Judiciales
Condenado por abuso sexual infantil también deberá resarcir económicamente a la víctima
Un fallo civil consideró probado el daño moral y las secuelas psicológicas.

Un hombre que fue condenado por abuso sexual infantil en sede penal, deberá resarcir económicamente a la víctima. Así lo dispuso un fallo civil, que consideró probado el daño moral y las secuelas psicológicas.
La sentencia penal al abusador tuvo una primera instancia y luego fue ratificada por el Tribunal de Impugnación y el Superior Tribunal de Justicia.
En la demanda civil, el condenado reconoció los hechos, pero negó que hayan generado «consecuencias dañosas» y por lo tanto manifestó que no pueden dar lugar a una reparación. Además, argumentó que los hechos estaban prescriptos.
El Juzgado Civil de Viedma tuvo en cuenta la prueba documental, los testimonios y las pericias psicológicas realizadas a la víctima.
Por un lado tuvo en cuenta que tras la denuncia penal de la víctima, todo el entorno familiar se vio modificado. Muchos vínculos fueron interrumpidos.
Una pericia psicológica dio cuenta que la víctima «se presenta en estado de lucidez, su juicio está conservado y su relato no presenta contradicciones».
Indicó que la situación le generó «un daño de grado severo ya que necesita apoyo psicoterápico por un tiempo superior a un año y psicofarmacológico prolongado». Sufre de un Trastorno de Estrés Postraumático crónico, incluso a más de 20 años de los hechos.
La sentencia analizó en primer término el pedido de prescripción. Enmarcó el caso bajo el prisma de lo establecido en la CEDAW y la Convención de Belem do Pará, «especialmente la manda de asegurar el acceso a la reparación por parte de las mujeres del daño sufrido por violencia de género y violencia sexual».
También citó un fallo reciente del Superior Tribunal de Justicia. «Juzgar con perspectiva de género implica detectar durante un procedimiento judicial una situación de desigualdad en razón del género, para corregirla a través de la interpretación y aplicación de la ley, teniendo en cuenta la especial situación de quien la padece; es una herramienta metodológica para el Juez que implica un esfuerzo intelectual por comprender la complejidad social, cultural y política que existe en relación al género para evitar situaciones de desigualdad».
Además, tuvo en cuenta que «recientemente la Acordada STJ 06/2023 estableció como política institucional, la obligatoriedad de realizar un abordaje judicial con Perspectiva de Géneros en las situaciones que involucren los derechos de mujeres con el objeto de garantizar la igualdad y el acceso a la justicia, a los fines de evitar análisis que pueden resultar estandarizados, simplificados y/o sesgados en base a prejuicios y/o estereotipos de género con el propósito de prevenir, sancionar y erradicar las prácticas que constituyan discriminación y violencias en razón del género».
En la continuidad del análisis sobre la prescripción, explicó «para valorar esta controversia debo tener en cuenta la condición de mujer y niña de la víctima, entendiendo que adoptar la correspondiente perspectiva de género conlleva poner en práctica la empatía, esforzándome para acercarme al menos, con la situación que atravesó la víctima todos estos años».
Recordó que esto es «algo en lo que se pone especial acento en todas las capacitaciones sobre perspectiva de género recibidas dentro de este Poder Judicial en el marco de la Ley Micaela».
De esta manera, concluyó que «no resulta adecuado entender que el demandado, que ha reconocido los hechos, y al día de hoy se encuentra condenado con sentencia firme, pueda verse beneficiado por el transcurso del paso del tiempo».
Finalmente, tuvo en cuenta «la reforma introducida por la Ley N° 27.206 (año 2015) llamada de respeto a los tiempos de las víctimas, que modificó el art. 67 del Código Penal” Así, “el curso de la prescripción se suspende no solo mientras la víctima sea menor de edad, sino también, cuando habiendo alcanzado la mayoría de edad no formula la denuncia penal contra el victimario. Que aunque se refiere a la materia penal, sus fundamentos resultan trasladables a la acción civil».
Tras rechazar la prescripción, analizó cada rubro indemnizatorio y fijó los montos correspondientes.
Judiciales
Caso Julián Dobra: un nuevo detenido por el crimen del joven roquense
El Ministerio Público Fiscal imputó a un joven de 18 años, acusado de participar en el homicidio ocurrido en abril pasado. Se convirtió en el octavo implicado en la causa.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un nuevo imputado acusado de haber participado en el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. El joven, de 18 años, fue detenido durante la mañana de este viernes (07/11) y se convirtió en el octavo acusado en la causa.
Según la hipótesis fiscal, el detenido formó parte del grupo que, entre las 19.48 y las 20.23, coordinó un encuentro con la víctima detrás de la defensa aluvional. Allí lo habrían engañado para concretar una reunión y posteriormente lo agredieron con golpes y un arma de fuego, provocándole las lesiones que derivaron en su muerte. Todo ello en el marco de un plan ideado por otro de los imputados.
De acuerdo con la acusación, el joven participó también del robo del automóvil de Dobra y del ingreso a su domicilio, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos utilizando la llave original.
La calificación legal atribuida es la de coautor de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego, en concurso real con hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída, agravados por la participación de menores de edad.
Durante la audiencia, la Fiscalía presentó pruebas que incluyen rastros levantados en el lugar del hecho, informes de cámaras del 911, pericias telefónicas y análisis biológicos, entre otros elementos.
El defensor oficial se opuso a la formulación de cargos y pidió medidas de protección para las víctimas, mientras que la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del acusado. El juez de Garantías hizo lugar al pedido del Ministerio Público, imponiendo la medida cautelar y recordando que la causa fue declarada compleja, lo que extiende el plazo de investigación hasta mayo de 2026.
Con esta nueva imputación, el caso que conmocionó a General Roca ya cuenta con 8 personas acusadas, entre mayores y menores de edad, por su presunta participación en el brutal homicidio.
Judiciales
Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo
El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.
La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.
Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.
Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.
El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».
Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.
En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.
Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.
Judiciales
Nuevos elementos del celular de la víctima reconfiguran la investigación por el crimen de Julián Dobra de la Canal
El juez de Garantías declaró la causa como compleja y extendió el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción reformuló cargos en la causa que investiga el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. La medida se basó en nuevos elementos incorporados a la investigación, principalmente el análisis del celular de la víctima, que permitió precisar detalles sobre el hecho y las responsabilidades de cada imputado.
Según la hipótesis fiscal, el crimen ocurrió entre las 19.48 y las 20.23, en una zona ubicada detrás de la defensa aluvional. En ese lapso, cuatro hombres agredieron a la víctima con golpes y un arma de fuego, cumpliendo un plan previamente ideado por una quinta persona.
Dobra fue arrastrado y abandonado detrás de unos arbustos, donde finalmente falleció a causa de las lesiones en el cráneo. Posteriormente, los agresores se apoderaron de su automóvil y lo utilizaron para ingresar a su departamento, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos.
Además, se acreditó que un sexto implicado omitió brindar información sobre el paradero de la víctima pese a conocer lo ocurrido, mientras que un séptimo hombre ocultó el vehículo sustraído en una vivienda de calle Urquiza.
El análisis del celular, clave para el avance de la causa
El avance de la investigación se fortaleció a partir del trabajo técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, que logró acceder al contenido del celular de Dobra sin necesidad de enviarlo al exterior.
Del dispositivo se recuperaron más de 1.400 puntos de geolocalización, registros de llamadas, mensajes, videos e imágenes que vinculan directamente a los imputados entre sí y con la víctima.
La información fue cotejada con testimonios, informes del 911 y pericias previas, confirmando la hipótesis del Ministerio Público.
También se hallaron mensajes entre los acusados donde coordinaban acciones posteriores al homicidio, como ocultar el vehículo e incluso intentar incendiarlo.
7 imputados y causa declarada compleja
Dos de los implicados fueron acusados de homicidio triplemente agravado (por el concurso premeditado de dos o más personas, por el uso de arma de fuego y por la intervención de menores). A uno de ellos se le sumó el cargo de hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída.
Tres personas menores de edad fueron imputadas por los mismos delitos en concurso real con hurto calificado, y un cuarto adolescente también fue acusado de portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Los dos restantes fueron imputados por encubrimiento agravado.
Durante la audiencia, las partes debatieron sobre la complejidad del caso. Finalmente, el juez de Garantías admitió la reformulación de cargos y declaró la causa como compleja, extendiendo el plazo de investigación hasta el 9 de mayo de 2026.
El magistrado también resolvió prorrogar la prisión preventiva de los imputados mayores de edad hasta esa fecha, y mantener las medidas cautelares para los menores. Uno de ellos deberá presentarse periódicamente ante la Fiscalía.









