Roca
Ya está definido el jurado popular para juzgar a Colicheo por el femicidio de Casmuz
El juicio oral y público comenzará este martes a las 8.30.

En una audiencia desarrollada este lunes (12/09) en Roca fueron seleccionadas las 12 personas que integrarán el jurado popular en el juicio oral y público que comienza mañana. También fueron designadas cuatro personas que serán suplentes.
El imputado Gregorio Antonio Colicheo llega a esta instancia acusado como presunto autor del delito de “homicidio doblemente agravado por haber actuado con alevosía y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer en el marco de violencia de género y mediante el empleo de arma de fuego”, del que resultó víctima Claudia Alejandra Casmuz, y “robo simple en calidad de autor, en concurso real con tenencia de arma de fuego de guerra”. El cuerpo de la víctima fue encontrado el 4 de marzo de 2021 en el campo La Perseverancia, en cercanías de Casa de Piedra.
La primera audiencia de selección de jurados comenzó hoy a las 8 bajo la dirección del juez técnico Emilio Stadler. Un total de 27 varones fueron entrevistados por la fiscalía, la parte querellante y la defensa para detectar cualquier circunstancia que pueda afectar su imparcialidad para intervenir y decidir en el juicio. De esas respuestas surgieron las recusaciones con causa y sin causa planteadas por cada parte y así fueron seleccionados los ocho varones que integrarán el jurado, seis de ellos en carácter de titulares y dos como suplentes.
El mismo procedimiento se realizó a partir de las 11 con un total de 31 mujeres, de las cuales fueron seleccionadas seis titulares y dos suplentes para integrar el jurado popular.
Las 58 personas que participaron hoy de la audiencia de selección habían sido sorteadas el pasado 8 de agosto. Se trata de personas domiciliadas en distintas localidades de la Segunda Circunscripción Judicial, que comprende desde Allen hasta Río Colorado, y al Sur hasta Maquinchao.
El proceso de selección
A través de preguntas generales y particulares que las partes fueron formulando a los y las potenciales jurados, se materializó el proceso legal de filtros, excusaciones y recusaciones que prevé el Código Procesal Penal para garantizar la conformación de un jurado que sea imparcial y esté libre de prejuicios o condicionamientos personales que le impidan analizar las pruebas con neutralidad.
La ley exige que el jurado popular sea equilibrado entre hombres y mujeres y que tenga personas jóvenes, adultas y mayores de diversos entornos socioculturales.
En la audiencia de hoy fueron recusadas con causa las personas cuya imparcialidad se consideró afectada por su amistad, cercanía familiar o conocimiento previo con alguna de las partes, por su expresa objeción religiosa, por expresiones públicas realizadas antes de la audiencia o por haber sufrido en su familia hechos similares a los que se juzgarán, entre otras múltiples razones.
El juicio
El juicio oral y público comenzará este martes (13/09) a las 8.30. Iniciará con los alegatos de apertura del equipo fiscal integrado por Andrés José Nelli y Verónica Villarruel; el alegato inicial de los abogados querellantes Marcelo Hertriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena, representantes de la madre de la víctima fatal, y el alegato de apertura de la defensa pública, a cargo de Juan Pablo Piombo y María Laura Domínguez.
Ese mismo día el jurado recibirá las instrucciones iniciales por parte del juez profesional y comenzarán las declaraciones de testigos y peritos.
Desde el miércoles 14 hasta el lunes 19 se realizarás las audiencias de producción de prueba, con las declaraciones testimoniales, informes periciales y exhibición de evidencias materiales.
Para el martes 20 está prevista la audiencia de alegatos de clausura, donde cada una de las partes expondrá sus conclusiones y su petición final al jurado. Luego el juez técnico brindará las instrucciones finales y el jurado popular pasará a deliberar en sesión secreta hasta alcanzar su veredicto.
Roca
Nuevo golpe al bolsillo: Subieron los combustibles en Roca
La nafta súper ya acumula más del 30% de aumento en lo que va del año.

Las estaciones de servicio de todo el país volvieron a remarcar los precios de los combustibles desde las primeras horas de este martes (12/05), y, aunque las diferencias entre las petroleras son mínimas, Axion volvió a posicionarse como la empresa con los combustibles más caros en General Roca.
El incremento se produjo pese al intento de YPF de sostener los valores ante la suba internacional del petróleo, aunque finalmente las pizarras reflejaron nuevos aumentos en todas las expendedoras.
De esta manera, la nafta Súper ya acumula más del 30% de aumento en lo que va del año y un 23% desde la escalada bélica entre Estados Unidos, Israel e Irán.
Actualmente, los precios en la ciudad presentan leves diferencias entre las petroleras. En Axion, la nafta Súper pasó a costar $1859, Quantium $2189, el gasoil común $2339 y diésel Quantium $2593.
En Shell, la Súper quedó en $1850, V-Power en $2189, diésel Evolux en $2242 y diésel V-Power en $2599.
Por su parte, YPF actualizó la Súper a $1804 e Infinia a $2053; mientras que el diésel 500 llegó a $2178 y diésel Infinia a $2455.
En tanto, Puma mantiene los valores más bajos: Súper a $1758, Max Premium a $2048, diésel a $2178 e Ion Diesel a $2458.
Policiales
Operativo cerrojo en Roca: La Policía recuperó un celular robado y hay dos detenidos
El hecho ocurrió en inmediaciones de calles Chile y Misiones. Los sospechosos fueron interceptados en Rodhe y San Juan.

Personal de la Comisaría 3° de General Roca detuvo este lunes (11/05) por la mañana a dos hombres acusados de sustraerle un teléfono celular a un adolescente de 15 años.
El hecho ocurrió en inmediaciones de calles Chile y Misiones. Tras el alerta brindado por la víctima, efectivos policiales desplegaron un operativo cerrojo que permitió localizar rápidamente a los sospechosos.
Los individuos fueron interceptados en la zona de calle Rodhe y Avenida San Juan. Durante la identificación, los uniformados encontraron entre sus pertenencias un teléfono celular Moto G22 de color azul, coincidente con el denunciado como robado.
La Fiscalía de turno dispuso que ambos permanezcan detenidos y ordenó además el secuestro de otros teléfonos celulares hallados en poder de los involucrados.
Judiciales
Fallo negó una restitución inmediata y puso el foco en el interés superior del niño
La madre denunció que el padre incumplió una sentencia vigente y retuvo al menor en el Alto Valle. Un Juzgado resolvió mantener provisoriamente la actual residencia del adolescente.

El desacuerdo por el lugar de residencia de un adolescente de 13 años derivó en un planteo urgente ante el Poder Judicial de Río Negro: la madre solicitó que se ordenara su regreso inmediato a El Bolsón tras no haber regresado de una estadía con su padre en el Alto Valle. Manifestó que rige una sentencia vigente que fijaba allí su centro de vida. El Juzgado Multifueros rechazó el pedido y dispuso que, de manera provisoria, el adolescente continúe viviendo con el progenitor hasta que se resuelva el proceso principal.
El planteo se encuadró en una medida autosatisfactiva, una vía prevista para situaciones que requieren una respuesta rápida. La mujer sostuvo que el padre incumplió el régimen de cuidado personal al no restituir al menor en la fecha acordada y que esa conducta implicaba una retención ilegítima. También señaló que existía una resolución reciente que había rechazado un intento del progenitor de modificar el lugar de residencia.
Del otro lado, el padre no negó el incumplimiento del regreso. Planteó que la situación debía analizarse a partir de un hecho posterior: la decisión del adolescente de permanecer en con él. Según expuso, esa voluntad no fue circunstancial sino sostenida en el tiempo, y agregó que el joven había comenzado un tratamiento psicológico vinculado a su estado emocional.
El expediente avanzó con la intervención de la Defensoría de Menores y la realización de una audiencia en la que se escuchó al adolescente. El dictamen del organismo fue claro: propició la restitución inmediata, al considerar que no había elementos suficientes para justificar la permanencia fuera del centro de vida ya fijado y advirtió sobre el riesgo de trasladar a la persona menor de edad la carga de elegir entre sus padres.
El Juzgado tomó en cuenta ese criterio, pero se apartó de esa conclusión al momento de resolver. Si bien reconoció que la conducta del progenitor se presentaba como contraria al régimen vigente, evaluó el cuadro completo del caso, con especial atención a la situación actual y a los efectos concretos de una restitución forzada.
En ese análisis, la opinión del adolescente ocupó un lugar relevante. El fallo valoró su edad, su grado de madurez y la consistencia de lo expresado a lo largo del tiempo. También consideró el contexto familiar descripto en la audiencia y la ausencia de indicios que permitieran inferir una influencia indebida en su postura.
A partir de esos elementos, la jueza concluyó que ordenar el reintegro inmediato implicaría una medida de ejecución compulsiva que podría afectar su estabilidad emocional y profundizar el conflicto familiar. Bajo ese criterio, rechazó la restitución solicitada.
La decisión no resuelve el fondo de la disputa. El proceso principal sobre el cuidado personal continúa en trámite y será allí donde se determine de manera definitiva el lugar de residencia. Mientras tanto, el Juzgado dispuso que el adolescente permanezca con su padre de forma provisoria y ordenó mantener el vínculo con la madre bajo un esquema de comunicación equivalente al que antes tenía el progenitor.
Además, se dispuso la intervención de un equipo técnico para evaluar la dinámica familiar, las condiciones de convivencia y la evolución del vínculo con ambos padres, con el objetivo de aportar elementos al expediente principal.








