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Sociedad

EdERSA solicitó un incremento de más del 12% en sus tarifas

«Para una familia tipo, importa un incremento mensual de $745, sin impuestos», aseguró en audiencia pública el subgerente General de la distribuidora, Jorge Agnelli.

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Se debatió en una nueva audiencia pública la pretensión de la distribuidora de electricidad EdERSA relacionada con eventuales cambios a la tarifa eléctrica, a partir de una serie de inversiones en el sistema y por el efecto inflacionario medido entre mayo del año pasado hasta la actualidad.

La audiencia se realizó de forma virtual con el fin de facilitar una mayor participación de vecinos y vecinas de toda la provincia. Fue transmitida desde la sede del EPRE en Cipolletti y puede verse nuevamente en el siguiente link: https://bit.ly/3WBoQbv

La propuesta de modificación tarifaria fue presentada por dos representantes de EdERSA durante la audiencia pública convocada por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), que es el organismo que tiene a cargo la definición del proceso.

En la introducción al debate, la presidenta del EPRE, Isabel Tipping, aclaró que por los plazos administrativos la pretensión de la distribuidora comprende todo el período posterior a la última autorización del organismo que conduce. En rigor, indicó que se analizará desde mayo de 2022 hasta marzo 2023. «Se excluye de la pretensión los costos laborales, que ya cuentan con un mecanismo de ajuste legal específico», advirtió.

También contó que el proceso de revisión también incluye la contemplación en la tarifa para afrontar el adelantamiento una serie de obras definidas como prioritarias por la Secretaría de Estado de Energía de Río Negro. «Ello implica una modificación del Plan de Inversiones Especiales vigente con el fin de reemplazar las obras previstas en el tercer año identificadas como Interconexión El Cuy – Cerro Policía por otra obra cuyo propósito es abastecer el área productiva del valle de Río Negro entre General Conesa y Guardia Mitre, así como mejorar la confiabilidad del suministro eléctrico a esa última localidad», detalló.

Tipping aclaró que se exigirá que la valorización de las inversiones sea resuelta en una compulsa pública, por lo que el costo definitivo surgirá de ese proceso, que estará a cargo de EdERSA. De igual modo, anticipó que cumplir con ese paso no será suficiente sino que «antes de su adjudicación, se deberá realizar una audiencia para demostrar la razonabilidad del valor propuesto».

El secretario de Energía Eléctrica, Néstor Pérez, fue quien explicó los pormenores del adelantamiento de las inversiones. «Es una de las tres obras que consideramos de carácter estratégico en el Plan de Inversiones Especiales y, como tal, cuentan con un sistema de aprobación y seguimiento. Una fue la Línea de 33 kV que une la zona céntrica de Cipolletti con Balsa Las Perlas, que se está ejecutando y se prevé inaugurar antes de fin de año. La segunda fue una línea para abastecer El Cuy y Cerro Policía; y la tercera, es una nueva línea de 13,2 kV que unirá Los Menucos con Sierra Colorada», describió.

«Solicitamos el cambio de la segunda de las obras por esta línea de 33 kV, por dos razones. La primera tiene que ver con el alto grado de avance que tiene una gestión para conseguir financiamiento externo para la vinculación de El Cuy y Cerro Policía, a partir de los beneficios ambientales que implica», reconoció Pérez. Además, enumeró una serie de reclamos que han recibido ante la imposibilidad de poner en producción el valle cercano al río ubicado entre General Conesa y Guardia Mitre. «Como consideramos que son obras de dimensiones similares e intercambiables, lo cual no debería tener un efecto tarifario», evaluó. 

La posición de EdERSA

Luego, el subgerente General, Jorge Agnelli, junto al gerente de Planificación, José Cainelli, intervinieron en representación de la EdERSA y dieron los detalles técnicos de la obra analizada. Además, aludieron a las consecuencias para la empresa del proceso inflacionario acumulado desde que entró en vigencia la nueva tarifa el año pasado hasta marzo del corriente año.

Fue Agnelli, tras describir cómo se compone la tarifa y cuál es el rol de la empresa a rasgos generales, el encargado de mostrar las variaciones en los costos de una serie de insumos relevantes para la adecuada prestación del servicio. Puso como ejemplo dos facturas por la compra de un transformador de distribución en mayo del año pasado a 5.641 dólares y otro en marzo de este año, a 11.168 dólares oficiales. El incremento del precio en dólares adujo que es de 98% y de un 274% si se hace la conversión a pesos.

«La inflación nos ha menguado en forma relevante el poder de compra y contratación de los ítems anteriormente descriptos, necesarios para el desarrollo de los distintos trabajos de Operación, Mantenimiento y Obras. Como no podemos dejar de ejecutar estas acciones, solicitamos una actualización del VAD-NS, basada en la variación del Índice de Precios Internos Mayoristas a Nivel General, elaborado por el INDEC», requirió.

El representante de EdERSA señaló que el efecto de la actualización solicitada sería del 12,4%, según las proyecciones que mostró, lo cual a nivel promedio y para una familia tipo, «importa un incremento mensual de $745, sin impuestos». Aunque no expuso qué tipo de consumo es el aludido en el ejemplo, también pidió considerar al momento del análisis, el aumento de los costos de abril de este año, que no habían sido incluidos en la presentación original.

El resto de las intervenciones

Luego llegó el turno de las personas que se anotaron como oradoras. En general, se trató de representantes sectoriales que rechazaron el aumento pretendido y hubo una sola empresa que intervino en el cierre, en defensa de sus intereses como usuaria del servicio público de electricidad.

En primer término, lo hizo la Cámara de Agricultura, Industria y Comercio de General Roca, Miguel Grasso, quien fue crítico y rechazó un ajuste por inflación ya que «no existe actividad económica que goce de semejante beneficio porque es imposible trasladar el aumento de costos linealmente a precios». De igual modo, manifestó su oposición a adelantar fondos para obras de infraestructura porque, según dijo, lo prohíbe la Ley N° 2902. Debería financiarse por otras vías, deslizó, como recursos propios u otros que puede gestionar la Provincia como el FEDEI (Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior).

Carlos Zanardi, del Consorcio de Regantes de Allen y Fernández Oro, inició su participación señalando que se están discutiendo temas que no considera sean de interés de los usuarios. «Todos los usuarios no pueden hacerse cargo de las obras de infraestructura del sistema eléctrico en los lugares más alejados, ya que no tienen nada que ver con el uso. Para eso están los fondos públicos de la Provincia y de la Nación, y así debe hacerse», entendió.

Otros oradores que se expresaron en términos similares fueron Walter Fiore, de la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Villa Regina; Miguel Sabbadini, de la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados; Antonio D’Angelo, Sindicato de Luz y Fuerza de Río Negro y Neuquén: Sebastián Hernández, de la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén; Marcela García, de la Asociacion Civil de Productores Alto Valle; y Silvano Pacher, de Química del Valle SRL.

El objetivo del organismo regulador durante la Audiencia Pública siempre es el de escuchar a las personas interesadas y reunir los suficientes elementos de juicio que permitan arribar a una resolución, la cual se tomará en los próximos meses considerando todos los aportes presentados durante este útil mecanismo de participación popular.

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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