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9 años y 6 meses de prisión para el sujeto que huyó de la policía e ingresó a los tiros al Hospital

El curioso hecho ocurrió el pasado 9 de noviembre. El hombre de 29 años también fue juzgado por prender fuego un auto en Puente Cero.

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El Ministerio Público Fiscal junto a la Defensa Penal pública solicitaron al Tribunal de juicio interviniente que el imputado sea condenado a la pena única de 9 años y seis meses de prisión efectiva.

De esta manera, el hombre ya se encuentra cumpliendo la condena por los delitos de “lesiones graves dolosas en concurso ideal con lesiones leves dolosas y daño; todo en concurso real con amenazas y resistencia a la autoridad, y quebrantamiento de una inhabilitación judicial”, según los artículos 90, 89, 54, 183, 55, 149 bis, 239, 181 bis y 45 del Código Penal.

Los hechos por los cuales acusó la Fiscalía fueron dos. El primero el 25 de octubre, cuando en el barrio Puente Cero de Cervantes el imputado luego de amenazar a dos personas con prenderles fuego el auto donde se encontraban, lo incendió tras rociarlo con combustible.

“Producto de ello, las víctimas sufrieron heridas de carácter leves y graves, uno de ellos tuvo que ser hospitalizado, mientras que el vehículo fue destruido totalmente”, describió el fiscal del caso Luciano Garrido.

El segundo hecho fue el 9 de noviembre, alrededor de las 22.00, en la zona de Skate Park de Roca, cuando el Cuerpo de Investigación Judicial de la Policía de Rio Negro ve una moto de 110 cc blanca, y reconocen al conductor sobre quien recaía una orden de detención. Le dieron la voz de alto, pero se dio a la fuga, y allí se inició la persecución, que finalizó en las instalaciones del Hospital Francisco López Lima, tras ser acorralado en el nosocomio por personal policial”, explicó el fiscal.

En relación al sustento probatorio, el representante del Ministerio Público Fiscal mencionó el acta de procedimiento policial realizado por personal de la Comisaría 22° de Cervantes, la denuncia penal de las víctimas del ataque, el informe médico policial y la pericia concretada por el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial a ambos hombres. También se detalló el informe del perito de Bomberos Voluntarios en relación al auto.

Además, se presentó la orden de captura que pesaba sobre el imputado, como también el acta policial cuando fue reconocido en la zona del Skate Park, y la copia del video de la cámara de seguridad del Hospital, donde se lo ve ingresar en una moto al nosocomio.

El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó además de la pena, la declaración de primera reincidencia, accesorias legales y costas, en coincidencia con el Defensor Penal público Miguel Salomón, que asistió al imputado durante el proceso.

Tal como lo indica el Código, en el contexto de la audiencia el imputado de 29 años reconoció ser el autor de ambos hechos imputados.

Cabe recordar que el hoy condenado llegó a esta etapa de juicio cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva solicitada oportunamente por el equipo fiscal en la formulación de cargos ocurrida en noviembre de 2020.

Asimismo, la defensa penal pública y la Fiscalía renunciaron a los plazos procesales, de esta manera la pena comenzó a cumplirse de manera inmediata tras la resolución del Tribunal compuesto por los jueces Fernando Sánchez Freytes, Natalia González y Julio Martinez Vivot.

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Condenaron al ginecólogo que abusó sexualmente a una joven en un sanatorio privado de Roca

En los próximos días se conocerá el monto de la pena.

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Un ginecólogo de Roca fue encontrado culpable de abuso sexual simple, en el término de los Artículos 45 y 119, primer párrafo del Código Penal. El hecho ocurrió en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en el sanatorio Juan XXIII. Cabe aclarar que el profesional ya no se encontraba en la ciudad y está trabajando en un Hospital de la provincia de Buenos Aires.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Luego prestaron testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa.

El Dr. Ulises Terbay, a cargo de la querella, se mostró conforme con la sentencia. «Es un gran paso para que las víctimas de estos abusos que ocurren a puertas cerradas, sin testigos y bajo una relación de poder, se animen a denunciar. El Poder Judicial de Río Negro tiene buenos equipos de contención psicológica que han acompañado a la víctima en todas las instancias», destacó.

«Espero que esto sirva para que cada vez más hombres y mujeres se animen a denunciar un delito tan común como el abuso sexual», agregó Terbay.

El juez Gastón Martín lo declaró culpable y en los próximos días se conocerá el monto de la pena. La decisión judicial no está firme y puede ser apelada.

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Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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