Judiciales
Caso Sofía: Declararon culpable al padrastro
Ahora habrá que esperar a la condena. Por ahora seguirá detenido bajo prisión preventiva.

El Tribunal de Juicio de Roca, por unanimidad, declaró al imputado Marcos Nicolás González culpable de los delitos de “lesiones leves calificadas por violencia de género, reiteradas en un número indeterminado de veces; abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado, doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente; corrupción de menores agravada por la edad de la víctima y por ser el autor persona conviviente y guardador; desobediencia a una orden judicial y abandono de persona seguida de muerte”.
El juicio oral se desarrolló en Roca de manera semipresencial desde el pasado 27 de julio y continuará el próximo 7 de septiembre, con la audiencia de cesura en la que se debatirá el monto de la pena que se impondrá al autor de los delitos, de los cuales resultó víctima una niña de tres años. La niña era hija de la mujer con la que convivía González, quien ya fue juzgada y condenada a 24 años y 7 meses de prisión por su participación y colaboración en los mismos hechos.
Los ataques investigados ocurrieron entre octubre de 2018 y principios de febrero de 2019 en la casa donde convivían el imputado González, la madre de la víctima y los tres hijos de ella. En ese contexto, según la sentencia, la niña sufrió “agresiones sistemáticas” y “prácticas humillantes y torturantes” que deterioraron severamente su salud psicofísica.
Las agresiones por parte de González se produjeron en un contexto de violencia de género, evidenciado en múltiples indicadores de sometimiento y cosificación del hombre hacia la niña.
También se tuvieron por acreditados, en el mismo lapso, los abusos sexuales gravemente ultrajantes en perjuicio de la nena y la promoción de su corrupción sexual. La confirmación surgió de múltiples testimonios y pericias médicas y de los análisis de laboratorio que confirmación la presencia en la víctima de parásitos de exclusiva transmisión sexual.
La tarde del 1 de febrero de 2019 la niña fue ingresada a la guardia del hospital de Lamarque. Por la gravedad de su estado, fue derivada primero al hospital de Roca y luego a un sanatorio de la misma ciudad, donde falleció en la mañana del 4 de febrero.
En cuanto a la causa de la muerte, los jueces tuvieron por acreditado que los adultos a su cargo no buscaron atención médica cuando la niña comenzó a manifestar fuertes dolores, sino que esperaron intencionalmente entre tres y siete días, hasta que su cuadro ya era gravísimo y prácticamente irreversible. Los estudios y pericias confirmaron que la causa de fallecimiento fue un shock séptico derivado de una peritonitis, la cual, a su vez, derivó de una lesión interna en el aparato urinario de la niña, producida por una golpiza a la que había sido sometida por González y la mujer.
Se configuró de esa manera el delito de “abandono de persona seguido de muerte”, no sólo por no haber buscado asistencia médica oportuna para la niña -probablemente para evitar que en el hospital detectaran evidencias de los abusos sexuales y el maltrato, dice el fallo-, sino también por haber ocultado a los médicos que el origen del cuadro había sido un traumatismo en el abdomen.
Por otra parte, se acreditó de manera objetiva la violación, por parte del imputado, de la orden que días antes del hecho le había notificado el Juzgado de Paz de Lamarque en relación a la situación de violencia familiar que había sido denunciada ante ese organismo.
El imputado participó hoy de la lectura del veredicto de culpabilidad a través de la plataforma Zoom, desde el Establecimiento de Ejecución Penal N° 1 de Viedma, donde permanece detenido con prisión preventiva.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.
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Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible
Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.
El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.
La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.
La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.








