Judiciales
Frustrada compra de pasajes a Miami en el Cyber Monday: Fallo favorable para consumidora
El fallo condenó al banco, a una firma intermediaria de medios de pago y a la tarjeta de crédito a devolverle el dinero a la clienta.

Una mujer de Cipolletti, atraída por una promoción de pasajes a Miami en cuotas, adquirió el viaje en un Cyber Monday. Abonó con tarjeta de crédito bajo la promesa de una financiación en dólares pero el banco le informó que esa situación era imposible. Quiso anular la compra y no lo logró. En el Juzgado de Paz resolvieron favorablemente su reclamo.
El fallo condenó al banco, a una firma intermediaria de medios de pago y a la tarjeta de crédito a devolverle el dinero a la clienta. Y además le aplicó una multa por no haber atendido el reclamo de manera oportuna y por la dilación del proceso.
Es que la mujer primero llevó su caso a la instancia administrativa ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Sin respuestas inició una menor cuantía en el Juzgado de Paz de Cipolletti.
Consignó que aceptó una oferta de pasajes a Miami en un Cyber Monday porque incluía una financiación en dólares. Sin embargo, el banco le informó que esa circunstancia era imposible. Entonces decidió anular la compra.
A partir de ese momento, la clienta comenzó a advertir en su resumen de tarjeta de crédito reversiones de dinero confusas ya que se tomaban parcialmente, mes de por medio. Esos cobros no terminaron de comprenderse porque eran sumas poco claras.
La sentencia que condenó al Banco Hipotecario, a Prisma Medios de Pago y a Visa Argentina consignó que la obligación de información de la Ley de Defensa del Consumidor alcanza a la modalidad de cancelación, impugnación o de cómo debía deshacerse la operación.
Sostiene además que las empresas demandadas debieron proceder corrigiendo o no el error, con una explicación clara y exacta de la liquidación aportando copia de los comprobantes o fundamentos que avalen la situación. De todos modos, nada de ello sucedió.
El fallo no solo le ordenó a las firmas devolverle el dinero a la consumidora sino que le aplicó una multa civil por dilatar el proceso y por la escasa vocación conciliatoria en la instancia administrativa y judicial.
Menor cuantía
Los procesos de menor cuantía son juicios civiles con características especiales que se realizan ante cualquier Juzgado de Paz. Son procesos rápidos y accesibles para todo reclamo que no supere los $300.000. Ese monto máximo, es actualizado regularmente por el Superior Tribunal de Justicia.
Según establece el Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro, las demandas de menor cuantía tramitan por proceso sumarísimo, es decir, con plazos especialmente breves. Además el trámite es «gratuito para el acceso a la justicia y de carácter informal, con resguardo de los esenciales principios de bilateralidad, igualdad y colaboración».
En este tipo de juicios las partes pueden ser asistidas por abogados y abogadas de la matrícula, a su exclusivo cargo, pero esa contratación no es obligatoria.
Para iniciar una demanda la persona puede solicitar un modelo en el juzgado de Paz o puede presentar su propio texto, donde debe explicar cuál es su pretensión, cuál es la prueba con la que cuenta para sostener su reclamo, cuáles son los fundamentos legales «si lo tuviere o conociera» y la petición concreta de lo que espera obtener.
La norma también prevé que si la parte demandada no se presenta a la audiencia a pesar de estar correctamente notificada, esa ausencia injustificada se interpretará «como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, quedando habilitada la prosecución de la causa sin más trámite».
Por su especial naturaleza, los juicios de menor cuantía no pueden utilizarse para las sucesiones, las quiebras, los procesos del fuero de Familia, los juicios laborales y las demandas de desalojo.
Los Juzgados de Paz, en números
Durante el último año, ingresaron a los 49 Juzgados de Paz de toda la provincia 43.567 expedientes. Del total de causas, 12.847 ingresos corresponden a Certificaciones de
Firma, 7.825 a Carta Poder Laboral, 5.205 a Violencia Familiar y de Género, 3.848 Contravenciones, 3.436 Ejecuciones Fiscales y 2.822 a Juicios Ejecutivos. Estos procesos representan el 83 por ciento de la actividad de los juzgados de Paz.
En el mismo periodo se realizaron 28.617 audiencias de menor cuantía, testimoniales, violencia familiar y de género, entre otras. En cuanto a la menor cuantía se registraron 1.747 acciones de este tipo en todo el 2022.
Judiciales
Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria
El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.
El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.
El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.
En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.
La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.
Judiciales
Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.
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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca
La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.
La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.
Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.
El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.
Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.
El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.








