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Fallo reconoce la figura de «padre solidario» en un reclamo de cuota alimentaria

Un hombre crió a una niña, que era la sobrina de su pareja, durante 10 años. Al separarse de su mujer, ella denunció que no podía afrontar sola los gastos de la pequeña. Un fallo de la Justicia condenó al sujeto a pagar la cuota alimentaria.

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A pesar de que no los une ningún vínculo biológico, un hombre que ejerció la crianza de una niña durante más de una década deberá abonar una cuota alimentaria. La sentencia de Cipolletti tomó el concepto de «socioafectividad» como un elemento rupturista del paradigma biologista del derecho de familia.

Cuando tenía apenas 18 días de vida, la bebé llegó a la casa de una hermana de su mamá, donde no solo recibió un hogar, sino cariño y contención. Fue criada por su tía y por la pareja de esa mujer, que en los hechos cumplió el rol de «papá del corazón». Esa situación quedó plasmada en una sentencia judicial que le otorgó la guarda de la niña a los dos integrantes de la familia.

Tiempo después, la madre biológica de la criatura falleció y, sin filiación paterna conocida, se quedó a vivir definitivamente con su tía y su tío.

Cuando la niña cumplió 11 años, la convivencia se interrumpió y el tío abandonó la casa. En ese momento, el hombre también se desentendió de la economía familiar. En la presentación que hizo la mujer, aseguró que ella contaba con un trabajo de cuatro horas y que el resto del día realizaba actividades informales, como la venta de viandas. Sostuvo que le costaba muchísimo afrontar los gastos de la criatura. Ante esas circunstancias, le pidió a su ex pareja que la ayudara con dinero.

En los hechos, el hombre no mantiene ningún vínculo biológico con la niña, ya que es sobrina de quien había sido su pareja. De todos modos, el fallo del fuero de Familia de Cipolletti utilizó como elemento la diversidad de familias y la aceptación de las familias diversas bajo el concepto de «socioafectividad».

Según la sentencia, el hombre había demostrado a lo largo de más de una década una conducta jurídicamente relevante, contribuyendo al sostenimiento económico del hogar y asumiendo un rol fundamental en la crianza de la niña. El concepto de «socioafectividad» se erige como una noción que trasciende las limitaciones legales tradicionales, reconociendo el valor del afecto y el compromiso en las relaciones de crianza.

El fallo resaltó que la separación de la pareja no debería eximir al hombre de su responsabilidad financiera hacia la niña, ya que había establecido un lazo sólido y duradero con ella. La figura del «padre solidario» se consolida como una expresión del compromiso voluntario y emocional que trasciende las circunstancias externas.

Durante 11 años, la tía y su pareja, el tío, brindaron un hogar lleno de amor y cuidado a la niña, estableciendo un vínculo que trascendió los lazos de sangre. Sin embargo, el camino de esta familia se volvió más complejo cuando la tía y el tío decidieron separarse.

El fallo fijó una cuota alimentaria equivalente al 20% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil hasta que la niña cumpliera los 21 años. La defensa pública de Cipolletti asistió gratuitamente tanto a la parte que reclamó como al demandado.

¿Qué es la socioafectividad?

En el caso en cuestión, el reconocimiento de la socioafectividad se erige como un elemento clave en la conformación de nuevas realidades familiares, dando origen a derechos y obligaciones entre sus miembros.

El fallo, que todavía no está firme porque puede ser apelado, destacó que esta noción contrasta con la visión biologicista arraigada en el sistema normativo previo. En consecuencia, la consanguinidad, la afinidad y la adopción ya no son las únicas fuentes creadoras de vínculos legales; en cambio, los vínculos de afecto y cuidado, independientes de los lazos biológicos, también forman la base sólida para establecer relaciones familiares arraigadas en derechos y obligaciones.

Este enfoque, en consonancia con los cambios culturales y sociales, responde a la necesidad de un reconocimiento normativo que refleje la riqueza y complejidad de las conexiones humanas en el ámbito familiar. La «socioafectividad» se erige así como un nuevo elemento en el derecho de familia, trascendiendo las limitaciones previas y abriendo paso a una concepción más inclusiva y abarcadora de las relaciones entre individuos unidos por lazos profundos de amor y compromiso.

Judiciales

Crimen en Cervantes: Cayó en Roca uno de los sospechosos por el asesinato de Santiago Drinovac

El detenido se presentó en Tribunales y quedó a disposición de la Justicia. Otro sospechoso permanece prófugo.

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Un joven de 19 años fue detenido en Roca en el marco de la investigación por el homicidio agravado de Santiago Drinovac, también de 19 años, ocurrido días atrás en la localidad de Cervantes.

La detención se concretó durante la mañana de ayer martes (06/05), cuando el sospechoso se presentó de manera voluntaria en los Tribunales de Roca. Tras ello, quedó alojado en la Comisaría 31° a disposición de la Justicia, a la espera de la formulación de cargos.

El hecho que se investiga tuvo lugar en el barrio 10 Viviendas de Cervantes, donde la tranquilidad se vio abruptamente interrumpida por una serie de disparos. Según los primeros testimonios, dos jóvenes a bordo de una motocicleta fueron señalados como los autores de la balacera que terminó con la vida de Drinovac dentro de una vivienda.

De acuerdo a las pericias iniciales, el ataque habría sido perpetrado con un arma de fuego calibre 22. A partir de estos elementos, la Justicia dispuso la identificación y orden de detención de los presuntos responsables.

El segundo sospechoso permanece prófugo y es intensamente buscado por las fuerzas policiales en toda la región.

La investigación continúa bajo las directivas del Ministerio Público Fiscal, con el objetivo de esclarecer completamente el hecho y determinar las responsabilidades correspondientes.

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Caso Dobra: Prorrogan la investigación y siguen las medidas contra los imputados

La causa fue declarada compleja y restan múltiples pericias clave.

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Esta mañana (05/05), tras la solicitud fiscal y la querella, sin oposición de las defensas de los ocho imputados por el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril del año pasado en General Roca, se prorrogó el plazo de investigación penal preparatoria. Además, se resolvió que todas las medidas cautelares continúen vigentes. De esta manera, se concretarán varias pericias que están en trámite en diversos organismos, cuyos resultados son necesarios para avanzar hacia el juicio.

«La investigación ha avanzado notoriamente desde que en noviembre pasado se reformularon los cargos, agravando la situación de muchos de los imputados. Fue en esa audiencia que se declaró este legajo como causa compleja, y es en ese marco que hoy solicitamos una prórroga -establecida en el Artículo 219 inciso 2-, teniendo presente los siguientes motivos», explicó la Fiscalía.

«Por un lado, ya sabemos que las muestras biológicas tomadas por el Gabinete de Criminalística en los lugares donde se desarrolló este hecho dieron positivo cuando se las comparó con el material de la víctima», detalló la Fiscalía. Asimismo, el representante fiscal mencionó que «resta por hacer un análisis reconstructivo de esas manchas hemáticas, que estará a cargo de la Unidad Operativa de Investigación de Cipolletti -perteneciente al Ministerio Público-, que buscará determinar cómo fueron producidas».

«Además, la Unidad Operativa de Investigación, con sede en Viedma, está concluyendo con el relevamiento de uno de los elementos secuestrados; sin embargo, ya adelantaron que los resultados son positivos al ADN de contacto respecto de la víctima. Esto, a la par, será analizado por el Laboratorio de Genética Forense de Bariloche, también de este Ministerio, para avanzar en otras conclusiones», dijo la Fiscalía.

La Fiscalía agregó que «nos han confirmado la fecha para realizar la pericia odorífera, que se suma al relevamiento pericial respecto de la apertura de celulares por parte de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL). No debemos olvidar que luego de abrir esos celulares se pasa a la etapa de análisis de contenido».

«Contamos con lo que está concretando el Departamento de Reconstrucción Virtual del Ministerio Público sobre el lugar del hallazgo de la víctima, del vehículo y de las patentes. Se trata de una reconstrucción en 360 grados que va de la mano de los otros estudios biológicos mencionados», explicó la Fiscalía.

Finalmente, el representante fiscal señaló que, contando con todas estas medidas de análisis, es necesario avanzar en un estudio interdisciplinario a lo que se sumará lo concretado por el Cuerpo de Investigación Forense. El equipo fiscal además precisó que «se agregan entrevistas que han ido agregando al legajo, incluso algunas fueron realizadas en el transcurso de esta semana junto a la querella».

Medidas cautelares

La Fiscalía y la querella solicitaron que se prorroguen las medidas cautelares tanto para los menores punibles como para los demás imputados.

«Sigue vigente el peligro de entorpecimiento a la investigación, en tanto podrían estar comprometidas las declaraciones testimoniales que se recepcionarán en el debate oral y público», dijo el Ministerio Público Fiscal.

Pese a la oposición de algunas de las defensas particulares, el juez de Garantías resolvió que las prisiones preventivas en establecimientos policiales, las presentaciones en comisaría con dispositivo electrónico, las detenciones en dispositivos de SENAF y las preventivas en modalidad domiciliaria con pulsera con dispositivo GPS, continúen vigentes hasta el 8 de noviembre de 2026.

De esta manera, todos los imputados continuarán cumpliendo las medidas como hasta este momento.

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Detuvieron en Madryn al acusado de matar a Sergio Coria en Roca

El hecho ocurrió el pasado 4 de abril y la víctima murió tras permanecer internada.

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El Ministerio Público Fiscal imputó este mediodía (05/05) a un hombre por el homicidio agravado de Sergio Emiliano Coria, ocurrido el pasado 4 de abril en General Roca. El acusado había sido detenido en Puerto Madryn y continuará en prisión preventiva.

Según la acusación, la víctima circulaba en su vehículo junto a su pareja, su hijo de un mes, su suegra y una sobrina de 4 años, cuando fue atacada. De acuerdo a la teoría fiscal, el imputado se movilizaba en una motocicleta y, con la intención de causarle la muerte, aprovechó que el vehículo se detuvo para efectuar disparos.

Como consecuencia de las heridas, Coria fue trasladado al Hospital Francisco López Lima, donde finalmente falleció.

La calificación legal provisoria es la de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional.

Entre las pruebas mencionadas se encuentran el acta policial de la Comisaría 21, informes médicos, intervención del 911, pericias del Gabinete de Criminalística, el informe de autopsia del Cuerpo de Investigación Forense, además de testimonios y datos recabados por el Cuerpo de Investigación Judicial y la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones.

La Fiscalía solicitó la prisión preventiva por riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación. La defensa se opuso tanto a la acusación como a la medida.

Finalmente, la jueza de Garantías dio por formulados los cargos y dispuso que el imputado permanezca detenido por cuatro meses.

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