virus COVID-19, dispuesta a partir de la vigilancia epidemiológica en Choele Choel, en concordancia con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación en coordinación con el Ministerio de Salud de Río Negro.

Se habilita de manera excepcional a los traslados mínimos e indispensables para aprovisionarse de alimentos y productos de primera necesidad, desde las 9 hasta las 15, debiendo restringirse dichos movimientos a una persona por grupo familiar. Los comercios de abastecimiento a la población podrán abrir sus puertas en dicho horario.

En los horarios establecidos, sólo podrán circular los días lunes, miércoles y viernes aquellos ciudadanos cuyo documento de identidad finalice en número impar, en tanto que aquellos terminados en número par sólo podrán hacerlo los días martes, jueves y sábado. Los días domingo no podrá existir circulación de vehículos y personas.

En tanto, los vehículos particulares autorizados para el aprovisionamiento de mínima sólo podrán hacerlo con una persona por unidad, la cual deberá estar excluida de los grupos y factores de riesgo ante el COVID-19. No se permitirá la circulación con menores de edad, salvo que la misma tenga relación con una emergencia sanitaria. Se exceptúa de la prohibición a aquellos vehículos que prestan servicios esenciales o del personal de seguridad y/o salud.

Por otra parte, se establece el cierre preventivo y provisorio de toda arteria con acceso directo a la Ruta Nacional N° 22 y Ruta Provincial N° 250; y/o aquellos accesos alternativos a la localidad; mediante vallas o cintas de seguridad, dejando un acceso libre de circulación interna de vehículos afectados a la contingencia, como ambulancias, policía y de servicios municipales.

Además se establece el cierre y fajado de los espacios públicos, entre ellos parques, plazas, predios deportivos y espacios recreativos.

Los comercios de hasta 50 mts2 solo podrán permitir el ingreso de hasta dos personas por vez. Las grandes superficies comerciales no podrán permitir el ingreso de personas en el caso de que el factor de ocupación haya alcanzado el 50% del ideal del local comercial. Asimismo deberá considerarse para aquellas personas que aguarden su ingreso una distancia de 2 metros, garantizando el distanciamiento social. Los locales comerciales deberán disponer una mampara con material acrílico, plástico o nylon trasparente de manera que entre el cliente y el cajero cumplan con el distanciamiento obligatorio.

Los comercios que no cumplan los horarios de apertura y cierre establecidos, serán sancionados con la clausura.

En tanto, se dispondrán controles retén a los fines de la restricción de ingreso a la localidad, los que deberán situarse a una distancia aproximada de un kilómetro de los accesos al ejido urbano; los mismos deberán contar con fuerzas de seguridad las 24 horas.

Por otra parte, queda prohibida la circulación interna en el ejido urbano de la localidad de camiones de abastecimiento de mercadería. En los casos de abastecimiento y/o prestación de servicios que resulten indispensables para la localidad deberán ser recepcionados por personal municipal en las áreas de control retén establecidos en los ingresos a la localidad, que oficiarán como punto de encuentro y recepción para la mercadería. Allí deberá procederse a la desinfección y trasbordo de la mercadería o elementos que se trate. De la misma manera se procederá con cualquier tipo de envase retornable de cualquier producto.

Finalmente, a partir de las 8 del 22 de abril, como medida excepcional, el traslado de los comerciantes se realizará con un permiso especial otorgado por autoridad municipal, pudiendo efectuarse en vehículos particulares, los cuales deberán aproximarse hasta el retén de control en el ingreso a la localidad, a los efectos de realizar el trasbordo de mercaderías para provisión y abastecimiento de los locales comerciales. A tal efecto, el traslado de los comerciantes deberá realizarse en la franja horaria comprendida entre la 9 y las 15.

Río Negro

Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal

Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

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El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.

«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.

Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.

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Judiciales

Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa

El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

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Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.

El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.

En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.

La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.

El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.

La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.

La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.

El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.

En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.

Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.

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Roca

Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca

8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

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Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.

Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.

Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.

De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.

Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.

La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.

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