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Judiciales

El próximo viernes se conocerá la sentencia a los acusados por el crimen del oficial Mandagaray

Declararon más de 20 testigos en el juicio.

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El Ministerio Público Fiscal abrió hoy (08/05) la ronda de alegatos de clausura en el marco del debate oral y público realizado para probar la responsabilidad de tres instructores y el coordinador del Grupo COER en el homicidio culposo del joven cursante Gabriel Mandagaray. Comenzó afirmando que fue demostrada la responsabilidad de los cuatro hombres en los tres hechos por los que habían sido acusados, ello a partir de la declaración de cada uno de los más de 20 testigos que declararon durante los cuatro días de producción de prueba.

El primero de los hechos fue perpetrado entre el 12 y el 15 de abril de 2021 y lo constituye los momentos previos a la muerte de Mandagaray. Se trata de la responsabilidad que la acusación le endilga a «los cuatro imputados -cada uno en su rol- de llevar adelante el curso en un lugar no aprobado por la resolución interna».

Así, luego de llegar hasta Bahía Creek luego de una larga caminata , durante las mencionadas jornadas, «sometieron a los cursantes a actividades físicas excesivas que les provocaron lesiones, en un contexto de escasa alimentación, hidratación y descanso y sometiéndolos a conductas denigrantes a la dignidad humana».

Para probar ello, reiteró dichos que, frente al Tribunal, profirieron tanto los cursantes como los profesores de educación física que trabajaron en la evaluación previa del grupo y los dos instructores del COER que no estaban de turno en la ocasión. Todos ellos «permitieron corroborar el actuar negligente a partir de prácticas no reglamentadas totalmente ajenas al programa».

«Se inobservaron con tales actividades leyes y reglamentaciones que postulan el respeto a la dignidad humana, especialmente para funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley, que deben garantizar los derechos humanos; además de la propia resolución interna específica que determinaba un lugar y actividades que habían sido aprobadas y que nada tenían que ver con lo efectivamente realizado», agregó.

En cuanto al homicidio culposo, la Fiscalía consideró que «los cuatros imputados causaron la muerte de la víctima, lo que ha sido acreditado por la médica del Cuerpo Médico Forense que realizó la autopsia y un análisis del contexto en el que dio cuenta de un trastorno por stress agudo en una persona que ya transitaba dicho estado durante el desarrollo del curso, poniendo especial acento en falta de comida, sueño y agua».

A ello se le suma que «el chico no sabía nadar» lo que había sido advertido en varias oportunidades tal como lo sostuvieron diversos testigos, «no obstante lo cual lo metieron al agua» junto a dos compañeros «sin ninguna medida de seguridad: no había médicos, ambulancias, torpedos, chalecos, ni una lancha de la Prefectura. Todo ello fue acreditado por diversos testigos».

Aludió a la «presencia del coordinador en la playa» y se refirió también al «grado de improvisación del evento» al ejemplificar que el cuerpo de la víctima fue trasladado «en la parrilla del cuatriciclo de un vecino».

«Los cursantes estaban cansados, con ampollas, desorientados y expresaron que en los tres días anteriores a la muerte de su compañero habían dormido entre 3 y 5 horas en total y comido mínimas raciones de arroz y fideos blancos», añadió.

Finalmente, el fiscal hizo referencia al último de los hechos imputados de forma individual a uno solo de los acusados. Se trata de las lesiones que éste le produjo a un cursante que debió abandonar el lugar producto de que le ocasionó la fractura de la última vertebra del coxis. «Por último escuchamos a los expertos que en alguna oportunidad participaron en este tipo de grupos y todos explicaron lo que son las buenas prácticas en su desarrollo, que de ninguna manera implican este tipo de actividades negligentes». Parafraseó a uno de ellos al recordar que debe ser «el propio terreno el que se encargue del cursante, no es necesario tener este tipo de prácticas que son desconocidas, no son habituales y las que se llevan adelante siempre se hacen con las correspondientes medidas de seguridad y prodigando un trato igualitario a todos los cursantes».

«Hay límites, alimentación y descanso previsto, acceso a los centros de salud; todo un catálogo de buenas prácticas sobre lo que debió haber sido este curso», sostuvo.

Finalizó requiriendo al Tribunal que «una vez que analicen la evidencia, declaren la responsabilidad de los cuatro imputados que aquí hemos traído a juicio en los delitos de abuso de autoridad y homicidio culposo y además, al coordinador del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y a uno de los instructores del de lesiones leves».

«La acusación ha probado la teoría del caso que postuló que los cuatro violentaron la posición de garantes y aumentaron el riesgo de las actividades. Todos ellos son responsables y todos colaboraron en el resultado final de la muerte», finalizó.

Seguidamente el abogado querellante, hizo énfasis en la responsabilidad de las instituciones estatales y la necesidad de dar a conocer este tipo de hechos para que nunca más vuelvan a producirse. «El curso excedió todos los límites posibles y ello fue reconocido por muchos de los imputados», mientras buscaban defenderse de manera individual.

«El poder no puede ejercerse sin limite alguno, estos agentes excedieron los límites impuestos al Estado», dijo y agregó no tener dudas de que todos «en el agua, quisieron hacer algo por Gabriel por eso le imputamos un homicidio culposo, pero lo que no tenían que hacer era ingresarlo al agua en las condiciones en las que estaba, más sabiendo que el joven no sabía nadar».

«Actuaron con impericia porque llevaron a cabo prácticas fuera del reglamento que había sido aprobado, actuaron también con negligencia porque hicieron mucho menos de lo que correspondía y con imprudencia porque se excedieron ingresándolos al mar totalmente uniformados y con el peso excesivo del pirulo. Todo esto aumentó más y más el riesgo», manifestó.

Finalizados los alegatos de la acusación, por más de cuatro horas se sucedieron los alegatos de los siete abogados defensores que componían los cuatro equipos en representación de cada uno de los imputados. Cada uno de ellos hizo mención a la porción de los hechos que le correspondía a su defendido pidiendo en todos los casos la correspondiente absolución.

El Tribunal anunció que la lectura del veredicto tendrá lugar el viernes (12/05) a partir de las 8:30 en la misma sala en donde se sustanciaron las jornadas.

Judiciales

Gatti continuará con tobillera electrónica

El periodista condenado por tenencia y distribución de videos de abuso sexual infantil aseguró que la batería del dispositivo se cayó a la pileta. Tras el alerta, había sido detenido en Bahía Blanca.

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En la jornada de hoy (09/01) se realizó una nueva audiencia de medidas cautelares, a partir de un alerta detectada en la tarde de ayer (08/01) por el organismo encargado de controlar el funcionamiento de la tobillera de control satelital que le colocaron al periodista Emiliano Gatti.

El Ministerio Público Fiscal solicitó la instancia para requerir nuevamente la prisión preventiva del hombre. Dicho pedido había sido efectuado el 16 de diciembre pasado, cuando el que el Tribunal de juicio dispuso agravar las medidas cautelares impuestas desde el momento en que el TI sostuvo la condena del periodista.

Así, Gatti debe presentarse dos veces por día en una comisaría de la ciudad de Bahía Blanca donde reside y se le colocó una tobillera de control satelital cuya responsabilidad era mantener siempre consigo y cuidar.

En la jornada de ayer se detectaron eventos que dan cuenta de instantes de incomunicación. El acta suscripta por la Unidad de control indica que había ingresado agua al dispositivo por la caída a un charco. Agrega el documento que el hombre «debió haber sido cauteloso y precavido» y que a raíz del imperfecto la batería no encendía.

La fiscal volvió a requerir la prisión preventiva mencionando las «inobservancias» de las obligaciones que le caben al hombre y el «uso indebido del dispositivo». Reiteró además que «si bien es cierto que cumple con las obligaciones impuestas, posee ingresos que le permitirían mantenerse oculto del accionar de la justicia».

Dijo además que ante el doble conforme de la condena (tanto por el Tribunal de juicio como por el de impugnación) se mantiene la existencia del riesgo de fuga. A todo ello adhirió la querella.

A su turno el abogado defensor explicó la secuencia producida. Dijo que Gatti lo anotició inmediatamente de lo ocurrido y que ya se lo había informado al agente del servicio penitenciario que controla su situación. En este mismo sentido se expresó el periodista quien explicó que la batería «se le había caído a la pileta y que fue la agente penitenciaria quien la abrió». El hombre fue demorado en Bahía Blanca y asistió por Zoom a la audiencia desde la comisaría en donde fue alojado.

Finalmente el Tribunal interviniente sostuvo la determinación tomada el 16 de diciembre y volvió a rechazar el pedido de la Fiscalía. Dijo que ya se habían dispuesto oportunamente «las medidas tendientes a neutralizar el peligro de fuga cuando se intensificó las presentaciones en comisarias (diarias, dos veces al día) y se dispuso la colocación de tobillera».

«Surge evidente que éste se trató de un hecho accidental. No hay prueba de que haya intentado abrir el dispositivo y hemos valorado la actitud de ponerse inmediatamente a disposición de las autoridades penitenciarias», añadieron.

Sí agregaron que en lo sucesivo Gatti «deberá tomar mayores cuidados». Asimismo indicó que el 13 de enero próximo el periodista deberá constituirse en la Oficina Judicial de Roca para sustituir el dispositivo electrónico.

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Detuvieron a Emiliano Gatti

Por más que la sentencia no está firme, la tobillera electrónica dejó de emitir señal por lo que la Justicia ordenó su inmediata detención.

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El periodista Emiliano Gatti, condenado por tenencia y distribución de videos de abuso sexual infantil, fue detenido esta mañana (09/01) en Bahía Blanca. Por más que la sentencia no está firme, la Justicia dictaminó el uso de una tobillera electrónica, la cual habría dejado de emitir la señal de ubicación correspondiente, por lo que se ordenó su inmediata detención.

Gatti fue condenado a 6 años de prisión efectiva por los delitos de tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil. No obstante, como la defensa apeló ante el Superior Tribunal de Justicia, la Justicia dispuso que cumpla en Bahía Blanca con dos presentaciones diarias en la Comisaría de su domicilio, una por la mañana y una por la tarde. Además, que se le coloque una tobillera electrónica que venía monitoreando lo que fue su viaje de regreso desde General Roca hasta Bahía Blanca y que no salga fuera de los límites del ejido urbano.

Pero, en las últimas horas, un problema de señal en el dispositivo electrónico motivó que fuera detenido por la Policía. Es su segunda vez tras las rejas, ya que había estado detenido unas pocas horas el día en que allanaron su domicilio en Roca tras un alerta de una organización internacional que detectó el tráfico de material de abuso sexual infantil desde la dirección IP de su conexión a internet.

El delito

En la primera etapa del juicio, que se realizó en mayo, Gatti había sido condenado por 50 videos con imágenes de abuso sexual infantil que estaban descargados en su computadora personal y en otros dispositivos electrónicos secuestrados en su vivienda. Los videos fueron descargados y puestos a disposición de otros usuarios en la plataforma E-Mule
Para declarar la responsabilidad, el Tribunal declaró contundente y decisiva la prueba científica y técnica presentada en el juicio.

Los jueces también señalaron la gravedad de los delitos acreditados, al afirmar que la simple tenencia de ese tipo de videos «favorece el crecimiento de este mercado, dado que la demanda de material incentiva la comisión de más abusos».

El veredicto reseñó que la investigación comenzó en el área de Cibercrimen del Departamento de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en agosto de 2022. Ese equipo realizó una pesquisa en las plataformas ICACCOPS y CPS para detectar usuarios que compartieron material de abuso sexual infantil entre junio de 2021 y agosto de 2022. Así se activó el protocolo de investigación que finalizó con el allanamiento del 15 de noviembre de 2022 en la vivienda del acusado.

Las pericias acreditaron que los videos fueron abiertos y visualizados en la PC desde el mes de agosto de 2022 hasta unos pocos días antes del allanamiento. En ese lapso la vivienda estuvo vigilada por los investigadores, quienes confirmaron que Gatti fue la única persona que ingresó al domicilio por esos días. «Esto da por tierra lo sostenido por el imputado y su defensa técnica en cuanto a que no conocía la existencia de los videos», concluyó el Tribunal.

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El taxista que fue hallado sin vida en su vivienda, falleció de un infarto agudo

Así lo estableció la autopsia realizada en el día de hoy. En un primer momento el caso había sido caratulado como muerte dudosa.

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Foto: Archivo.

Esta tarde (08/01), el médico forense que practicó la autopsia al hombre de 51 años que fue hallado muerto en el interior de su vivienda ubicada en Montevideo y Rosario de Santa Fé el lunes pasado (06/01), confirmó que la causa de la muerte fue un infarto agudo.

Informó además que el cuerpo no presentaba lesiones externas que pudieran indicar signos de criminalidad.

La víctima fue identificada como Carlos Fortunato, quien era un conocido chofer de taxi de la ciudad. Su muerte causó mucha tristeza en clientes del servicio que brindaba y vecinos del barrio.

No obstante la fiscal en turno avanza en la investigación iniciada a partir del hallazgo para esclarecer cuáles fueron las circunstancias que rodearon al hecho.

En ese marco se tomaron diversas testimoniales, trabajaron agentes de la Policía de Río Negro, Gabinete de Criminalística y el Cuerpo de investigaciones Judiciales. Continúan por estas estas horas pericias iniciadas con antelación.

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