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Baliza y guiñe no son iguales: millonaria indemnización por una mala comunicación en el tránsito

Motociclista será indemnizado con más de 12 millones de pesos.

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En plena pandemia, un motociclista de Viedma sufrió graves heridas por la maniobra mal señalizada de un automovilista en el barrio Santa Clara. Por las secuelas incapacitantes deberá ser indemnizado con más de 12 millones de pesos.

El siniestro vial ocurrió cuando transitaba en su moto por la calle Schieroni, de noche. Iba detrás de un auto- a unos 15 metros de distancia- cuando cerca de la intersección con la calle Chimpay éste frenó, colocó el guiñe y ‘se abrió’ hacia la izquierda, es decir, hacia el carril contrario. El motocilista interpretó que iba a estacionar, por lo que decidió continuar por su carril. Sin embargo, en ese momento el automovilista efectuó una maniobra brusca hacia la derecha: se atravesó en la calle para ingresar a un garaje, sin advertir la presencia de la moto. El motociclista salió despedido, voló por encima del capot del auto e impactó en la calle.

Como consecuencia de las lesiones debió ser trasladado de urgencia al Hospital Zatti. Se le efectuó un seguimiento para ver su evolución, necesitó tratamiento kinesiológico y le hicieron estudios de rodilla y hombro.

En sede judicial primero se tramitó una causa penal y luego se inició un juicio civil contra el automovilista y su aseguradora.

¿Qué dijeron las pericias?

El informe pericial accidentológico explicó que fue el factor humano el que aportó la causa eficiente para el accidente: “el conductor del auto circulando a velocidad precautoria ha comunicado mal su intención de ingresar al garaje, ya que utilizó la luz de giro en lugar de las luces intermitentes. Por su parte el conductor de la moto, circulando por detrás a una velocidad levemente mayor que la del auto, inducido por la mala información que recibe del conductor del auto, ha iniciado el sobrepaso. Lo hace antes que el auto finalice la maniobra y como los movimientos de los rodados son simultáneos, se produjo el choque en la intersección de ambas trayectorias”.

Un perito médico refirió que el motociclista quedó con secuelas en su mulso derecho. También problemas en la rodilla, por lo que no puede ponerse de cuclillas ni en puntas de pié. Además presenta cicatrices y su diagnóstico médico indica que tuvo un politraumatismo en hombro y rodilla izquierdos con heridas cortantes.

La pericia psicológica explicó que el conductor de la moto “ha visto modificada su vida de forma negativa con el accidente, y que ello ha impactado en su personalidad, toda vez que ha visto reducida la posibilidad de realizar proyectos personales, familiares y laborales, además de haber afectado el disfrute de su vida como adulto”. Aseguró que el motociclista presenta un “Trastorno de estrés postraumático de tipo severo, vinculado al accidente del que resultara víctima”.

Conclusiones

En la sentencia el juez civil explicó: “al momento de producirse el impacto, y tal como lo ha referenciado el perito accidentólogo en su informe con validez probatoria, el demandado ha intentado realizar un ingreso a su vivienda pero ha fallado al comunicar al actor dicha maniobra”.

De esta manera, teniendo en cuenta las pericias y la juventud de la víctima, el juez civil condenó al dueño del auto y su aseguradora, Horizonte S.A., a pagarle al motociclista por incapacidad sobreviniente una suma cerca a los 10 millones de pesos; por gastos médicos y de farmacia casi 95.000 pesos y por daño moral una suma cercana a 1,8 millones de pesos, más los intereses acumulados. También ordenó diferir para la etapa de ejecución de la sentencia la cuantificación del rubro tratamiento kinesiológico, daño psicológico y daños a la motocicleta.

Judiciales

Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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Judiciales

Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca

La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

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El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.

La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.

Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.

El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.

Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.

El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.

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Imputaron a una profesora de natación y un guardavidas por el fallecimiento del niño de 11 años en la pileta municipal de Roca

Según la acusación, ambos imputados habrían omitido el deber de cuidado al no advertir a tiempo lo que le ocurría a la víctima.

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El Ministerio Público Fiscal imputó a una profesora de natación y a un guardavidas por el delito de homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de un niño de 11 años ocurrida el 22 de diciembre de 2023 durante una clase en la pileta municipal de General Roca, ubicada en la zona norte de la ciudad.

Según la acusación fiscal, ambos imputados estaban a cargo de un grupo de seis menores cuando, alrededor de las 11.40, se le indicó al grupo un ejercicio en el agua. El niño no salió a la superficie como los demás y la situación fue advertida minutos después, cuando lo sacaron del agua e iniciaron maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.

La Fiscalía sostuvo que ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría con el menor. El tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó un episodio de ahogamiento por sumersión que derivó en su fallecimiento por asfixia. La calificación legal aplicada es la de homicidio culposo, conforme a los artículos 45 y 84 del Código Penal.

El defensor penal público que asiste a ambos imputados señaló que, a criterio de la defensa, no existen elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y reclamó la realización de un estudio histopatológico antes de arribar a conclusiones definitivas sobre la causa de la muerte.

La jueza de Garantías interviniente, ante la presencia de los padres del niño y su querellante -quien adhirió al pedido fiscal-, explicó que la investigación deberá determinar si la muerte fue producto de negligencia o imprudencia de quienes tenían a su cargo al menor, o si fue consecuencia de una patología previa que no hubiera podido evitarse aun con la debida diligencia. Tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación penal preparatoria.

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