Judiciales
Negó ser el dueño de un perro que mordió a una mujer, pero lo desmintieron y ahora deberá pagar una indemnización
La joven mujer que conducía la moto sufrió una gravísima lesión en un hombro, que le dejó secuelas irreversibles de incapacidad física.

«Ese perro no es mío», dijo el dueño del animal que tiró de la moto a una mujer y a su hijita en Chimpay. Pero varios vecinos no dudaron en declarar ante la justicia y aseguraron que el perro no sólo pertenecía al hombre demandado sino que, además, eran cotidianos los ataques del can a peatones, ciclistas y motocilistas.
La joven mujer que conducía la moto sufrió una gravísima lesión en un hombro, que le dejó secuelas irreversibles de incapacidad física. Su hija de 6 años, quien salió despedida del rodado al momento del vuelco, por fortuna no sufrió lesiones de gravedad.
Un fallo del Juzgado Civil N° 31 de Choele Choel tuvo por acreditado que el perro había atacado sorpresivamente a la motociclista. Condenó entonces al dueño por la responsabilidad objetiva que le impone el Código Civil y Comercial, ante el riesgo que entraña el animal y por haber incumplido su deber de vigilancia sobre él.
La sentencia no está firme y se encuentra en instancia de apelación. Según tuvo por acreditado la jueza de Primera Instancia de Choele Choel, el ataque del perro causó daño físico, psíquico y moral a la mujer, además de una incapacidad laboral del 40%.
En su defensa, el hombre se declaró ajeno al conflicto y planteó una «falta de legitimación pasiva»; en otras palabras, negó ser la persona a la cual correspondía demandar. Dijo que la mujer lo denunció «sobre bases absolutamente falsas e inexactas, ya que no resulta ser el propietario del perro que la actora describe».
Pero los testigos directos del episodio aseguraron que la mujer y su niña fueron atacadas por ese perro, que salió del terreno del demandado porque estaba el portón abierto. También atestiguaron que el perro vive en esa casa, que siempre responde al llamado del hombre y que «acostumbraba a correr a la gente y a morder los pantalones». Incluso recordaron que estando la mujer herida en el piso, con la moto encima, el perro «no la soltaba».
Según explicó el fallo, en cualquier caso de responsabilidad objetiva «el propietario o guardián del animal agresor debe afrontar los daños causados, salvo que demuestre el accionar culposo de la víctima o de un tercero; caso fortuito o fuerza mayor». Pero en este caso no se demostró ninguna de esas cuatro opciones que la ley admite para liberarse de la responsabilidad civil.
Las secuelas
La mujer fue internada y operada, y realizó varios meses de fisioterapia sin poder revertir el dolor constante y la pérdida de funcionalidad del brazo.
Una pericia detalló las secuelas psíquicas del hecho, «compatibles con el concepto psicológico de trauma». La experta describió que la mujer hace enormes esfuerzos por «sostener su fortaleza», pero convive con sentimientos de angustia, pérdida de autonomía, ansiedad y frustración.
A ese rubro se sumó la indemnización por la incapacidad física, acreditada por una pericia médica, que la afecta no sólo a nivel laboral «sino también por la incidencia en la vida de relación de la víctima y en su actividad productiva».
La condena incluyó también los gastos de farmacia, radiografías y traslados que costeó la mujer y finalmente ordenó un resarcimiento por daño moral «fundado en que al momento del accidente se encontraba sana y activa, ostentando un excelente estado de salud» y las gravísimas lesiones ahora «limitan ampliamente sus actividades cotidianas, repercutiendo negativamente en la autoestima y en los sentimientos más íntimos» de la joven madre.
Judiciales
Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.
Judiciales
Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro
La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.
La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.
Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.
El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.
Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.
Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.
Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.
La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.
El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.
Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.
Judiciales
Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez
Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.
La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.
El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.
La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.
Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.
La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.
Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.
Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.








