Río Negro
Río Negro recuperó más de 6.400 fósiles que intentaron contrabandear
Los fósiles retornarán a la ciudad de Bariloche.

La provincia recibió de la Dirección General de Aduanas la colección que contiene más de 6.400 fósiles, y dispone el operativo de retorno a la ciudad de San Carlos de Bariloche.
En un hecho histórico para la provincia y el país, la incautación de la colección completa del Museo del Lago Gutiérrez, que en pandemia quisieron contrabandear a España, se convierte en el operativo más grande llevado adelante en el país en materia tráfico ilícito.
En el Día Internacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales -14 de noviembre- la Secretaría de Estado de Cultura inicia en Buenos Aires el operativo de retorno del Museo que Corzolini intentó contrabandear a España en 2020 y así devolverlo a la comunidad.
La restitución
En un acto en el Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, el director General de Aduanas, Guillermo Michel, hizo entrega de las actas correspondientes a la subsecretaría de Patrimonio y Cooperación Cultural de Río Negro, Natalia Villegas.
Al respecto Michel afirmó que «estamos ante el mayor secuestro de bienes culturales de la historia argentina y es un orgullo poder restituir nuestro patrimonio a su lugar de origen. Agradezco enormemente la colaboración del Museo, el INAPL y la aduana española, que han sido determinantes en la recuperación de las piezas».
Al mismo tiempo, Natalia Villegas resaltó que «el trabajo en conjunto entre todos los organismos del Estado intervinientes permiten que hoy Río Negro recupere una valiosa colección, pero sobre todo, nos sirve de ejemplo sobre el cuidado y resguardo de nuestro patrimonio».
Estuvieron presentes Luis Cappozzo, director del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia y Leonor Acuña, directora del INAPL (Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano).
La incautación
En la tentativa de contrabando usaron sofisticados métodos de ocultamiento y el pretexto de una mudanza a España para intentar sacar los bienes culturales del país.
A través de gestiones realizadas por el Gobierno de Río Negro, los bienes culturales retornaron a la Argentina y el Museo Bernardino Rivadavia y el INAPL certificaron su autenticidad.
Así, se constató que en la enorme colección de más de 6.400 piezas hay ejemplares de destacadísimo valor histórico, como por ejemplo el fósil de la flor margarita más antiguo del mundo que data de 47 millones de años. También hay huevos de dinosaurio, el esqueleto completo de un hadrosaurio, un amonite de más de 20 cm. de diámetro e incluso, como en Jurassic Park, múltiples piezas de ámbar, de millones de años, con insectos preservados en su interior.
En el análisis y clasificación del material intervinieron la Dirección General de Aduanas, el Museo de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, el INAPL, el Departamento de Protección del Patrimonio Cultural de INTERPOL, la Gendarmería Argentina, la Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales del Ministerio de Cultura y de la Nación, la Brigada de Control Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Asociación Paleontológica Bariloche y la Secretaría de Estado de Cultura de Río Negro.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








