Río Negro
Coronavirus: Se confirmaron 16 nuevos casos y hay 11 altas en Roca
A nivel provincial se registraron 225 positivos, 202 curados y 6 fallecidos.

202 pacientes curados
11 de General Roca, 6 de Allen, 6 de Villa Regina, 13 de Cipolletti, 9 de Cinco Saltos, 1 de Barda del Medio, 2 de Choele Choel, 2 de Luis Beltrán, 4 de Río Colorado, 19 de Viedma, 4 de San Antonio Oeste, 2 de Las Grutas, 4 de Sierra Grande, 2 de Valcheta, 114 de San Carlos de Bariloche, 1 de Dina Huapi, y 2 de Maquinchao.
225 pacientes confirmados
16 de General Roca, 1 de Allen, 1 de Cervantes, 1 de Ingeniero Huergo, 1 de Mainque, 4 de Villa Regina, 6 de Chichinales, 43 de Cipolletti, 1 de Fernández Oro, 2 de Cinco Saltos, 17 de Catriel, 1 de Choele Choel, 1 de Darwin, 1 de Lamarque, 6 de Rio Colorado, 15 de Viedma, 2 de San Antonio Oeste, 3 de Las Grutas, 2 de Sierra Grande, 1 de Valcheta, 86 de San Carlos de Bariloche, 1 de Dina Huapi, 10 de El Bolsón, 1 de Pilcaniyeu, y 2 de Comallo.
6 pacientes fallecidos
Un hombres de 79 años de Allen, una mujer de 76 años de Villa Regina, un hombre de 55 años de Cipolletti, dos hombres de 65 y 79 años de Viedma, y una mujer de 41 años de Bariloche.
Totales
3.151 activos
153 de General Roca, 39 de Allen, 5 de El Cuy, 5 de Cervantes, 4 de Ingeniero Huergo, 4 de Mainque, 36 de Villa Regina, 23 de Chichinales, 314 de Cipolletti, 20 de Fernández Oro, 43 de Cinco Saltos, 1 de Contralmirante Cordero, 4 de Barda del Medio, 4 de Campo Grande, 44 de Catriel, 12 de Choele Choel, 5 de Coronel Belisle, 2 de Darwin, 2 de Luis Beltrán, 4 de Lamarque, 4 de Pomona, 89 de Río Colorado, 175 de Viedma, 1 de General Conesa, 40 de San Antonio Oeste, 10 de Las Grutas, 36 de Sierra Grande, 30 de Valcheta, 1.837 de San Carlos de Bariloche, 42 de Dina Huapi, 91 de El Bolsón, 1 de Ñorquinco, 27 de Pilcaniyeu, 13 de Comallo, 20 de Ingeniero Jacobacci, 8 de Maquinchao, 2 de Los Menucos, y 1 de Ramos Mexía.
58.500 curados
6.992 de General Roca, 2.110 de Allen, 77 de El Cuy, 454 de Cervantes, 731 de Ingeniero Huergo, 203 de Mainque, 238 de General Godoy, 2.466 de Villa Regina, 348 de Chichinales, 6.404 de Cipolletti, 735 de Fernández Oro, 1.260 de Cinco Saltos, 55 Contralmirante Cordero, 73 de Barda del Medio, 521 de Campo Grande, 937 de Catriel, 1.328 de Choele Choel, 433 de Chimpay, 135 de Coronel Belisle, 59 de Darwin, 681 de Luis Beltrán, 659 de Lamarque, 46 de Pomona, 924 de Río Colorado, 5.552 Viedma, 360 de General Conesa, 18 de Guardia Mitre, 2115 de San Antonio Oeste, 488 de Las Grutas, 454 de Sierra Grande, 220 de Valcheta, 16.671 de San Carlos de Bariloche, 569 de Dina Huapi, 2.064 de El Bolsón, 31 de Ñorquinco, 121 de Pilcaniyeu, 155 de Comallo, 983 de Ingeniero Jacobacci, 331 de Maquinchao, 364 de Los Menucos, 99 de Sierra Colorada, y 36 de Ramos Mexía.
1412 fallecidos
123 de General Roca, 90 de Allen, 6 de El Cuy, 12 de Cervantes, 26 de Ingeniero Huergo, 10 de Mainque, 11 de General Godoy, 80 de Villa Regina, 8 de Chichinales, 175 de Cipolletti, 31 de Fernández Oro, 40 de Cinco Saltos, 3 de Contralmirante Cordero, 2 de Barda del Medio, 20 de Campo Grande, 56 de Catriel, 24 de Choele Choel, 12 de Chimpay, 6 de Coronel Belisle, 2 de Darwin, 15 de Luis Beltrán, 15 de Lamarque, 19 de Río Colorado, 106 de Viedma, 14 de General Conesa, 1 de Guardia Mitre, 49 de San Antonio Oeste, 8 de Las Grutas, 19 de Sierra Grande, 9 de Valcheta, 285 de San Carlos de Bariloche, 10 de Dina Huapi, 34 de El Bolsón, 2 de Ñorquinco, 2 de Pilcaniyeu, 11 de Comallo, 56 de Ingeniero Jacobacci, 9 de Maquinchao, 9 de Los Menucos, 1 de Sierra Colorada, y 1 de Ramos Mexía.
OCUPACIÓN DE CAMAS UTI
Total provincia: 188 camas – 85,10% ocupadas (71 COVID – 89 No COVID) – 28 libres
Cipolletti: 51 camas – 86,27% ocupadas (5 COVID – 39 No COVID) – 7 libres
Catriel: 6 camas – 66,67% ocupadas (4 No COVID) – 2 libres
General Roca: 51 camas – 94,12% ocupadas (29 COVID – 19 No COVID) – 3 libres
Ingeniero Jacobacci: 1 cama – 0% ocupadas
Bariloche: 43 camas – 95,34% ocupadas (29 COVID – 12 No COVID) – 2 libres
Viedma: 25 camas – 64% ocupadas (3 COVID – 13 No COVID) – 9 libres
Villa Regina: 11 camas – 63,64% ocupadas (5 COVID – 2 No COVID) – 4 libres
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








