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Río Negro

Carreras pidió «cambiar hábitos» para mejorar el cuidado del agua

«Tenemos un uso indiscriminado. El consumo per cápita en Argentina es tres veces el de Israel», aseguró la mandataria provincial.

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La gobernadora Arabela Carreras remarcó la necesidad de «cambiar hábitos» de consumo y aprovechamiento del agua y destacó los avances logrados junto a Nación y el CFI para desarrollar el Plan Maestro para el Sector Hídrico, cuyo convenio se firmó ayer en Buenos Aires.

Asimismo, aseguró que no existen estudios técnicos que sostengan la alternativa para el uso del agua del río Negro para consumo humano y desarrollo de proyectos de riego en municipios bonaerenses.

Luego de la firma del convenio con el CFI, la mandataria aseguró que se avanza en el desarrollo del Plan Maestro, con asesoramiento de la agencia israelí Mekorot.

«Lo primero que habría que cambiar, es la forma de consumir el agua. Tenemos un uso indiscriminado. El consumo per cápita en Argentina es tres veces el de Israel. Hay mucho por hacer, pero lo primero es tomar conciencia», afirmó Carreras, en diálogo con FM Patagonia.

En esta línea, destacó lo aprendido durante el viaje que realizó junto a una comitiva provincial y nacional al Estado de Israel en abril pasado. «Tuvimos una experiencia extraordinaria, tomamos contacto con muchas empresas, modelos de gestión y propusimos un convenio con Mekorot, que administra toda el agua del país», dijo.

«Financiado por el CFI, esta empresa israelí nos va a generar los términos de referencia para ir construyendo el Plan Maestro del cuidado del agua y aprovechamiento, ya que somos una de las pocas provincias argentinas que tenemos este recurso», manifestó.

Finalmente, explicó que «hay que cambiar el concepto, dale valor y entender que el problema que tenemos por el agua es porque hay un cambio climático y un calentamiento global que inciden».

Trasvase del río

En relación al reclamo de la provincia de Buenos Aires para utilizar el caudal del río Negro y proveer de agua a varios municipios para riego y abastecimiento domiciliario, Carreras aseguró que «nada puede hacerse sin el acuerdo de todos los que conformamos la cuenca» y ratificó que «no hay diálogos con respecto al tema, ni tampoco hay estudios que sostengan la posibilidad de hacerlo».

«Desde el DPA hicimos el análisis y la presentación pertinente, ya que no podemos dejar que avance una iniciativa de este tipo, ni siquiera en los medios. Han construido un debate sobre un tema que no se ha puesto sobre la mesa de conversación en el ámbito técnico específico, que es la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas», sentenció.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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