Sociedad
Río Negro modificó el protocolo y ahora estudiantes deberán viajar con un test COVID-19
Se modificaron los requisitos sanitarios para los viajes estudiantiles en la provincia.

A partir de la Resolución N° 2/22 del Ministerio de Salud, se modificaron los requisitos sanitarios para los viajes estudiantiles en Río Negro. Entre otras cosas, se sumó el “Regreso Seguro” para casos positivos de COVID-19.
La nueva resolución modifica el protocolo sanitario establecido a partir del 1 de octubre, cuando San Carlos de Bariloche volvió a recibir al turismo estudiantil con una serie de requisitos dispuestos acorde al contexto sanitario por la pandemia.
¿Cómo es el nuevo protocolo?
Todos los pasajeros deberán contar con un test COVID-19 realizado con una antelación de al menos 48 horas previas a emprender el viaje. El resultado deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) en el sitio argentina.gob.ar/salud/epidemiologia.
El día de inicio del viaje, se deberá realizar por cuenta de cada empresa (a cargo del pasajero) un test de antígenos a todos los pasajeros, acompañantes y coordinadores en el lugar de origen, antes de la salida o en la ciudad antes de ingresar al alojamiento.
De detectarse casos positivos en el lugar de origen, no podrá abordar el transporte y deberá cumplir con aislamiento en domicilio (la empresa deberá garantizar su notificación en el SNVS). En el caso de testearlos en la ciudad deberán ser aislados en la misma.
Es obligatorio el uso de barbijos en todos los espacios públicos, espacios cerrados y medios de transporte.
Los pasajeros mayores de 18 años, acompañantes, coordinadores y la tripulación deberán contar con certificado de vacunación. Las agencias de viajes deberán verificar que todos los acompañantes y coordinadores cuenten con el esquema de vacunación completo o con al menos una dosis con un mínimo de 21 días antes del comienzo del viaje. Esa verificación puede realizarse a través de la certificación que cada pasajero posee en la aplicación «Mi Argentina».
En el caso de los menores de 18 años con condición de riesgo, las agencias de viajes deberán verificar que cuenten con el esquema de vacunación completo al menos 21 días antes del comienzo del viaje.
Todos los pasajeros, por intermedio de las empresas estudiantiles, tendrán que contar con cobertura/seguro COVID-19 que cubra todo lo relacionado a la enfermedad, aislamiento en hotel, comidas, medicamentos, cambio de pasajes, entre otras cosas. La empresa tendrá que presentar declaración jurada de cobertura.
Si alguno de los pasajeros comienza con síntomas compatibles, se realizará test diagnóstico, y en caso de ser positivo se indicará aislamiento del caso y los contactos estrechos. El aislamiento se deberá cumplir en su totalidad en la localidad (a cargo de la cobertura/seguro COVID-19) en espacios diferentes a los disponibles para los pasajeros.
¿Qué es el “Regreso Seguro”?
La empresa deberá realizar un test de antígeno a todos los pasajeros, dentro de las 72 horas de llegada, cuyo costo estará a cargo de los pasajeros. De resultar alguno de los pasajeros positivos, se podrá optar por dos alternativas.
La primera, es cumplir el aislamiento correspondiente (caso confirmado y sus contactos estrechos) en San Carlos de Bariloche, a cargo de la
cobertura/seguro COVID-19.
La segunda, es usar el servicio de “Regreso Seguro” que consiste en el traslado a su ciudad de origen mediante buses especiales afectados para tal fin. En este caso, únicamente podrán viajar pasajeros positivos y contactos estrechos.
Deberán completar una declaración jurada donde conste lugar de aislamiento en destino, medio por el cual se trasladará (deberá ser esperado en el lugar de llegada) y compromiso de no tomar transporte público para dirigirse al lugar de aislamiento, entre otros aspectos.
Durante el viaje, los pasajeros no podrán bajar del bus ni podrá subir nadie al mismo. Serán provistos por la empresa de viandas y bebidas para todo el viaje. Por su puesto, la cabina de los conductores deberá estar totalmente aislada de los pasajeros.
Estos viajes seguros a través de buses especiales podrán ser aplicados a pasajeros individuales que decidan cumplir su aislamiento en su lugar de residencia. Es decir, su utilización no es exclusiva para el segmento estudiantil, sino para cualquier tipo de turista que arribe a San Carlos de Bariloche y sea caso positivo o contacto estrecho.
Judiciales
«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena
La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.
Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.
Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.
Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.
Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.
La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes. De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».
A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.
Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.
El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.
En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.
La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.
En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.
Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.
La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.
Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.
Judiciales
Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años
El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.
Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.
En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.
Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.
La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.
Roca
Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso
La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.
En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.
La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.
Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.
Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.








