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8 años y 9 meses de prisión para el joven que violó a una mujer en el Canal Grande

Cuando cometió el hecho era menor de edad. Ya está cumpliendo otra condena por atacar a una pareja en la zona del Aeropuerto, les robó los teléfonos y los obligó a desnudarse.

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Tras la propuesta de un acuerdo pleno presentando por Fiscalía y Defensa Penal de Menores, el Tribunal resolvió dictar sentencia, contando con la aceptación de la víctima, acerca del hecho cometido por un sujeto menor de edad punible, en la zona del Canal Principal de Riego y Ruta Provincial N° 6 de Roca.

En la audiencia concretada por Zoom se leyeron las pericias realizadas al joven en el marco de este legajo, como también los resultados del programa al que estuvo sometido con anterioridad siendo menor de edad. Se mencionaron los antecedentes de condena que ya tenía, específicamente por un hecho ocurrido en diciembre de 2020 que cometió siendo mayor y que ya se encontraba cumpliendo la pena.

Tal como lo establece el Código de Procedimiento Penal, en el marco de un acuerdo abreviado pleno, la pena dictada se unificó y comprende ambos legajos, tanto la causa donde el imputado era menor punible como la iniciada cuando cometió otro delito siendo mayor de edad.

Así, resultó la pena única de 8 años y 9 meses de prisión efectiva, que contó con el consentimiento del acusado, y que ya está cumpliendo. Cabe aclarar que de acuerdo a la ley vigente y jurisprudencia en materia penal Juvenil la pena en este caso fue del mínimo legal.

Además, el Tribunal de Juicio tras el pedido fiscal y de la defensa, y de acuerdo a lo que surgió de las pericias efectuadas, ordenó que el joven reciba tratamiento psicológico. Como el acusado era menor de edad al momento de los hechos, a la hora de imponer la pena se tuvieron en cuenta los parámetros que establece el plexo penal juvenil, en especial los de la Convención de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, la Ley 22.278, la Ley 26.061, la Ley Provincial 4.109, para concluir que era merecedor de pena.

La víctima del hecho fue asistida durante todo el proceso penal por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) y por la fiscalía específica de la temática, y en ese marco se le explicaron los alcances del acuerdo, y la señora comprendió y aceptó la pena, requisito necesario para este procedimiento.

Cabe señalar que le asisten al joven en el día de hoy los derechos que tuviera en su calidad de imputado menor de edad, por lo que se encuentra prohibido publicar datos, fotografías o cualquier tipo de información que de lugar a su identificación según la dispuesto por la Ley 4.109.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

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Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

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