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Compraron un departamento: El precio se fijó en dólares pero pretendían pesificar la deuda

El fallo, que es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado, rechazó el pago por insuficiente.

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Un hombre y una mujer de Cipolletti tenían cuatro meses para cancelar un departamento cuyo valor se había fijado en dólares. El plazo se venció, el peso se devaluó y entraron en vigencia distintas leyes que modificaron las operaciones cambiarias, entre ellas la que fijó el impuesto PAIS. En ese contexto quisieron cancelar el inmueble por una suma mucho menor y en moneda argentina. Un fallo del fuero Civil rechazó el pago por insuficiente.

El negocio de compraventa se concretó el 22 de agosto de 2019 mediante un boleto que firmaron el vendedor y la parte que compraba. El precio de la propiedad se fijó en 65 mil dólares. Ese día hubo un desembolso de equivalente a 1.754,38 dólares y el saldo restante se abonaría en una o varias entregas en un plazo máximo para cancelar el precio hasta el 31 de diciembre de 2019. Después de esa fecha, el contrato fijaba un interés.

El 2020 comenzó sin que se hubiera cancelado la deuda y, luego, cambiaron no solo las condiciones sanitarias sino las económicas. Surgió de la demanda que tramitó ante el fuero Civil de Cipolletti que hubo un total de doce pagos parciales: algunos en pesos, otros en dólares e incluso se entregó un automóvil.

En esa instancia, las partes iniciaron un intercambio de cartas documentos por falta de acuerdo respecto del saldo de la deuda. El hombre y la mujer que compraron consideraron que habían abonado la totalidad del inmueble. Y por eso recurrieron a la vía judicial para realizar lo que en derecho se denomina “pago en consignación”.

La consignación judicial es la figura prevista en el Código Civil y Comercial de la Nación que permite a quien mantiene una deuda depositarla por vía de esta acción para liberarse frente a su acreedor en determinados supuestos.

El fallo rechazó la pretensión de la parte compradora. Se sostuvo que una deuda en dólares importa una obligación de devolver esa misma cantidad de cosas o su equivalente en pesos para poder adquirirla. Se recordó además que el impuesto PAIS es ineludible para que en Argentina se puedan adquirir dólares, y por lo tanto, no caben dudas que ese 30% debe ser integrado al precio que cotiza el Banco Nación para la compra de billetes dólares.

En función de todos los pagos parciales acreditados, del plazo previsto para la cancelación de la deuda, las condiciones económicas y la vigencia de nuevas leyes, la sentencia consideró insuficiente el monto depositado para la cancelación del inmueble. El fallo es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado.

Judiciales

Buscan intensamente a una mujer de 35 años desaparecida desde hace una semana en Roca

Fue vista por última vez alrededor de las 13.30 del martes pasado y desde entonces se desconoce su paradero.

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Las autoridades judiciales y policiales solicitaron la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Cintia Alexis Campos, una mujer de 35 años domiciliada en General Roca, cuyo rastro se perdió durante la tarde del martes 9 de junio. Según informó el Ministerio Público Fiscal, la mujer fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas y desde entonces no se tienen novedades sobre su ubicación.

Campos reside en un domicilio ubicado sobre Avenida Roca al 4000 y es intensamente buscada por familiares, la Justicia y las fuerzas de seguridad. Tiene contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros de altura, posee tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro, largo hasta los hombros y con rulos.

Al momento de ausentarse vestía una calza negra, una campera inflada color gris y zapatillas blancas.

Desde el Ministerio Público Fiscal solicitaron que cualquier persona que cuente con información que pueda contribuir a localizarla se comunique de inmediato al RN Emergencias 911, a la Fiscalía de turno al teléfono (0298) 4231271 o a la unidad policial más cercana.

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Judiciales

Murió el anestesiólogo condenado por la muerte de Valentín

Atencio Krausse falleció en las últimas horas. Había sido condenado a tres años de prisión condicional e inhabilitado para ejercer la profesión.

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En las últimas horas de este domingo (14/06) se confirmó el fallecimiento del médico anestesiólogo Mauricio Atencio Krausse, quien había sido condenado por su responsabilidad en la muerte de Valentín, el niño de 4 años que falleció durante una intervención quirúrgica realizada en General Roca.

Atencio Krausse atravesaba una enfermedad terminal y sufrió un ACV hemorrágico que agravó de manera irreversible su estado de salud.

El nombre del anestesiólogo había adquirido notoriedad pública durante los últimos años a raíz del juicio por la muerte de Valentín. La Justicia concluyó que el fallecimiento del pequeño no fue producto de una fatalidad, sino consecuencia de una conducta negligente durante la práctica médica.

Por ese motivo, Krausse fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional y a la inhabilitación para ejercer la medicina. La sentencia fue ratificada en su totalidad a mediados de mayo por instancias superiores.

La muerte del profesional se produce pocas semanas después de la confirmación definitiva de la condena y mientras continúa vigente el debate sobre la seguridad en los quirófanos y las responsabilidades médicas en procedimientos de alta complejidad.

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Judiciales

Piden condenar a los dos acusados por la brutal agresión ocurrida en pleno centro de Roca

El Tribunal adelantó la libertad de uno de los imputados y mantuvo la prisión preventiva del otro.

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El Ministerio Público Fiscal solicitó que los dos hombres que arribaron a juicio, sean declarados responsables penales por el hecho ocurrido el 16 de junio a la madrugada en la vereda de Avenida Roca y Tres Arroyos de General Roca. Además, solicitó que ambos imputados continúen detenidos cumpliendo prisión preventiva.

Durante sus alegatos, la fiscalía explicó que de las cuatro personas involucradas, uno de ellos -mayor de edad- aceptó su responsabilidad en diciembre pasado y cumple una condena única de 8 años y 11 meses de prisión. Mientras que el cuarto imputado -menor de edad- también reconoció oportunamente haber participado del hecho y sobre él rigen estrictas medidas.

«En esta sala escuchamos a la mamá de la víctima cuando declaró, explicó que a su hijo lo movilizaron consciente luego de la golpiza y que en varias oportunidades el joven señaló a quienes lo atacaron», dijo la representante fiscal.

«Pero no lo dice únicamente ahí, sino que luego lo repite -con las limitaciones que evidentemente quedaron luego del ataque- en el dispositivo de Cámara Gesell. Pese a que hay cosas que no las recuerda, no es porque tenga mala memoria, sino -como dijo él- porque le partieron la cabeza», enfatizó la fiscalía.

«Sabemos que a los otros dos imputados que ya fueron condenados, personal policial los vio huir del lugar, además ratificaron las características físicas para saber si a quienes habían detenido eran los señalados», detalló el Ministerio Público Fiscal.

«Es más uno de ellos tenía un pedazo de escombro en su mano, mismo elemento que su consorte de causa utilizó para atacar a la victima, mientras que los otros facilitaron la acción», agregó la fiscal.

«Éste hombre huía por calle Tres Arroyos y arroja el elemento cuando ve que la Policía y la seguridad del boliche lo siguen. Es más, cuando es detenido dijo: ‘yo sólo le pegue, sólo le pegue’”, argumentó la acusación pública.

«Otra testigo muy importante fue una señora que fue a buscar a su hija, que sin querer observó toda la dinámica del hecho y bajó del vehículo a auxiliar a la víctima», dijo la fiscal.

Más adelante, la querella adhirió a lo expresado por la Fiscalía, y solicitaron en conjunto que sean declarados responsables como co-autores de tentativa de homicidio agravado por la participación de un menor de 18 años.

Mientras que las dos defensas particulares insistieron en la absolución de sus asistidos.

El próximo miércoles (17/06), a las 12 del mediodía, el Tribunal Colegiado interviniente dará a conocer su resolución completa, mientras que adelantó -tras el pedido de la Fiscalía que ambos imputados continúen detenidos- la absolución de uno de ellos. De esta manera, ese imputado recobró su libertad mientras que sobre el otro los magistrados resolvieron que continúe detenido hasta la sentencia respecto de la responsabilidad o no.

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