Judiciales
Inició juicio por defraudación a la obra social del Estado rionegrino
Los hechos habrían ocurrido entre 2013 y 2019.

Esta mañana (27/06) comenzó el juicio que durante varias jornadas se llevará adelante contra cuatro personas imputadas por hechos de defraudación a la Obra Social IPROSS, ocurridos entre diciembre de 2013 y abril de 2019. La maniobra habría sido posible por la connivencia entre la responsable del área de Auditoria del Colegio de Farmacéuticos de Rio Negro y los dueños de determinadas farmacias.
Cabe mencionar que por estos hechos y las maniobras descriptas, dos personas ya fueron condenadas.
En el marco de la investigación la Fiscalía ha logrado recabar y analizar contundente evidencia para poder solicitar que se declare responsables a los imputados. El equipo fiscal enumeró con precisión durante casi una hora a quiénes se convocará a prestar su testimonio, la matriz de análisis de cada uno de los más de 380 testigos y de la prueba documental con la que se cuenta en el marco de esta causa judicial declarada compleja.
En este sentido el Ministerio Público Fiscal subrayó que se solicitó ese tipo de tratamiento por la cantidad y duración de los hechos investigados, las modalidades que se fueron vislumbrando a raíz de múltiples pericias contables, informáticas, caligráficas, como también de los allanamientos y el resultado de los mismos. Todo ello, en uno de los casos, posibilitó además ampliar la acusación fiscal.
La fiscal jefe detalló que se presentarán pruebas de diversas fuentes y que por ello se va a dividir la misma en bloques. Se tomará testimonio a los representantes de las empresas encargadas de desarrollar los sistemas informáticos utilizados tanto en el Colegio como en las farmacias de Rio Negro, también a los especialistas en Informática Forense del Poder Judicial, a los peritos contadores de la División de Informes Técnicos de la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal de la Procuración General, el perito calígrafo del Cuerpo de Investigación Forense de la 2° Circunscripción Judicial.
Integrantes del Gabinete de Criminalística darán cuenta de los allanamientos concretados en el Colegio de Farmacéuticos de General Roca y en domicilios particulares. Además se cuenta con la entrega voluntaria del back up con el que contaba el desarrollador del sistema informático del Colegio, con sede en Gualeguaychú, Entre Ríos. De allí se extrajeron las bases de datos de los sistemas de gestión (software) Xarion y Xeilon, que fueron utilizados por los imputados para concretar la maniobra.
La prueba a producir incluye además a referentes del organismo que nuclea a los laboratorios que preveían medicamentos a las droguerías, como también a los responsables de las diversas droguerías. Además se utilizarán para sostener la acusación las más de tres mil hojas de planillas confeccionadas para poder analizar los delitos cometidos por estas cuatro personas.
Las audiencias continúan el jueves próximo, momento en que comenzarán a declarar los testigos convocados por las partes.
Pedido de prescripción de la acción penal y de reparación
Las defensas particulares de las partes solicitaron hoy, por un lado, la extinción de la acción penal por reparación integral del prejuicio por parte de uno de los imputados, y respecto de los cuatro en conjunto el pedido de prescripción.
La Fiscalía de Estado representando a la víctima y luego el Ministerio Público Fiscal se opusieron a ambas solicitudes.
Por su parte, el Tribunal Colegiado dará a conocer la resolución de la prescripción el próximo jueves y en relación a la reparación económica al solicitar que se trate como una cuestión de fondo explicó que aún no es momento para que se expida.
Judiciales
Fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era buscada en Roca
La joven de años se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º.

La Fiscalía de turno de General Roca informó que fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era intensamente buscada.
Según la información difundida por el Ministerio Público de Río Negro, la joven se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º. Está en buen estado de salud.
Las autoridades agradecieron a la comunidad por su apoyo y dieron por finalizado el protocolo de búsqueda de paradero.
Judiciales
La Justicia condenó a YPF a indemnizar a un distribuidor de Roca
El fallo consideró justificada la rescisión del contrato por parte del distribuidor y ordenó el pago de una indemnización.

Durante más de una década, un distribuidor oficial de productos YPF construyó su negocio en Roca. La relación comercial comenzó con la venta de lubricantes y, con el paso de los años, la empresa familiar se convirtió en una de las más reconocidas de la red. El contrato lo obligaba a comercializar exclusivamente productos de la petrolera.
Con el tiempo, el escenario cambió. La empresa de energía incorporó a otro distribuidor en la misma zona. Así, el hombre comenzó a recibir menos bonificaciones y sufrió restricciones en el abastecimiento de mercadería. La menor disponibilidad de productos redujo su capacidad para competir y afectó sus ventas.
La situación se agravó cuando también asumió la distribución de productos en Bahía Blanca. Aunque se trataba de una operación distinta, los problemas financieros de esa actividad comenzaron a repercutir sobre el negocio que desarrollaba en Río Negro. La empresa vinculó ambas operaciones mediante una única cuenta corriente y las dificultades de una terminaron condicionando el funcionamiento de la otra.
Con menos mercadería disponible y condiciones comerciales desfavorables, el negocio se deterioró de manera progresiva. Finalmente, el distribuidor dio por terminado el contrato mediante una carta documento y responsabilizó a YPF por haber incumplido obligaciones esenciales de la relación comercial.
Luego recurrió al Poder Judicial y presentó una demanda en el fuero Civil de Roca. Pidió que se declarara justificada la resolución del contrato por los incumplimientos de YPF y que se la condenara a indemnizar los daños ocasionados. La jueza hizo lugar al planteo, consideró válida la decisión del distribuidor de extinguir el vínculo contractual y condenó a la empresa a pagar una indemnización.
La empresa pidió el rechazo de la demanda. Sostuvo que nunca interrumpió el suministro de mercadería y que las dificultades obedecieron a las deudas acumuladas por el distribuidor y al incumplimiento de sus compromisos comerciales. También afirmó que brindó asistencia permanente, autorizó entregas excepcionales, mantuvo bonificaciones adicionales y negó haber favorecido a otro distribuidor o haber incumplido el contrato.
La sentencia analizó la relación como un contrato de distribución celebrado por adhesión y concluyó que varias de sus cláusulas colocaban al distribuidor en una situación de desigualdad.
Mientras el comerciante estaba obligado a comercializar exclusivamente productos YPF, la empresa podía designar otros distribuidores en la misma zona. Además, el contrato le permitía otorgar bonificaciones diferentes entre distribuidores sin posibilidad de reclamo. Para la jueza, esas condiciones rompían el equilibrio contractual y resultaban incompatibles con el principio de buena fe.
El fallo también concluyó que no existió un corte total e inmediato del suministro, pero sí una restricción progresiva que afectó el desarrollo del negocio.
La magistrada entendió que YPF utilizó una cuenta corriente única para vincular las deudas generadas en Bahía Blanca con el contrato de Roca, lo que redujo la provisión de mercadería y agravó el deterioro económico del distribuidor.
Consideró que ese mecanismo desnaturalizó la autonomía de ambos contratos y configuró un ejercicio abusivo de las facultades de la empresa.
Para fijar la indemnización, la sentencia reconoció el lucro cesante por las ganancias que el distribuidor dejó de obtener y el daño extrapatrimonial por las consecuencias personales derivadas de la pérdida de una actividad que había desarrollado durante años.
Judiciales
Despidieron a una niñera por usar el celular, pero la Justicia declaró injustificada la medida
La mujer fue despedida por el supuesto uso excesivo de auriculares y teléfono celular mientras cuidaba a una niña.

La Cámara Primera del Trabajo de General Roca declaró injustificado el despido con causa de una trabajadora de casas particulares que se desempeñaba como cuidadora de una niña. La empleadora la había desvinculado al sostener que utilizaba de manera excesiva el teléfono celular y auriculares durante la jornada laboral, una conducta que, según afirmó, ponía en riesgo a la menor.
De acuerdo al expediente, la madre de la niña aseguró que la trabajadora permanecía buena parte del tiempo utilizando el celular, mientras que la cuidadora negó esas acusaciones y sostuvo que nunca recibió sanciones ni llamados de atención por esa conducta.
Tras ser despedida, la mujer rechazó la decisión mediante telegrama laboral y promovió una demanda para reclamar las indemnizaciones correspondientes.
Al analizar el caso, los jueces recordaron que el despido con causa solo puede aplicarse cuando existe un incumplimiento grave que haga imposible continuar la relación laboral. En ese sentido, advirtieron que la carta documento enviada por la empleadora no describía con precisión los hechos atribuidos a la trabajadora y que tampoco se aportaron pruebas que respaldaran las acusaciones.
La sentencia sostuvo que existía «ausencia de precisión y vaguedad de los incumplimientos que se le reprocha» y agregó que la empleadora tampoco acreditó «los hechos objetivos en los que funda la presunta pérdida de confianza».
Por ello, la Cámara declaró injustificado el despido y ordenó el pago de las indemnizaciones previstas por la ley para el personal de casas particulares.
No obstante, el tribunal rechazó otros reclamos de la demanda, ya que la trabajadora no logró demostrar que la relación laboral hubiera comenzado antes de la fecha registrada ni acreditó las horas extras que reclamaba.








