Sociedad
Río Negro habilitó apertura de comercios, servicio doméstico, peluquerías, entre otras actividades
Es en 30 de Municipios y todas las Comisiones de Fomento. Roca no está en el Decreto.

El Gobierno Provincial habilitó la apertura de comercios de venta de productos no esenciales tres días a la semana, la actividad de servicio doméstico en casas particulares, jardineros y parquistas y de peluquerías y barberías.
Es en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento. Además, en estas últimas se autorizaron las caminatas recreativas, siguiendo estrictas normas de cuidado. Esta decisión se fundamenta en los resultados del análisis de la situación sanitaria imperante.
Cabe destacar que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, estas excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria provincial, de la evolución de la situación epidemiológica.
La medida fue dispuesta este domingo por la gobernadora Arabela Carreras a través del Decreto 365/20. En tanto, a través del Decreto 364/20 se incorpora a Catriel y Dina Huapi a las ciudades exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada, y habilita en ellos las actividades previstas en el Decreto 365 (ver aparte).
La medida alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta. Está incluida además la totalidad de las Comisiones de Fomento.
El Decreto 365 habilita la atención al público en comercios minoristas o mayoristas de venta de productos no esenciales los días lunes, miércoles y viernes, en el horario de 9 a 13. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el comercio el personal perteneciente al mismo y público en general, con un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados y un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados.
Por otra parte, las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 9 y las 13, con un máximo de dos días por empleador. No podrán prestar servicios el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.
En tanto, los centros de belleza y estética, peluquerías, barberías y locales que ofrecen técnicas de laser hair removal, podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados. Solamente se permitirá un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados, un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados, se podrá atender únicamente mediante turnos otorgados por teléfono sin espera.
No se podrá atender a personas consideradas de riesgo (embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores, personas con enfermedades preexistentes), y tanto el personal del local como los clientes que asistan deben utilizar obligatoriamente con tapabocas o barbijo casero.
Otra de las actividades habilitadas es la de trabajadores jardineros y parquistas, quienes podrán prestar tareas lunes, miércoles y viernes entre las 14 y las 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.
Todas estas actividades deberán desarrollarse bajo un estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.
Las personas que se desplacen con motivo de cumplir con estas actividades deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil “Circulación RN” o el certificado que las autoridades pertinentes dispongan.
Caminatas de recreación en Comisiones de Fomento
Por otra parte, a través del Decreto 365/20, la Gobernadora Arabela Carreras habilitó en el ámbito de las Comisiones de Fomento de la provincia, la realización de breves salidas de esparcimiento a la población, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y hasta las 20 horas.
Para las salidas no se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.
Además, se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a dos metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.
No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional. Quedó establecido que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.
Mediante este Decreto se invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia citados anteriormente a adherir en forma total o parcial. Se encomienda además a los y las intendentes municipales y comisionados y comisionadas de fomento a fiscalizar y supervisar el debido cumplimiento de las modalidades de trabajo, y a establecer los protocolos sanitarios específicos, dentro de sus ámbitos territoriales, previa autorización del Ministerio de Salud de la provincia.
Profesiones liberales y obra privada también se exceptúan en Catriel y Dina Huapi
En tanto, a través del Decreto 364/20 se dispuso extender la excepción del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada en las localidades de Catriel y Dina Huapi.
La disposición se tomó luego de realizar un nuevo análisis de la situación sanitaria en estas dos ciudades, verificando que ambas cumplen con los recaudos necesarios para reactivar estas nuevas actividades.
De esta forma, ya son 30 las localidades de provincia exceptuadas en estos dos rubros, además de la totalidad de las comisiones de fomento.
En el caso de las profesiones liberales, la actividad se desarrollará sin atención al público, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios. En tanto, en el caso del desarrollo de obra privada, será con un máximo de hasta cinco trabajadores por obra, uno cada 70m2, más el director y representante técnico.
En ambos casos, las actividades estarán sujetas a la implementación de los protocolos que establezca el Gobierno Provincial y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.
Río Negro
Río Negro se consolida como el destino más elegido del invierno argentino
En todo el país se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones.

Río Negro fue la provincia más elegida durante las vacaciones de invierno 2026, con Bariloche alcanzando hasta un 90% de ocupación hotelera y consolidándose una vez más como el principal destino del turismo invernal argentino, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Las vacaciones de invierno 2026 concluyeron con un saldo positivo para el turismo nacional. De acuerdo con el informe de CAME, se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones. En un contexto marcado por un escenario económico desafiante y por factores atípicos como el Mundial de Fútbol, los destinos de nieve y montaña fueron los más demandados, consolidando a Río Negro como la principal elección de quienes viajaron durante el receso.
Bariloche volvió a posicionarse como el destino más elegido del país, con niveles de ocupación hotelera de hasta el 90%. Las intensas nevadas registradas durante la segunda quincena de julio, sumadas a la calidad de sus centros de esquí, su amplia oferta turística y un nivel histórico de conectividad aérea, permitieron que la ciudad encabezara una vez más la temporada invernal. Al mismo tiempo, Río Negro se ubicó entre los principales destinos receptores de turismo internacional, con una importante llegada de visitantes brasileños y de otros países no limítrofes, lo que contribuyó a sostener una alta ocupación en toda la provincia.
El buen desempeño también se reflejó en el resto del territorio rionegrino. Playas Doradas alcanzó un 90% de ocupación, Viedma y el Valle llegaron al 80%, mientras que Las Grutas, San Antonio Oeste y San Antonio Este registraron un 70%, con propuestas vinculadas a la naturaleza, la gastronomía y las actividades recreativas, según consigna el informe de CAME.
La secretaria de Turismo de Río Negro, María Sol Canalda, señaló que «que Río Negro haya sido uno de los destinos más elegidos durante estas vacaciones de invierno, liderando las búsquedas en los principales portales de viajes y registrando un nivel histórico de conectividad aérea, demuestra que el trabajo previo a la temporada está dando resultados. Estos indicadores reflejan la confianza de los viajeros en nuestros destinos y el enorme esfuerzo que realizan municipios, prestadores y trabajadores del turismo para ofrecer experiencias de calidad. Nuestro desafío ahora es consolidar este crecimiento, atraer más inversiones, mejorar la competitividad y seguir posicionando a Río Negro como uno de los grandes destinos turísticos de la Argentina durante todo el año».
Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia de Turismo Río Negro (ATUR), Diego Piquín, destacó que «el trabajo entre el sector público y privado, junto con la diversidad y la calidad de la oferta en cada una de nuestras regiones, nos permite seguir siendo una gran opción para miles de visitantes que nos eligen año tras año».
El informe de CAME también señala que durante las vacaciones viajaron 4,6 millones de personas, un 5,9% más que en 2025, de las cuales 4,2 millones fueron turistas nacionales y 400.000 visitantes extranjeros. El impacto económico alcanzó los $2,12 billones (US$1.412 millones), con un crecimiento real interanual del 2,5%. La estadía promedio fue de cuatro días y el gasto diario por persona llegó a $115.115. Mientras varios destinos de la Costa Atlántica registraron una temporada moderada, el turismo de nieve, encabezado por Bariloche, lideró las preferencias de los viajeros en todo el país.
Roca
Insistía con invitar a una adolescente a su casa y la Justicia le prohibió acercarse
El hombre volvió dos días seguidos al comercio donde trabajaba la adolescente y la invitó a su casa. La Justicia entendió que afectó la tranquilidad de la joven.

Una adolescente atendía el negocio de su familia en el Alto Valle cuando un cliente terminó de pagar y, antes de retirarse, le preguntó por qué siempre estaba seria. Como no obtuvo respuesta, insistió y la invitó a tomar mate en su casa. La joven guardó silencio y el hombre se fue del lugar.
Al día siguiente regresó al comercio y volvió sobre el tema y preguntó por la adolescente. En ese momento intervino la pareja del padre de la joven, quien le respondió que no correspondía que invitara a la chica a tomar mate. El hombre se retiró sin discutir.
El padre de la adolescente promovió una denuncia ante el Juzgado de Paz en representación de su hija, por una infracción al Código Contravencional de Río Negro.
La jueza dispuso una prohibición de comunicación y contacto. Luego de la audiencia se resolvió responsabilizar al hombre por la conducta denunciada y le impuso una amonestación prevista en el artículo 47 de la Ley.
Durante la audiencia, el hombre sostuvo que todo había sido un malentendido. Explicó que había invitado a la adolescente para que fuera con sus hermanos a jugar con la perra que tenía en su casa. Dijo que no advirtió que esa conducta podía resultar inapropiada y aseguró que nunca actuó con mala intención.
Sin embargo, la jueza entendió que esas explicaciones no desvirtuaban los hechos acreditados y concluyó que su conducta había afectado la tranquilidad de la joven.
El fallo recordó que el Código Contravencional sanciona a quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Esa figura integra el capítulo referido a las contravenciones contra la integridad de las personas y protege el derecho a desarrollar actividades sin sufrir conductas que alteren la tranquilidad.
La sentencia también destacó que, durante el tiempo en que estuvieron vigentes las medidas de protección, no se denunciaron nuevos episodios y que el hombre se presentó a la audiencia luego de ser notificado.
Asimismo, señaló que no registraba antecedentes contravencionales por hechos similares, circunstancia que fue considerada al momento de definir la sanción aplicable.
Así, el Juzgado de Paz resolvió amonestar al hombre y advertirle que, en adelante, deberá ajustar su comportamiento a las normas vigentes para evitar nuevas infracciones.
Judiciales
La ruta de sociedades, cuentas y comercios detrás de una cuota alimentaria
La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

El expediente no ofrecía una cifra única ni una respuesta directa. Para conocer la capacidad económica de un progenitor, la jueza debió seguir un recorrido compuesto por registros tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios, certificaciones contables y testimonios.
La causa tramitó ante la Unidad Procesal de Familia N.º 11 de Cipolletti. La progenitora inició la acción en representación de sus dos hijos y sostuvo que el otro progenitor desarrollaba distintas actividades comerciales y empresariales. También afirmó que ella asumía el cuidado cotidiano de los niños.
El padre rechazó el alcance del reclamo. Explicó que sus ingresos no eran fijos, presentó una certificación contable y acompañó documentación bancaria. Además, sostuvo que realizaba aportes mensuales y entregas de alimentos, ropa y útiles escolares.
La discusión quedó centrada en una pregunta: cuál era su capacidad económica real.
El primer tramo de la respuesta apareció en los informes tributarios. La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro informó que el progenitor figuraba inscripto en actividades vinculadas con servicios gastronómicos, asesoramiento y gestión empresarial. También registró vehículos a su nombre.
Luego llegaron los datos de la Municipalidad de Cipolletti. Los registros indicaron la existencia de una habilitación comercial vigente para un establecimiento gastronómico y señalaron su participación como socio gerente en una sociedad. Otro informe municipal dio cuenta de antecedentes vinculados con inmuebles y permisos comerciales.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero sumó más piezas. Según la sentencia, el progenitor aparecía registrado como socio, gerente o administrador en distintas firmas. A esa información se agregó un contrato de franquicia para la explotación de un local comercial. La documentación acreditó vínculos con sociedades, comercios y emprendimientos. Sin embargo, el expediente no permitió determinar con exactitud cuánto dinero generaban esas actividades ni qué parte correspondía al progenitor.
La jueza también examinó una certificación contable que él mismo presentó. Ese documento informó un promedio de ingresos durante un período determinado y consignó una relación laboral con una de las empresas. El fallo aclaró que esos datos no reflejaban necesariamente la totalidad de los recursos, ya que existían otras participaciones comerciales acreditadas en la causa.
El informe bancario añadió otro elemento. La cuenta registró variaciones importantes entre ingresos, egresos y saldos durante varios meses. La sentencia tomó esos movimientos como parte del análisis patrimonial, aunque no los consideró suficientes para establecer por sí solos una cifra definitiva.
Las declaraciones testimoniales completaron el cuadro. Varias personas hablaron sobre locales gastronómicos, viajes al exterior, vehículos y nivel de vida. Otro testimonio mencionó la relación del progenitor con una empresa que ocupaba un inmueble comercial.
Aun con ese conjunto de pruebas, la jueza señaló que faltó documentación contable específica. También sostuvo que el progenitor estaba en mejores condiciones de presentar información precisa sobre sus ingresos, su patrimonio y las ganancias de las sociedades.
El fallo aplicó el criterio de las cargas probatorias dinámicas. Según la resolución, ese principio impone el deber de aportar la prueba a quien cuenta con mejores posibilidades técnicas o materiales para hacerlo.
La jueza fijó una cuota alimentaria equivalente a ocho salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenó que se practique una liquidación por los períodos anteriores, con deducción de los pagos ya realizados.








