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Roca

La fiscal asegura que Gatti subió a la red más de 360 videos de abuso de sexual infantil: «Hay nenes de 2 o 3 años»

Lo afirmó la Dra. Calarco. «Pudimos ver algunos, porque muchos no lo soportamos. No es que no podamos trabajar, pero es muy doloroso. Es un horror», dijo.

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La fiscal de la Unidad Temática Especializada de la Segunda Circunscripción Judicial, Belén Calarco, quien forma parte de la investigación que desbarató la red de distribución de imágenes de explotación sexual infantil, dialogó con la radio multiplataforma UnicaContenidos.tv de Viedma, con la periodista Carolina Fernández y se refirió a algunos puntos del proceso. 

Explicó que «se determinaron los IP para establecer los domicilios» y desde Buenos Aires se solicita un pedido de colaboración para que las Fiscalías de las distintas ciudades hagan un trabajo de campo. Tuvieron que saber «si existen esos domicilios y si existen esas personas asociadas a las cuentas». Y luego agregó que los allanamientos se hicieron en simultáneo para «no perder la sorpresa y que la evidencia no desaparezca, o que pueda modificarla o avisar en caso de que sea una red».

Específicamente sobre la participación del periodista Emiliano Gatti, quien fue detenido y liberado en Roca, la fiscal indicó que se confirmó que desde la dirección IP de su vivienda de calles Islas Malvinas y Tres Arroyos se produjo el tráfico de «más de 360 videos con contenido de abuso sexual infantil de menores de 13 años. Ahora resta que los peritos determinen si actuaban solos o formaban parte de una red. Hay algunos indicios, pero restan las comprobaciones».

Agregó «para nosotros que tenemos que analizar en la Fiscalía, se nos hace imposible humanamente sostener la visualización de estos videos. No podemos creer. Es terrible, hay nenes de 2 o 3 años, bebés…no sabemos qué pasó con esos nenes después. Un acceso carnal anal de un bebé, es la muerte segura y eso está grabado en videos. ¡Es un horror!. Me hace perder la fe en la humanidad».

«Pudimos ver algunos, porque muchos no lo soportamos. No es que no podamos trabajar, pero es muy doloroso. Pudimos contabilizarlos, ver algunos y otros muy poquito. No sabemos qué fue de esos niños que vemos en los videos», continuó Calarco.

Luego aclaró que «hay distintos tipos de delitos en este marco, existe la tenencia, el tráfico y distribución, y la producción de este material. Lo que tratamos de evitar en todo el mundo es que se sigan produciendo, porque para hacerlos utilizan niños. ¿Por qué es tan grave? Porque fomenta la producción de los videos. Hay un sufrimiento sexual infantil, es abuso sexual».

Con respecto a los seis meses que el juez de Garantías le otorgó al Ministerio Público para realizar la investigación, y ante la falta de acusación formal, la fiscal detalló que «lo que resta probar es la tenencia, la producción y el respaldo del tráfico que tiene que ver con las cuentas y las plataformas utilizadas. Y determinar si el material que se pudiera encontrar es el mismo u otro. Ojalá descartemos la producción».

Sobre la liberación del periodista investigado por pedofilia, la fiscal fue clara que no tiene que ver con que sea inocente, sino que la prisión preventiva es algo muy excepcional que vienen fundada por el riesgo de fuga o de entorpecer con la investigación. «Emiliano Gatti colaboró. Pero el riesgo de fuga existía porque tenía pasajes de avión para salir de la provincia y tiene pasaporte al día, por eso se pidió medidas menos gravosas».

En cuanto a la pena, detalló que en caso de que el alerta hubiese sido por uno o dos videos, se trata de una pena mínima en suspenso. Pero en el caso particular de Gatti «hay más hechos que se suman. Son 360 hechos», aseguró y calculó que en caso de llegar a una condena «puede oscilar entre 1 y 10 años, en una etapa posterior. Es un delito gravísimo».

Judiciales

La acusaron frente a sus compañeros, la echaron por pérdida de confianza y el negocio fue condenado y deberá indemnizarla

Se trata de un histórico comercio roquense que cerró sus puertas abiertas.

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Una mujer trabajó durante más de 21 años como vendedora en un comercio de Roca. A fines de 2024, la empresa anunció públicamente que cerraría sus puertas y comenzó la liquidación de su mercadería.

En esos días, al finalizar una jornada laboral, la encargada del local le pidió a la mujer que abriera su riñonera delante de sus compañeros. Allí apareció ropa interior, situación que derivó en una fuerte discusión y en acusaciones de robo dirigidas a la trabajadora.

La mujer afirmó desconocer cómo esa prenda había llegado a sus pertenencias. Sostuvo que fue humillada públicamente, tratada de ladrona frente a sus compañeros y apartada de su puesto. Esa misma tarde, cuando intentó regresar a trabajar, se le impidió el ingreso y se le notificó su despido con causa, fundado en una supuesta pérdida de confianza por haber intentado apropiarse de una prenda del comercio.

La mujer inició una demanda laboral en reclamo de indemnizaciones por despido injustificado, daño moral y la entrega de certificados laborales.

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar, en gran medida, a la demanda presentada contra El Coloso S.A. y concluyó que el despido dispuesto por la empresa fue injustificado. En consecuencia, condenó a la firma a abonarle una indemnización, la actualización de créditos laborales, daño moral e intereses, además de entregarle la documentación laboral correspondiente.

La empresa, por su parte, afirmó que la encargada observó a la mujer guardar una prenda en su riñonera durante la jornada laboral y que, al revisar el bolso al finalizar el turno, encontró un corpiño al que le habían retirado el sistema de alarma.

Argumentó que la situación quedó registrada por cámaras de seguridad y que ese hecho justificó la ruptura del vínculo laboral por violación del deber de buena fe y pérdida de confianza.

Durante el proceso judicial quedó acreditada la existencia de la relación laboral, la antigüedad de la trabajadora y el intercambio de comunicaciones mediante el cual la empresa formalizó el despido y la empleada lo rechazó.

También se comprobó que El Coloso había anunciado el cierre del comercio para febrero de 2025 y que la empleada realizó una exposición policial pocos días después de los hechos, en la que denunció la situación vivida.

La sentencia destacó que la empresa tenía la carga de probar las conductas atribuidas a la trabajadora. Sin embargo, señaló que no existió denuncia penal ni proceso judicial alguno en su contra.

Además, la firma no se presentó a la audiencia ni produjo prueba testimonial. Respecto de los videos que decía poseer, el tribunal indicó que no pudieron reproducirse válidamente ni cumplían con los requisitos exigidos para este tipo de evidencia.

Ante la ausencia de pruebas que acreditaran el supuesto intento de robo, el tribunal concluyó que la causal invocada por la empresa no quedó demostrada. Por ello, consideró que el despido fue arbitrario y que la trabajadora tenía derecho a percibir las indemnizaciones previstas por la legislación laboral.

Los jueces también analizaron el reclamo por daño moral. Valoraron especialmente que la mujer fue acusada delante de sus compañeros de trabajo de haber cometido un delito que nunca pudo probarse.

Asimismo, tuvieron en cuenta un informe psicológico que describió un cuadro de angustia, temor, alteraciones del sueño y afectación emocional relacionado con la forma en que se produjo el despido. Con base en esos elementos, reconocieron una indemnización por daño moral.

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Policiales

Circulaba sin patente y descubrieron que tenía pedido de secuestro por robo

La consulta de los números de motor y cuadro confirmó que el vehículo era buscado por una causa de robo.

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Personal del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca recuperó una motocicleta que registraba un pedido de secuestro vigente por una causa de robo, durante un operativo preventivo realizado sobre la Ruta Nacional N° 22.

El procedimiento se llevó a cabo mientras los efectivos realizaban recorridas de prevención y observaron una motocicleta de color blanco y negro que circulaba sin chapa patente colocada. Ante la irregularidad, procedieron a interceptar el rodado e identificar a su conductor.

Durante el control, el hombre manifestó no contar con la documentación correspondiente y aseguró que no era el titular de la motocicleta. Frente a esta situación, el personal policial realizó las verificaciones de rutina sobre los números identificatorios del motor y del cuadro.

Como resultado de la consulta en los sistemas oficiales, se constató que se trataba de una motocicleta Gilera Smash que tenía un pedido de secuestro activo desde abril de 2024, requerido por la Fiscalía N° 7 de General Roca en el marco de una investigación por robo.

Tras informar la situación a la Fiscalía de turno, se dispuso el secuestro del rodado y la imputación del conductor por el delito de encubrimiento. Las actuaciones judiciales continúan para determinar las circunstancias del hecho.

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Policiales

Incumplió una orden judicial y quedó detenido por disposición de la Fiscalía

El hombre de 43 años portaba un dispositivo de monitoreo electrónico y fue detectado dentro de una zona de exclusión.

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Un hombre de 43 años fue detenido por personal de la Comisaría 31° de General Roca luego de ser sorprendido incumpliendo una medida cautelar de prohibición de acercamiento que se encontraba vigente y bajo monitoreo electrónico.

La intervención policial se originó tras un alerta que indicaba una posible salida del rango permitido por parte de una persona que portaba un dispositivo de control electrónico. Al realizar recorridas preventivas por la zona, los efectivos observaron a un hombre que intentó retirarse al advertir la presencia policial.

Tras ser interceptado e identificado, se constató que se trataba de la persona monitoreada y que el dispositivo electrónico emitía una advertencia por el ingreso a una zona de exclusión determinada por orden judicial.

Asimismo, los uniformados verificaron que el sujeto se encontraba a escasa distancia del domicilio de la persona protegida por la medida cautelar, incumpliendo de esta manera la restricción impuesta por la Justicia de Familia.

Ante la situación, la Fiscalía de turno dispuso su detención, el inicio de actuaciones por el delito de desobediencia judicial y que permanezca a disposición de la Justicia mientras avanzan las diligencias correspondientes.

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