Sociedad
Hallan en Río Negro un perezoso gigante terrestre de 3.000.000 de años
Es inédito, porque es un fósil muy completo, cráneo; mandíbulas; columna vertebral; parte de pelvis y extremidades.

Tras la denuncia del hallazgo de fósiles en la zona de Pozo Salado, efectuada por Guardias Ambientales, la Subsecretaria de Patrimonio y Cooperación Cultural dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura, puso en marcha el protocolo para el cuidado, preservación y recupero del patrimonio paleontológico descubierto.
El hallazgo del material prehistórico paleontológico que está en proceso de rescate en el Área Natural Protegida de Pozo Salado, se corresponde con un animal del grupo de los perezosos gigantes terrestres que rondaría los tres millones de años de antigüedad.
El material es muy interesante ya que es inédito, porque es un fósil muy completo, cráneo; mandíbulas; columna vertebral; parte de pelvis y extremidades. Muchas de esas partes de este animal y con el grado de preservación en el que se encuentra no se conocían hasta el momento.
Del mega mamífero, relacionado probablemente al género pyramiodontherium de la edad pliocena, se pudieron rescatar dos húmeros (parte de los brazos), cráneo y mandíbulas, que serán alojados en uno de los repositorios provinciales para su estudio. Al descubrirse este ejemplar completo se puede conocer parte de la anatomía y cierto aspecto del rostro que hasta aquí no se conoce, por lo que permitirá saber estilo de vida y su actividad en cuanto a la ecología del animal y obtener mucha información.

Por el momento, se llevó a cabo un 25% del proyecto de recuperación de los fósiles y gran parte quedará en el lugar para futuras prospecciones que deberán organizarse conforme a la rigurosidad del sistema de seguridad que se necesita, ya que se debe trabajar al borde de un acantilado. A raíz de ello, es que la exploración y recupero estuvo dirigida por Mario Mora de la Fundación ECOSOAM. En primera instancia se analizó si el piso era inestable, con el consiguiente índice de vulnerabilidad de las personas y se procedió a realizar una serie de anclajes, teniendo en cuenta que los paleontólogos estarían llevando adelante la actividad, aproximadamente a 70 metros de altura sobre el nivel del mar.
En este caso se llevó adelante la solicitud de permisos necesarios, enmarcados en la Ley 3041 que permite actuar en sitio y, la posterior localización y verificación de lo denunciado. Una vez constatado el hallazgo se organizó la llegada de investigadores de la Universidad Nacional de Rosario, de la Universidad Nacional de Córdoba y expertos en seguridad en altura pertenecientes a la Fundación ECOSOAM (Ecosistema, Sociedad y Ambiente).
Rubén Juarez, miembro de la Subsecretaria de Patrimonio y Cooperación Cultural, se encargó de la articulación para el arribo de los profesionales y así formar el equipo interdisciplinario que quedó integrado por el propio Juarez; Luciano Bambrilla, Dr en Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional de Rosario; José Augusto Haro, Dr en Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional de Rosario; Rubén Juarez -todos expertos en paleontología-; Mario Mora, Espeleólogo y guía de montaña, presidente de la Fundación ECOSOAM; Laura Lund, Prof. de historia y estudiante de Arqueología de la Universidad Nacional de Córdoba y Lautaro Boari, Técnico del Museo de Icho Cruz.
Judiciales
Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria
Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.
Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.
La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.
Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.
La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.
Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.
El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.
Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.
Roca
Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias
La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.
Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.
La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.
Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.
Roca
Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo
Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.
Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.
Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.
La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.
No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.








