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Sociedad

Más de 200 motos y 12 automóviles serán compactados en Roca

Se trata de vehículos que fueron retenidos, demorados o robados y están en el depósito municipal. Hasta el 7 de junio hay tiempo de reclamarlos.

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El próximo 7 de junio el Municipio dará inicio a los trámites para la compactación de vehículos retenidos y/o abandonados que, hasta esa fecha, no hayan sido reclamados por sus propietarios. Por lo que, desde la Dirección de Tránsito informaron que quienes posean un automóvil o motocicleta que haya sido retenido puede consultar en www.generalroca.gov.ar el listado de vehículos que se encuentran en el depósito municipal.

Según detalló Diego Iraldi, director de Tránsito, en comunicación con Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super FM 96.3), «hay más de 260 motos y 13 autos en el depósito. En caso de que nadie los reclame, por Ordenanza serán compactados».

«A fin de poder recuperar el vehículo, se invita a los titulares o poseedores legítimos a acercarse a la Dirección de Tránsito y Transporte, sin turno, y con la documentación que acredite la titularidad, previo Trámite en el Juzgado de Faltas», agregó.

Los motivos por los que se procede a la retención y posterior devolución de un vehículo, se encuentran establecido en el Código de Faltas Municipal son:

a) si los vehículos son conducidos por personas no habilitadas para conducir ese tipo de vehículo; si estando habilitadas se encontrare con habilitación suspendida o si no cumplen con la edad reglamentaria para cada tipo de vehículo. En estos casos, luego de labrada el acta, el vehículo podrá ser liberado bajo la conducción de otra persona habilitada, caso contrario el vehículo será removido y remitido a los depósitos que indique la autoridad de aplicación donde serán entregados conforme lo dispuesto en el artículo 61º de este código;

b) Si los vehículos se encuentran mal estacionados y no fueran removidos voluntariamente por sus conductores, los que ocupen lugares destinados a vehículos de emergencia o de servicio público de pasajeros, los abandonados en la vía pública y los que por haber sufrido deterioro no puedan circular y no fueren reparados o retirados de inmediato. En esos casos serán remitidos al depósito que indiquen la autoridad de aplicación y devueltos conforme lo dispone el artículo Nº 61 de este código;

c) Si se detecta que los conductores se encuentran en estado de intoxicación alcohólica o de estupefacientes u otras sustancias que disminuyan las condiciones psicofísicas normales o si su conductor se negare a realizarse las pruebas de alcoholemia o de psicotrópicos;

d) Si existiere orden judicial de secuestro.

e) Por ruidos molestos.

f) Si los vehículos no cumplen con las exigencias de seguridad reglamentaria.

g) En los casos de estacionamiento en transgresión al Art. 59 será causal de retención del vehículo con el cual se cometa la infracción. La retención podrá ser con remisión al depósito municipal o ejecutada en el lugar mediante la aplicación del cepo del Art. 8, u otro dispositivo idóneo, según criterios de oportunidad, merito y/o conveniencia.

Para la devolución de vehículos, deberá acreditarse:

a) Pago de la estadía dispuesta por la Ordenanza tarifaria en vigencia, y de los gastos de acarreo que se hayan devengado.

b) Pago de la multa.

c) Acreditación de dominio, o posesión legítima, con título suficiente que acredite la calidad de propietario o poseedor legítimo.

d) No tener denuncia de robo comunicada al Municipio.

e) En caso de retención por ruidos molestos, escape libre o alterado, el titular y/o poseedor del vehículo deberá modificar la salida de escape, y tomada la prueba por decibelímetro oficial que acredite que no produce ruidos molestos se le cobrará la infracción con un 50% de descuento, de lo contrario, deberá abonar el total de la multa. La acreditación de la falta subsanada deberá realizarse bajo la supervisión de la Dirección de Tránsito y dentro de los siete (7) días hábiles de cometida la infracción.

f) En caso de retención por falta de dispositivos de seguridad reglamentaria, el titular y/o poseedor del vehículo deberá realizar todas las reparaciones pertinentes; tomada la prueba por la Dirección de Tránsito que acredite que la falta fue subsanada se le cobrará la infracción con un 20 % de descuento, de lo contrario, deberá abonar el total de la multa. La acreditación de que la falta fue subsanada debe realizarse dentro de los siete (7) días hábiles de cometida la infracción.

Roca

Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año

Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

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En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.

Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.

Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.

Canales de denuncia

Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:

  • Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
  • Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
  • Fines de semana o fuera de horario: 4431400
  • Correo electrónico: [email protected]

Qué pirotecnia está permitida

La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:

  • Kiosco Josue, Mitre 2326
  • Planeta Regalo, La Plata 950
  • Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
  • Despensa Morena, Ushuaia 2174
  • MiniShopping, O’higgins 1607
  • Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320

Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.

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Policiales

Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo

El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

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El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.

En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.

El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.

Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.

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Río Negro

Río Negro abonará los salarios en la primera semana de enero

El cronograma se extenderá desde el 6 al 8 de enero.

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El Gobierno de Río Negro iniciará el martes próximo (06/01) el cronograma de pago de salarios correspondientes al mes de diciembre para las y los trabajadores de la Administración Pública Provincial.

De esta manera, los días 6, 7 y 8 de enero se realizará el pago correspondiente al mes de diciembre.

Cronograma de sueldos de Enero 2026

Martes 6/01

  • Salud Pública
  • Guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro
  • Servicio Penitenciario Provincial

Miércoles 7/01

  • Docentes
  • Porteros

Jueves 8/01

  • Ley N° 1.844
  • Vialidad Rionegrina
  • Pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo
  • Poder Judicial
  • Órganos de Control
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