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Caso Videla: Piden 24 años de prisión para Colicheo

La sentencia se conocerá el próximo martes 5 de julio a las 12 horas.

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«Hoy tenemos una silla vacía en su trabajo, junto a su familia, sus amigos, en las clases de ajedrez. Durante 9 meses se realizó una búsqueda agónica ya que pese a los más de 40 rastrillajes y allanamientos, se desconocía donde estaba Javier. El dolo con el que actuó el imputado se encuentra en que pese a todos los esfuerzos y durante todo ese tiempo, no dijo ni una sola palabra, no dijo el paradero de Videla, y finalmente terminó reconociendo el homicidio», comenzó sus alegatos el fiscal jefe Andrés Nelli esta mañana (28/06).

Las partes acusadoras, en consonancia, solicitaron la pena de 24 años de prisión efectiva para Antonio Colicheo, quien el pasado 3 de mayo en el marco de un procedimiento abreviado por la responsabilidad penal, reconoció los hechos y ser el autor de los delitos de ‘homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, todo en concurso real con la portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal’, según los Artículos 79, 41 bis, 189 bis inc. 2do., 55, y ‘abuso de armas en concurso real con portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal’, según los Art. 104, 189 bis inc. 2, 55, todos del Código Penal.

«Todas las actitudes dolosas que se evidenciaron durante este proceso, y que también quedaron reforzadas por lo que acreditamos a través de los testigos, produjo un desgaste enorme», continuó el fiscal jefe Andrés Nelli, quien llevó adelante este juicio junto a la fiscal del caso Verónica Villarruel.

«Como escuchamos aquí, finalmente por azar se logró encontrar el cuerpo de Javier. Sólo cuando fue hallado su cuerpo, y se pudo acreditar su identidad a través de pruebas ADN y las evidencias criminológicas, es que recién ahí el imputado reconoció los hechos», describió la fiscalía.

«El hombre ocultó el cuerpo, no sólo lo mató, sino que produce un disparo, lo hiere, estando la víctima herida y siendo personas conocidas, le negó la atención médica. Además lo trasladó en ese auto desangrándose, condujo el vehículo en la ruta, carga el cuerpo y lo esconde entre las matas», enfatizó el representante fiscal.

La querella adhirió a lo expuesto por la Fiscalía, y al monto de pena solicitado oportunamente. Subrayó que el actual responsable penal «quiso lograr la impunidad, ocultar el cadáver de modo que no fuera hallado, utilizó el teléfono de la víctima para comunicarse con su pareja para que ella no dijera donde estaba».

«Nos consta en el legajo que este hombre está detenido en la ciudad de Viedma ya que manifestó tener temor de las venganzas de otros detenidos en la Unidad Penal 2. No fue por la paz social que causó este hecho, sino que buscaba asegurar su integridad», agregó la querella.

Por su parte, el defensor penal público que asiste al imputado dijo que «discrepo con la parte acusadora el monto de pena ya que parece ser más una retribución que buscar lograr el objetivo de la resocialización de mi asistido».

«No debemos olvidar que todos los casos deben ser tratados por igual, y vengo a pedirle al Tribunal que simplemente se aplique la ley, teniendo presente que las penas no son para generar un castigo o aplicar dolor. El enfoque que pido que tenga la sentencia es que sea jurídico», continuó el defensor público Juan Pablo Piombo.

«No podemos dejar de lado el suicidio de su pareja el día de su cumpleaños, cómo también que fue criado sin madre, y su historia de vida triste. Por todo ello es que solicitó la pena de 11 años de prisión y costas del proceso», concluyó el defensor.

El Tribunal dará a conocer la sentencia sobre este juicio el próximo martes 5 de julio a las 12.

Por otra parte, mañana a partir de las 9 en los Tribunales roquenses comienzan las audiencias de Control de Acusación en el caso donde fue víctima Claudia Alejandra Casmuz, contra quien hoy se solicitó la pena de 24 años por ser el autor de la muerte de Javier Videla.

El hecho reconocido por el imputado

Según el acuerdo del procedimiento abreviado parcial celebrado en mayo, los hechos sucedieron el 4 de marzo de 2021. El primero fue aproximadamente a la 1:20 de la madrugada, en calles Piedrabuena y Las Heras, «cuando el imputado arribó al lugar, a bordo de un vehículo Chevrolet Vectra, azul propiedad de la víctima fatal. Lo hacía portando sin la debida autorización legal un arma de fuego calibre 9 milímetros, así estacionó el vehículo en la puerta del inmueble y al ver que la pareja de Videla se encontraba mirando por la ventana, le tocó bocina para que saliera de la casa», mencionó el fiscal jefe interviniente.

«Una vez que estaba fuera del lugar, el victimario le pidió que se subiera al auto, y a la vez escuchó la voz de Videla desde el interior del vehículo que le grita: ‘No subas, corré'», continuó relatando el representante fiscal.

«Luego el imputado efectuó dos disparos con el arma de fuego que portaba, proyectiles que impactaron en la puerta de la casa, y se alejó del lugar en el Vectra», concluyó.

En relación al segundo hecho, que sucedió luego del otro, mientras que el victimario estaba con la víctima fatal dentro del auto mencionado, y «con la intención de darle muerte, efectuó disparos, y al menos uno impactó en la zona de la pared posterior del hemitorax izquierdo de Videla, provocándole su muerte», detalló el fiscal jefe.

«Luego se dirigió hacia el kilómetro 62 de la Ruta provincial Nº 6 y ocultó el cuerpo del fallecido, y de allí se fue hacia el puesto La Perseverancia, ubicado a 75 kilómetros al norte de la zona urbana de Roca, lugar donde fue detenido por personal policial», explicó la fiscalía.

En ese procedimiento se le encontró una riñonera de Videla con su documentación personal, un celular, y zapatillas, todo de la víctima fatal. Además estaba el arma Taurus PT 917C, calibre 9 mm, con número de serie suprimido, el automóvil marca Chevrolet Agile, propiedad de una hermana de Javier Videla, y dentro del mismo las llaves del Vectra.

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El miércoles comienza el juicio al periodista Emiliano Gatti

El ex conductor de Canal 10 está imputado por facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.

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Foto: Gentileza Juan José Thomes (Diario Río Negro).

El periodista acusado de facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, Emiliano Gatti, irá a juicio a partir del próximo miércoles (15/05) luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de la defensa para acceder a una «probation».

Ya el Tribunal de Impugnación había confirmado la decisión de dos jueces de Roca que denegaron la opción de una «probation». De esta manera se afianzó la proyección del juicio oral y público que la Oficina Judicial de Roca fijó para este mes, aunque la defensa del imputado volvió a interponer otro recurso ante el STJ, el cual también fue rechazado.

Cabe recordar que Gatti, de 53 años, fue detenido luego de un megaoperativo policial, que tuvo alrededor de 90 allanamientos en todo el país. Agentes de la Policía ingresaron al departamento del conductor en la madrugada del martes 15 de noviembre de 2022, ubicado en Islas Malvinas y Tres Arroyos de General Roca. Los oficiales rompieron la puerta y arrestaron a Gatti. También secuestraron computadoras y aparatos que contendrían imágenes de abuso sexual infantil, las cuales fueron peritadas y serán una prueba fundamental en el juicio.

El ex conductor de Canal 10, quien fue autorizado a no residir más en General Roca y fijar domicilio en Bahía Blanca, fue imputado por «facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menores de 13 años), en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menor de 13 años). Ambas en concurso real con tenencia con fines inequívocos de distribución, 50 hechos, en carácter de autor», según los artículos 45, 54, 55, 128 1er, 2do., 3ro y 5to párrafo del Código Penal.

En principio, el juicio oral está fijado para los días 15,16, 17 y 21 de mayo en Roca. Será ante un Tribunal colegiado -integrado por los jueces Luciano Garrido, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler- en función de la calificación legal y la pretensión punitiva que se admitieron en el control de acusación. La pena va desde los 4 años de prisión en adelante.

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Indicadores penales juveniles: 29 niños, niñas y adolescentes tuvieron un conflicto con la ley en 2023

Algunos de ellos estuvieron involucrados en más de un hecho.

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Más de 5.000 legajos recibieron las Oficinas Judiciales penales el último año, aunque un porcentaje mínimo corresponde a causas que involucran niños, niñas y adolescentes. Hubo un total de 38 causas iniciadas con 29 personas menores de edad: algunas estuvieron involucradas en más de un hecho.

De esas 29 personas hay 27 varones y 2 mujeres; 11 tenían 16 años al momento del hecho y 18 contaban con 17 años. En cuanto a los delitos imputados, hubo 5 causas por delitos contra las personas, 34 causas por delitos contra la propiedad y 4 por delitos contra la integridad sexual.

Unos 19 niños, niñas y adolescentes participaron del delito con adultos, 11 tuvieron reiteración en la conducta delictiva y 18 habían sido objeto de una intervención por parte de otros organismos del Estado.

De las 38 causas iniciadas en 2023, 9 se registraron en la Primera Circunscripción cuya cabecera es Viedma; 4 en la Segunda Circunscripción con sede en Roca, 20 en la Tercera Circunscripción de Bariloche y 5 en la Cuarta Circunscripción de Cipolletti. Como resultados de esos procesos penales hubo una absolución y 5 sobreseimientos, 5 medidas alternativas y 39 sentencias dictadas en 2023 a personas mayores por hechos delictivos cometidos cuando tenían entre 14 y 17 años.

Los datos surgen del Informe Estadístico Anual que elabora el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

En 2020 el Poder Judicial de Río Negro por resolución Nº 631/2020 resolvió conformar un equipo de trabajo que funciona en el ámbito de la Escuela de Capacitación Judicial con la coordinación de una jueza del Tribunal de Impugnación y la participación del Centro de Planificación Estratégica y la Dirección General de Oficinas Judiciales. El objetivo es recabar información sobre el funcionamiento de la Justicia Penal Juvenil a nivel provincial.

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Conducía un auto sin transferir y provocó un choque en cadena

El siniestro ocurrió en Ruta 22 y Mendoza. La indemnización total, calculados los intereses, superará los 3 millones de pesos.

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A raíz de un choque en cadena, dos personas y una aseguradora fueron condenadas a indemnizar al conductor que quedó en medio de la colisión. La sentencia del Juzgado Civil N° 5 de Roca fue contra el dueño del auto que chocó la fila desde atrás -quien ya no tenía el coche pero nunca hizo la transferencia ni la denuncia de venta-, contra la mujer que lo conducía al momento del siniestro y contra la aseguradora contratada por la señora.

El damnificado fue un restaurador de muebles que usaba su camioneta Strada para trasladar su mercadería. El hombre circulaba por la Ruta Nacional N° 22. Ingresaba a Roca desde el este y se detuvo en el semáforo de calle Mendoza, atrás de una camioneta Amarok. Detrás de la Strada venía la demandada en una VW Surán. Como no frenó a tiempo, impactó contra el vehículo del restaurador y éste, a su vez, chocó contra la Amarok. Los daños en la parte trasera y delantera de la Strada la dejaron inutilizable por cuatro meses.

El afectado reclamó el arreglo a la aseguradora de la mujer, pero la empresa negó la cobertura. Se basó en la declaración de su clienta, quien dio una explicación totalmente distinta sobre el accidente. Dijo que el conductor de la Strada frenó de golpe, que ella logró esquivarlo porque se desvió levemente hacia la izquierda y que el restaurador, después de chocar contra la Amarok, hizo marcha atrás y le chocó la Surán con el paragolpes trasero. En el juicio civil la mujer y la aseguradora mantuvieron esa hipótesis.

En paralelo, se hicieron gestiones para dar con el titular de la Surán, quien no pudo ser ubicado ni con cédulas de notificación ni por edictos. El hombre fue defendido «en ausencia» por la Defensa Pública y fue igualmente alcanzado por la sentencia. «Debe responder en calidad de dueño del rodado, lo que surge del informe de dominio (instrumento publico) que adjunta la actora, que da cuenta de su titularidad registral a la fecha del hecho y de la ausencia de denuncia de venta», explicó el juez.

La clave para resolver el caso fue una pericia mecánica que confirmó la versión del dueño de la Strada. El juez explicó que el titular registral debe responder como «dueño» y la conductora debe responder por ser la «guardiana» del vehículo: era quien conducía al momento del hecho y quien contrató el seguro de responsabilidad civil a su nombre.

Según la «teoría del riesgo creado» que define el Código Civil y Comercial de la Nación, «el dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado» por su vehículo. Esa responsabilidad es objetiva, por lo que no importa si actuaron con culpa o negligencia al momento de producirse el daño. El único camino que tienen los dueños y guardianes para evitar su responsabilidad objetiva es demostrar que la cosa (en este caso el auto) fue usado en contra de su voluntad o que la causa del accidente fue totalmente ajena a ellos. Ninguna de esas opciones se demostró en este caso.

La indemnización total, calculados los intereses, superará los 3 millones de pesos. Según la sentencia, las dos personas y la aseguradora deberán responder por el valor de la reparación de la Strada, más el dinero que el restaurador dejó de ganar en su trabajo mientras la camioneta estuvo parada (lucro cesante), más la pérdida de valor de mercado del vehículo, más el dinero que debió destinar a transportes alternativos durante los meses que demandó el arreglo.

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