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Judiciales

Iban a las carreras de caballos, volcaron y el conductor deberá indemnizar al acompañante

La Justicia dispuso que el monto supera los $700.000, más intereses.

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Unidos por su afición a las carreras de caballos, cuatro hombres salieron juntos un sábado temprano hacia un encuentro de turf regional en el Valle Medio. Era invierno y ya había amanecido sobre la Ruta Nacional N° 250, cuando a pocos kilómetros al oeste de General Conesa el conductor de la Amarok chocó accidentalmente contra un tambor que había sobre la banquina. El impacto causó el vuelco de la camioneta y uno de los acompañantes resultó gravemente herido en una pierna.

Un reciente fallo condenó al conductor y a su aseguradora a indemnizar al pasajero con $708.000, más los intereses que se acumulen hasta el efectivo cumplimiento de la sentencia, por la incapacidad física irreversible que sufrió el hombre, más el daño moral, más los gastos médicos y psicológicos en los que incurrió para tratar de revertir las secuelas del siniestro.

La sentencia impuso a la aseguradora del conductor cubrir la reparación “en los términos y condiciones de la póliza” contratada. La empresa interpuso una apelación contra el fallo de primera instancia pero no sostuvo el recurso ante la Cámara Civil de Apelaciones de Roca, por lo que la condena quedó firme.

De acuerdo con la demanda, el hombre herido y el conductor son vecinos y aficionados al turf regional, por lo que solían concurrir juntos a distintos encuentros en la zona. El día del accidente, el damnificado fue derivado de urgencia al Hospital de Ingeniero Huergo, donde constataron que tenía una fractura de peroné en la pierna derecha. Luego fue operado en el Policlínico Modelo de Cipolletti, donde le colocaron clavos de osteosíntesis, para luego seguir los tratamientos de kinesiología para tratar de revertir las consecuencias de la lesión. Sin embargo el hombre, quien al momento del vuelco tenía 57 años y trabajaba como albañil, resultó con una incapacidad laboral definitiva del 43%, lo que repercutió severamente en múltiples esferas de su vida.

Durante el juicio se debatió la responsabilidad civil en los casos de “transporte benévolo”, una situación que se da cuando la persona que sufre el daño es transportada gratuitamente por la persona a la que se le atribuye la responsabilidad.

Para definir la indemnización por el daño material, el fallo de primera instancia, dictado por el Juzgado Civil N° 3 de Roca, contempló la incapacidad física resultante, el ingreso que tenía el afectado, la perspectiva de mejora de tal ingreso en el futuro y su proyección de vida laboral, entre otras variables, a lo que sumó los gastos de tratamientos, curaciones, farmacia, consultas médicas, traslados y tratamiento psicológico derivados del hecho.

En cuanto al daño moral, el fallo consideró “que se trató de un accidente por transporte benévolo”, la edad que tenía el hombre, los padecimientos derivados de la operación y de la incapacidad consolidada, el malestar, la afectación de su capacidad y autoestima, el cambio drástico de su vida familiar y de relación, entre otros varios sentimientos negativos que le generaron un deterioro psíquico.

Judiciales

Piden prisión perpetua para Pedro Acuña por el femicidio de Marisa Galdame

El hecho ocurrió el año pasado en Allen.

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Esta mañana (21/10) las partes realizaron sus alegatos en la audiencia de cesura de pena del juicio que se lleva adelante por el femicidio de Marisa Galdame. La Fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para el imputado Pedro Acuña; por su parte, la jueza interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes (25/10) a las 10.30 en los Tribunales de General Roca.

La Fiscalía presentó prueba informativa, «de esta manera el Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no registra antecedentes penales», explicó el equipo fiscal.

Según la acusación, el hecho ocurrió en la madrugada del 30 de octubre del año pasado, en una vivienda del barrio Islas Malvinas de Allen, y tras el llamado de un vecino, personal de la Comisaría 6ta. realizó las primeras intervenciones. Fue así que la policía ingresó a la casa señalada, y encontró a Marisa Galdame, de 30 años, sin vida y a su lado a Acuña, quien hoy está imputado, padre de los dos hijos de la víctima fatal, de 5 y 13 años.

Accedé a los alegatos de la fiscalía

Tras la audiencia la fiscal jefe explicó que «solicitamos la pena de prisión perpetua, accesorias legales del Artículo 12 y costas del proceso, teniendo presente la prueba que se acreditó durante el juicio por jurados concretado en agosto pasado. Considero que la pena es justa para el tipo penal por el cual ya fue declarado culpable, también tengo presente el grado de violencia con el que fue cometido el hecho contra una mujer que era su pareja».

«Hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, del contexto de violencia de género en el que sucedió este caso, que se coartó la vida de una mujer joven, madre de dos hijos, la extensión del daño, es una pena ajustada y plenamente justificada a todo lo descripto», agregó la fiscal jefe.

La querella adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa expresó que la legislación vigente no les permite solicitar una pena menos gravosa.

Acaban de culminar los alegatos del juicio de cesura de pena, la resolución de la jueza interviniente se conocerá el próximo 25 de octubre a las 10.30

Cabe recordar que fue el decimonoveno juicio por jurados de Rio Negro y se llevó a cabo durante los primeros días de agosto de este año.

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Judiciales

Deudor alimentario no podrá cargar combustible hasta que no cumpla con la cuota de sus cuatro hijos

Así lo dictaminó una jueza rionegrina.

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Un hombre que ya fue apercibido por no pagar la cuota alimentaria de sus cuatro hijos no podrá cargar combustibles en las estaciones de servicio de su localidad hasta que no cumpla con su obligación. Para ello, la jueza de Familia de Viedma ordenó informar a las estaciones de YPF que tienen prohibido venderle gasolina.

Además, como abastece a un supermercado de una ciudad de la región Sur rionegrina, se le prohibió brindar cualquier servicio a ese establecimiento. Esto incluye contratar, vender productos, bienes, transporte, mudanzas, entre otros, «hasta tanto acredite fehacientemente el pago de la prestación alimentaria en favor de sus cuatro hijos’, dice el fallo. Para hacer efectiva esta prohibición, también se notificó al supermercado.

Como medida final, la magistrada también dispuso el embargo del 15% de las contrataciones que el deudor alimentario tiene con la Municipalidad de la localidad. En este caso, se incluyen contratos de locación de obras y servicios en general.

La contraparte había solicitado también el embargo de las cuentas y plazos fijos, pero primero deberá precisar cuáles son las entidades financieras que requieren la medida.

Las demandas, en números

En lo que va del año, el fuero de Familia de Río Negro tramitó 709 demandas por alimentos, sobre un total de 9.393 nuevos ingresos. Más de la mitad, corresponden a procesos sobre violencia.

Las demandas por alimentos y los divorcios, son parte de los procesos más frecuentes según el último informe del Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

El fuero de Familia en Río Negro se compone por 16 organismos entre juzgados, juzgados multifueros y unidades procesales.

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Judiciales

Cámara Gesell remota: Logran entrevistar a un niño a más de 600 kilómetros

Un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho.

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Gracias a la tecnología, un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho. La investigación está a cargo del Poder Judicial de Mendoza, aunque después de la denuncia la familia damnificada se mudó al Alto Valle. La Oficina Judicial de Cipolletti ofreció el soporte digital para concretar la Gesell a más de 600 kilómetros de distancia.

La tecnología que incorporó el Poder Judicial de Río Negro para la reforma procesal penal y la digitalización que se consolidó en pandemia permitieron realizar una Gesell a distancia. En esta investigación, la Fiscalía de Mendoza solicitó dos intervenciones. Primero para tomar el testimonio de la víctima y luego para realizar una pericia clave.

En las dos oportunidades, la Oficina Judicial de Cipolletti estuvo a cargo de la logística para la conexión remota. La colaboración del Poder Judicial de Río Negro evitó la revictimización del niño, que no tuvo que viajar al lugar donde ocurrió el hecho. También aportó celeridad a las instancias procesales para que la denuncia pueda llegar rápidamente a juicio.

La Cuarta Circunscripción acumula experiencia en la realización de cámaras Gesell remotas. La última cámara Gesell en implementarse, el año pasado, fue la de Catriel. Antes de la incorporación del dispositivo en la localidad petrolera, los niños, niñas y adolescentes debían viajar hasta la ciudad cabecera de la Cuarta Circunscripción y en algunas ocasiones no coincidían los horarios de los servicios de colectivos, por lo que regresaban muy tarde a sus hogares.

En estas circunstancias, se buscó una solución para evitar la revictimización y el estrés de las infancias y aumentar el estándar fijado por la guía de buenas prácticas de Unicef, al que el Superior Tribunal de Justicia adhirió, y otros protocolos nacionales e internacionales.

Con la combinación de distintas tecnologías, el juez o jueza se conecta desde una sala en Cipolletti junto con las partes. La víctima, en cambio, es entrevistada por una psicóloga de cámara Gesell en el edificio del Poder Judicial de Catriel.

En lo que va del año, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica, se realizaron más de 350 Gesell en toda la provincia.

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