Roca
Así sigue la Feria del Libro y la Lectura en Roca
Hoy el reconocido escritor Mauricio Kartun brindará una charla abierta. Mañana es el gran cierre musical con Pedro Aznar.

Con gran concurrencia y a pesar del viento, continúan las actividades programadas por la Feria Municipal del Libro y la Lectura Primavera de las Letras.
Se calcula que más de 1.500 estudiantes de diferentes escuelas de la región pasaron por la Feria durante las primeras dos jornadas, visitando las distintas propuestas literarias.
Entre las diversas actividades que se llevaron a cabo, se destacaron la presentación de la 4° Antología Literaria de Cuentos y Poesías Quiero Decir que contiene las obras ganadoras del Certamen para adolescentes del Fondo Editorial Municipal 2021. Se entregaron premios, certificados y libros a los ganadores que asistieron con sus familias. También generó mucho interés La Casa de los Poemas, de la roquense Eva Spitzmaul, que concurrió junto a docentes y Georgina Colicheo, referente de ATTS Roca. La joven escritora llama, a través de su libro, a la reflexión sobre la lucha del colectivo LGTBIQ por los derechos y la igualdad entre las personas.

Por su parte, ayer fue la presentación de Felipe Pigna, aunque lo hizo de manera virtual, a través de una pantalla gigante instalada en la Globa de Conferencias. Similar será la actividad prevista para el domingo en la voz de Hernán Casciari.
Hoy (16/10) se destaca la presencia, en la Feria, de Mauricio Kartun.
Sábado 16/10
14.00 hs: Apertura de la feria.
16.00 hs: Enredos. Espectáculo para niños, al aire libre, por Teatro al Vacío.
17.00 hs: Conversatorio de Niñes por siempre. Consejo de niños del CONYA.
18.00 hs: Caminante que camina, conversación en la literatura, Charla de María Cristina Ramos.
19.00 hs: Presentación de los libros: Museo Secreto, de la poeta Clara Vouillat / Circunloquio, de Nicolás Muñoz. Seleccionados en la Convocatoria Abierta de Publicación 2020, del Fondo Editorial Municipal.
19.30 hs: Obrerío teatral: breve geografía de sus obras, por Amancay Espíndola
19.30 hs: Yakumo. Inspirado en la literatura de Paola Kaufman. Interpretación: Maite Aranzábal, Violonchelo: Ruth Pereyra, Dirección: Lili Presti. En el Museo Histórico L. Vintter, Artigas y Buenos Aires.
20.00 hs: El libro como recorrido, la biblioteca como mapa. Charla abierta de Muricio Kartun.
21.30 hs: Pez Luna. Fragmentos de un diálogo amoroso. Espectáculo teatral sobre Ruina Romana, escena de El Público, de Federico García Lorca. Compañía de teatro Bajo la arena, de Mendoza.
Talleres:
15.00 a 17.30 hs: Taller para mediadores de lectura: Pequeñas bibliotecas: botecitos para dejarse llevar por la lectura. Coord. María Cristina Ramos, Griselda Martínez y Mauricio Giulietti (Con inscripción previa, cupos limitados). Sala Concejo Deliberante.
15.00 hs: Taller de Lectura de poesías originarias “La ternura que habita desde la memoria”. Coordinado por Wuaira González Romano. Biblioteca Popular Crecer (Urquiza 2648).
Domingo 17/10
15.00 a 17.00 hs: (2º. Encuentro) Taller de encuadernación de libros, para jóvenes y adultos. Coordina: Camila Poblete. Sala de reuniones del Concejo Deliberante.
16.00 hs: Enredos. Espectáculo para niños, al aire libre, por Teatro al vacío.
17.00 hs: Lecturas a la bolsa. Voluntarias del Rincón de Lectura del Área de Pediatría “Sara Croza” del Hospital Francisco López Lima (Globa para público infantil).
18.00 hs: Presentación del libro: Ifigenia en Fisque, de María Inés Arce
18.20 hs: Presentación del libro de poemas: Quisiera caminar hasta la barda rojiza, para darte mi corazón, de Graciana Miller.
18.40 hs: Presentación del libro: El librito de Nácar, de Maite Aranzábal.
19.00 hs: Presentación de la Novela Los álamos juraron reencontrarnos, de Ma. Virginia Goicoechea (Tres Arroyos, Buenos Aires)
19.30 hs: Presentación de los libros Matar a la bestia y Coplero, de Carlos Sandoval. Ed. Fondo Editorial Municipal. Espectáculo de Música y lecturas, con escritores y artistas invitados.
20.15 hs: Puro cuento, de Hernán Casciari -virtual-.
21.30 hs: Las ovejas descarriadas. Espectáculo de Música y poesía, por Carmen Remolins y Mingo Racedo, Textos / Pablo Arroyo y Tuni Castro, Música.
21.30 hs: Unipersonal, de Pedro Aznar. Espectáculo musical al aire libre, en Plaza San Martín.
Muestra permanente: “La literatura como identidad cultural de la comunidad”
Un recorrido por la actividad literaria de autores locales. Museo Histórico Regional Lorenzo Vintter (Artigas y Buenos Aires, de 8 a 18 hs)
Judiciales
La obra social deberá cubrir el acompañamiento terapéutico y la integración escolar de un adolescente con síndrome de Down
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que obliga a la obra social estatal a cubrir 36 horas semanales de acompañamiento terapéutico, tres sesiones de psicología por semana y el apoyo a la integración escolar.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro confirmó la obligación de la obra social estatal de garantizar la cobertura integral de los tratamientos y la continuidad escolar de un adolescente de 13 años con síndrome de Down. La decisión establece que deberá brindar 36 horas semanales de acompañamiento terapéutico, tres sesiones de psicología por semana y el módulo de apoyo a la integración escolar en la institución donde cursó toda la primaria.
El caso se inició en Roca, cuando la madre del adolescente presentó un amparo para reclamar las prestaciones indicadas por los profesionales que lo atienden. El joven tiene dificultades visuales y otras condiciones de salud que requieren apoyos específicos para su desarrollo y su inclusión educativa.
La familia había solicitado seis horas diarias de acompañamiento terapéutico, equivalentes a 36 horas semanales, tres sesiones de psicología por semana y la cobertura del apoyo a la integración escolar. La obra social no negó las prestaciones, pero inicialmente autorizó cuatro horas diarias de acompañamiento, de lunes a viernes. Luego amplió la cobertura a cinco horas por día, sin alcanzar las seis indicadas por los profesionales. En psicología, autorizó ocho sesiones mensuales en lugar de las doce solicitadas.
La entidad sostuvo que la documentación presentada no justificaba ampliar las prestaciones. En particular, argumentó que no había elementos que acreditaran una situación de crisis o síntomas agudos que requirieran una mayor frecuencia de atención psicológica.
La jueza de primera instancia hizo lugar al amparo, pero la Fiscalía de Estado apeló la decisión. Argumentó que la obra social nunca había negado la atención, sino que existían diferencias sobre la cantidad de horas y sesiones necesarias. También cuestionó que se ordenara financiar la integración escolar en una institución privada, al considerar que la educación obligatoria y gratuita es responsabilidad del Estado provincial. Otro de sus planteos fue que la sentencia interfería en las facultades de auditoría médica de la obra social al dar prioridad a las indicaciones de los profesionales particulares.
El STJ rechazó esos argumentos y explicó que la intervención judicial no había sustituido las funciones de auditoría médica, sino que había examinado si las limitaciones impuestas por la entidad estaban debidamente justificadas.
Uno de los puntos centrales fue la continuidad escolar. El adolescente había cursado toda la primaria en la misma institución y sus profesionales consideraron necesario que permaneciera allí durante el nivel secundario. El pediatra sostuvo que esa continuidad permitiría mantener sus procesos de aprendizaje, favorecer la inclusión social y fortalecer las habilidades necesarias para alcanzar una mayor autonomía. La psicóloga advirtió que un cambio de escuela podía afectar su salud mental y su calidad de vida, e incluso generar retrocesos en su desarrollo psicológico, social e intelectual.
El Tribunal señaló que la cobertura de educación privada para personas con discapacidad tiene carácter excepcional cuando la oferta estatal no reúne las condiciones necesarias. Sin embargo, entendió que las circunstancias particulares del caso justificaban mantener la prestación. Consideró que la obra social había financiado esa cobertura durante la primaria y que no podía desconocer su actuación anterior sin una justificación suficiente. Además, no había demostrado que cambiar de establecimiento fuera adecuado ni que pudiera hacerse sin afectar la evolución del adolescente.
Finalmente, el STJ rechazó la apelación de la Fiscalía de Estado y confirmó la sentencia de primera instancia. La obra social estatal deberá garantizar las 36 horas semanales de acompañamiento terapéutico, las tres sesiones semanales de psicología y el módulo de apoyo a la integración escolar durante el ciclo lectivo.
Judiciales
Mató de un escopetazo a un perro en Roca y la Justicia repartió la responsabilidad entre los vecinos
El conflicto comenzó con una pelea entre perros en una zona rural de Roca, que terminó con dos animales muertos. El fallo reconoció daños morales y gastos veterinarios, pero rechazó otros rubros reclamados.

Una pelea entre perros en una zona rural de General Roca terminó con dos animales muertos y un conflicto judicial entre sus propietarios. La Justicia Civil condenó a pagar una indemnización al hombre que disparó con una escopeta contra un American Bully, pero distribuyó la responsabilidad en partes iguales entre ambos vecinos.
El episodio comenzó cuando el American Bully y otros perros de la misma familia ingresaron a una propiedad lindera. Allí se encontraron con el animal de los propietarios del terreno y se produjo un enfrentamiento que tuvo consecuencias graves para ambas familias.
El dueño del terreno tomó una escopeta y disparó contra el American Bully, que murió por un impacto en la cabeza. El perro de la familia que vivía en esa propiedad también murió como consecuencia de la pelea. A partir de lo ocurrido, surgieron versiones contrapuestas: mientras uno de los vecinos sostuvo que había utilizado el arma para proteger a su mascota, el otro consideró injustificada la muerte de su perro.
El propietario del American Bully y sus dos hijas presentaron una demanda por daños y perjuicios. Reclamaron una indemnización por la muerte del animal, los gastos veterinarios, las consecuencias emocionales y la pérdida de posibles ingresos por su reproducción.
La jueza hizo lugar parcialmente a la demanda y determinó que ambos propietarios habían contribuido al resultado. Atribuyó un 50% de responsabilidad a cada uno: por un lado, consideró que el dueño del American Bully no había adoptado las medidas necesarias para impedir que sus perros ingresaran a terrenos vecinos, debido a la falta de un cerramiento adecuado; por otro, entendió que el uso de una escopeta había sido desproporcionado.
La sentencia estableció que el ingreso de los perros a una propiedad ajena no justificaba por sí solo el empleo de un arma de fuego. La magistrada distinguió entre la responsabilidad de quien debía controlar a sus animales y la conducta de quien decidió disparar. También rechazó la demanda contra otras tres personas, porque no se acreditó que hubieran participado en los disparos ni en la decisión de utilizar el arma.
Para resolver el caso, aplicó las normas del Código Civil y Comercial sobre responsabilidad por daños, intervención de la víctima en la producción del perjuicio y justificación de conductas destinadas a evitar un daño mayor. Asimismo, consideró la normativa municipal sobre tenencia de perros potencialmente peligrosos, que establece obligaciones especiales de cuidado y custodia. Respecto del disparo, concluyó que no se habían acreditado los requisitos legales para admitir una situación de necesidad que lo justificara.
Otro aspecto central del fallo fue el valor afectivo de las mascotas. La jueza explicó que, aunque el Código Civil y Comercial considera a los animales como cosas, su importancia para las familias no puede reducirse a un precio de mercado. Para fundamentar esa interpretación, recurrió a antecedentes judiciales y al concepto de familia multiespecie, que reconoce los vínculos afectivos entre las personas y sus animales. Los testimonios demostraron que el American Bully formaba parte de la vida cotidiana de su dueño y que su muerte le había provocado sufrimiento emocional.
El fuero Civil reconoció una indemnización por daño moral y gastos veterinarios. En cambio, rechazó los reclamos por daño psicológico permanente, tratamiento psicológico y pérdida de oportunidades económicas por la reproducción del perro, al considerar que no se habían acreditado los requisitos necesarios.
El conflicto también dio origen a otras dos causas judiciales. Después del episodio, el dueño del American Bully difundió lo ocurrido en redes sociales y medios de comunicación. Esas publicaciones motivaron demandas por separado de la mujer y su pareja, quienes consideraron afectados sus derechos por la exposición pública. En ambos casos, la jueza les dio la razón y ordenó indemnizaciones.
Respecto de la mujer, consideró que las publicaciones permitieron identificarla y localizar su vivienda, con consecuencias para su intimidad y privacidad. En cuanto al hombre que había efectuado el disparo, determinó que la difusión de información y los comentarios ofensivos y amenazantes afectaron su honor y privacidad. La magistrada sostuvo que el derecho a informar sobre la muerte del animal no justificaba la exposición de los vecinos.
Policiales
Recuperaron un Chevrolet Onix con pedido judicial durante un operativo en la Ruta 22
Fue detectado por las cámaras lectoras de patentes en Cipolletti. Efectivos del Cuerpo de Seguridad Vial de Allen lo interceptaron a la altura del kilómetro 1198.

Un Chevrolet Onix que registraba un pedido de secuestro vigente solicitado por la Justicia de Tierra del Fuego fue recuperado por efectivos del Cuerpo de Seguridad Vial de Allen, luego de ser detectado por las cámaras del sistema de lectores de patentes en Cipolletti.
El procedimiento se desencadenó durante la mañana de este jueves (15/10), cuando el 911 Río Negro Emergencias emitió una alerta sobre la circulación del automóvil en sentido oeste-este por la Ruta Nacional N° 22. Ante la notificación, el personal policial desplegó un operativo de control estratégico a la altura del kilómetro 1198.
A los pocos minutos, los efectivos divisaron la aproximación del vehículo, que avanzaba custodiado por agentes de la Brigada Motorizada de Apoyo (BMA) de Allen. Los policías indicaron al conductor que detuviera la marcha sobre la banquina para proceder a su identificación.
El automóvil era conducido por un hombre domiciliado en Añelo, Neuquén. Al verificar la documentación y el estado del rodado en los registros del sistema policial, se confirmó que tenía vigente una orden de secuestro requerida por el Juzgado Civil N° 2 de la provincia de Tierra del Fuego.
Como consecuencia, el Chevrolet Onix fue incautado y quedó a resguardo policial, a disposición del juzgado solicitante.






