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Sociedad

Ya se puede usar la Tarjeta SUBE en los colectivos urbanos de Roca

Conocé los comercios adheridos para la venta y carga de la tarjeta.

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Luego de la presentación formal en el Concejo Deliberante de Roca, quedó habilitado el funcionamiento de la Tarjeta SUBE en Roca.

El acto fue encabezado por la intendenta María Emilia Soria, y participaron también el secretario de Articulación Interjurisdiccional del Ministerio de Transporte de la Nación, Marcos Fariña; el subsecretario de Proyectos Estratégicos y Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Transporte de la Nación, Marcelo Torres; la directora de Gestión y Monitoreo de SUBE Agustina Gantuz; y la secretaria de Gobierno del Municipio de Roca, Mariana Soler.

Estuvieron presentes además el presidente de la Cooperativa de Transporte 1° de Septiembre, Mauricio Dorrego e integrantes de la misma; Ángel Rubio y Patricio Sandoval de UTA; concejales; miembros del Tribunal de Cuentas; legisladores provinciales; demás referentes de organismos nacionales; representantes de instituciones; vecinos y vecinas de Roca.

«La SUBE es una política pública para incorporar mas accesibilidad al sistema de transporte público, y el objetivo es llevarla a todo el territorio federal», explicó el secretario de Articulación Interjuridiccional del Ministerio de Transporte de la Nación, Marcos Fariña.

Por su parte, la intendenta Soria recordó la historia de la formación de la Cooperativa de Transporte 1° de Septiembre como resultado de un proceso conjunto entre los trabajadores de la ex empresa 18 de Mayo y el Municipio, en el que se pudo generar una solución al problema de la falta del servicio y potencial pérdida de la fuente laboral de los choferes. «Superadas todas aquellas instancias, es una alegría enorme poder estar acá, dando un paso más en el mejoramiento del sistema de transporte local, con la implementación de la tarjeta SUBE que tiene múltiples beneficios. Este es un logro más que hemos gestionado, y lo hemos hecho codo a codo con los trabajadores, contando con el acompañamiento del gobierno nacional, y siempre de cara a los intereses de nuestros vecinos y vecinas», sostuvo.

Mencionó además que son 14 ítems de personas los que se benefician con la Tarifa Social Federal, abonando sólo el 45% del pasaje ya que el 55% restante se encuentra subsidiado por el Estado Nacional. Por ejemplo en Roca, contando solamente a jubilados/as y pensionados/as, son 22.000 las personas que podrán percibir este beneficio.

Esta semana continúa la registración de personas en diferentes barrios de la ciudad para acceder a la Tarifa Social Federal, y a la fecha ya se han entregado casi 4.000 tarjetas gratuitas a beneficiarios/as.

Cómo continúa el cronograma de registración:

Miércoles 30/11 de 8 a 14 hs
-Mosconi, Elias Zetonne 902
-Maglioni, Vintter 740

Jueves 01/12 y viernes 02/12 de 8 a 14 hs
-CEPLA, Ushuaia y Del Libertador
-Punto Digital, San Juan 3445

Lunes 5/12 y Martes 6/12 de 8 a 14 hs
-La Rosadita, Av. San Juan 3650

La venta y carga de tarjetas para usuarios del servicio de transporte que no se encuadran dentro de la Tarifa Social Federal SUBE se realiza en comercios adheridos. El cambio de sistema se hará en forma paulatina, de modo que quienes cuenten con crédito en el sistema actual puedan terminar de utilizarlo. Por su parte, las y los beneficiarios del Boleto Estudiantil se registrarán el año próximo, cuando se defina el calendario escolar 2023.

Pueden acceder a la Tarifa Social Federal SUBE

-Jubilados y pensionados
-Estudiantes del programa PROGRESAR
-Personal de trabajo doméstico
-Veteranos de la Guerra de Malvinas
-Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo
-Asignación por Embarazo
-Programa de Jóvenes con Más y Mejor trabajo
-Seguro por desempleo
-Seguro de Capacitación y Empleo
-Programa Promover Igualdad de Oportunidades
-Programa Nacional de Inclusión Socioproductiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”
-Pensiones No Contributivas
-Monotributistas Sociales inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES).

Comercios adheridos para la venta y carga de Tarjeta SUBE:

25 de Mayo 665
9 de Julio 599
9 de Julio 641
Alsina 1666
Alsina 1795
Avenida Roca 1039
Avenida Roca 1377
Avenida Roca 1873
Avenida Roca 816
Cipolletti 733
Cipolletti 733
España 345
Evita 269
Evita 2564
Italia 706
Jujuy 1381
Jujuy 1738
Las Glisinas 1831
Los Álamos 2338
Los Álamos 2475
Mendoza 1509
Mendoza 1715
Mitre 1118
Mitre 2129
Rosario de Santa Fe 2645
Saavedra 3355
San Juan 2980
San Juan 1389
San Juan 2329
San Juan 2379
San Juan 2681
San Juan 3257
San Juan 3610
San Juan3475
Tortolitas 4055
Tucumán 1163
Tucumán 1560
Tucumán 1690
Tucumán 2378
Tucumán 315
Tucumán 598
Uruguay 650
Villegas 1994
Villegas 2531
Villegas 4997

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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