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Caso Videla: Piden 24 años de prisión para Colicheo

La sentencia se conocerá el próximo martes 5 de julio a las 12 horas.

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«Hoy tenemos una silla vacía en su trabajo, junto a su familia, sus amigos, en las clases de ajedrez. Durante 9 meses se realizó una búsqueda agónica ya que pese a los más de 40 rastrillajes y allanamientos, se desconocía donde estaba Javier. El dolo con el que actuó el imputado se encuentra en que pese a todos los esfuerzos y durante todo ese tiempo, no dijo ni una sola palabra, no dijo el paradero de Videla, y finalmente terminó reconociendo el homicidio», comenzó sus alegatos el fiscal jefe Andrés Nelli esta mañana (28/06).

Las partes acusadoras, en consonancia, solicitaron la pena de 24 años de prisión efectiva para Antonio Colicheo, quien el pasado 3 de mayo en el marco de un procedimiento abreviado por la responsabilidad penal, reconoció los hechos y ser el autor de los delitos de ‘homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, todo en concurso real con la portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal’, según los Artículos 79, 41 bis, 189 bis inc. 2do., 55, y ‘abuso de armas en concurso real con portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal’, según los Art. 104, 189 bis inc. 2, 55, todos del Código Penal.

«Todas las actitudes dolosas que se evidenciaron durante este proceso, y que también quedaron reforzadas por lo que acreditamos a través de los testigos, produjo un desgaste enorme», continuó el fiscal jefe Andrés Nelli, quien llevó adelante este juicio junto a la fiscal del caso Verónica Villarruel.

«Como escuchamos aquí, finalmente por azar se logró encontrar el cuerpo de Javier. Sólo cuando fue hallado su cuerpo, y se pudo acreditar su identidad a través de pruebas ADN y las evidencias criminológicas, es que recién ahí el imputado reconoció los hechos», describió la fiscalía.

«El hombre ocultó el cuerpo, no sólo lo mató, sino que produce un disparo, lo hiere, estando la víctima herida y siendo personas conocidas, le negó la atención médica. Además lo trasladó en ese auto desangrándose, condujo el vehículo en la ruta, carga el cuerpo y lo esconde entre las matas», enfatizó el representante fiscal.

La querella adhirió a lo expuesto por la Fiscalía, y al monto de pena solicitado oportunamente. Subrayó que el actual responsable penal «quiso lograr la impunidad, ocultar el cadáver de modo que no fuera hallado, utilizó el teléfono de la víctima para comunicarse con su pareja para que ella no dijera donde estaba».

«Nos consta en el legajo que este hombre está detenido en la ciudad de Viedma ya que manifestó tener temor de las venganzas de otros detenidos en la Unidad Penal 2. No fue por la paz social que causó este hecho, sino que buscaba asegurar su integridad», agregó la querella.

Por su parte, el defensor penal público que asiste al imputado dijo que «discrepo con la parte acusadora el monto de pena ya que parece ser más una retribución que buscar lograr el objetivo de la resocialización de mi asistido».

«No debemos olvidar que todos los casos deben ser tratados por igual, y vengo a pedirle al Tribunal que simplemente se aplique la ley, teniendo presente que las penas no son para generar un castigo o aplicar dolor. El enfoque que pido que tenga la sentencia es que sea jurídico», continuó el defensor público Juan Pablo Piombo.

«No podemos dejar de lado el suicidio de su pareja el día de su cumpleaños, cómo también que fue criado sin madre, y su historia de vida triste. Por todo ello es que solicitó la pena de 11 años de prisión y costas del proceso», concluyó el defensor.

El Tribunal dará a conocer la sentencia sobre este juicio el próximo martes 5 de julio a las 12.

Por otra parte, mañana a partir de las 9 en los Tribunales roquenses comienzan las audiencias de Control de Acusación en el caso donde fue víctima Claudia Alejandra Casmuz, contra quien hoy se solicitó la pena de 24 años por ser el autor de la muerte de Javier Videla.

El hecho reconocido por el imputado

Según el acuerdo del procedimiento abreviado parcial celebrado en mayo, los hechos sucedieron el 4 de marzo de 2021. El primero fue aproximadamente a la 1:20 de la madrugada, en calles Piedrabuena y Las Heras, «cuando el imputado arribó al lugar, a bordo de un vehículo Chevrolet Vectra, azul propiedad de la víctima fatal. Lo hacía portando sin la debida autorización legal un arma de fuego calibre 9 milímetros, así estacionó el vehículo en la puerta del inmueble y al ver que la pareja de Videla se encontraba mirando por la ventana, le tocó bocina para que saliera de la casa», mencionó el fiscal jefe interviniente.

«Una vez que estaba fuera del lugar, el victimario le pidió que se subiera al auto, y a la vez escuchó la voz de Videla desde el interior del vehículo que le grita: ‘No subas, corré'», continuó relatando el representante fiscal.

«Luego el imputado efectuó dos disparos con el arma de fuego que portaba, proyectiles que impactaron en la puerta de la casa, y se alejó del lugar en el Vectra», concluyó.

En relación al segundo hecho, que sucedió luego del otro, mientras que el victimario estaba con la víctima fatal dentro del auto mencionado, y «con la intención de darle muerte, efectuó disparos, y al menos uno impactó en la zona de la pared posterior del hemitorax izquierdo de Videla, provocándole su muerte», detalló el fiscal jefe.

«Luego se dirigió hacia el kilómetro 62 de la Ruta provincial Nº 6 y ocultó el cuerpo del fallecido, y de allí se fue hacia el puesto La Perseverancia, ubicado a 75 kilómetros al norte de la zona urbana de Roca, lugar donde fue detenido por personal policial», explicó la fiscalía.

En ese procedimiento se le encontró una riñonera de Videla con su documentación personal, un celular, y zapatillas, todo de la víctima fatal. Además estaba el arma Taurus PT 917C, calibre 9 mm, con número de serie suprimido, el automóvil marca Chevrolet Agile, propiedad de una hermana de Javier Videla, y dentro del mismo las llaves del Vectra.

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Buscan intensamente a una mujer desaparecida en Roca

La mujer de 39 años fue vista por última vez el lunes a la mañana.

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La Policía de Río Negro, a través de la Comisaría 31° de General Roca, emitió un comunicado oficial solicitando la colaboración urgente de la comunidad para dar con el paradero de Claudia Yanet Vidal, de 39 años. La mujer fue vista por última vez este lunes (13/04), aproximadamente a las 9.00 horas, y desde entonces se desconoce su ubicación actual, lo que ha generado una gran preocupación entre sus allegados.

Según los datos filiatorios aportados por la fuerza, Claudia es de tez trigueña, posee una contextura física robusta y mide 1,60 metros de estatura. Su cabello es castaño y le llega hasta la altura de los hombros.

Como señas particulares, se destacó que posee un tatuaje en su antebrazo izquierdo con la imagen de una virgen y tiene acento colombiano. Al momento de ser vista por última vez, vestía un pantalón de jean, una camisa color bordó y botas negras.

Además, se informó que la mujer portaba una mochila roja que contenía una botella de detergente y una escobilla.

Un dato relevante para la investigación es que no posee teléfono celular, aunque sí llevaba consigo su DNI personal, el de sus hijos menores y una tarjeta de colectivo.

Ante cualquier información, se solicita a los vecinos comunicarse de manera inmediata con la Comisaría 31°, la unidad policial más cercana o llamar a la línea de emergencias 911.

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Falsificación y fraude: La increíble historia de la mujer que engañó al sistema de salud roquense

La Justicia de General Roca dictó medidas cautelares contra la mujer que habría utilizado un título apócrifo de la Universidad de Los Andes. Deberá usar tobillera electrónica por seis meses.

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La Justicia de General Roca investiga un caso que ha generado una profunda alarma en el sistema sanitario regional. La Fiscalía solicitó la imposición de estrictas medidas cautelares para resguardar la investigación iniciada tras una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro contra una mujer que ejerció la medicina de manera ilegal. Según el equipo fiscal, los hechos se habrían extendido desde el año 2020 hasta el pasado 3 de marzo, momento en que se le retiró la matrícula y fue desvinculada de una clínica privada de la ciudad.

De acuerdo a la descripción de la fiscal del caso, la mujer habría iniciado trámites de convalidación de un título de «médica cirujana» presuntamente expedido por la Universidad de Los Andes de Venezuela, el cual sería apócrifo. Con esa documentación, logró insertarse en el mercado laboral local, desempeñándose nada menos que en el área de terapia intensiva de la Clínica Roca, en los consultorios de CIROM como médica clínica, en el Hospital de General Roca y presuntamente también en el Sanatorio Juan XXIII.

En virtud de la gravedad del engaño, la Fiscalía le atribuyó provisoriamente cinco delitos: ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación de documento público, uso de documento público falso y defraudación agravada contra la administración pública.

En los allanamientos realizados en su domicilio y el de un familiar, se secuestraron sellos, títulos, recetarios, medicación y dispositivos electrónicos que ahora están siendo sometidos a pericias.

Al momento de solicitar las cautelares, la Fiscalía invocó un claro riesgo procesal de fuga. Se argumentó que, tras seis años de ejercicio ilegal, la mujer ostenta una solvencia económica considerable. Entre los bienes detectados y requisados figura una camioneta Fiat Toro automática y una vivienda propia.

Además, el hallazgo de pasaportes de la imputada y su grupo familiar reforzó la necesidad de asegurar su permanencia en la ciudad mediante el uso de una tobillera de control satelital por un plazo de seis meses.

Finalmente, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a la mayoría de las peticiones del Ministerio Público Fiscal. Además del dispositivo electrónico, se dispuso la prohibición de salida del país y la inhibición general de bienes, afectando tanto al inmueble como al vehículo. «Usted debe cumplir con todas estas medidas para no perder su libertad», sentenció la magistrada, subrayando que, aunque rige la presunción de inocencia, el Código Procesal habilita estas restricciones ante el avance de una investigación de tal magnitud.

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Comerciante le inició un juicio penal a una mujer por una reseña en Google 

Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo y la Justicia dispuso el sobreseimiento de la imputada.

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Una mujer protagonizó un incidente vial y, en ese contexto, publicó un escrache en Google contra un comerciante de Cipolletti para presionar por una resolución. La reseña apareció en la ficha comercial del negocio y dio origen a una causa penal por presuntas calumnias e injurias.

Según el damnificado, ambas partes participaron en un incidente vial cuyas consecuencias se encontraban bajo tratamiento de las aseguradoras. El comerciante sostuvo que no existió relación comercial con la mujer y que ese episodio fue el único vínculo previo.

De acuerdo con la presentación, la mujer realizó un reclamo directo por fuera de los canales formales y advirtió que podía exponerlo públicamente si no accedía a sus exigencias. Tras la negativa, se concretó la publicación.

El escrache se difundió en la plataforma Google, dentro de la ficha comercial del establecimiento. El contenido incluyó expresiones como: «Pésimo, unos estafadores sinvergüenzas. No lo recomiendo! No consuman! Son la peor lacra, no se hacen cargo de lo que les corresponde y encima estafan gente!».

El comerciante afirmó que esas frases resultaron falsas, que la autora de la reseña no fue clienta y que la publicación afectó su honor, su reputación y su actividad comercial. En particular, señaló que una de las expresiones implicó la atribución de un delito.

A partir de ese hecho, impulsó una querella penal. El proceso incluyó audiencias orientadas a lograr un acuerdo entre las partes, aunque en una primera etapa no se alcanzó un entendimiento.

Con posterioridad, retomaron el diálogo y presentaron un acuerdo conjunto ante la Oficina Judicial. El documento incluyó la retractación de la publicación en Google y una disculpa en términos conciliatorios. También se dejó constancia de que no existió relación comercial entre las partes.

Además, el comerciante renunció a continuar con la acción penal y desistió de los planteos realizados. El acuerdo estableció que no habría nuevos reclamos vinculados con los hechos.

El juez interviniente consideró que se trató de delitos de acción privada, en los que la continuidad del proceso depende de la voluntad de quien impulsa la acción. También valoró la retractación prevista en la normativa penal. Con esos elementos, dispuso el sobreseimiento de la mujer imputada y dio por finalizado el proceso conforme a las normas aplicables.

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