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Río Negro

Sesiona la Legislatura y la Defensora presenta su informe in voce

Será la segunda sesión ordinaria del año.

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Este jueves (16/03) se realizará la segunda sesión ordinaria del 52ª período legislativo, con un temario que incluye 7 proyectos de ley de trámite reglamentario y 12 para ser abordados en segunda vuelta. La sesión comenzará a partir de las 11.

En tanto, desde las 10, la Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, realizará su informe correspondiente al período 2021/2022.

Uno de los proyectos que estará en debate en la sesión es el que promueve la modificación de la Ley de Ministerios, que llegó desde el Poder Ejecutivo con acuerdo general de ministros y por ello será de única vuelta. Entre otros aspectos, la iniciativa propone la incorporación del Jefe de Gabinete.

También serán tratado en primera vuelta las modificaciones al Código Procesal de Familia (Poder Judicial), la regulación del ejercicio profesional de la Psicología Social y cambios en el Estatuto del Empleado del Poder Legislativo.

Además, la cámara avanzará sobre los proyectos que proponen establecer la fecha de fundación de la comisión de fomento de Mencué (26 de noviembre de 1906) y la institución del “Día Provincial del Síndrome de Dravet” (23 de junio).

Asimismo, estará en tratamiento la iniciativa que establece el emplazamiento de bancos rojos o su intervención en los ya existentes en espacios públicos, con la leyenda “En memoria de todas las mujeres asesinadas por quienes decían amarlas”.

Segunda vuelta

Los proyectos que serán tratados en segunda vuelta y, eventualmente, sancionados como leyes, son los siguientes:

– Reforma integral de la ley de Procedimiento Laboral de la Provincia de Río Negro
Declara al Cardenal Amarillo (Gubernatrix Cristata) como Monumento Natural de la Provincia de Río Negro

– Adhiere a la Ley Federal de Trabajo Social y crea el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la Provincia de Río Negro.

– Crea el “Programa CONVIVE”, de alojamiento compartido entre personas adultas mayores y estudiantes de la educación superior pública en Río Negro.

– Declara Personalidad Destacada de la Provincia de Río Negro al señor Pablo Otazú, por su trayectoria en el campo de la cultura, como actor, director de teatro, músico, docente y gestor cultural.

– Declara Personalidad Destacada al doctor Norberto Mario “Tilo” Rajneri, oriundo de la ciudad de General Roca, por su trayectoria en forma sobresaliente en el campo de la política, la cultura y la defensa de los derechos sociales.

– Designa a la localidad de San Carlos de Bariloche como Capital Provincial de la Ciencia y la Tecnología.

– Declara Personalidad Destacadas a Pedro Ernesto Franco, en reconocimiento a sus méritos, valores y permanente aporte en el ámbito deportivo del básquet.

– Establece la formación y capacitación obligatoria, continua y permanente en la temática de discapacidad, para todas las personas que se desempeñen en todos los niveles y jerarquías de la administración pública provincial, organismos centralizados, descentralizados y autárquicos, empresas y sociedades del Estado y sociedades anónimas, en los Poderes Legislativo y Judicial, y en el Ministerio Público.

– Declara de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de terreno cuya designación catastral es 05-1-E-063-01B, destinada a regularizar la situación dominial de los ocupantes del asentamiento Progreso de la ciudad de General Roca.

– Instituye el día 14 de marzo de cada año como “Día Provincial de la Endometriosis”, en adhesión a lo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

– Reconoce al fallecido actor beltranense Hugo Cognigni, por su extraordinaria contribución al desarrollo del teatro y otras manifestaciones de la cultura vallemediense y rionegrina.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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