Judiciales
Confirmaron condena de 7 años de prisión al hombre que violó a una joven en Chacra Monte
Ambos participaban de una fiesta en agosto del año pasado, y como se conocían, él se aprovechó de la confianza de la víctima para «ir a comprar bebidas y cigarrillos». Allí la llevó a su casa y abusó sexualmente de ella.

El Tribunal de Impugnación rechazó los recursos de la defensa contra una condena por abuso sexual con acceso carnal que había dictado en abril pasado un Tribunal de Juicio de Roca. En el fallo reforzó una regla de interpretación que, en función de las normas internacionales sobre perspectiva de género, debe aplicarse en todos los casos de violencia sexual: que el consentimiento sexual de las víctimas no puede suponerse ni inferirse por más que “falten” los elementos que antes se valoraban, como las lesiones de defensa en la víctima o en el victimario o las reacciones de escape o pedidos de auxilio. Tampoco puede suponerse que una víctima ha aceptado una relación sexual por el solo hecho de haberla consentido alguna vez en el pasado.
El caso en análisis ocurrió la madrugada del 2 de agosto de 2020 en Roca. El autor y la víctima, junto a otro grupo de personas, estaban participando de una fiesta privada en una vivienda del barrio Chacra Monte. Aunque no eran amigos, ambos se conocían, y esa confianza fue aprovechada por el hombre. Con el fin de “ir a comprar bebidas y cigarrillos”, la joven aceptó salir de la reunión con el imputado, en la moto de este último. Pero el agresor condujo hacia su casa, donde cometió la violación. La mujer pudo refugiarse luego en el baño de la vivienda, desde donde realizó llamadas telefónicas, y finalmente pudo escapar. Fue encontrada en la vía pública, en medio de una crisis de nervios y de angustia.
La defensa del imputado alegó en el juicio que aquella relación sexual había sido consentida por la mujer. Dijo que la denuncia fue “un montaje” de la víctima. “Como era tarde y tenía un novio, hace la denuncia para justificar que estaba en ese lugar a esa hora”, sostuvo. La defensa dijo que “ninguna prueba independiente corrobora que la víctima fue a ese domicilio contra su voluntad”; que “no hubo resistencia y no se acreditaron lesiones en el cuerpo de ésta, ni en del victimario”. También usó los dichos de la propia joven en el juicio, quien declaró que “no gritó pidiendo auxilio” sino que “se limitó a decir que ella le decía que no quería el acto”.
Tanto el Tribunal de Juicio de Roca como el Tribunal de Impugnación rechazaron los argumentos de la defensa aplicando principios básicos del juzgamiento con perspectiva de género.
“Las Reglas de Procedimiento y Prueba de la Corte Penal Internacional se han pronunciado sobre la importancia de no inferir consentimiento por parte de la víctima en casos de violencia sexual, por el ambiente de coerción que puede crear el agresor y una diversidad de factores que pueden inhibir a una víctima de resistir físicamente a su agresor. Igualmente, se ha señalado que son inadmisibles las evidencias de la conducta sexual previa de la víctima”, recalcó el TI.
Así, las pautas internacionales obligan a los jueces a no utilizar “ninguna palabra o conducta de la víctima” para presuponer que aceptó un acto sexual “cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre”. Tampoco se puede inferir el consentimiento sexual por el “silencio o la falta de resistencia de la víctima”, ni por “la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima”. Esto último implica que incluso una relación sexual iniciada voluntariamente puede convertirse en un delito de abuso sexual si no se respeta la negativa de la mujer a continuarla.
Para el TI, en este y otros precedentes, se debe eliminar del razonamiento judicial “el estereotipo sexista inadmisible” por el cual “se presupone en las mujeres el consentimiento sexual implícito, siempre disponibles y aquiescentes”, por ser “una presuposición patriarcal que se inscribe en estructuras de desigualdad de género”. La ley sólo exige ausencia de consentimiento como requisito para que se configure el delito, no que exista resistencia material de la víctima.
Al rechazar primero el recurso de impugnación ordinaria y ahora la impugnación extraordinaria, el TI confirmó la condena de 7 años y 3 meses de prisión contra el imputado, quien fue declarado culpable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con violación de medidas sanitarias por la pandemia, en concurso ideal con desobediencia”.
Judiciales
Violencia de género en Roca: Una joven terminó herida y un hombre quedó detenido
El acusado es el sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

Una joven fue encontrada herida y en estado de shock durante una intervención policial por un hecho de violencia de género en General Roca. Por el episodio, un hombre de 22 años fue detenido y quedó a disposición de la Justicia. Se trata del sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.
El llamado ingresó como una situación de violencia de género y movilizó a efectivos de la Comisaría 3° de Roca. Al llegar al lugar, los policías encontraron a la joven herida, en estado de shock y sin poder mantener un diálogo. Dos vecinas relataron que momentos antes un joven la había sacado por la fuerza hacia la vereda. Mientras la mujer era asistida por personal del SIARME, el sospechoso regresó al lugar.
Los efectivos procedieron a reducirlo, aunque opuso una fuerte resistencia al momento de ser detenido. Durante el cacheo, encontraron un cuchillo entre sus pertenencias.
En principio, la joven presentaba un corte en una de sus piernas. El hombre fue trasladado a la Comisaría 3° y quedó a disposición de la Justicia, en el marco de actuaciones por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.
La investigación deberá establecer qué ocurrió dentro de la vivienda y cuál fue la mecánica de la agresión. La víctima todavía no había podido brindar su versión al momento de la intervención debido al estado de shock, mientras que los testimonios de las vecinas forman parte de las primeras actuaciones.
El detenido cuenta además con un antecedente judicial reciente. El 24 de agosto de este año, el juez federal de General Roca, Hugo Greca, dictó su procesamiento en la causa que investiga la muerte de Teo Vázquez, una joven de 19 años fallecida el 31 de enero de 2024.
En esa investigación, el procesamiento consideró, con el grado de probabilidad propio de esa etapa, que el imputado habría suministrado sustancias que, combinadas con alcohol, provocaron el cuadro que terminó con la muerte de la joven. Por esa causa fue procesado por homicidio simple con dolo eventual y suministro gratuito de estupefacientes, además de falsificación de recetas médicas y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Se trata de dos investigaciones diferentes y será la Justicia la que determine las responsabilidades correspondientes en cada una. Mientras tanto, la joven permanece bajo asistencia médica y continúa la investigación por el episodio de violencia de género.
Judiciales
Irá a juicio el hombre acusado de disparar dentro de un céntrico bar de Roca
El hecho ocurrió el 15 de mayo en un bar de calle 9 de Julio. El acusado cumple prisión preventiva desde la formulación de cargos.

La causa contra un hombre acusado de efectuar disparos dentro de un bar de General Roca avanzó hacia la etapa de juicio oral y público, luego de que la Fiscalía y la defensa presentaran la prueba con la que cuentan. El hecho ocurrió el 15 de mayo, alrededor de las 4 de la madrugada, en un bar ubicado sobre calle 9 de Julio, casi Italia.
Según explicó la fiscal Verónica Villarruel, el imputado primero intentó proponerle a una empleada del lugar llevarla hasta su casa y luego realizó la misma propuesta al encargado del bar. Ante la negativa de ambos, habría extraído una pistola calibre .380, que no contaba con autorización para su portación.
De acuerdo con la acusación, el hombre efectuó al menos dos detonaciones y una de ellas impactó contra el cristal de una heladera.
La situación continuó cuando un efectivo policial que realizaba tareas de prevención se acercó caminando al lugar. El agente advirtió que el imputado empuñaba el arma y lo apuntaba. Tras darle la voz de alto, se abalanzó sobre él y logró quitarle la pistola.
La Fiscalía solicitó avanzar hacia el juicio por abuso de armas, portación ilegal de arma de guerra y atentado contra la autoridad, todo en concurso real.
Entre la prueba incorporada se encuentran informes de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) sobre el imputado y el arma, el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3°, la denuncia del encargado del bar, material fílmico analizado, informes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, tareas del Gabinete de Criminalística y el croquis del lugar.
También fueron incorporadas las pericias balística y armera. La Fiscalía anunció que llevará a juicio a la policía que intervino, a los denunciantes y a otros testigos.
Durante la audiencia, las partes acordaron una convención probatoria respecto del arma secuestrada: establecieron que se trataba de un arma de fuego de guerra, que su mecanismo de disparo funcionaba al momento del secuestro y que guardaba correspondencia con las vainas y proyectiles encontrados en el lugar.
Debido a la pretensión punitiva, superior a 3 años de prisión, el Ministerio Público Fiscal solicitó que el debate sea llevado adelante por un Tribunal Colegiado.
La defensa particular adhirió a la prueba presentada por la Fiscalía y agregó a una persona más como testigo.
Finalmente, el juez Gastón Martin resolvió elevar el legajo a la siguiente etapa procesal. El acusado permanece en prisión preventiva desde la formulación de cargos.
Judiciales
Caso Iraira: Allanaron una vivienda en Roca y secuestraron un arma y celulares
Durante el allanamiento encontraron un revólver calibre 22 y dispositivos electrónicos que serán sometidos a peritajes.

Un allanamiento realizado este viernes (18/09) en la zona norte de General Roca terminó con el secuestro de un revólver calibre 22, cuatro teléfonos celulares y una computadora portátil, en el marco de la investigación por la muerte de Maximiliano Iraira.
El procedimiento fue encabezado por personal de la Comisaría 21°. Para garantizar el ingreso seguro a la propiedad ubicada en calle Don Bosco al 2800, también participaron efectivos del Grupo Especial COER, encargados de la irrupción táctica. Durante la inspección de la primera vivienda del predio, los policías encontraron y secuestraron un revólver calibre 22 y dos teléfonos celulares.
En un segundo inmueble ubicado dentro del mismo lote, los agentes incautaron otros dos teléfonos y una computadora portátil, elementos que serán sometidos a los correspondientes peritajes.
El Gabinete de Criminalística realizó las diligencias técnicas para preservar y asegurar la evidencia recolectada durante el procedimiento.
Tras tomar conocimiento de los resultados del allanamiento, el fiscal de turno dispuso el inicio de un nuevo legajo judicial por tenencia ilegal de arma de fuego.
En el marco de esa nueva causa, un hombre de 38 años y una mujer de 29 fueron notificados de la formación del expediente.








