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Sociedad

Río Negro habilitó apertura de comercios, servicio doméstico, peluquerías, entre otras actividades

Es en 30 de Municipios y todas las Comisiones de Fomento. Roca no está en el Decreto.

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El Gobierno Provincial habilitó la apertura de comercios de venta de productos no esenciales tres días a la semana, la actividad de servicio doméstico en casas particulares, jardineros y parquistas y de peluquerías y barberías.

Es en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento. Además, en estas últimas se autorizaron las caminatas recreativas, siguiendo estrictas normas de cuidado. Esta decisión se fundamenta en los resultados del análisis de la situación sanitaria imperante.

Cabe destacar que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, estas excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria provincial, de la evolución de la situación epidemiológica.

La medida fue dispuesta este domingo por la gobernadora Arabela Carreras a través del Decreto 365/20. En tanto, a través del Decreto 364/20 se incorpora a Catriel y Dina Huapi a las ciudades exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada, y habilita en ellos las actividades previstas en el Decreto 365 (ver aparte).

La medida alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta. Está incluida además la totalidad de las Comisiones de Fomento.

El Decreto 365 habilita la atención al público en comercios minoristas o mayoristas de venta de productos no esenciales los días lunes, miércoles y viernes, en el horario de 9 a 13. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el comercio el personal perteneciente al mismo y público en general, con un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados y un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados.

Por otra parte, las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 9 y las 13, con un máximo de dos días por empleador. No podrán prestar servicios el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

En tanto, los centros de belleza y estética, peluquerías, barberías y locales que ofrecen técnicas de laser hair removal, podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados. Solamente se permitirá un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados, un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados, se podrá atender únicamente mediante turnos otorgados por teléfono sin espera.

No se podrá atender a personas consideradas de riesgo (embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores, personas con enfermedades preexistentes), y tanto el personal del local como los clientes que asistan deben utilizar obligatoriamente con tapabocas o barbijo casero.

Otra de las actividades habilitadas es la de trabajadores jardineros y parquistas, quienes podrán prestar tareas lunes, miércoles y viernes entre las 14 y las 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

Todas estas actividades deberán desarrollarse bajo un estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Las personas que se desplacen con motivo de cumplir con estas actividades deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil “Circulación RN” o el certificado que las autoridades pertinentes dispongan.

Caminatas de recreación en Comisiones de Fomento

Por otra parte, a través del Decreto 365/20, la Gobernadora Arabela Carreras habilitó en el ámbito de las Comisiones de Fomento de la provincia, la realización de breves salidas de esparcimiento a la población, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y hasta las 20 horas.

Para las salidas no se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.

Además, se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a dos metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional. Quedó establecido que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.

Mediante este Decreto se invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia citados anteriormente a adherir en forma total o parcial. Se encomienda además a los y las intendentes municipales y comisionados y comisionadas de fomento a fiscalizar y supervisar el debido cumplimiento de las modalidades de trabajo, y a establecer los protocolos sanitarios específicos, dentro de sus ámbitos territoriales, previa autorización del Ministerio de Salud de la provincia.

Profesiones liberales y obra privada también se exceptúan en Catriel y Dina Huapi

En tanto, a través del Decreto 364/20 se dispuso extender la excepción del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada en las localidades de Catriel y Dina Huapi.

La disposición se tomó luego de realizar un nuevo análisis de la situación sanitaria en estas dos ciudades, verificando que ambas cumplen con los recaudos necesarios para reactivar estas nuevas actividades.

De esta forma, ya son 30 las localidades de provincia exceptuadas en estos dos rubros, además de la totalidad de las comisiones de fomento.

En el caso de las profesiones liberales, la actividad se desarrollará sin atención al público, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios. En tanto, en el caso del desarrollo de obra privada, será con un máximo de hasta cinco trabajadores por obra, uno cada 70m2, más el director y representante técnico.

En ambos casos, las actividades estarán sujetas a la implementación de los protocolos que establezca el Gobierno Provincial y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

Roca

Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año

Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

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En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.

Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.

Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.

Canales de denuncia

Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:

  • Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
  • Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
  • Fines de semana o fuera de horario: 4431400
  • Correo electrónico: [email protected]

Qué pirotecnia está permitida

La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:

  • Kiosco Josue, Mitre 2326
  • Planeta Regalo, La Plata 950
  • Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
  • Despensa Morena, Ushuaia 2174
  • MiniShopping, O’higgins 1607
  • Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320

Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.

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Policiales

Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo

El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

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El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.

En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.

El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.

Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.

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Río Negro

Río Negro abonará los salarios en la primera semana de enero

El cronograma se extenderá desde el 6 al 8 de enero.

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El Gobierno de Río Negro iniciará el martes próximo (06/01) el cronograma de pago de salarios correspondientes al mes de diciembre para las y los trabajadores de la Administración Pública Provincial.

De esta manera, los días 6, 7 y 8 de enero se realizará el pago correspondiente al mes de diciembre.

Cronograma de sueldos de Enero 2026

Martes 6/01

  • Salud Pública
  • Guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro
  • Servicio Penitenciario Provincial

Miércoles 7/01

  • Docentes
  • Porteros

Jueves 8/01

  • Ley N° 1.844
  • Vialidad Rionegrina
  • Pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo
  • Poder Judicial
  • Órganos de Control
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