Judiciales
Publicidad de un banco ofrecía sumar millas aéreas y bonificar tarjetas: No cumplió y deberá pagar
Condenaron al Banco Hipotecario a abonar a la víctima la suma total de $426.739,

Un vecino de Viedma recibió un mail con una promoción: si abría una cuenta en el banco, podría acumular millas en Aerolíneas Argentinas a través del consumo con sus tarjetas. Clickeó, llenó los datos y comenzó una serie de padecimientos: nunca le acreditaron las millas, no le bonificaron las tarjetas, lo declararon deudor y casi ingresa al Veraz. Recibió 31 mails y 100 llamadas del sector cobranzas. Un fallo indicó que debe ser resarcido.
Tras recibir el correo electrónico abrió la cuenta vía online, como indicaba la promoción. Sin embargo, posteriormente lo llamaron del Banco Hipotecario para que se acerque a la sucursal a terminar los trámites. Firmó los papeles y allí le informaron que había un error en la publicidad. La bonificación no era de un año, sino solo de 3 meses. Sin embargo, como necesitaba la tarjeta, terminó aceptando.
Pero previo a firmar se aseguró que quedara claro que quería optar por la acumulación de Millas de Aerolíneas Argentinas (Millas AA), y que no quería acumular Puntos Búho.
Cuando recibió efectivamente las tarjetas se dio cuenta de que no decían “Aerolíneas Plus”. Se acercó al banco a consultar y le ratificaron que tenía seleccionada la acumulación de Millas.
Seguidamente le llegó un correo informándole sobre el cobro de comisiones y de mantenimiento de su cuenta. Nuevamente consultó, ya que supuestamente tenía 3 meses de bonificación. Sin haber recibido una respuesta de ese correo, tuvo que pagar.
No acumulaba millas
Pasaron unos meses y advirtió que no estaba teniendo ningún tipo de acumulación de millas aéreas y si muchos puntos Búho. Se comunicó con el Banco y le respondieron que debía realizar esa consulta a Aerolíneas Plus. La respuesta de la operadora fue: “para verificar las millas tenes que hacerte un usuario y clave en AA. De todas maneras veo que estás adherido a los puntos Búho BH”.
Luego consultó si existía la posibilidad de hacer un traspaso de puntos a millas, y a partir de ahí nunca más le respondieron. Además, le volvieron a cobrar el mantenimiento. Solicitó un turno para ser atendido en la sucursal, y allí le comunicaron que había perdido la posibilidad de acumular millas.
Decidió cerrar su cuenta y dar de baja las tarjetas y le informaron que los fondos se pasarían a una cuenta personal.
Oportunamente envió una carta documento al Banco por no tener noticias sobre el dinero de su caja de ahorro. También mencionó los problemas que seguían por la acumulación de Millas. No obtuvo respuesta.
Intimaciones del sector cobranza
A continuación empezó a recibir mails con intimaciones ya que debía el pago de la tarjeta de crédito. Luego comenzaron las llamadas por parte del sector de Cobranzas. Le informaron que lo que le habían dicho sobre la transferencia de fondos no era posible, sino que debía abrir una nueva caja de ahorros o solicitar la plata por el cajero. Le sugirieron abonar su deuda y luego hacer el reclamo.
El hombre envió una nueva carta documento al banco y recibió como respuesta la negativa a todo lo planteado y después lo llamaron ofreciéndole un descuento para abonar la deuda. Aceptó dicha propuesta para no figurar en el VERAZ.
La decisión judicial
La jueza civil de Viedma enmarcó la relación como de consumo, donde existe una asimetría de conocimiento y por lo tanto la obligación de aportar datos recae también sobre quien presta el servicio.
Tras analizar la prueba la infracción la magistrada afirmó que “se verifica en este caso en la falta de información adecuada brindada al momento de contratar, y luego y ante las posteriores consultas efectuadas vía correo electrónico en las que el cliente solicita dicha información respecto al programa de beneficios de su tarjeta, verificándose el supuesto de la Ley de Consumidor” que se encuadra como «silencio y actitud omisiva”.
Advirtió también que “los constantes llamados alteraron la tranquilidad espiritual del consumidor y deberán ser tenidos en cuenta al momento de valorar el daño moral”.
En el fallo la jueza Civil afirmó: “se ha demostrado el incumplimiento del deber de información por parte de la demandada Banco Hipotecario S.A”. Para la magistrada “cobra relevancia el deber de información previsto el artículo 4º de la ley 24.240 que prevé que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. Información que debe ser gratuita y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión”.
De esta manera, condenó al Banco Hipotecario S.A., a abonar al hombre la suma total de $426.739, compuesta de $226.739 por daño moral, y $200.000 en concepto de daño punitivo, más los intereses que correspondan.
Judiciales
Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites
No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.
En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.
La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.
El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.
Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.








