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Río Negro

Por la pandemia, Río Negro tuvo una baja en recaudación de 12 mil millones de pesos

Por eso el préstamo de Nación permitirá garantizar los gastos prioritarios, como el pago de salarios y aguinaldos, para el cierre del ejercicio 2020.

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A partir de la firma del convenio de asistencia financiera entre Río Negro y Nación, la Provincia se prepara para cerrar el año 2020 garantizando la continuidad de la prestación de servicios del estado, la atención de situaciones de emergencia y el pago salarial a estatales, incluída la última cuota del aguinaldo.

El ministro de Economía, Luis Vaisberg, destacó el acompañamiento del Gobierno Nacional en este momento en que la demanda de asistencia a la emergencia es muy importante: «La pandemia de COVID-19 generó un incremento de gastos, principalmente en materia de salud y asistencia social, y a su vez provocó una sensible baja en las recaudaciones provinciales».

«Puntualmente en Río Negro, en las proyecciones sobre el cierre del ejercicio, estamos previendo una baja en la recaudación del total de ingresos corrientes de $12.000.000.000. Esto nos ha hecho readecuar cada uno de los ítems de gasto y las prioridades de la provincia», continuó Vaisberg.

Finalizó comentando que «esta ayuda del Gobierno Nacional viene a cubrir parcialmente la falta de recaudación. Con este préstamo de 2.600.000.000, estaríamos cerrando con gran esfuerzo el año 2020 en materia financiera».

Judiciales

El STJ declaró abstracta la acción de amparo contra el Código Procesal Penal en Río Negro

Fue sancionada la Ley el pasado 18 de diciembre en la Legislatura.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró abstracta la acción de amparo presentada contra el tratamiento del proyecto de ley que sancionó el Código Procesal Constitucional. La decisión sostuvo que el objeto de la acción quedó sin efecto, ya que la Legislatura provincial abordó el tema en una sesión extraordinaria realizada el 18 de diciembre de 2024.

La acción, presentada por un grupo de ciudadanos el 17 de diciembre, planteaba que el proyecto imponía limitaciones a derechos fundamentales como la salud, el medio ambiente y el consumo, afectando además herramientas legales como el amparo colectivo. Sin embargo, el STJ destacó que no se acreditaron los requisitos indispensables para la procedencia de este tipo de acción, como la urgencia, la gravedad del daño o la inexistencia de otras vías legales para resolver la cuestión.

El dictamen del Procurador General también había considerado que la acción resultaba formalmente improcedente. Señaló que no se demostraba un obrar ilegal o arbitrario por parte de los poderes Ejecutivo o Legislativo, y que la cuestión estaba siendo tratada por el Poder Legislativo en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Además, subrayó que el juez que recibió el amparo, y luego lo remitió al STJ, omitió analizar detalladamente los requisitos formales de la acción, lo que habría permitido advertir la falta de fundamentos para su admisibilidad.

En esa línea, el STJ recordó que, según su doctrina y la de la Corte Suprema de la Nación, no corresponde conocer o resolver cuestiones que se vuelven abstractas, ni asumir competencias propias de otros poderes del Estado. Reiteró que las acciones de amparo exigen acreditar condiciones estrictas como urgencia y daño irreparable, lo que no se verificó en este caso.

Asimismo, enfatizó que el amparo no debe ser utilizado como un mecanismo para obstaculizar el ejercicio regular de las funciones legislativas. Finalmente, el fallo dispuso no imponer costas, considerando las particularidades del caso y las deficiencias en el planteo inicial.

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Judiciales

A través de un fallo judicial, un niño podrá viajar a Chile con su abuela para participar de un torneo de fútbol

La Justicia requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.

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Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti resolvió autorizar el viaje de un niño de 12 años a la República de Chile para participar en un torneo de fútbol infantojuvenil. La solicitud fue presentada por su madre, quien requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.

El fallo, dictado por el Juzgado de Familia N° 7, permitirá que el niño viaje acompañado de su abuela materna entre el 20 y el 31 de enero de 2025. Durante ese período, el menor participará en el evento deportivo en la ciudad de Angol y se alojará en un albergue local. Según la presentación judicial, esta actividad busca promover el desarrollo recreativo del niño y no incluye un cambio de residencia permanente.

En su resolución, el tribunal enfatizó el principio del interés superior del niño, previsto en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la legislación nacional vigente. Citó, además, disposiciones del Código Civil y Comercial que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores para la salida del país, salvo en casos excepcionales.

El fallo destacó que el progenitor del niño no ha mantenido contacto con él durante los últimos diez años y que su paradero es desconocido. Esta conducta, que fue calificada como abandono, no puede ser motivo para menoscabar los derechos del menor. Por ello, el juzgado decidió suplir el consentimiento paterno y autorizar la salida del país, en resguardo del interés superior del niño.

También se tomaron en cuenta pruebas testimoniales y el dictamen favorable de la Defensora de Menores, quien subrayó la importancia de priorizar el bienestar del niño. El fallo resaltó el derecho del menor al esparcimiento y la recreación, cuestión que se materializa en la participación de actividades deportivas.

La jueza dispuso que esta autorización no habilita una radicación definitiva en el extranjero. La mamá del niño, impulsó la acción judicial a través de abogados particulares con la suficiente antelación para poder coordinar la logística del viaje.

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Río Negro

Realizarán una sesión extraordinaria en la Legislatura para prorrogar concesiones hidrocarburíferas

Los legisladores tratarán el Proyecto de Ley sobre Prórroga de las Concesiones Hidrocarburíferas de tres empresas.

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El Poder Ejecutivo de Río Negro elevó este viernes a la Legislatura provincial el Decreto de Convocatoria a Sesiones Extraordinarias para el 27 de diciembre, para tratar el Proyecto de Ley sobre Prórroga de las Concesiones Hidrocarburíferas con las empresas Quintana E&P Argentina SRL, Quintana Energy Investments SA y Gas Storage and Midstream Services.

La sesión dará inicio a las 8, en la continuidad de los procesos de prórroga de distintas concesiones de áreas hidrocarburíferas en el territorio provincial.

La convocatoria a sesión extraordinaria se enmarca en el Artículo 135° de la Constitución Provincial, habida cuenta que la Legislatura de Río Negro se encuentra fuera de su período de sesiones ordinarias.

El acuerdo de prórroga cumple con los requisitos planteados por el Gobierno provincial, a través de la Secretaría de Energía, los que se centran en lograr una inversión permanente y sostenida de las actividades que se desarrollan en el marco de la protección y conservación del ambiente; avanzando en el fortalecimiento del sector de manera sustentable, con una planificación estratégica que ponga en valor los recursos de la provincia.

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