Sociedad
Roca se sumó al «Río Rosa» en la lucha contra el cáncer de Mama
Se realizó una demostración de canotaje, a cargo de las integrantes de la agrupación Rosas del Valle y contó con el acompañamiento de la Secretaría de Deportes de Río Negro y el Hospital Francisco López Lima.

En el marco de la presentación del programa “Río Rosa” en toda la provincia, en General Roca se realizó una demostración de canotaje, a cargo de las integrantes de la agrupación Rosas del Valle y contó con el acompañamiento de la Secretaría de Deportes de Río Negro y el Hospital Francisco López Lima.
La propuesta tuvo lugar ayer (19/10) en conmemoración del Día Mundial del Cáncer de Mama invitando a todas aquellas personas recuperadas de esta patología a sumarse a prácticas de remo en grupo.
En Roca la actividad se focalizó en Gadano y Rivadavia, sobre el canal principal de riego, donde se encuentra la Escuela Provincial de Canotaje. Allí se reunieron los miembros de Rosas del Valle, quienes comenzaron en septiembre a tomar clases de remo.
“Río Rosa” ofrece a las mujeres y hombres que hayan atravesado un cáncer de mama o se encuentren aun transitando la patología, prácticas de paleo en sus escuelas de canotaje. Los profesores y profesoras dependientes del área de Deportes del Ministerio de Turismo y Deportes, fueron previamente capacitados.

Cerca de las 10, se bajaron los kayaks al agua del canal y allí algunas mujeres que integran Rosas del Valle, demostraron que a pesar de las adversidades, el cáncer detectado a tiempo se puede curar y es posible incorporar el deporte como una rutina que ayude al tratamiento, mejorando el estado físico y anímico.
Luego de eso, el grupo realizó una caminata hasta el Hospital, donde se montó una globa informativa. El cierre fue con un gran abrazo simbólico al stand, como manera de sintetizar el esfuerzo conjunto. La caminata y ejercicios de entrada en calor fueron coordinados por Gerónimo Martínez, profesor de la Secretaría de Deportes, quien brindó las herramientas para que quienes lo deseen, puedan repetir cada día esta actividad.
Susana Fantini, directora de Gestión Deportiva de provincia, explicó la propuesta y dijo “Río Rosa es un programa conjunto entre el Ministerio de Salud y la Dirección de Deportes, ´Remamos contra el cáncer de Mama´ es la propuesta y el objetivo es convocar a mujeres y hombres recuperados de la enfermedad para que aprendan la técnica del paleo grupal, que entre tantos beneficios, permite prevenir el linfedema” y agregó “cada profesor fue capacitado para esta actividad ya que se trata de una técnica especial. Además vamos a traer a las distintas escuelas botes grupales para diez personas. En Viedma ya hay dos botes de esos, adquiridos por el Gobierno”. El linfedema es un posible efecto secundario de la cirugía y la terapia de radiación para el cáncer de mama.
“Esta es una actividad que va más allá de remar. Las mujeres se han ido reuniendo en las distintas ciudades, se las escuchó. Esta fue una inquietud y una respuesta de la Gobernadora Arabela Carreras y hemos podido escuchar a las mujeres y ofrecer una propuesta que apunta a mejorar la calidad de vida de todas”, finalizó
Graciela Paternolli, referente de Rosas del Valle expresó “en marzo comencé a convocar a mujeres para formar un grupo y empezamos a organizarnos. En septiembre empezamos a practicar con los profesores de la Escuela de Canotaje de provincia”.
“En Argentina hay 27 grupos de mujeres que conforman equipos rosas. El objetivo es a través de la técnica de paleo en bote dragón reducir el linfedema o evitar que se forme, recuperar el brazo y el torso. Y también hablar de la importancia de la prevención”. Agregó que “sabemos que en grupo podemos afrontar los miedos, los tratamientos, superar estas etapas”.
Para contactarse con la agrupación se las puede buscar en redes sociales como Rosas del Valle. Los entrenamientos se realizan martes y jueves de 14 a 17.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.








