Seguinos

Roca

Siguen los robos de cables en la zona y genera preocupación

En las últimas semanas se duplicaron los hurtos en baja tensión y en media tensión tanto en General Roca como Cervantes.

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Los vecinos de General Roca y Cervantes están cansados de los robos de cables. Tanto es así, que en los últimos cinco días se produjeron al menos 10 hechos de este tipo, todos ellos provocando cortes de luz y un enorme peligro en materia de seguridad pública. De acuerdo a información brindada por EdERSA, en las últimas semanas se duplicaron los hurtos en baja tensión y en media tensión la situación es aún más preocupante: “aumentaron los robos en un 250%”, indicaron. El perjuicio para la distribuidora, sólo por esos episodios, asciende a más de 3 millones de pesos.

El último robo de esta característica se produjo antenoche en la localidad de Cervantes, cuando delincuentes cortaron un cable de media tensión y dejaron sin servicio decenas de usuarios de la zona rural entre General Roca y Cervantes, sobre ruta Nacional 22. Se llevaron 150 metros de red de media tensión, y las cuadrillas de EdERSA trabajaron durante varias horas para reparar los daños y restablecer el servicio.

Los operarios de la distribuidora eléctrica muestran desconcierto por el temerario accionar de estas personas. “Anoche detectamos un recierre positivo en esa zona, lo que quiere decir que cortaron el cable energizado, con 13.200 volts en la línea. No entendemos cómo lo hacen, qué metodología utilizan, pero creemos que posiblemente en alguno de estos hechos se hayan registrado lesionados”, explicó el ingeniero Leonardo Mauritsh.

La preocupación por estos hechos delictivos y vandálicos va en aumento. No sólo porque los robos se repiten, si no porque ahora se multiplican en la zona urbana de esas ciudades. Si bien el hurto de cables es un flagelo histórico con el que debe lidiar la distribuidora eléctrica, el incremento de los mismos se experimentó a partir de diciembre de 2020.

Claro, si bien los robos fueron en aumento, en los primeros meses del año sólo registraban en sectores rurales, donde parece existir mayor impunidad por la lejanía y la falta de controles. Entre diciembre y mayo, los robos se registraban mayoritariamente en zonas de chacras de Cervantes y Roca (suministros de chacras en cuadrante Ruta 22, Lago Quillen, Ruta 6 y Laprida), pero de mitad de año en adelante el problema se aceleró: “en junio tuvimos que intervenir en un promedio de tres robos por semana. Y comenzamos a ver cada vez más casos en los cascos urbanos”, indicó Mauritsh.

Desde hace unos días, los operarios de EdERSA no dan a basto para atender los reclamos de usuarios víctimas de los robos de cables. “Los robos de cables en baja tensión aumentaron en las últimas semanas hasta un 120%, pero es aún más preocupante en media tensión, dado que registramos hasta un 250% más de estos hechos. La problemática es enorme, por la seguridad de las personas, por los inconvenientes que generan al cortar el servicio, porque las reposiciones de cable llevan un enorme trabajo, de horas y horas, y por el perjuicio económico”, se indignó Mauritsh. El perjuicio económico para la distribuidora fue de más de 3 millones de pesos sólo en esos diez episodios, “más las horas sin luz de todos los usuarios afectados, que no han podido desarrollar sus actividades con la normalidad a la que tienen derecho”, terminó el ingeniero.

Judiciales

Estuvo expuesto a respirar aire viciado con plumas y excrementos de aves y ahora deberán indemnizarlo

Quedó demostrado que el trabajador desarrolló la enfermedad del «pulmón de criador de aves».

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó una sentencia que obliga a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a indemnizar a un trabajador que desarrolló la enfermedad del «pulmón de criador de aves». El hombre estuvo expuesto a respirar aire viciado con plumas y excrementos de aves. Se probó que la ART no le brindó capacitación suficiente sobre los riesgos a los que se exponía.

Originalmente la Cámara Laboral de Roca había condenado a la ART y a un criadero. La aseguradora apeló al STJ, pero el máximo órgano judicial rionegrino confirmó la sentencia inicial.

El hombre cumplía tareas en la categoría «Trabajador Calificado Criadero». Comenzó a tener síntomas respiratorios y fue diagnosticado con neumonitis por hipersensibilidad, comúnmente conocida como «pulmón de criador de aves», debido a la exposición a sustancias relacionadas con su entorno laboral.

Inicialmente, la ART rechazó la denuncia. Alegó que no había suficiente exposición a agentes de riesgo para calificar la enfermedad como profesional. Pero la Comisión Médica determinó que presenta Neumonitis por Hipersensibilidad y caracterizó a la contingencia como enfermedad profesional.

La ART no previno

En fallo de primera instancia apreció que la ART no cumplió con sus deberes en cuanto a la prevención de accidentes laborales, ni realizó medida alguna tendiente a minimizar o neutralizar el riesgo al que se encontraba expuesto el operario.

En este marco, «no realizó las visitas ni supervisiones requeridas legalmente antes del accidente que provocó la enfermedad del trabajador». Antes de la denuncia, solo entregó folletería. Recién luego del reclamo visitó el establecimiento a fin de verificar las condiciones de medio ambiente de trabajo en criadero de pollos.

La sentencia alegó que «su inactividad evidenciaba la indiferencia con relación a las condiciones en que los trabajadores desarrollaban sus tareas o las consecuencias negativas que podrían derivarse del incumplimiento de elementales normas de seguridad e higiene». Señaló que «conforme lo informado por el perito en higiene y seguridad, las medidas hubieran evitado o minimizado el daño ocasionado».

También observó que hubo una omisión o un tratamiento médico deficiente para restablecer la salud del trabajador accidentado.

La ART, al apelar al Superior Tribunal, sostuvo que «no tiene facultades para sancionar o clausurar establecimientos, y que sus recomendaciones son dirigidas al empleador, quien es el único responsable de la implementación de medidas de seguridad».

El máximo Tribunal, por su parte, sostuvo que «el recurso no expone argumentos razonables o suficientes que justifiquen un apartamiento de las pautas formales allí establecidas».

Agregó que «la ART recurrente no hace más que insistir en los agravios desarrollados en oportunidad de interponer el recurso principal y a manifestar su discrepancia con la resolución de la Cámara, pero no realiza en forma directa y eficaz». De esta manera, rechazó el recurso.

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Deportes

El fuerte y repudiable mensaje a la Comisión Directiva de Deportivo Roca: «Dirigentes, hay balas si no se van»

Tras caer 0-3 en el clásico frente a Argentinos del Norte, un sector de la hinchada Naranja reaccionó contra la dirigencia.

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Luego de la goleada de Argentinos del Norte por 3 a 0 a Deportivo Roca por la 4° fecha del Torneo Regional Federal Amateur de fútbol, la hinchada del Naranja reaccionó con fuertes y violentos mensajes contra la dirigencia. También apareció una pintada contra el entrenador Martín Medina, quien regresó a la institución para esta temporada.

Las paredes del estadio Luis Maiolino amanecieron ayer (04/11) con pintadas amenazadoras tras la dura derrota del Depo frente a su clásico rival. «Si no ganan el domingo corre sangre», dice uno de los mensajes que apareció en uno de los paredones del estadio ubicado en el barrio Quintu Panal.

También, en uno de los portones, la amenaza fue directamente para el DT Medina. «Andate Medina», reza la pintada, junto a un insulto.

Y lo más preocupante aun es que también se encontraron papeles que dicen: «Dirigentes hay balas si no se van».

Tras la derrota frente a Argentinos, se complicó la clasificación del Depo y eso generó el malestar de los hinchas aunque, está claro, no es la manera de mostrar su enojo. El fin de semana, el equipo de Medina será local y se espera un clima tenso en el Maiolino.

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Judiciales

Estafas al Ipross: el Tribunal de Impugnación confirmó las condenas a farmacéuticos de Roca

Esto no implica que la condene quede firme, ya que las defensas cuentan con otras instancias de impugnación extraordinaria.

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El Tribunal de Impugnación confirmó las condenas dictadas por el Tribunal de Juicio de Roca contra el grupo de farmacéuticos imputados por la defraudación a IPROSS mediante la simulación de ventas de medicamentos a afiliados de esa obra social.

En su sentencia dictada este lunes (04/11), el Tribunal confirmó las condenas de 9 años y 6 meses de prisión a Sandra Fasano, quien fue declarada culpable de 574 estafas desde su rol de auditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro al momento de los hechos; 8 años y 6 meses de prisión al farmacéutico Claudio Caffaratti, como coautor de 249 estafas; 8 años de prisión al farmacéutico Rodolfo Eduardo Mastandrea como coautor de 122 estafas, y 6 años y 6 meses de prisión al farmacéutico Raúl Eduardo Mascaró como autor de 107 defraudaciones. Todas las personas condenadas se encuentran bajo medidas cautelares con tobillera electrónica y prohibición de salir del ejido de las localidades donde viven. Las cuatro personas, además, fueron inhabilitadas por 6 años para ejercer la profesión de farmacéuticos.

El fallo de Impugnación también rechazó los recursos por los honorarios profesionales que habían interpuesto la Fiscalía de Estado, en su rol de querellante en la causa, y una defensora particular.

Cuestionamientos de las defensas

La defensora de Fasano, Mastandrea y Mascaró planteó como primer eje de su impugnación la validez de los allanamientos realizados en la causa y la manera en la que fue colectada y resguardada la evidencia digital que dio sustento a las condenas. Dijo que ese procedimiento fue nulo. Como segundo eje planteó violaciones al debido proceso por «pérdida de la razonabilidad investigativa y olvido del principio de inocencia».

Por su parte, el defensor de Caffaratti reiteró la búsqueda de un sobreseimiento a través de una propuesta económica de reparación integral por parte del imputado, que ya había sido rechazada durante las etapas previas del juicio. Además, pidió la absolución de su cliente tras desarrollar críticas al sistema de auditorías implementado por IPROSS y a la delegación de funciones de contralor de la obra social estatal al Colegio de Farmacéuticos.

Las defensas cuestionaron, además, los montos de las penas de prisión efectiva, por considerarlos arbitrariamente elevados.

A su turno, durante el trámite de la impugnación, tanto la Fiscalía como la parte querellante respondieron a cada uno de los agravios de las defensas y solicitaron que se confirmen todas las condenas.

Fundamentos del Tribunal de Impugnación

Con el voto rector del juez Adrián Zimmermann y la adhesión de los jueces Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi, el Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia del Tribunal de Juicio de Roca. En términos generales, el rechazo de las impugnaciones refirió que todos los reclamos de las defensas ya habían sido planteados y correctamente rechazados por el Tribunal roquense.

En ese sentido, el TI expresó que «ciertamente y como lo han señalado el Ministerio Público Fiscal y la Querella, los agravios de las impugnaciones son reediciones de planteos realizados ante el Tribunal de Juicio, quien dio una respuesta basada en pruebas, interpretaciones y derecho aplicable, lo que quedó sin conmover en esta instancia. Por estos esenciales motivos y porque no se advierten agravios que indiquen y demuestren arbitrariedad, absurdidad ni errónea aplicación de la ley, es por lo que necesariamente quedan válidos y sin rebatir los fundamentos», que dieron los jueces de Roca para condenar.

«Más allá del esfuerzo profesional de las Defensas, los fundamentos de la sentencia en crisis son completos, integrales, razonados, eficientes y ajustados a derecho», agregó el TI al validar lo resuelto por los jueces locales Oscar Gatti y Luciano Garrido y la jueza Laura Pérez.

Destacaron además que «el notable trabajo que realizó el Tribunal de Juicio al clasificar, analizar, interpretar y ponderar la totalidad de la prueba ventilada en juicio y que permitió arribar a conclusiones razonadas, todo plasmado en la sentencia impugnada».

Uno a uno el TI fundamentó el rechazo a los planteos de las defensas sobre puntos como el monto de las penas de prisión, la prescripción de la acción penal, el rechazo a la pretendida «reparación integral» del daño económico, el alcance del convenio entre el Colegio de Farmacéuticos de Río Negro y el IPROSS y la actividad de la Comisión Fiscalizadora del Colegio que impulsó la denuncia, entre varios más.

«La acusación logró probar los hechos y las autorías responsables objeto de reproche. Las maniobras imputadas fueron en distintas modalidades, básicamente en el sistema informático, para lo cual existió un despliegue a cargo de la Auditora del Colegio, Sandra Fasano -por sí y por personal a su cargo-, que consistió en insertar información inexistente, sobre ventas que los farmacéuticos no habían realizado a afiliados del IPROSS y bajo distintas modalidades que se tuvieron por acreditadas, todo ello en un plan común diseñado con cada uno de los farmacéuticos en forma individual, con idéntica metodología», citó el TI como conclusión central de la condena.

‘Las defensas ponen de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian», definió el Tribunal.

La decisión del TI no implica que la condene quede firme, pues las defensas cuentan con instancias de impugnación extraordinaria.

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