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Concesionaria entregó un motor fallado y no admitió el daño: Deberá indemnizar a los dueños de la camioneta

Deberán reintegrar la suma abonada más los gastos de colocación del motor, el daño moral y la indemnización por el tiempo de privación del uso del rodado que sufrieron los dueños.

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Una concesionaria oficial tendrá que indemnizar a dos personas que compraron un motor para el vehículo que usaban en sus traslados diarios a un refugio de montaña. La empresa entregó un motor con fallas y luego de infructuosos reclamos, los afectados iniciaron la demanda judicial bajo la normativa de Defensa del Consumidor.

Un juzgado Civil de Primera Instancia de Bariloche condenó a Nippon Car SRL, concesionaria oficial de Toyota, a reintegrar la suma abonada más los gastos de colocación del motor, el daño moral y la indemnización por el tiempo de privación del uso del rodado que sufrieron los dueños. «La prueba pericial determinó que el problema se encontraban en el motor. Concretamente el inconveniente se debía a que el barrido de aceite no se estaba haciendo eficientemente, lo que evidenció que el problema se encontraba en la pieza suministrada por la concesionaria», explicó el fallo.

El repuesto que necesitaba la camioneta era un block de motor semiarmado de la marca Toyota, importado de Japón. Por el uso que se daba al rodado en caminos con toda clase de dificultades, era imprescindible que funcionara de manera óptima. Cuando la concesionaria informó telefónicamente que el motor ya estaba disponible, uno de los dueños, junto a su mecánico de confianza, concurrió al lugar. Allí vio que el motor estaba en una caja de cartón común, envuelta en nailon y sin ninguna identificación de la marca. Al día siguiente, un empleado de Nippon Cars entregó la caja en el taller del mecánico y el profesional notó que el motor tenía dos cilindros oxidados, por lo que se negó a recibirlo. Pero el agente se rehusó a retirarlo y dejó el motor ahí. Al otro día la empresa se lo llevó y en su propio taller le aplicó un lubricante multiuso sobre las partes oxidadas. Según indicaron los demandantes, el jefe de talleres aseguró a los dueños que con eso se solucionaba el problema y que el motor estaba en perfectas condiciones para su colocación.

Por la confianza que le tenían a la empresa y por ser la única concesionaria oficial de Toyota en la región, los dueños retiraron el motor y lo colocaron a la camioneta. Sin embargo, no pudieron usarla de inmediato porque hubo demoras con la empresa en los documentos necesarios para inscribir el cambio de motor.

Finalmente la camioneta volvió a circular, pero tres meses después y con menos de 10.000 kilómetros de uso, falló otra vez: el motor humeaba y consumía demasiado aceite. Pese al diagnóstico de dos mecánicos de confianza, desde Toyota negaron que el problema estuviera en la pieza cambiada y sugirieron un cambio de retén de válvula. El cambio se hizo pero la falla persistía.

Las sospechas se agravaron cuando otro mecánico aseguró que también había comprado esa misma pieza en la concesionaria pero, a diferencia de esta, le había llegado en una caja de cartón grueso con insignias de la marca Toyota y con un precinto de seguridad.

Al fin, con el reclamo judicial iniciado y de nuevo con el vehículo parado, una pericia demostró que el problema estaba en el motor suministrado por la concesionaria.

El fallo

La sentencia declaró la relación de consumo entre los proveedores y los dueños de la camioneta. Luego analizó la pericia que confirmó que el vehículo emitía humo blanco con olor a aceite, que había una pérdida de aceite en el motor, además de corrosión y óxido en algunas piezas. El perito concluyó que la causa de las fallas fue el tiempo y las condiciones ambientales de almacenaje a las que había sido sometido el block.

Un testigo, empleado de 25 de antigüedad en Toyota, explicó que «es posible la existencia de óxido en los cilindros por estar a la intemperie o al aire que lo circunda, ya que el embalaje original de importación es abierto a los fines grabar el número de motor en la Argentina».

El mecánico de confianza de los demandantes también declaró que ese tipo de óxido puede derivar de que la pieza estuvo mal embalada, al descubierto o durante mucho tiempo en un lugar húmedo.

El juez, además, interpretó que el reclamo fue efectuado dentro del plazo de la garantía legal por la que debe responder Nippon Cars.

Concesionaria entregó un motor fallado y no admitió el daño: deberá indemninzar a los dueños de la camioneta

Una concesionaria oficial tendrá que indemnizar a dos personas que compraron un motor para el vehículo que usaban en sus traslados diarios a un refugio de montaña. La empresa entregó un motor con fallas y luego de infructuosos reclamos, los afectados iniciaron la demanda judicial bajo la normativa de Defensa del Consumidor.
Un juzgado Civil de Primera Instancia de Bariloche condenó a Nippon Car SRL, concesionaria oficial de Toyota, a reintegrar la suma abonada más los gastos de colocación del motor, el daño moral y la indemnización por el tiempo de privación del uso del rodado que sufrieron los dueños. “La prueba pericial determinó que el problema se encontraban en el motor. Concretamente el inconveniente se debía a que el barrido de aceite no se estaba haciendo eficientemente, lo que evidenció que el problema se encontraba en la pieza suministrada por la concesionaria”, explicó el fallo.
El repuesto que necesitaba la camioneta era un block de motor semiarmado de la marca Toyota, importado de Japón. Por el uso que se daba al rodado en caminos con toda clase de dificultades, era imprescindible que funcionara de manera óptima. Cuando la concesionaria informó telefónicamente que el motor ya estaba disponible, uno de los dueños, junto a su mecánico de confianza, concurrió al lugar. Allí vio que el motor estaba en una caja de cartón común, envuelta en nailon y sin ninguna identificación de la marca. Al día siguiente, un empleado de Nippon Cars entregó la caja en el taller del mecánico y el profesional notó que el motor tenía dos cilindros oxidados, por lo que se negó a recibirlo. Pero el agente se rehusó a retirarlo y dejó el motor ahí. Al otro día la empresa se lo llevó y en su propio taller le aplicó un lubricante multiuso sobre las partes oxidadas. Según indicaron los demandantes, el jefe de talleres aseguró a los dueños que con eso se solucionaba el problema y que el motor estaba en perfectas condiciones para su colocación.
Por la confianza que le tenían a la empresa y por ser la única concesionaria oficial de Toyota en la región, los dueños retiraron el motor y lo colocaron a la camioneta. Sin embargo, no pudieron usarla de inmediato porque hubo demoras con la empresa en los documentos necesarios para inscribir el cambio de motor.
Finalmente la camioneta volvió a circular, pero tres meses después y con menos de 10.000 kilómetros de uso, falló otra vez: el motor humeaba y consumía demasiado aceite. Pese al diagnóstico de dos mecánicos de confianza, desde Toyota negaron que el problema estuviera en la pieza cambiada y sugirieron un cambio de retén de válvula. El cambio se hizo pero la falla persistía.
Las sospechas se agravaron cuando otro mecánico aseguró que también había comprado esa misma pieza en la concesionaria pero, a diferencia de esta, le había llegado en una caja de cartón grueso con insignias de la marca Toyota y con un precinto de seguridad.
Al fin, con el reclamo judicial iniciado y de nuevo con el vehículo parado, una pericia demostró que el problema estaba en el motor suministrado por la concesionaria.

El fallo
La sentencia declaró la relación de consumo entre los proveedores y los dueños de la camioneta. Luego analizó la pericia que confirmó que el vehículo emitía humo blanco con olor a aceite, que había una pérdida de aceite en el motor, además de corrosión y óxido en algunas piezas. El perito concluyó que la causa de las fallas fue el tiempo y las condiciones ambientales de almacenaje a las que había sido sometido el block.
Un testigo, empleado de 25 de antigüedad en Toyota, explicó que “es posible la existencia de óxido en los cilindros por estar a la intemperie o al aire que lo circunda, ya que el embalaje original de importación es abierto a los fines grabar el número de motor en la Argentina”.
El mecánico de confianza de los demandantes también declaró que ese tipo de óxido puede derivar de que la pieza estuvo mal embalada, al descubierto o durante mucho tiempo en un lugar húmedo.
El juez, además, interpretó que el reclamo fue efectuado dentro del plazo de la garantía legal por la que debe responder Nippon Cars.

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La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba

El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

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La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.

En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.

Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.

La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.

Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.

Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.

Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.

Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.

Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.

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Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca

Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

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Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.

La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.

Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.

De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.

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Hallaron a tres adolescentes que eran intensamente buscados, pero siguen dos búsquedas activas en Roca

Siguen siendo intensamente buscados Cintia Campos y Axel Ezequiel Aguilar.

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Durante el fin de semana, el Ministerio Público Fiscal encabezó distintas intervenciones vinculadas a denuncias por desaparición de personas en General Roca y Viedma, coordinando las tareas de búsqueda realizadas por efectivos de la Policía de Río Negro.

En General Roca se registraron cuatro denuncias durante el turno del fiscal Gastón Britos Rubiolo. Dos de ellas correspondieron a adolescentes alojados en el CAINA, cuya ausencia fue advertida por operadores de la institución el viernes (12/06) por la tarde.

Tras diversas diligencias, uno de los jóvenes fue encontrado el sábado (13/06) a las 20 horas en la vivienda de su madre, mientras que el otro regresó al espacio donde reside alrededor de las 21.30. Ambos continúan alojados en el centro.

Sin embargo, permanecen activas dos búsquedas en la ciudad. Una de ellas corresponde a Cintia Campos, cuya desaparición fue denunciada recientemente, aunque había sido vista por última vez el pasado 9 de junio. La mujer es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros, tiene tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro con rulos hasta los hombros.

También continúa la búsqueda de Axel Ezequiel Aguilar, de 1,75 metros de estatura, tez trigueña, ojos marrones oscuros y una cicatriz en la ceja derecha. La última vez que fue visto se encontraba en inmediaciones de las Rutas Provinciales N° 65 y N° 6. Vestía un jean cargo color mostaza y una parka negra.

Por otra parte, en Viedma se recibió una denuncia por la desaparición de un adolescente de 15 años. Su madre informó que había salido de su vivienda en bicicleta el domingo por la noche. Horas después, el joven regresó por sus propios medios a su hogar.

Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el protocolo provincial de búsqueda establece la atención inmediata de toda denuncia por desaparición, ya que las primeras horas son fundamentales para aumentar las posibilidades de localización.

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