Sociedad
Un caballo de la empresa tiró a un trabajador y le dejó graves secuelas
La Cámara Segunda del Trabajo de Roca condenó a la firma dueña del campo por los daños patrimoniales y morales que sufrió el trabajador y a la ART por una porción de la cobertura obligatoria que no había cumplido.

Un peón de campo recorría el predio de 3.100 hectáreas buscando cazadores y cuatreros cuando el caballo que montaba se asustó y lo tiró al piso. El golpe en la cabeza hizo que pierda el conocimiento y el trabajador quedó tendido, no sabe por cuánto tiempo. Cuando despertó intentó volver al casco de la estancia, pero estaba mareado y desorientado. Un vecino que lo auxilió lo condujo casi 80 kilómetros hasta al Hospital de Río Colorado. Ese día comenzó el peregrinar de tratamientos que debió afrontar el muchacho, quien resultó con una incapacidad laboral permanente.
«Después del accidente es otra persona, está decaído, como ido, hay que repetirle las cosas», describió uno de los testigos que declaró en el juicio laboral. La Cámara Segunda del Trabajo de Roca condenó a la empresa dueña del campo por los daños patrimoniales y morales que sufrió el trabajador y a la ART por una porción de la cobertura obligatoria que no había cumplido.
Con un diagnóstico de «desorden mental orgánico post traumático», una pericia psicológica reveló que el muchacho sufrió, entre otros síntomas, depresión, insomnio, angustia e irritabilidad. La experta detectó secuelas como baja autoestima y pesimismo con respecto al futuro. Todo lo encuadró en una «depresión reactiva de grado moderado» con incapacidad psíquica derivada del accidente.
La demanda laboral incluyó un reclamo de indemnización de daños y perjuicios con fundamento en el Código Civil, por ser la empresa -dueña del campo y del caballo- la responsable objetiva por los riesgos que implican los bienes y las actividades que se desarrollan en su beneficio.
«En este caso ha quedado demostrado que el daño se produjo por la caída del caballo, que el trabajador estaba autorizado a utilizarlo para las labores del campo, siendo una más -podríamos decir- de las herramientas dadas para recorrer el establecimiento», precisó el fallo de la Cámara.
«Si para llevar adelante el objeto empresario se contratan dependientes, que a cambio de una remuneración tienen la obligación de prestar tareas, el beneficiario de la fuerza de trabajo puesta a disposición debe además garantizar a quien lo preste que, al hacerlo, no comprometa ni su salud ni su vida», definió la sentencia.
Responsabilidad objetiva
El fallo explicó que para eximirse de la responsabilidad civil en el marco del juicio laboral, la empresa debió demostrar alguna falta del trabajador: que hizo alguna maniobra prohibida, que omitió alguna medida de seguridad obligatoria, que violó alguna orden expresa de no usar el caballo, o bien que existió un caso fortuito o que intervino alguna tercera persona ajena al campo. Pero nada de ello ocurrió.
Por otra parte, el fallo concluyó que la empresa «no ha cumplido con el deber de seguridad que le impone la ley», referenciando la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Riesgos del Trabajo, la Ley de Higiene y Seguridad Industrial y el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Agraria.
La Cámara incluyó en la indemnización el lucro cesante por la incapacidad laboral que afectará al trabajador en forma permanente, valorando «no solamente la pérdida de la capacidad de ganancia o de producción del trabajador siniestrado, sino cómo ello lo afectará en su vida de relación y en su proyección laboral futura». También indemnizó el daño moral en función «del sufrimiento que ha padecido y seguirá padeciendo» por la gravedad de la lesión y por la afectación psicofísica. Definió, además, la restitución de gastos médicos y farmacéuticos no cubiertos y ordenó a la ART pagar por una porción de prestaciones pendientes y costear el tratamiento psicológico del trabajador «hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes».
Cabe mencionar que la sentencia no está firme, puesto que las partes aún tienen plazo legal para presentar recursos.
Roca
Semana fresca, con nubes y lluvia en el Alto Valle
El inicio de la semana podría presentar algunas precipitaciones aisladas, mientras que desde el martes mejorarían las condiciones.

La primera semana de junio comenzará con condiciones inestables en Roca. De acuerdo al pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC), este lunes (01/06) podrían registrarse algunas precipitaciones aisladas, aunque desde el martes el tiempo tenderá a estabilizarse.
Para hoy se espera una jornada inestable, con una temperatura máxima de 14°C y una mínima nocturna de 6°C. Además, se prevén vientos del noreste de hasta 28 km/h y ráfagas que podrían alcanzar los 44 km/h durante la noche.
El martes (02/06) mejorarán las condiciones, aunque continuará el cielo cubierto. La máxima alcanzará los 18°C y la mínima será de 8°C. Durante la noche podrían registrarse ráfagas de hasta 51 km/h.
El miércoles (03/06) se presentará con cielo cubierto y temperaturas agradables para la época. La máxima llegará a los 19°C y la mínima rondará los 6°C.
Para el jueves (04/06) la AIC anticipa una máxima de 16°C y una mínima de 5°C, mientras que el viernes (05/06) se espera una de las mañanas más frías de la semana, con una mínima de 0°C y una máxima de 18°C.
Finalmente, el sábado (06/06) volverá a descender la temperatura máxima hasta los 13°C, con una mínima prevista de 5°C y condiciones de cielo cubierto durante toda la jornada.
De esta manera, el inicio de junio estará marcado por jornadas frescas, abundante nubosidad y un breve período de inestabilidad al comienzo de la semana.
Río Negro
Más de 15.000 vacunas fueron distribuidas en Río Negro y parte del stock llegó a Roca
Desde el Ministerio de Salud recordaron la importancia de mantener los esquemas de vacunación al día, especialmente en niños, adultos mayores y personas con factores de riesgo.

Más de 15.000 vacunas partieron ayer jueves (28/05) desde Viedma hacia distintos puntos de Río Negro, en el marco del operativo logístico que lleva adelante el Ministerio de Salud para garantizar el abastecimiento permanente en hospitales y centros de salud de toda la provincia.
El envío forma parte del cronograma regular de distribución de dosis del Calendario Nacional de Vacunación, con el objetivo de sostener la cobertura sanitaria y asegurar la disponibilidad de vacunas gratuitas en los 36 hospitales públicos rionegrinos.
Durante la jornada del jueves (28/05), el reparto estuvo destinado al Alto Valle, alcanzando a los hospitales de General Roca y Cipolletti. Entre las dosis enviadas se incluyeron vacunas contra la varicela, hepatitis B pediátrica, antigripal para adultos y Hib (Haemophilus influenzae tipo b), utilizada para prevenir enfermedades graves como meningitis y neumonía infantil.
El cronograma continuará el martes (02/06) con la distribución en la Zona Andina. El Hospital de San Carlos de Bariloche recibirá vacunas antigripales, triple viral, antineumocócica y contra la varicela, mientras que el hospital de El Bolsón será abastecido con dosis antigripales y antivaricela.
Posteriormente, el jueves (04/06), se concretará una nueva entrega de vacunas del Calendario Nacional en hospitales de General Roca, Cipolletti, Villa Regina, El Bolsón e Ingeniero Jacobacci.
Desde el Ministerio de Salud remarcaron la importancia de mantener actualizados los esquemas de vacunación, especialmente durante esta época del año, cuando aumentan las consultas por enfermedades respiratorias.
Además, recordaron que todas las vacunas del Calendario Nacional y las correspondientes a campañas estacionales son gratuitas y se encuentran disponibles de manera permanente en vacunatorios de hospitales públicos de Río Negro.
Judiciales
Una adolescente recibió protección judicial tras denunciar violencia física, psicológica y hostigamiento por parte de su ex novio
La resolución prohíbe cualquier tipo de contacto personal o digital y ordena mantener distancia de la escuela y los lugares que frecuenta la víctima.

Un juzgado de Paz del Alto Valle ordenó una prohibición de acercamiento y contacto en favor de una adolescente, luego de una denuncia por violencia física, psicológica y hostigamiento posterior al fin de una relación de noviazgo. La medida se dictó con carácter provisorio y por un plazo determinado, según surge de la resolución judicial.
El caso llegó al Juzgado a partir de una presentación realizada por la madre de la adolescente, quien pidió medidas de protección en representación de su hija menor de edad. En la denuncia relató que la joven mantuvo una relación de pareja durante aproximadamente un año con el denunciado y que el vínculo terminó pocas semanas antes de la intervención judicial.
De acuerdo con el fallo, la madre manifestó que tomó conocimiento de presuntos episodios de violencia física y psicológica durante la relación. También indicó que, tras la ruptura, el joven denunciado la habría contactado de manera insistente por mensajes. Esa situación derivó en el cambio de número telefónico de la adolescente. Pese a ello, según el relato incorporado a la causa, los contactos continuaron a través de redes sociales.
La resolución también mencionó expresiones intimidatorias atribuidas al denunciado. El Juzgado valoró que esas circunstancias provocaron temor en la adolescente y en su grupo familiar. Otro punto considerado fue la rutina educativa de la joven, quien asistía a una escuela secundaria ubicada en una localidad rionegrina, con traslados cotidianos a pie junto a su hermana y compañeras.
El Tribunal señaló que, aunque la adolescente y su familia tenían domicilio en Neuquén, los hechos denunciados proyectaban efectos directos en Río Negro. En ese sentido, sostuvo que la joven desarrollaba allí su actividad escolar y parte de su vida cotidiana, mientras que el denunciado residía en la misma localidad donde se encontraba el establecimiento educativo.
La jueza encuadró la decisión en la Ley Provincial N° 3040 y en normas de protección de niñas, niños y adolescentes. También citó la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención de Belém do Pará, la Constitución Nacional y leyes nacionales vinculadas con la protección integral y la violencia contra las mujeres.
En la parte resolutiva, el Juzgado ordenó al denunciado mantener distancia de la adolescente y de los lugares donde ella se encontrara o transitara, incluido el establecimiento educativo. Además, dispuso que la prohibición abarcara cualquier forma de contacto personal, telefónico, digital o por redes sociales.
La resolución también advirtió que cualquier incumplimiento podía derivar en sanciones previstas por la normativa aplicable y en la intervención del Ministerio Público Fiscal por posible desobediencia judicial. A su vez, ordenó librar oficio a la dependencia policial de la zona para que, en caso de resultar necesario, se dispusieran recorridas preventivas en inmediaciones de la escuela, sin afectar la actividad normal del establecimiento.
Otra de las medidas impuestas fue la realización de un tratamiento psicológico con orientación en el abordaje de conductas violentas. El Juzgado dispuso, además, la remisión de las actuaciones a la Unidad Procesal de Familia competente. El fuero de Familia de Cipolletti confirmó las medidas por el plazo de 90 días.








