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Judiciales

Una mujer y sus hijos podrán vivir en la casa que el matrimonio no alcanzó a estrenar

Una pareja se divorció a poco de mudarse a su nueva vivienda y la Justicia determinó que la madre debe vivir allí hasta que su hija menor alcance la mayoría de edad.

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Un matrimonio que estaba a punto de estrenar su casa propia se divorció, luego de un largo historial de violencia familiar. La mujer con sus dos hijos quedó viviendo en la que había sido la histórica casa familiar, que en verdad pertenecía a la madre del hombre y que está en sucesión tras el fallecimiento de la señora. En tanto que él se mudó a la casa nueva, a pesar de los detalles de construcción que aún restaban finalizar. Un fallo de Familia que recientemente quedó firme, reconoció a la mujer el derecho a habitar la casa nueva al menos hasta que su hija menor alcance la mayoría de edad.

La incertidumbre por la inminente definición de la sucesión y el pedido de los hermanos del hombre para que desocupe la vivienda llevaron a la mujer a iniciar una demanda para poder mudarse a la casa nueva junto a sus hijos. Es que si bien la esa casa no alcanzó a ser la “vivienda familiar” que define el Código Civil y Comercial de la Nación, sí es un bien ganancial del matrimonio y, sobre todo, fue parte de un proyecto de vida muy avanzado que se truncó poco antes de concretarse por los episodios de violencia que protagonizó el hombre contra la mujer.

“La construcción de la vivienda constituyó un proyecto de la pareja y de la familia toda respecto de que esa casa conformara la sede del hogar familiar, proyecto que no se concretó debido a la separación de las partes y a situaciones de violencia familiar y de género denunciadas por la actora”, valoró la jueza de Familia de Roca Andrea Tormena al dictar su sentencia.

El fallo quedó firme luego de que, ante la Cámara de Apelaciones, se presentara un acuerdo para intercambiar las viviendas: el hombre deberá volver a la casa que pertenecía a su madre y la mujer podrá habitar la casa nueva hasta que su hija sea mayor de edad. Luego de eso, deberán hacer las división de bienes correspondiente al divorcio para definir el destino de la vivienda como bien ganancial.

En un abordaje con perspectiva de género, la jueza valoró la historia de la pareja plasmada en denuncias y expedientes judiciales anteriores que revelan “una relación por demás conflictiva y teñida de situaciones de violencia familiar”. También consideró que el hombre ha mostrado “total desinterés en la situación y necesidades de sus hijos”, puesto que no ha pagado la cuota alimentaria ni se ha presentado en el expediente donde se le reclaman los alimentos, en el que fue declarado “en rebeldía”.

La jueza también consideró “la angustia constante” que significa para la mujer y para sus hijos “un eventual desalojo de una casa que no les pertenece”, así como el derecho a “satisfacer sus expectativas de habitar en su nuevo hogar”, el cual construyó junto con su ex marido.

También se basó en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 26.061), por el interés superior de la hija menor de edad, quien fue escuchada durante el proceso.

Por último, valoró “los esfuerzos que debió efectuar la mujer para lograr garantizar un derecho humano básico como es la vivienda para sí y para sus hijos” y “la permanente negativa del demandado en las diferentes instancias en las que se intentó consensuar” y con esos fundamentos le impuso al hombre las costas del proceso.

Perspectiva de género

“Las mujeres siguen enfrentando dificultades especiales para acceder a la justicia, como tabúes, prejuicios, estereotipos y huecos legales, por lo que los/as jueces/as y magistrados/as estamos llamados a resolver los casos con perspectiva de género. Estos obstáculos representan en su conjunto un acto de discriminación que viola la Constitución Nacional y los diversos tratados internacionales”, sostuvo la jueza en su argumentación.

“Los/as jueces/as debemos impartir justicia sobre la base del reconocimiento de la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres como consecuencia de la construcción sociocultural que se ha desarrollado en torno de la posición y el rol que debieran asumir”, por lo que “abordar, intervenir y resolver con perspectiva de género implica no limitarse a la aplicación neutral y automática de las normas internas vigentes, sino que requiere de un proceso más profundo e intenso en el que se permita ver, leer, entender, explicar e interpretar la situación con otra visión, analizando la realidad sobre la base de la existencia de condiciones históricas de desigualdad entre hombres y mujeres”, afirmó.

“Aplicar lisa, llana y automáticamente el concepto estricto de ‘vivienda familiar’, sin analizar el contexto antes reseñado y la mirada con perspectiva de género, puede acarrear soluciones parcializadas e injustas”, concluyó.

Judiciales

Caso Dobra: Prorrogan la investigación y siguen las medidas contra los imputados

La causa fue declarada compleja y restan múltiples pericias clave.

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Esta mañana (05/05), tras la solicitud fiscal y la querella, sin oposición de las defensas de los ocho imputados por el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril del año pasado en General Roca, se prorrogó el plazo de investigación penal preparatoria. Además, se resolvió que todas las medidas cautelares continúen vigentes. De esta manera, se concretarán varias pericias que están en trámite en diversos organismos, cuyos resultados son necesarios para avanzar hacia el juicio.

«La investigación ha avanzado notoriamente desde que en noviembre pasado se reformularon los cargos, agravando la situación de muchos de los imputados. Fue en esa audiencia que se declaró este legajo como causa compleja, y es en ese marco que hoy solicitamos una prórroga -establecida en el Artículo 219 inciso 2-, teniendo presente los siguientes motivos», explicó la Fiscalía.

«Por un lado, ya sabemos que las muestras biológicas tomadas por el Gabinete de Criminalística en los lugares donde se desarrolló este hecho dieron positivo cuando se las comparó con el material de la víctima», detalló la Fiscalía. Asimismo, el representante fiscal mencionó que «resta por hacer un análisis reconstructivo de esas manchas hemáticas, que estará a cargo de la Unidad Operativa de Investigación de Cipolletti -perteneciente al Ministerio Público-, que buscará determinar cómo fueron producidas».

«Además, la Unidad Operativa de Investigación, con sede en Viedma, está concluyendo con el relevamiento de uno de los elementos secuestrados; sin embargo, ya adelantaron que los resultados son positivos al ADN de contacto respecto de la víctima. Esto, a la par, será analizado por el Laboratorio de Genética Forense de Bariloche, también de este Ministerio, para avanzar en otras conclusiones», dijo la Fiscalía.

La Fiscalía agregó que «nos han confirmado la fecha para realizar la pericia odorífera, que se suma al relevamiento pericial respecto de la apertura de celulares por parte de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL). No debemos olvidar que luego de abrir esos celulares se pasa a la etapa de análisis de contenido».

«Contamos con lo que está concretando el Departamento de Reconstrucción Virtual del Ministerio Público sobre el lugar del hallazgo de la víctima, del vehículo y de las patentes. Se trata de una reconstrucción en 360 grados que va de la mano de los otros estudios biológicos mencionados», explicó la Fiscalía.

Finalmente, el representante fiscal señaló que, contando con todas estas medidas de análisis, es necesario avanzar en un estudio interdisciplinario a lo que se sumará lo concretado por el Cuerpo de Investigación Forense. El equipo fiscal además precisó que «se agregan entrevistas que han ido agregando al legajo, incluso algunas fueron realizadas en el transcurso de esta semana junto a la querella».

Medidas cautelares

La Fiscalía y la querella solicitaron que se prorroguen las medidas cautelares tanto para los menores punibles como para los demás imputados.

«Sigue vigente el peligro de entorpecimiento a la investigación, en tanto podrían estar comprometidas las declaraciones testimoniales que se recepcionarán en el debate oral y público», dijo el Ministerio Público Fiscal.

Pese a la oposición de algunas de las defensas particulares, el juez de Garantías resolvió que las prisiones preventivas en establecimientos policiales, las presentaciones en comisaría con dispositivo electrónico, las detenciones en dispositivos de SENAF y las preventivas en modalidad domiciliaria con pulsera con dispositivo GPS, continúen vigentes hasta el 8 de noviembre de 2026.

De esta manera, todos los imputados continuarán cumpliendo las medidas como hasta este momento.

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Judiciales

Detuvieron en Madryn al acusado de matar a Sergio Coria en Roca

El hecho ocurrió el pasado 4 de abril y la víctima murió tras permanecer internada.

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El Ministerio Público Fiscal imputó este mediodía (05/05) a un hombre por el homicidio agravado de Sergio Emiliano Coria, ocurrido el pasado 4 de abril en General Roca. El acusado había sido detenido en Puerto Madryn y continuará en prisión preventiva.

Según la acusación, la víctima circulaba en su vehículo junto a su pareja, su hijo de un mes, su suegra y una sobrina de 4 años, cuando fue atacada. De acuerdo a la teoría fiscal, el imputado se movilizaba en una motocicleta y, con la intención de causarle la muerte, aprovechó que el vehículo se detuvo para efectuar disparos.

Como consecuencia de las heridas, Coria fue trasladado al Hospital Francisco López Lima, donde finalmente falleció.

La calificación legal provisoria es la de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional.

Entre las pruebas mencionadas se encuentran el acta policial de la Comisaría 21, informes médicos, intervención del 911, pericias del Gabinete de Criminalística, el informe de autopsia del Cuerpo de Investigación Forense, además de testimonios y datos recabados por el Cuerpo de Investigación Judicial y la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones.

La Fiscalía solicitó la prisión preventiva por riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación. La defensa se opuso tanto a la acusación como a la medida.

Finalmente, la jueza de Garantías dio por formulados los cargos y dispuso que el imputado permanezca detenido por cuatro meses.

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Judiciales

Lola Tours: Formularon cargos contra la dueña de una agencia de viajes de Roca por millonaria estafa

El perjuicio económico supera los 225.000 dólares y más de 116 millones de pesos.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una mujer en Roca por presuntas maniobras defraudatorias vinculadas a la venta de viajes al exterior a través de la agencia Lola Tours, que funcionaba en calle Mitre 930, en pleno centro de la ciudad.

Según la acusación, la imputada habría comercializado paquetes turísticos y pasajes a destinos nacionales e internacionales «sabiendo que no podría cumplir con las obligaciones asumidas ni devolver el dinero recibido», ya que no contaba con capacidad financiera suficiente. Además, se indicó que la firma no tenía habilitación comercial municipal.

La investigación abarca más de 53 denuncias por hechos ocurridos durante 2024 y 2025. El perjuicio económico total estimado asciende a 225.996 dólares y 116.856.052 pesos.

Durante la audiencia, el equipo fiscal presentó un extenso sustento probatorio que incluye denuncias de personas damnificadas y de la empresa Travel Services S.A., comprobantes de transferencias, pagos en efectivo, presupuestos sin membrete y recibos sin validez formal.

También se incorporaron informes de organismos oficiales que indican que la empresa no estaba inscripta formalmente, documentación de entes tributarios y bancarios, y una nota del Municipio que acredita la falta de habilitación comercial. A esto se sumó la intervención de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo, que dio de baja a la agencia en febrero de este año.

La calificación legal provisoria es la de «defraudación» en distintas modalidades, entre ellas abuso de confianza, uso no autorizado de datos de tarjetas de crédito y retención indebida.

La defensa penal pública no formuló objeciones formales, aunque aclaró que ello no implica aceptar los hechos ni la calificación.

Finalmente, la jueza de Garantías dispuso un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria y prorrogó las medidas cautelares vigentes.

La imputada deberá mantener domicilio, tiene prohibida la salida del país, continúa con inhibición de bienes, bloqueo de cuentas bancarias y presentaciones periódicas ante Fiscalía.

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