Sociedad
Buscan regular el uso del cannabis medicinal en Río Negro
La iniciativa define que para la entrega de productos que contengan cannabinoides, los pacientes deben contar con prescripción médica y estar incluidos en el Registro.

Legisladores de Juntos Somos Río Negro impulsan la investigación científica y el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados en la provincia, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud. Además, buscan declarar de interés sanitario su utilización con fines paliativos o terapéuticos.
Es por ello que Lucas Pica, Graciela Valdebenito y Facundo López presentaron un proyecto de ley para generar el marco regulatorio que establece la autoridad de aplicación, detalla la finalidad de la iniciativa, incorpora el cannabis al vademécum, impone la prescripción médica obligatoria para obtenerlo, y define el rol del IPROSS y el PROFARSE.
Además, crea un registro provincial confidencial de pacientes y otorga una readecuación presupuestaria al Poder Ejecutivo.
El artículo cuatro establece que la autoridad de aplicación debe:
a) Promover y Facilitar la investigación clínica relacionada con el uso medicinal de cannabis y sus derivados con la finalidad de profundizar conocimientos, desarrollar evidencia científica sólida, establecer protocolos de investigación, identificar efectos secundarios y adversos.
b) Supervisar los estudios de investigación desarrollados en el ámbito provincial según el marco normativo que le confiere la ley provincial Nº4.947, la ley provincial N° 4.922 acompañando el protagonismo de las Asociaciones Civiles que se encuentran trabajando en esta temática, la participación de las Universidades con asiento en la provincia y profesionales de la salud del ámbito público, privado y de las Obras Sociales.
c) Promover y facilitar la participación activa del Laboratorio Pro.Fa.R.S.E en el control de calidad de los productos que contengan cannabinoides para uso médico paliativo y/o terapéutico, a fin de determinar el grado de pureza requerida por ANMAT; proyectando en el futuro mediato la producción propia de aceite de cannabis y derivados elaborados bajo novedades de actualización y conocimiento sobre la utilización del cannabis y derivados, contemplando no sólo los efectos medicinales sino también aspectos legales, de cultivo, botánicos, químicos y de elaboración y producción, dando participación a Universidades Nacionales Estatales y Privadas, CONICET, INTA, Colegios Profesionales, Asociaciones Civiles, grupos de pacientes y familiares y otras ONG con experiencia en la temática.
d) Implementar, en coordinación con otros ministerios, A.P.A.S.A. y organismos del Estado, campañas de educación y concientización dirigidas a la comunidad sobre el uso responsable del cannabis, sus efectos sobre la salud humana cuando no es usada con fines paliativos o terapéuticos bajo estricto control médico, previniendo así el consumo problemático y las adicciones. Normas de calidad y seguridad siguiendo los procesos y las buenas prácticas de manufactura farmacéutica.
e) Promover la capacitación continua de profesionales de la salud y otras disciplinas, propiciando actividades de actualización y conocimiento sobre la utilización del cannabis y derivados, contemplando no solo los efectos medicinales sino también aspectos legales, de cultivo, botánicos, químicos y de elaboración y producción, dando participación a Universidades Nacionales Estatales y Privadas, CONICET, INTA, Colegios Profesionales, Asociaciones Civiles, grupos de pacientes y familiares y otras ONG con experiencia en la temática.
El proyecto también define que el Ministerio de Salud de la Provincia (que será la autoridad de aplicación), debe incorporar al Vademécum el aceite de cannabis y derivados aprobado por el ANMAT, como tratamiento de todas las patologías que se incorporen a partir del Programa Nacional, creado por el artículo 2º de la Ley Nacional Nº 27.350 y sus modificatorias.
Además, indica que el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IProSS)debe incorporar a su Vademécum, el aceite de cannabis y derivados aprobado por el ANMAT, como tratamiento de todas las patologías que se incorporen a partir del Programa Nacional, creado por artículo 2º de la Ley Nacional Nº 27.350 y sus modificatorias.
La iniciativa define que para la entrega de productos que contengan cannabinoides, los pacientes deben contar con prescripción médica y estar incluido en el Registro creado para tal fin por la autoridad de aplicación. «La autoridad de aplicación tiene a su cargo el Registro Provincial para la Inscripción de Pacientes que tengan diagnóstico de epilepsia refractaria u otras patologías que se incorporen, garantizando la confidencialidad de los datos personales de pacientes y familiares, según marcos normativos vigentes».
También estipula la promoción de acciones. «La autoridad de aplicación, hasta tanto obtenga todas las autorizaciones de organismos nacionales para la producción local de aceite de cannabis y derivados, debe promover con el Ministerio de Salud de la Nación los acuerdos necesarios para simplificar los trámites de inscripción en el registro nacional creado por ley Nº 27.350 garantizando la provisión gratuita del medicamento a los pacientes que lo requieran».
Y autoriza una adecuación presupuestaria. «El Poder Ejecutivo queda facultado, a efectos de posibilitar la aplicación de la presente, para realizar las modificaciones necesarias en el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Provincial, conforme las disposiciones vigentes en la materia».
Judiciales
«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena
La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.
Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.
Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.
Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.
Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.
La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes. De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».
A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.
Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.
El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.
En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.
La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.
En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.
Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.
La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.
Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.
Judiciales
Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años
El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.
Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.
En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.
Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.
La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.
Roca
Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso
La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.
En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.
La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.
Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.
Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.








