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Sociedad

CAME pide protocolos unificados para el turismo en todo el territorio

Estiman que el turismo regional perdió casi 80.000 millones de pesos entre marzo y agosto.

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Teniendo en cuenta que el turismo es una de las actividades más golpeadas por el Covid-19, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) envió al presidente de la Nación, Alberto Fernández, y a los gobernadores de todas las provincias un documento desarrollado por el sector Turismo de la entidad, titulado «Reflexiones y propuestas para apoyar la recuperación del turismo nacional en el marco de la pandemia», donde, entre otras cuestiones, solicitó la implementación de protocolos unificados en todo el país para dar previsión a la actividad. El documento contiene las conclusiones a las que se llegó tras una serie de entrevistas llevadas a cabo a reconocidos actores, referentes de la actividad de variados espacios políticos, tanto del ámbito público como privado.

«En lo que va de la pandemia, el turismo regional perdió ingresos por $77.890 millones, entre marzo y agosto, como promedio estimativo por los seis fines de semana largos y las vacaciones de invierno, que repercuten no sólo en forma directa en el sector, sino también en las economías regionales. A diferencia de otras actividades, esto ya no se recupera», señaló el titular de CAME, Gerardo Díaz Beltrán.

Agregó que «entendemos que la recuperación de la actividad turística será desigual en el país, puesto que las ciudades más corporativas y con mayor conectividad o mejor situadas y en cercanía de capitales de países vecinos tendrán una suerte distinta a las otras. Es por ello que ratificamos la visión estratégica de que el turismo debe ser una política de Estado».

Por ello, considerando que el 95% de la actividad del sistema turístico lo representa el sector pyme, CAME presentó en el documento diversas propuestas como la creación de una Mesa de enlace Público y Privado, con un cuerpo consultivo ad honorem amplio; elaborar un plan de acción en tres etapas: lo inmediato, la temporada estival próxima y pos Semana Santa, tratando de dar previsibilidades a cada etapa; estimular y facilitar la conectividad como uno de los ejes de desarrollo turístico; elaborar un plan para sostener la economía que generaba la industria, pensando en mantener la participación en el PBI y el empleo de cada lugar; prolongación del ATP, tomando como base la facturación 2019 actualizada hasta el año 2023 para todos los actores de la cadena que mantengan una baja facturación; apoyo económico para los pequeños y medianos prestadores de servicios turísticos, inscriptos como pymes; moratorias impositivas y de servicios de largo plazo a abonar de forma gradual desde 2022 en adelante con el pago mayor de capital sobre el final de estas; y evaluar la reducción del 50% de los alquileres a espacios que se destinan específicamente a la actividad, generando un bono para el pago de Impuesto a las Ganancias para el propietario del inmueble por el mismo monto por los años 2020 y 2021.

Asimismo, plantean generar una nueva relación de abastecimiento para los años 2020 y 2021 de los servicios de agua, luz y gas; reducción en los plazos de acreditación de tarjetas de crédito durante el 2020 y 2021, sin quitas; consensuar en la mesa de enlace los protocolos a implementar en turismo nacional e internacional, visados por el Consejo Federal de Turismo y estos, a la vez, por los consejos municipales, a los efectos de tener protocolos homologados en todo el país; estimular con las estructuras organizativas argentinas, como ANSES y PAMI, al consumo del turismo interno; acordar con los bancos internacionales, que tienen sede en Argentina, un programa similar al «Ahora 12» en el exterior para estimular los pasajes en cuotas desde diferentes puntos del mundo a Argentina, preferentemente con Aerolíneas Argentinas; deducción especial durante el 2021 y 2022 de los gastos de turismo y gastronomía del Impuesto a las Ganancias, a los efectos de estimular la demanda; generación de un fondo nacional transitorio de incentivo al turismo distribuido según la cantidad de camas declaradas por ciudad, surgido de un 40% de los fondos del IMPROTUR del año 2021; sostener el «Ahora 12» con 3 meses de gracia para el sector turístico para el año 2021; el paso hacia la formalidad. La informalidad en el sector nos coloca un límite al desarrollo, a la capacidad de negociación, al peso político de la actividad, nos debilita en la calidad de servicios de un destino, pone en riesgo la responsabilidad fiscal y es tan o más nociva que la presión tributaria.

Además, plantean la creación de un fondo fiduciario con garantías reales empresarias para la suspensión de trabajadores con resguardo de su lugar de trabajo por un máximo de 24 meses; y planes de Crédito para el 2021 para la adecuación de la estructura no utilizada y deteriorada por haber estado cerrada, con tasas subsidiadas y de 60 cuotas.

Este documento es el resultado de los aportes del equipo de asesores y dirigentes del sector de CAME Turismo, y de distintos referentes del sector como Maurice Closs, senador nacional y ex gobernador de la provincia de Misiones; Hernán Lombardi, exministro de Turismo de la Nación; Marco Palacios, expresidente de la Cámara Argentina de Turismo (CAT); Gabriela Testa, senadora provincial de Mendoza y expresidenta del Ente Mendoza Turismo; Bernardo Alejandro Racedo Aragón, ex secretario de Turismo de Salta y Tucumán; Fabián Lombardo, director comercial de Planeamiento y Gestión de Rutas (CCO Chief Commercial Officer) en Aerolíneas Argentinas; y Aldo Elías, actual presidente de la Cámara Argentina de Turismo (CAT).

«Esperamos que estas propuestas sean tenidas en cuenta a fin de llevar certezas a esta industria, que es la más federal, democrática y transversal actividad económica, ya que representa el cuarto complejo exportador, nuclea a 5 mil agencias y da trabajo a más de un millón de personas», concluyó Díaz Beltrán.

Roca

Insistía con invitar a una adolescente a su casa y la Justicia le prohibió acercarse

El hombre volvió dos días seguidos al comercio donde trabajaba la adolescente y la invitó a su casa. La Justicia entendió que afectó la tranquilidad de la joven.

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Una adolescente atendía el negocio de su familia en el Alto Valle cuando un cliente terminó de pagar y, antes de retirarse, le preguntó por qué siempre estaba seria. Como no obtuvo respuesta, insistió y la invitó a tomar mate en su casa. La joven guardó silencio y el hombre se fue del lugar.

Al día siguiente regresó al comercio y volvió sobre el tema y preguntó por la adolescente. En ese momento intervino la pareja del padre de la joven, quien le respondió que no correspondía que invitara a la chica a tomar mate. El hombre se retiró sin discutir.

El padre de la adolescente promovió una denuncia ante el Juzgado de Paz en representación de su hija, por una  infracción al Código Contravencional de Río Negro.

La jueza dispuso una prohibición de comunicación y contacto. Luego de la audiencia se resolvió responsabilizar al hombre por la conducta denunciada y le impuso una amonestación prevista en el artículo 47 de la Ley.

Durante la audiencia, el hombre sostuvo que todo había sido un malentendido. Explicó que había invitado a la adolescente para que fuera con sus hermanos a jugar con la perra que tenía en su casa. Dijo que no advirtió que esa conducta podía resultar inapropiada y aseguró que nunca actuó con mala intención.

Sin embargo, la jueza entendió que esas explicaciones no desvirtuaban los hechos acreditados y concluyó que su conducta había afectado la tranquilidad de la joven.
El fallo recordó que el Código Contravencional sanciona a quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Esa figura integra el capítulo referido a las contravenciones contra la integridad de las personas y protege el derecho a desarrollar actividades sin sufrir conductas que alteren la tranquilidad.

La sentencia también destacó que, durante el tiempo en que estuvieron vigentes las medidas de protección, no se denunciaron nuevos episodios y que el hombre se presentó a la audiencia luego de ser notificado.

Asimismo, señaló que no registraba antecedentes contravencionales por hechos similares, circunstancia que fue considerada al momento de definir la sanción aplicable.

Así, el Juzgado de Paz resolvió amonestar al hombre y advertirle que, en adelante, deberá ajustar su comportamiento a las normas vigentes para evitar nuevas infracciones.

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Judiciales

La ruta de sociedades, cuentas y comercios detrás de una cuota alimentaria

La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

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El expediente no ofrecía una cifra única ni una respuesta directa. Para conocer la capacidad económica de un progenitor, la jueza debió seguir un recorrido compuesto por registros tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios, certificaciones contables y testimonios.

La causa tramitó ante la Unidad Procesal de Familia N.º 11 de Cipolletti. La progenitora inició la acción en representación de sus dos hijos y sostuvo que el otro progenitor desarrollaba distintas actividades comerciales y empresariales. También afirmó que ella asumía el cuidado cotidiano de los niños.

El padre rechazó el alcance del reclamo. Explicó que sus ingresos no eran fijos, presentó una certificación contable y acompañó documentación bancaria. Además, sostuvo que realizaba aportes mensuales y entregas de alimentos, ropa y útiles escolares.

La discusión quedó centrada en una pregunta: cuál era su capacidad económica real.
El primer tramo de la respuesta apareció en los informes tributarios. La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro informó que el progenitor figuraba inscripto en actividades vinculadas con servicios gastronómicos, asesoramiento y gestión empresarial.
También registró vehículos a su nombre.

Luego llegaron los datos de la Municipalidad de Cipolletti. Los registros indicaron la existencia de una habilitación comercial vigente para un establecimiento gastronómico y señalaron su participación como socio gerente en una sociedad. Otro informe municipal dio cuenta de antecedentes vinculados con inmuebles y permisos comerciales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero sumó más piezas. Según la sentencia, el progenitor aparecía registrado como socio, gerente o administrador en distintas firmas. A esa información se agregó un contrato de franquicia para la explotación de un local comercial. La documentación acreditó vínculos con sociedades, comercios y emprendimientos. Sin embargo, el expediente no permitió determinar con exactitud cuánto dinero generaban esas actividades ni qué parte correspondía al progenitor.

La jueza también examinó una certificación contable que él mismo presentó. Ese documento informó un promedio de ingresos durante un período determinado y consignó una relación laboral con una de las empresas. El fallo aclaró que esos datos no reflejaban necesariamente la totalidad de los recursos, ya que existían otras participaciones comerciales acreditadas en la causa.

El informe bancario añadió otro elemento. La cuenta registró variaciones importantes entre ingresos, egresos y saldos durante varios meses. La sentencia tomó esos movimientos como parte del análisis patrimonial, aunque no los consideró suficientes para establecer por sí solos una cifra definitiva.

Las declaraciones testimoniales completaron el cuadro. Varias personas hablaron sobre locales gastronómicos, viajes al exterior, vehículos y nivel de vida. Otro testimonio mencionó la relación del progenitor con una empresa que ocupaba un inmueble comercial.

Aun con ese conjunto de pruebas, la jueza señaló que faltó documentación contable específica. También sostuvo que el progenitor estaba en mejores condiciones de presentar información precisa sobre sus ingresos, su patrimonio y las ganancias de las sociedades.
El fallo aplicó el criterio de las cargas probatorias dinámicas. Según la resolución, ese principio impone el deber de aportar la prueba a quien cuenta con mejores posibilidades técnicas o materiales para hacerlo.

La jueza fijó una cuota alimentaria equivalente a ocho salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenó que se practique una liquidación por los períodos anteriores, con deducción de los pagos ya realizados.

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Río Negro

¿Sabés las diferencias entre el matrimonio y la unión convivencial?

Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente.

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Aunque muchas veces se los confunde, el matrimonio y la unión convivencial no son lo mismo. Ambos permiten reconocer legalmente una relación de pareja, pero cada uno tiene requisitos, derechos y efectos diferentes. Desde el Registro Civil de Río Negro se recuerda que conocer estas diferencias es fundamental para que cada persona pueda elegir la opción que mejor se adapte a su proyecto de vida.

Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente. En cambio, para registrar una unión convivencial es necesario acreditar al menos dos años de convivencia.

También cambian algunos de los derechos que genera cada vínculo. El matrimonio, por ejemplo, reconoce el derecho a heredar entre los cónyuges y, en determinadas situaciones previstas por la ley, permite solicitar alimentos después de un divorcio. La unión convivencial no otorga esos mismos derechos.

Además, para inscribir una unión convivencial ambos integrantes deben ser mayores de 18 años y declarar un mismo domicilio de convivencia. En el caso del matrimonio, las personas pueden tener domicilios diferentes antes de la celebración y existen excepciones previstas por la ley para quienes son menores de edad.

Tanto el matrimonio como la unión convivencial permiten acceder a beneficios como la incorporación a una obra social o el reconocimiento para una pensión, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en cada caso.

Quienes tengan dudas o quieran conocer cuál de estas opciones se ajusta mejor a su situación pueden acercarse a la delegación del Registro Civil más cercana, donde recibirán asesoramiento y la información necesaria para realizar el trámite.

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