Judiciales
Condenaron a 1 año y 8 meses de prisión a Báez por instigar a los violentos hechos en el diario Río Negro
El episodio ocurrió el 23 de marzo del año pasado.

La Fiscalía, la parte querellante y la defensa llegaron a un acuerdo de juicio abreviado por la participación del dirigente Miguel Ángel Báez en los hechos de violencia que tuvieron lugar dentro de las instalaciones del diario Río Negro, en Roca. El juez de juicio declaró admisible el acuerdo y condenó al imputado a la pena de un año y ocho meses de prisión efectiva, como autor – instigador del delito de turbación de la posesión.
En la resolución el juez Alejandro Pellizzón afirmó que “la calificación legal atribuida a los hechos resulta adecuada” y que “la pena propuesta por la Fiscalía, con adhesión de la Querella (está) dentro de los parámetros legales establecidos para el delito por el cual se acusa, habiendo sido aceptada tanto por el imputado como por su Defensor”.
La sentencia incluye como pauta de conducta que “durante el término que dure la condena, el inculpado tiene prohibido hacer referencia al diario Río Negro por ningún medio ni red social, por sí o interpósita persona, como así tampoco tomar contacto, por sí o interpósita persona, con personas que trabajen en dicho diario”.
La sentencia quedó firme de manera inmediata porque todas las partes renunciaron a la posibilidad de presentar recursos.
El acuerdo
Según surge de la sentencia, pasado el mediodía del 23 de marzo de 2021 “Miguel Ángel Báez, en su calidad de dirigente de la agrupación ODEL, arbitró los medios logísticos (redes sociales, Whatsapp, Telegram, llamadas telefónicas, mensajes de texto) para agrupar a personas de distintas localidades y así conseguir apoyo frente a la formulación de cargos” que ese mismo día se le realizaría en la Ciudad Judicial de Roca y para “luego acudir a la sede del diario Río Negro, y realizar la turbación de la posesión de las oficinas”.
Se estableció que “con su accionar”, Báez logró “que un grupo de manifestantes de aproximadamente 40 personas, pertenecientes a ODEL (Organización de Desocupados en Lucha, la cual lidera el encartado), vistiendo pecheras de la CTA (…) irrumpieran de manera violenta en el lugar, provocando desmanes y disturbios”.
Dice el fallo que en ese contexto ocasionaron “daños en distintos sitios, realizando pintadas con aerosol y manchando superficies con pegamento; impidiendo con su accionar el normal funcionamiento de las actividades que se desarrollan allí”.
El acuerdo de juicio abreviado fue alcanzado de común acuerdo por todas las partes del proceso: la fiscalía, la abogada que representó al medio de comunicación como parte querellante, el imputado y su defensor particular. El imputado dijo en la audiencia que “reconoce su participación y culpabilidad en el hecho que se le imputa, aceptando la calificación legal propuesta, la pena propiciada y el carácter de la misma”, y que “pide disculpas al Diario Río Negro y a su personal por los hechos en cuestión”.
Judiciales
Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.
Judiciales
Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro
La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.
La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.
Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.
El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.
Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.
Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.
Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.
La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.
El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.
Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.
Judiciales
Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez
Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.
La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.
El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.
La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.
Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.
La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.
Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.
Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.








