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Sociedad

Río Negro modificó el protocolo y ahora estudiantes deberán viajar con un test COVID-19

Se modificaron los requisitos sanitarios para los viajes estudiantiles en la provincia.

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A partir de la Resolución N° 2/22 del Ministerio de Salud, se modificaron los requisitos sanitarios para los viajes estudiantiles en Río Negro. Entre otras cosas, se sumó el “Regreso Seguro” para casos positivos de COVID-19.

La nueva resolución modifica el protocolo sanitario establecido a partir del 1 de octubre, cuando San Carlos de Bariloche volvió a recibir al turismo estudiantil con una serie de requisitos dispuestos acorde al contexto sanitario por la pandemia.

¿Cómo es el nuevo protocolo?

Todos los pasajeros deberán contar con un test COVID-19 realizado con una antelación de al menos 48 horas previas a emprender el viaje. El resultado deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) en el sitio argentina.gob.ar/salud/epidemiologia.

El día de inicio del viaje, se deberá realizar por cuenta de cada empresa (a cargo del pasajero) un test de antígenos a todos los pasajeros, acompañantes y coordinadores en el lugar de origen, antes de la salida o en la ciudad antes de ingresar al alojamiento.

De detectarse casos positivos en el lugar de origen, no podrá abordar el transporte y deberá cumplir con aislamiento en domicilio (la empresa deberá garantizar su notificación en el SNVS). En el caso de testearlos en la ciudad deberán ser aislados en la misma.

Es obligatorio el uso de barbijos en todos los espacios públicos, espacios cerrados y medios de transporte.

Los pasajeros mayores de 18 años, acompañantes, coordinadores y la tripulación deberán contar con certificado de vacunación. Las agencias de viajes deberán verificar que todos los acompañantes y coordinadores cuenten con el esquema de vacunación completo o con al menos una dosis con un mínimo de 21 días antes del comienzo del viaje. Esa verificación puede realizarse a través de la certificación que cada pasajero posee en la aplicación «Mi Argentina».

En el caso de los menores de 18 años con condición de riesgo, las agencias de viajes deberán verificar que cuenten con el esquema de vacunación completo al menos 21 días antes del comienzo del viaje.

Todos los pasajeros, por intermedio de las empresas estudiantiles, tendrán que contar con cobertura/seguro COVID-19 que cubra todo lo relacionado a la enfermedad, aislamiento en hotel, comidas, medicamentos, cambio de pasajes, entre otras cosas. La empresa tendrá que presentar declaración jurada de cobertura.

Si alguno de los pasajeros comienza con síntomas compatibles, se realizará test diagnóstico, y en caso de ser positivo se indicará aislamiento del caso y los contactos estrechos. El aislamiento se deberá cumplir en su totalidad en la localidad (a cargo de la cobertura/seguro COVID-19) en espacios diferentes a los disponibles para los pasajeros.

¿Qué es el “Regreso Seguro”?

La empresa deberá realizar un test de antígeno a todos los pasajeros, dentro de las 72 horas de llegada, cuyo costo estará a cargo de los pasajeros. De resultar alguno de los pasajeros positivos, se podrá optar por dos alternativas.

La primera, es cumplir el aislamiento correspondiente (caso confirmado y sus contactos estrechos) en San Carlos de Bariloche, a cargo de la
cobertura/seguro COVID-19.

La segunda, es usar el servicio de “Regreso Seguro” que consiste en el traslado a su ciudad de origen mediante buses especiales afectados para tal fin. En este caso, únicamente podrán viajar pasajeros positivos y contactos estrechos.

Deberán completar una declaración jurada donde conste lugar de aislamiento en destino, medio por el cual se trasladará (deberá ser esperado en el lugar de llegada) y compromiso de no tomar transporte público para dirigirse al lugar de aislamiento, entre otros aspectos.

Durante el viaje, los pasajeros no podrán bajar del bus ni podrá subir nadie al mismo. Serán provistos por la empresa de viandas y bebidas para todo el viaje. Por su puesto, la cabina de los conductores deberá estar totalmente aislada de los pasajeros.

Estos viajes seguros a través de buses especiales podrán ser aplicados a pasajeros individuales que decidan cumplir su aislamiento en su lugar de residencia. Es decir, su utilización no es exclusiva para el segmento estudiantil, sino para cualquier tipo de turista que arribe a San Carlos de Bariloche y sea caso positivo o contacto estrecho.

Río Negro

Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal

Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

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El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.

«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.

Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.

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Judiciales

Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa

El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

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Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.

El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.

En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.

La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.

El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.

La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.

La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.

El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.

En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.

Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.

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Roca

Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca

8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

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Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.

Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.

Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.

De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.

Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.

La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.

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