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Sociedad

Más de 200 motos y 12 automóviles serán compactados en Roca

Se trata de vehículos que fueron retenidos, demorados o robados y están en el depósito municipal. Hasta el 7 de junio hay tiempo de reclamarlos.

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El próximo 7 de junio el Municipio dará inicio a los trámites para la compactación de vehículos retenidos y/o abandonados que, hasta esa fecha, no hayan sido reclamados por sus propietarios. Por lo que, desde la Dirección de Tránsito informaron que quienes posean un automóvil o motocicleta que haya sido retenido puede consultar en www.generalroca.gov.ar el listado de vehículos que se encuentran en el depósito municipal.

Según detalló Diego Iraldi, director de Tránsito, en comunicación con Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super FM 96.3), «hay más de 260 motos y 13 autos en el depósito. En caso de que nadie los reclame, por Ordenanza serán compactados».

«A fin de poder recuperar el vehículo, se invita a los titulares o poseedores legítimos a acercarse a la Dirección de Tránsito y Transporte, sin turno, y con la documentación que acredite la titularidad, previo Trámite en el Juzgado de Faltas», agregó.

Los motivos por los que se procede a la retención y posterior devolución de un vehículo, se encuentran establecido en el Código de Faltas Municipal son:

a) si los vehículos son conducidos por personas no habilitadas para conducir ese tipo de vehículo; si estando habilitadas se encontrare con habilitación suspendida o si no cumplen con la edad reglamentaria para cada tipo de vehículo. En estos casos, luego de labrada el acta, el vehículo podrá ser liberado bajo la conducción de otra persona habilitada, caso contrario el vehículo será removido y remitido a los depósitos que indique la autoridad de aplicación donde serán entregados conforme lo dispuesto en el artículo 61º de este código;

b) Si los vehículos se encuentran mal estacionados y no fueran removidos voluntariamente por sus conductores, los que ocupen lugares destinados a vehículos de emergencia o de servicio público de pasajeros, los abandonados en la vía pública y los que por haber sufrido deterioro no puedan circular y no fueren reparados o retirados de inmediato. En esos casos serán remitidos al depósito que indiquen la autoridad de aplicación y devueltos conforme lo dispone el artículo Nº 61 de este código;

c) Si se detecta que los conductores se encuentran en estado de intoxicación alcohólica o de estupefacientes u otras sustancias que disminuyan las condiciones psicofísicas normales o si su conductor se negare a realizarse las pruebas de alcoholemia o de psicotrópicos;

d) Si existiere orden judicial de secuestro.

e) Por ruidos molestos.

f) Si los vehículos no cumplen con las exigencias de seguridad reglamentaria.

g) En los casos de estacionamiento en transgresión al Art. 59 será causal de retención del vehículo con el cual se cometa la infracción. La retención podrá ser con remisión al depósito municipal o ejecutada en el lugar mediante la aplicación del cepo del Art. 8, u otro dispositivo idóneo, según criterios de oportunidad, merito y/o conveniencia.

Para la devolución de vehículos, deberá acreditarse:

a) Pago de la estadía dispuesta por la Ordenanza tarifaria en vigencia, y de los gastos de acarreo que se hayan devengado.

b) Pago de la multa.

c) Acreditación de dominio, o posesión legítima, con título suficiente que acredite la calidad de propietario o poseedor legítimo.

d) No tener denuncia de robo comunicada al Municipio.

e) En caso de retención por ruidos molestos, escape libre o alterado, el titular y/o poseedor del vehículo deberá modificar la salida de escape, y tomada la prueba por decibelímetro oficial que acredite que no produce ruidos molestos se le cobrará la infracción con un 50% de descuento, de lo contrario, deberá abonar el total de la multa. La acreditación de la falta subsanada deberá realizarse bajo la supervisión de la Dirección de Tránsito y dentro de los siete (7) días hábiles de cometida la infracción.

f) En caso de retención por falta de dispositivos de seguridad reglamentaria, el titular y/o poseedor del vehículo deberá realizar todas las reparaciones pertinentes; tomada la prueba por la Dirección de Tránsito que acredite que la falta fue subsanada se le cobrará la infracción con un 20 % de descuento, de lo contrario, deberá abonar el total de la multa. La acreditación de que la falta fue subsanada debe realizarse dentro de los siete (7) días hábiles de cometida la infracción.

Río Negro

Sarampión: Mantener la vacunación al día es la mejor prevención

Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas y obligatorias.

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El Ministerio de Salud de Río Negro recuerda la importancia de mantener al día los esquemas de vacunación para prevenir la reintroducción del sarampión en la comunidad. Se trata de una enfermedad viral altamente contagiosa que se transmite por el aire al hablar, toser o estornudar, y también por contacto con superficies contaminadas.

Una persona infectada puede contagiar hasta a 9 de cada 10 personas no vacunadas que estén en contacto cercano. Esta afección es potencialmente grave, especialmente en niños y niñas menores de 5 años, ya que puede derivar en complicaciones severas como neumonía y meningoencefalitis.

Síntomas y recomendación ante la sospecha

Ante la presencia de señales compatibles con la enfermedad, es indispensable concurrir de manera inmediata a un centro de salud. Los principales síntomas a tener en cuenta son:

  • Fiebre alta (+38)
  • Manchas rojas en la piel
  • Secreción nasal
  • Conjuntivitis
  • Tos

Nuevo esquema de vacunación (Triple Viral)

La vacunación es la herramienta de control y prevención más efectiva. Desde el 1 de enero de 2026, el esquema de la vacuna Triple Viral se actualizó de la siguiente manera:

  • Primera dosis: a los 12 meses de edad.
  • Segunda dosis: entre los 15 y 18 meses de edad (para niños y niñas nacidos a partir del 1 de julio de 2024).

Estrategia de transición: con el propósito de garantizar que todos los niños y niñas completen oportunamente su esquema de 2 dosis, se continuará vacunando en el año en que cumplen 5 años a los nacidos en los años 2021, 2022, 2023 y durante los primeros 6 meses de 2024.

Vacuna gratuita, obligatoria y accesible

Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas, obligatorias y se aplican sin necesidad de orden médica. Se encuentran disponibles en todos los vacunatorios y centros de salud de la provincia.

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Judiciales

Suspendieron las líneas telefónicas de un papá por incumplir la cuota alimentaria

La medida judicial también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.

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El fuero de Familia de Cipolletti ordenó la suspensión de las líneas telefónicas registradas a nombre de un progenitor que incumplió de forma reiterada con la prestación alimentaria destinada a sus hijos. La medida también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.

La resolución estableció que las empresas de telefonía debían hacer efectiva la restricción una vez que la decisión quedara firme. El tribunal también dispuso que las compañías informaran el cumplimiento de la orden dentro del plazo fijado en el expediente.

La progenitora solicitó la medida ante la falta de pago de la cuota alimentaria. El hombre recibió la notificación del planteo, pero no presentó una respuesta. Antes de resolver, el expediente incorporó el dictamen de la Defensoría de Menores.

El fallo señaló que en el trámite constaba una liquidación aprobada por alimentos adeudados. También indicó que la cuenta judicial no registró movimientos desde su apertura, ocurrida casi un año antes de la resolución. A partir de esos elementos, el tribunal consideró acreditada una conducta renuente frente a la obligación.

La decisión se apoyó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que autoriza a los jueces y juezas a imponer medidas razonables ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria. Esa norma exige que las disposiciones adoptadas resulten adecuadas al caso y guarden proporción con el objetivo perseguido.

Según la resolución, la prestación alimentaria constituye un derecho humano fundamental cuando beneficia a niñas, niños o adolescentes. El fallo sostuvo que el ordenamiento jurídico nacional e internacional exige una protección especial para las personas menores de edad debido a su situación de vulnerabilidad.

El tribunal citó la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En particular, recordó que el interés superior de niñas y niños debe ocupar un lugar primordial en las decisiones que afecten sus derechos.

La sentencia también expresó que el incumplimiento alimentario por parte del progenitor no conviviente implica una forma de violencia económica hacia la progenitora. Sobre ese punto, mencionó las normas internacionales que reconocen la responsabilidad común de madres y padres respecto de la educación, el desarrollo y las condiciones de vida de sus hijos.

Se explicó que la legislación permite adoptar distintas medidas para procurar la eficacia de una sentencia alimentaria. La elección debe respetar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, sin exceder los límites establecidos por el Código Civil y Comercial.

Con esos fundamentos, la magistrada hizo lugar al pedido y ordenó suspender las líneas existentes, además de impedir la contratación de otras nuevas. La restricción permanecerá vigente hasta que el progenitor cumpla la prestación alimentaria de manera regular y sostenida, conforme a lo dispuesto en el fallo.

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Río Negro

Más recreos sin celulares y menos distracciones: Los primeros resultados de Pausa Digital en Río Negro

Una encuesta realizada a equipos directivos y supervisores mostró una amplia aceptación de la iniciativa en las instituciones educativas.

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El dispositivo Pausa Digital, impulsado por el Gobierno de Río Negro para promover el uso responsable de los teléfonos celulares durante la jornada escolar, comenzó a mostrar resultados positivos a pocos meses de su implementación en las escuelas de la provincia.

Durante junio se realizó una encuesta a 303 equipos directivos y 34 supervisores de distintos niveles y modalidades para evaluar la iniciativa. Según se informó, los resultados reflejaron una amplia adhesión de la comunidad educativa y permitieron avanzar en nuevas acciones de acompañamiento y formación.

La coordinadora del dispositivo, Paula Quezada, destacó que «existe un fuerte compromiso institucional y una amplia participación de estudiantes y familias en la revisión de los acuerdos escolares de convivencia». Remarcó además que «el objetivo del programa no es prohibir el uso de los celulares, sino promover un uso responsable y con fines pedagógicos».

Entre los principales avances detectados, desde las escuelas primarias señalaron que los estudiantes juegan más durante los recreos, interactúan con mayor frecuencia entre sí y respetan los acuerdos para guardar los teléfonos. En el nivel secundario también se registraron progresos, aunque indicaron que el proceso requiere un trabajo gradual orientado al desarrollo de la autorregulación.

«Los y las estudiantes coinciden en que los celulares funcionan como distractores y muchas veces son un obstáculo para el aprendizaje pero también demandan información, segura, científica y certera en función de todos los peligros a los que se exponen», comentó Quezada.

A partir de ello, los equipos directivos han diseñado distintas líneas de acción para ir trabajando a lo largo del año y afianzar lo que ya se venía realizando en términos de alfabetización digital.

«En las escuelas Primarias nos cuentan que los chicos y chicas juegan más durante los recreos, interactúan más entre ellos y respetan los acuerdos para guardar los celulares. En Secundaria también se observan avances, aunque el trabajo con adolescentes requiere un proceso más gradual, centrado en el desarrollo de la autorregulación», explicó.

Por otro lado, Quezada mencionó que se va a hacer un acompañamiento personalizado a los equipos directivos, situado con orientaciones pedagógicas, didácticas y metodológicas para fortalecer los proyectos institucionales.

Además y en articulación con la Dirección de Educación Superior, se van a llevar a cabo encuentros de formación para docentes y todas aquellas personas que cumplen con un rol pedagógico.

«Todas las políticas educativas ameritan la revisión permanente y el fortalecimiento en territorio por eso el Gobierno de Río Negro sigue pensando líneas de acción no solo para este año sino también para el año que viene que permitan una mejor resignificación de la normativa e ir con acciones concretas paulatinamente», afirmó Quezada

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