Judiciales
Explotaron las térmicas y se quemaron artefactos por golpe de tensión: resarcimiento para farmacéutico
Se comprobó que el voltaje superó por un momento los 220 voltios y EdERSA deberá indemnizar.

Tras un corte de electricidad, una empleada farmacéutica de El Bolsón vio como “de repente empezó a explotar todo, empezó a salir humo por todos lados, por la controladora fiscal, por la computadora”. Muy asustada, apagó la luz y tomó un matafuegos. El olor a plástico quemado invadió el ambiente. Se comprobó que el voltaje superó por un momento los 220 voltios y la concesionaria deberá indemnizar.
El origen de la interrupción del suministro fue un desperfecto en el cableado aéreo cercano a la farmacia. Si bien las instalaciones del lugar contaban con todas las medidas de seguridad, la corriente que recibió la conexión en esa oportunidad superó la capacidad de protección de las llaves térmicas. Entonces, explotaron.
De esta manera, EdERSA deberá indemnizar al titular de la farmacia. Así lo dispuso el juzgado Multifueros de El Bolsón en el marco de una demanda por Daños y Perjuicios.
Antecedentes
El titular de la farmacia afectada presentó la demanda y refirió que hizo el reclamo correspondiente a la concesionaria. Detalló también todos los artefactos dañados.
En la empresa le dijeron que habían arreglado hacia un rato los transformadores y cableados de la esquina de la farmacia, dado que muchos vecinos de la zona estaban sin electricidad, y no observaron la reparación de la totalidad de los cableados. Señaló que si bien la empresa reconoció su responsabilidad el monto que ofreció en reparación no correspondía al daño sufrido.
Fundamentos del fallo
La sentencia destacó que en este caso corresponde la aplicación de las previsiones descriptas en la ley de Defensa del Consumidor. También fue establecido que efectivamente en la fecha señalada en la demanda -1 de julio de 2021- existió un corte de energía.
La sentencia del juzgado Multifueros recordó que de acuerdo al informe de la empresa, el corte del servicio tuvo lugar por el golpe de un camión contra un poste de electricidad. Dicha circunstancia fue alegada como eximente para desvincularse de responsabilidad. El titular de la farmacia, destacó que el daño se produjo por una sobrecarga de tensión receptada en su conexión al momento de reanudarse el servicio más que por el corte en sí mismo.
Cabe recordar que en materia contractual la responsabilidad es objetiva, por lo tanto, el acreedor únicamente debe demostrar el incumplimiento para que se genere el deber de responder por los daños que sufra como consecuencia de la falta de ejecución.
Un especialista intervino e individualizó los artefactos dañados , mencionando que de su revisión surge que «en todos los artefactos en estado defectuoso está presente olor a plástico quemado producto de un aumento de la tolerancia de voltaje para el cual se fabricaron (220v/240v)».
La indemnización contemplará los gastos derivados en los arreglos de los artefactos dañados -teléfonos, cargadores, fuentes de CPU, reparación de caldera, artefactos varios de iluminación, equipo de música. También la mano de obra de los técnicos.
Otro de los rubros que deberá tenerse cuenta en el monto es el dedicado al lucro cesante, es decir el beneficio económico esperado, que se deja de percibir como consecuencia del perjuicio.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.
Judiciales
Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF
La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.
En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.
Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.
Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.
La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.
El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.
Judiciales
Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal
Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».
La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.
El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.
El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.
Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.