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Judiciales

Utilizó adjetivos descalificativos contra un profesional en Facebook: Condena por afectar su imagen y honor

La persona fue condenada a indemnizar al profesional por una suma de dinero que compensa el daño moral sufrido.

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Una persona de Cipolletti que hizo comentarios ofensivos respecto de un profesional fue condenada en el ámbito civil por afectación a la imagen y el honor. La sentencia hizo referencia al equilibrio que debe existir entre la libertad de expresión y otros derechos de la misma jerarquía como la honra y la reputación. Ahora tendrá que indemnizar al damnificado ya que tuvo la posibilidad de retractarse y no lo hizo.

El fallo es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado. Como resultado del juicio, la persona fue condenada a indemnizar al profesional por una suma de dinero que compensa el daño moral sufrido.

El posteo en la red social Facebook fue publicado por una amiga de la persona que redactó el mensaje ofensivo. La autora de la publicación había tenido trato con el profesional y entonces en los comentarios de la plataforma se consignaron adjetivos descalificativos hacia el experto. El hombre le envió una carta documento para que se retractara, aunque eso no ocurrió. En esa instancia se avanzó en un juicio civil por daños y perjuicios.

El profesional probó que el mensaje había afectado sus derechos personalísimos, entre ellos la imagen, la dignidad y el honor. Y que no solo lo había perjudicado en su ámbito de incumbencia sino en su círculo íntimo, ya que debió ofrecer explicaciones a su entorno familiar. Sostuvo, además, que no tuvo ni tiene ninguna denuncia o sanción ante el colegio que regula su actividad.

El fallo analizó la condición de la persona sometida a juicio. Y en ese aspecto se afirmó que tenía los recursos para hacer la denuncia ante los organismos correspondientes si es que ella consideraba que el profesional no había actuado con diligencia.

Tomó para ello un precedente de Córdoba que traza un paralelismo entre las redes sociales y el circo romano en el que la arenga pública puede ser demoledora. Allí se describe que las plataformas se han convertido en una poderosa herramienta que pueden ser usadas con muy poco límite en cuanto al contenido de las publicaciones y con un rango de efectos exponencial inimaginable.

«Es un foro en el que se puede atacar o de mínima debatir, sin moderador y sin posibilidad de defensa y menos de contraprueba de los hechos (al menos en lo inmediato), y en el que cualquier refutación posterior, no borraría los daños y el impacto ya generados. Ello nos debe llevar a tener especial cuidado y apelar a la equidad como criterio normalizador de una situación que se salió de quicio», surge de esa sentencia.

En el caso de Cipolletti se buscó el equilibrio entre dos derechos con jerarquía constitucional. El primero se refiere a la libertad de expresión y el segundo al honor de las personas.

El hecho de que la Constitución habilite a publicar ideas en internet no significa impunidad, ya que si en esta difusión se vulneran otros derechos personalísimos se debe responder por los daños, se afirmó en el fallo.

En ese aspecto se consignó que la Constitución Provincial en su artículo 26 protege la inviolabilidad del derecho a la libre expresión de ideas y opiniones sin censura de ninguna clase, dejando en claro que quien abuse de este derecho será responsable de las lesiones que causare a quien resulte afectado.

Judiciales

Confirmaron la identidad del hombre hallado sin vida en el Canal Grande

El cuerpo ya fue entregado a la familia y la investigación continúa.

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El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial confirmó este mediodía (17/12) la identidad del cuerpo hallado el viernes pasado por la mañana en el Canal Grande de General Roca. Se trata de Jorge Roberto Candia, un hombre de 73 años, oriundo de la ciudad de Allen, cuyos restos ya fueron entregados a su familia para su sepultura.

Según se informó oficialmente, la identificación fue posible tras los análisis realizados por el Cuerpo de Investigación Forense, una vez concretada la autopsia. El procedimiento se había visto demorado durante aproximadamente 72 horas, debido al avanzado estado de descomposición del cuerpo, que llevaba varios días en el agua al momento del hallazgo.

El cuerpo fue encontrado alrededor de las 8 de la mañana del viernes (12/12), en el Canal Principal de Riego, en la zona de Gelonch y Kennedy, luego del aviso de vecinas y vecinos que transitaban por el sector. En el lugar trabajaron efectivos policiales, Bomberos Voluntarios y personal del Gabinete de Criminalística, quienes llevaron adelante las primeras diligencias.

Desde el Ministerio Público Fiscal aclararon que aún no se han informado las causas del fallecimiento, y que la investigación continúa en curso para determinar las circunstancias que derivaron en la muerte del hombre.

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Judiciales

Formularon cargos y dictaron prisión preventiva a un hombre que atacó con un cuchillo a policías y a otro hombre en la zona del Aeropuerto

Uno de los efectivos permanece internado tras sufrir lesiones graves.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos este martes (16/12) a un hombre acusado de protagonizar dos hechos violentos ocurridos el domingo (14/12) por la noche en la zona del Aeropuerto Arturo Illia de General Roca, en los que habrían resultado lesionados integrantes de la Policía de Río Negro y otro hombre, todos atacados con un arma blanca. En la misma audiencia, se dispuso su prisión preventiva, por lo que continuará detenido.

Según la acusación fiscal, el primer hecho ocurrió cuando el imputado, junto a otro hombre, habría agredido con un cuchillo a una persona, quien tras el ataque se trasladó por sus propios medios al Hospital Francisco López Lima. Allí, la víctima dio aviso a las autoridades, lo que permitió iniciar las actuaciones de prevención.

El segundo episodio se produjo momentos después, cuando personal de la Comisaría 47º de J.J. Gómez logró dar con el presunto autor. Al intentar identificarlo, el hombre habría atacado nuevamente con un arma blanca a los efectivos policiales, provocando lesiones de distinta gravedad.

La Fiscalía calificó legalmente los hechos como lesiones leves en relación al primer ataque. Por el segundo episodio, imputó atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos en la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves respecto de uno de los empleados policiales, y lesiones graves en relación al otro efectivo, todas agravadas por haber sido cometidas contra miembros de una fuerza de seguridad, conforme a los artículos 45, 54, 55, 238 inciso 4, y 89 en función del 92 con remisión al 80 inciso 8 del Código Penal.

Entre los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público Fiscal se encuentran actas de procedimiento de las Comisarías 21º y 47º, la denuncia penal, historias clínicas de las tres víctimas, acta de allanamiento, croquis referencial, entrevistas, informes del Cuerpo de Investigación Forense sobre las lesiones sufridas por uno de los policías y el parte de internación en terapia intensiva del otro efectivo.

En función del riesgo procesal y la posibilidad de entorpecimiento de la investigación, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado. La defensa penal pública se opuso al pedido, pero finalmente el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dictó la prisión preventiva por el plazo de dos meses.

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La Justicia ratificó la detención preventiva de Axel Araneda, acusado de la muerte de cuatro personas en la Ruta N° 22

La Fiscalía sostuvo que el imputado cuenta con capacidad económica, antecedentes penales y riesgo concreto de fuga, lo que impide una pena condicional.

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Esta mañana (16/12), la Justicia rechazó el pedido de la defensa particular para que se le concedan medidas cautelares menos gravosas a Axel Araneda, el joven imputado por homicidio culposo cuádruplemente agravado, y resolvió que continúe detenido en prisión preventiva.

El planteo fue formulado por el defensor del acusado, quien solicitó la morigeración de la detención. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido y la jueza interviniente resolvió en el mismo sentido que lo sostenido por la fiscalía.

Durante la audiencia, la fiscal jefa explicó que los informes requeridos a la Brigada de Investigaciones permitieron acreditar la capacidad económica de Araneda, a partir del análisis de perfiles de redes sociales de acceso público, tanto del acusado como de su pareja. Según detalló, en las imágenes y videos se observa un estilo de vida que incluye viajes y vacaciones en el exterior, vehículos de alta gama, además de los tres teléfonos celulares que llevaba al momento del hecho -dos de ellos iPhone- y el $1.000.000 en efectivo que tenía en su poder esa mañana.

«Todo lo enumerado hace presumir la capacidad económica del imputado y nos habla de las posibilidades que tiene para darse a la fuga y sustraerse del accionar de la Justicia», sostuvo la Fiscalía.

Desde el Ministerio Público Fiscal también se hizo referencia a un antecedente condenatorio en el fuero federal, señalando que, en caso de recaer condena en este legajo, no podría acceder a una pena de ejecución condicional, lo que incrementa el riesgo de fuga.

Finalmente, la jueza interviniente resolvió confirmar en todos sus términos la decisión adoptada por la jueza de Garantías el pasado 23 de noviembre, cuando se realizó la formulación de cargos y se dictó la prisión preventiva.

«Agrego que la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal cuenta con cuatro agravantes, por lo que no podemos pensar en una pena condicional en caso de condena», expresó la magistrada. Además, indicó que «existe riesgo de fuga, condicionado por los antecedentes del imputado, la expectativa de una pena superior al mínimo y los medios económicos a su disposición, aunque no sean propios, que podrían facilitar la evasión de la Justicia».

De esta manera, el hombre acusado como autor de homicidio culposo cuádruplemente agravado -por conducir un vehículo automotor a exceso de velocidad, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcohol superior a 500 miligramos por litro de sangre y por la cantidad de víctimas fatales- continuará detenido en prisión preventiva.

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