Roca
Inauguraron el playón multideportivo en barrio Belgrano
Se colocaron tableros para la práctica de básquet, soportes y demás elementos para la práctica de vóley y fútbol.

La intendenta María Emilia Soria inauguró el martes (23/01) un nuevo playón multideportivo en barrio Belgrano, ubicado en la intersección de las calles A. Runge, Gral. Villegas, calle 1 y San Martín.
Continuando con el plan de ampliación de los espacios destinados a práctica deportiva y actividades recreativas en la ciudad, se construyó el playón con base de hormigón (de 19 metros de ancho por 32 de largo), se instaló iluminación, se colocaron tableros para la práctica de básquet, soportes y demás elementos para la práctica de vóley y fútbol.

También se instalaron cestos y bancos de hormigón y se ejecutó una senda peatonal para permitir el acceso.
Durante el acto, del que participaron también vecinos y vecinas de Roca, se dispusieron inflables y juegos para los más chicos y chicas, pelotas de vóley y básquet para comenzar a hacer uso del espacio. Además, durante la inauguración se abrieron las inscripciones a los nuevos talleres que comenzarán a funcionar en el lugar a partir de febrero.
Judiciales
Su pareja falleció y la empresa se negó a pagarle: Ordenan indemnizar a la concubina y a los hijos en partes iguales
La víctima murió en galpón de empaque de Huergo. Ella convivía con él, pero no estaban casados legalmente.

La mujer convivió con su pareja durante más de 6 años. El hombre falleció mientras realizaba tareas en un galpón de empaque en la zona rural de Ingeniero Huergo. La empresa se negó a indemnizarla y argumentó que ese derecho correspondía a los hijos del trabajador. Los menores son fruto de una relación anterior.
Un fallo de la Cámara Laboral de Roca ordenó indemnizar a la concubina y a los hijos del operario en partes iguales. La resolución también intimó a la aseguradora a abonar el seguro de vida en la misma proporción.
Desde el año 2010, y de manera ininterrumpida, el hombre trabajó como mecánico en un galpón de empaque de la zona rural. Cargaba pallets con cajas de frutas con una carretilla elevadora manual. Este trabajo le provocó un fuerte dolor en el pecho y le indicaron reposo por 15 días.
En la demanda, la mujer explicó que tres días después de ese episodio lo convocaron para arreglar un portón. Cuando utilizaba un taladro, sufrió una descompensación. Lo asistieron en el Hospital y falleció minutos más tarde a causa de un paro cardiorrespiratorio. Según el informe médico, también padecía Covid-19.
La concubina acreditó el vínculo y notificó a la empresa sobre la existencia de los herederos legítimos. Requirió el pago de la indemnización por fallecimiento, los haberes y el seguro de vida obligatorio. Ante la negativa de la empresa, la mujer inició un reclamo administrativo. Al no obtener respuesta favorable, presentó la demanda judicial.
El fallo determinó que la Ley de Contrato de Trabajo establece con claridad quiénes son los beneficiarios de la indemnización, mediante la sola acreditación del vínculo. «Queda claro que no es necesaria la apertura de la sucesión, sino que los causahabientes del trabajador sólo deben acreditar el vínculo para tener derecho a la indemnización», explicó la jueza.
Agregó que una mujer que convive públicamente con un hombre soltero, en aparente matrimonio, durante dos años, tiene derechos equiparables a los de una viuda. La mujer presentó la declaración jurada de concubinato, emitida y reconocida por el Registro Civil de Ingeniero Huergo
Policiales
Hallaron a un hombre sin vida en la zona norte de Roca
Se trataría de una persona en situación de calle. El cuerpo no tiene indicios de violencia.

Pasado el mediodía de hoy (26/06), un vecino halló a un hombre sin vida en la esquina de calles América e Islas Orcadas, en la zona norte de Roca. El cuerpo no tendría indicios de violencia.
La víctima ya habría sido identificada y se trataría de una persona en situación de calle. La persona que lo halló, quiso despertarlo, ya que llevaba varias horas en el lugar. Así fue como descubrió que no tenía signos vitales y se comunicó rápidamente con la Policía.
Según comentó un vecino, llevaría al menos dos días pernoctando en esa esquina.
En el hecho trabajó personal de la Comisaría 21°, del Gabinete de Criminalística y la Fiscalía en turno.
Ampliaremos.
Judiciales
Tuvo que pagar consumos de una tarjeta que nunca tuvo para no figurar como deudora: Condenan al banco
El resumen le llegaba a su casilla de correo electrónico, pero el domicilio era diferente. Aunque buscó incansablemente obtener respuestas por parte de la entidad bancaria, fue imposible.

Una vecina de Roca comenzó a recibir correos electrónicos de un banco. Le informaron que debía pagar el resumen de una tarjeta de crédito que no tenía. Constató que figuraban sus datos, pero con un domicilio diferente. Un fallo del Juzgado Civil de Roca condenó al Banco Supervielle por daños y perjuicios. También deberá rectificar la información ante el Banco Central y suprimir los datos que la señalan como deudora.
El primer resumen fue recibido con un saldo por consumos y por la renovación de la tarjeta. Hizo consultas por correo electrónico y por teléfono, pero no obtuvo respuestas. Descargó la aplicación del banco, generó las claves, dio de baja el producto, pero no logró presentar el reclamo. En la demanda también recordó que el banco no tiene sucursal en la ciudad.
La mujer y sus familiares recibieron llamadas insistentes para que realizara el pago. Con la esperanza de obtener una respuesta, pagó, pero no consiguió la devolución del dinero. Al mes siguiente recibió una nueva nota que incluía intereses sobre consumos que no le correspondían.
Para la jueza, el banco no demostró el origen de la deuda ni la suscripción de la tarjeta de crédito. Adjuntó resúmenes de una caja de ahorro, pero no justificó gastos de una tarjeta supuestamente renovada. Al momento de alegar, la magistrada consideró que la presentación fue extemporánea y sin pruebas suficientes.
La pericia informática confirmó la autenticidad de 160 correos electrónicos que recibió la mujer, entre ellos recordatorios de pagos, promociones y resúmenes de cuenta. Las llamadas telefónicas provenían de números genéricos y aleatorios.
Entre los argumentos de su decisión, la jueza señaló que también existió un daño extrapatrimonial. La conducta del banco afectó la dignidad de la mujer. Le generó incertidumbre, malestar, angustia y una sensación de inseguridad ante la falta de respuestas claras.