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Roca

Código de edificación: Se agiliza el trámite de permiso de obra

La responsabilidad civil puede ser asumida por el propietario en conjunto con el director técnico de la obra.

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Derogada la Ordenanza N° 1032/89, la nueva Ordenanza N° 5025/23 establece la excepción de obligación de contar con un ejecutor matriculado en determinadas obras.

Hasta ahora, el criterio para establecer la obligación de contar con un constructor o ejecutor matriculado como requisito indispensable para poder obtener el permiso de construcción, se basaba en el destino de la obra. Dada la similitud en la complejidad constructiva de una vivienda, respecto de otros tipos de edificaciones (por ejemplo comercios, galpones, etc), la nueva Ordenanza, en cambio, toma como parámetro principal la dimensión de la obra.

«De esta forma, se agiliza el otorgamiento del permiso de obra, debido a que la responsabilidad civil puede ser asumida por el propietario en conjunto con el director técnico de la obra. La nueva ordenanza autoriza dicha excepción en toda obra que no supere los 250 metros cuadrados, los 8 metros de altura y/o las 4 unidades locativas», destacaron desde el Municipio.

Para realizar este trámite, el propietario debe presentar Declaración Jurada, indicando el destino de obra a ejecutar especificando metros cuadrados y altura; asumiendo la responsabilidad civil que le corresponda; y solicitando la exención de firma de constructor matriculado.

Judiciales

La Justicia condenó a YPF a indemnizar a un distribuidor de Roca

El fallo consideró justificada la rescisión del contrato por parte del distribuidor y ordenó el pago de una indemnización.

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Durante más de una década, un distribuidor oficial de productos YPF construyó su negocio en Roca. La relación comercial comenzó con la venta de lubricantes y, con el paso de los años, la empresa familiar se convirtió en una de las más reconocidas de la red. El contrato lo obligaba a comercializar exclusivamente productos de la petrolera.

Con el tiempo, el escenario cambió. La empresa de energía incorporó a otro distribuidor en la misma zona. Así, el hombre comenzó a recibir menos bonificaciones y sufrió restricciones en el abastecimiento de mercadería. La menor disponibilidad de productos redujo su capacidad para competir y afectó sus ventas.

La situación se agravó cuando también asumió la distribución de productos en Bahía Blanca. Aunque se trataba de una operación distinta, los problemas financieros de esa actividad comenzaron a repercutir sobre el negocio que desarrollaba en Río Negro. La empresa vinculó ambas operaciones mediante una única cuenta corriente y las dificultades de una terminaron condicionando el funcionamiento de la otra.

Con menos mercadería disponible y condiciones comerciales desfavorables, el negocio se deterioró de manera progresiva. Finalmente, el distribuidor dio por terminado el contrato mediante una carta documento y responsabilizó a YPF por haber incumplido obligaciones esenciales de la relación comercial.

Luego recurrió al Poder Judicial y presentó una demanda en el fuero Civil de Roca. Pidió que se declarara justificada la resolución del contrato por los incumplimientos de YPF y que se la condenara a indemnizar los daños ocasionados. La jueza hizo lugar al planteo, consideró válida la decisión del distribuidor de extinguir el vínculo contractual y condenó a la empresa a pagar una indemnización.

La empresa pidió el rechazo de la demanda. Sostuvo que nunca interrumpió el suministro de mercadería y que las dificultades obedecieron a las deudas acumuladas por el distribuidor y al incumplimiento de sus compromisos comerciales. También afirmó que brindó asistencia permanente, autorizó entregas excepcionales, mantuvo bonificaciones adicionales y negó haber favorecido a otro distribuidor o haber incumplido el contrato.

La sentencia analizó la relación como un contrato de distribución celebrado por adhesión y concluyó que varias de sus cláusulas colocaban al distribuidor en una situación de desigualdad.

Mientras el comerciante estaba obligado a comercializar exclusivamente productos YPF, la empresa podía designar otros distribuidores en la misma zona. Además, el contrato le permitía otorgar bonificaciones diferentes entre distribuidores sin posibilidad de reclamo. Para la jueza, esas condiciones rompían el equilibrio contractual y resultaban incompatibles con el principio de buena fe.

El fallo también concluyó que no existió un corte total e inmediato del suministro, pero sí una restricción progresiva que afectó el desarrollo del negocio.

La magistrada entendió que YPF utilizó una cuenta corriente única para vincular las deudas generadas en Bahía Blanca con el contrato de Roca, lo que redujo la provisión de mercadería y agravó el deterioro económico del distribuidor.

Consideró que ese mecanismo desnaturalizó la autonomía de ambos contratos y configuró un ejercicio abusivo de las facultades de la empresa.

Para fijar la indemnización, la sentencia reconoció el lucro cesante por las ganancias que el distribuidor dejó de obtener y el daño extrapatrimonial por las consecuencias personales derivadas de la pérdida de una actividad que había desarrollado durante años.

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Policiales

La Policía intervino por una discusión familiar y terminó con un detenido

Los efectivos encontraron al hombre en estado de exaltación y procedieron a su detención luego de que desobedeciera las órdenes policiales.

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Un hombre de 25 años fue detenido por personal de la Comisaría 31° luego de un procedimiento realizado en una vivienda de General Roca, donde se registraba un conflicto familiar.

La intervención se inició a partir de un llamado al Centro de Monitoreo 911. Una mujer alertó sobre una situación de conflicto en un domicilio ubicado sobre calle Posadas.

Al llegar al lugar, los efectivos encontraron a un hombre en estado de exaltación y a una mujer que salía de la vivienda mientras ambos mantenían una discusión. Los uniformados le ordenaron que depusiera su actitud, pero el hombre desobedeció las indicaciones y continuó alterado.

Ante esa situación, y con el objetivo de evitar una posible escalada de violencia, el personal policial procedió a la detención del hombre y realizó las actuaciones correspondientes.

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Judiciales

Activan el protocolo de búsqueda para una adolescente de 16 años en Roca

Cualquier información puede comunicarse al 911, a la comisaría más cercana o a la Fiscalía de General Roca.

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La Fiscalía de turno de General Roca activó el protocolo de búsqueda para dar con el paradero de Xiomara Candela Marín, una adolescente de 16 años.

Según la información difundida por el Ministerio Público de Río Negro, al momento de su desaparición vestía zapatillas blancas, un pantalón negro tipo palazo, un pulóver rosa, una campera negra y llevaba una bandolera verde oscuro.

La joven es de tez trigueña, tiene ojos marrones, mide aproximadamente 1,60 metro, posee un lunar cerca de la boca del lado izquierdo y tiene el cabello corto color bordo.

Las autoridades solicitaron a la comunidad que, ante cualquier información que pueda contribuir a localizarla, se comunique de inmediato al 911, se acerque a la comisaría más cercana o llame a la Fiscalía de General Roca al (0298) 15-4231271.

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