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Sociedad

Río Negro habilitó apertura de comercios, servicio doméstico, peluquerías, entre otras actividades

Es en 30 de Municipios y todas las Comisiones de Fomento. Roca no está en el Decreto.

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El Gobierno Provincial habilitó la apertura de comercios de venta de productos no esenciales tres días a la semana, la actividad de servicio doméstico en casas particulares, jardineros y parquistas y de peluquerías y barberías.

Es en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento. Además, en estas últimas se autorizaron las caminatas recreativas, siguiendo estrictas normas de cuidado. Esta decisión se fundamenta en los resultados del análisis de la situación sanitaria imperante.

Cabe destacar que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, estas excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria provincial, de la evolución de la situación epidemiológica.

La medida fue dispuesta este domingo por la gobernadora Arabela Carreras a través del Decreto 365/20. En tanto, a través del Decreto 364/20 se incorpora a Catriel y Dina Huapi a las ciudades exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada, y habilita en ellos las actividades previstas en el Decreto 365 (ver aparte).

La medida alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta. Está incluida además la totalidad de las Comisiones de Fomento.

El Decreto 365 habilita la atención al público en comercios minoristas o mayoristas de venta de productos no esenciales los días lunes, miércoles y viernes, en el horario de 9 a 13. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el comercio el personal perteneciente al mismo y público en general, con un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados y un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados.

Por otra parte, las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 9 y las 13, con un máximo de dos días por empleador. No podrán prestar servicios el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

En tanto, los centros de belleza y estética, peluquerías, barberías y locales que ofrecen técnicas de laser hair removal, podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados. Solamente se permitirá un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados, un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados, se podrá atender únicamente mediante turnos otorgados por teléfono sin espera.

No se podrá atender a personas consideradas de riesgo (embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores, personas con enfermedades preexistentes), y tanto el personal del local como los clientes que asistan deben utilizar obligatoriamente con tapabocas o barbijo casero.

Otra de las actividades habilitadas es la de trabajadores jardineros y parquistas, quienes podrán prestar tareas lunes, miércoles y viernes entre las 14 y las 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

Todas estas actividades deberán desarrollarse bajo un estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Las personas que se desplacen con motivo de cumplir con estas actividades deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil “Circulación RN” o el certificado que las autoridades pertinentes dispongan.

Caminatas de recreación en Comisiones de Fomento

Por otra parte, a través del Decreto 365/20, la Gobernadora Arabela Carreras habilitó en el ámbito de las Comisiones de Fomento de la provincia, la realización de breves salidas de esparcimiento a la población, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y hasta las 20 horas.

Para las salidas no se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.

Además, se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a dos metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional. Quedó establecido que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.

Mediante este Decreto se invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia citados anteriormente a adherir en forma total o parcial. Se encomienda además a los y las intendentes municipales y comisionados y comisionadas de fomento a fiscalizar y supervisar el debido cumplimiento de las modalidades de trabajo, y a establecer los protocolos sanitarios específicos, dentro de sus ámbitos territoriales, previa autorización del Ministerio de Salud de la provincia.

Profesiones liberales y obra privada también se exceptúan en Catriel y Dina Huapi

En tanto, a través del Decreto 364/20 se dispuso extender la excepción del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada en las localidades de Catriel y Dina Huapi.

La disposición se tomó luego de realizar un nuevo análisis de la situación sanitaria en estas dos ciudades, verificando que ambas cumplen con los recaudos necesarios para reactivar estas nuevas actividades.

De esta forma, ya son 30 las localidades de provincia exceptuadas en estos dos rubros, además de la totalidad de las comisiones de fomento.

En el caso de las profesiones liberales, la actividad se desarrollará sin atención al público, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios. En tanto, en el caso del desarrollo de obra privada, será con un máximo de hasta cinco trabajadores por obra, uno cada 70m2, más el director y representante técnico.

En ambos casos, las actividades estarán sujetas a la implementación de los protocolos que establezca el Gobierno Provincial y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

Río Negro

Avanza la vuelta de la RTO a Roca: Hubo un oferente para prestar el servicio

La licitación busca garantizar la prestación del servicio de control vehicular obligatorio.

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La posibilidad de que General Roca vuelva a contar con una planta de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) dio un paso importante este jueves (11/06), luego de que la Dirección de Vialidad Rionegrina realizara la apertura de sobres de la licitación para concesionar el servicio en Roca y Villa Regina.

La novedad más destacada para la ciudad es que la única oferta presentada contempla la instalación y puesta en funcionamiento de una planta de RTO en General Roca, lo que permitiría recuperar un servicio muy demandado por automovilistas, transportistas y empresas de la región.

La propuesta fue presentada por la firma García Orozco Estefanía y ahora deberá atravesar el correspondiente proceso de evaluación técnica y administrativa antes de una eventual adjudicación.

El presidente de Vialidad Rionegrina, Raúl Grün, destacó que la presentación de una oferta representa un avance significativo luego de varios intentos fallidos para adjudicar el servicio. «La Revisión Técnica Obligatoria es una herramienta fundamental para verificar las condiciones mecánicas de los vehículos y contribuir a una circulación más segura en rutas y calles de la provincia», sostuvo.

El proceso licitatorio había comenzado en octubre de 2025, pero los cuatro llamados anteriores fueron declarados desiertos debido a la falta de interesados. Esta situación obligó al organismo provincial a realizar nuevas convocatorias para garantizar la prestación del servicio en el Alto Valle.

La eventual puesta en marcha de una planta en General Roca permitiría evitar que muchos conductores deban trasladarse a otras localidades para cumplir con el trámite obligatorio, mejorando además la accesibilidad al servicio para vecinos de toda la región.

Mientras avanza el análisis de la oferta presentada, Vialidad Rionegrina recordó que continúan operativas las plantas habilitadas en Cipolletti, Viedma, Bariloche, Choele Choel, San Antonio Oeste y El Bolsón.

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Roca

El fin de semana tendrá sol, heladas y temperaturas bajo cero en el Alto Valle

El sábado y domingo se presentarán con buenas condiciones meteorológicas, aunque las mínimas caerán hasta los -5°C.

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La Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC) anticipó un cambio en las condiciones meteorológicas para General Roca y el Alto Valle durante los próximos días. Luego de una jornada marcada por el ingreso de aire húmedo y el aumento de la nubosidad, se espera una mejora sostenida del tiempo acompañada por un importante descenso de las temperaturas mínimas.

Para este viernes (12/06), el pronóstico indica cielo cubierto durante gran parte del día, con una máxima de 16°C y vientos del oeste de hasta 19 km/h, con ráfagas cercanas a los 43 km/h. Hacia la noche aumentará la inestabilidad y no se descartan lloviznas débiles, con una temperatura que descenderá hasta 1°C.

Las condiciones mejorarán notablemente el sábado (13/06). La jornada se presentará parcialmente nublada y con una máxima de apenas 9°C. Durante la noche el cielo estará despejado y la temperatura caerá hasta los -5°C, generando condiciones favorables para heladas intensas.

El domingo (14/06) se espera tiempo estable y cielo despejado durante toda la jornada. La temperatura alcanzará los 15°C por la tarde, aunque durante la madrugada y la noche volverán a registrarse valores bajo cero, con una mínima prevista de -4°C.

De acuerdo con la síntesis elaborada por la AIC, las condiciones continuarán favorables durante el inicio de la próxima semana. El lunes (15/06) se prevé una máxima de 17°C y cielo despejado, mientras que el martes (16/06) la temperatura ascenderá hasta los 19°C con intervalos de nubosidad.

El organismo destacó que continuarán registrándose heladas nocturnas durante el fin de semana y parte de la próxima semana, por lo que recomendó extremar las precauciones al circular durante las primeras horas de la mañana y proteger cañerías, plantas y animales sensibles a las bajas temperaturas.

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Sociedad

Un roquense esperó más de una hora para ser atendido y condenaron al banco por trato indigno

La entidad bancaria deberá pagar por daño patrimonial y moral, además una multa civil por conducta reiterada.

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Un vecino de General Roca concurrió a una sucursal del Banco Patagonia, del que era cliente. Sacó turno a las 11.57 para realizar una consulta comercial sobre un producto bancario, pero fue atendido una hora después. Había nueve boxes disponibles, aunque solo tres se encontraban habilitados para atender al público.

El cliente consideró que esa situación vulneró la normativa provincial sobre tiempos máximos de espera y el deber de trato digno que protege a los consumidores.

Después de ser atendido, pidió el libro de quejas y dejó constancia de la demora. Días más tarde, envió una carta documento al banco y solicitó la preservación de las grabaciones de las cámaras. También inició una mediación, pero no hubo acuerdo.

El hombre promovió una demanda por daños y perjuicios y solicitó la aplicación de daño punitivo. El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda y condenó al banco a pagar una suma de dinero en concepto de daño patrimonial y daño moral, además de una suma equivalente a tres canastas básicas para el hogar.

La sentencia analizó el artículo 11 de la Ley Provincial 5414 que señala que constituye una infracción superar el límite de espera mayor a los 30 minutos. La norma rige para instituciones financieras y no financieras, que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos y de pago de haberes de jubilados, pensionados y trabajadores.

El banco reconoció que el hombre era cliente y que concurrió a la sucursal en la fecha indicada. Sin embargo, negó haber incurrido en una conducta ilícita. Afirmó que la atención fue adecuada y sostuvo que la normativa provincial sobre tiempos máximos de espera no resultaba aplicable al caso. Señaló que el hombre no se encontraba realizando operaciones vinculadas con el pago de servicios, el cobro de haberes u otras actividades específicamente contempladas por la ley.

Durante el proceso se produjo prueba documental e informativa. El juez acreditó que el hombre registró una queja en el libro correspondiente el mismo día de su ingreso al banco. También valoró la documentación aportada por la entidad, que reflejaba la existencia de numerosos reclamos por demoras superiores a treinta minutos entre 2019 y 2025.

A ello se sumaron informes que acreditaron sanciones administrativas previas impuestas al banco por situaciones semejantes y antecedentes judiciales relacionados con demoras en la atención al público.

Al analizar el caso, el juez destacó que se trataba de una relación de consumo y que debía aplicarse el régimen protectorio previsto por la Constitución Nacional, la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. También recordó la doctrina provincial sobre la carga dinámica de la prueba, según la cual el proveedor tiene el deber de colaborar activamente en el esclarecimiento de los hechos controvertidos.

Respecto de la normativa provincial, el magistrado rechazó la interpretación restrictiva propuesta por el banco. Consideró que el límite de treinta minutos de espera debía entenderse de manera amplia y favorable al consumidor, dado que la finalidad de la norma es garantizar una atención adecuada y compatible con el deber de trato digno.

En consecuencia, concluyó que el Banco Patagonia incumplió una obligación de resultado al permitir una espera excesiva para recibir atención.

En materia de daños, el fallo reconoció, en primer lugar, el daño patrimonial derivado del costo de las cartas documento enviadas. Luego, admitió el daño moral al entender que la pérdida de tiempo, las molestias sufridas y la afectación de la dignidad del consumidor constituían consecuencias extrapatrimoniales indemnizables.

El juez también hizo lugar al daño punitivo. Consideró acreditada una conducta reiterada de la entidad financiera, respaldada por reclamos anteriores, sanciones administrativas y antecedentes judiciales.

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