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Judiciales

Tres años de prisión para pareja que estafó con viviendas a familias roquenses

El daño patrimonial causado fue de 42 millones de pesos.

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Un Tribunal de juicio, por unanimidad, impuso ayer (01/03) la pena de 3 años de prisión a un hombre y a una mujer de Roca, quienes habían sido declarados responsables como coautores del delito de estafa, reiterado en 10 hechos. Además de la prisión de ejecución condicional, las dos personas deberán cumplir reglas de conducta, someterse al control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados del gobierno provincial durante dos años y deberán pagar las costas del proceso.

La decisión de los jueces Gastón Martín, Emilio Stadler y Verónica Rodríguez se conoció en una audiencia de lectura de sentencia, de la que participaron varias de las personas damnificadas. Algunas de ellas participaron del juicio en el rol de querellantes.

El caso llegó a juicio por la denuncia de personas que habían contratado la construcción de viviendas o la provisión de materiales de construcción con la empresa constructora y la ferretería-corralón que pertenecían al imputado y a la imputada.

Los hechos investigados ocurrieron en Roca, entre mediados de 2020 y mediados de 2022. En el juicio se acreditaron las estafas sufridas por 10 víctimas.

En dos de los casos las víctimas «fueron engañadas, las casas nunca llegaron a construirse y no fue un incumplimiento contractual. Desde el inicio los imputados sabían que no tenían la capacidad técnica, económica y financiera para llevar adelante la construcción de viviendas», indicó el Tribunal en diciembre pasado, al emitir su veredicto de culpabilidad. El proceso continuó este año con la audiencia de cesura, y finalizó hoy con la imposición de la pena.

En los otros ocho casos, las estafas se configuraron con la venta de materiales de construcción a través del corralón, que no tenía habilitación municipal, ni estaba registrado en organismos de fiscalización. «Vendían materiales de construcción que no tenía en su haber. No cumplieron con las entregas pactadas, en algunos casos el incumplimiento fue total y en otros fue parcial», expresó el veredicto.

Para definir el monto de la pena el Tribunal valoró los máximos y mínimos solicitados por las partes. La Fiscalía y la querella habían solicitado una condena de cinco años de prisión efectiva, en tanto que el defensor oficial de la pareja imputada había pedido una pena de un año de prisión en suspenso.

El Tribunal de Juicio definió una condena de tres años de prisión de ejecución condicional, con la advertencia de que la pena se transformará en prisión efectiva si violan cualquiera de las pautas de conducta establecidas en la sentencia.

Para definir esa pena el Tribunal valoró como atenuante la edad de ambos, su falta de antecedentes penales, que siempre han estado a derecho, su correcta su presencia y participación en las audiencias de juicio y que manifestaron a los damnificados «su intención de reparar patrimonialmente» los perjuicios.

Como agravantes se valoró «la cantidad de hechos cometidos», «su duración en el tiempo, el daño patrimonial causado que, actualizado según señala la Fiscalía, es de 42 millones de pesos». A eso se suma «el daño moral sufrido por sus víctimas, que se refleja en problemas en la salud, la frustración y el dolor espiritual causado. El aprovecharse de una necesidad habitacional evidente, el despliegue de los medio utilizados, comercio, oficina, escribano, etc». Y finalmente, más allá de la voluntad de reparar que expresaron, actualmente «ambos son insolventes».

El Tribunal afirmó que no se demostró la necesidad de una pena de prisión efectiva. «Tratándose de dos personas jóvenes, que si es real su declarada intención de reparar el daño patrimonial causado, seguro podrán hacerlo desde el trabajo honrado en libertad», valoraron. Además, tuvieron en consideración la afectación directa de menores de edad que implicaría el encarcelamiento de la pareja.

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Condenaron a 5 años de prisión al policía que baleó a su pareja en Roca

Le colocarán una tobillera electrónica con restricción de movimiento.

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El Tribunal interviniente condenó este mediodía (15/05) a 5 años de prisión efectiva al empleado policial acusado de herir gravemente a su pareja con su arma reglamentaria en General Roca. La resolución fue adoptada en consonancia con el pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal.

Durante la misma audiencia, la Fiscalía y la defensa penal pública solicitaron de manera conjunta que el condenado continúe sujeto a estrictas medidas cautelares mientras transcurren los plazos de impugnación de la sentencia.

«A los fines de garantizar que el hombre continúe a derecho y para neutralizar cualquier peligro procesal, se deben imponer determinadas condiciones. Solicitamos que siga vigente la prohibición de acercamiento a la víctima y que se agreguen la prohibición de salida del país y la colocación de una pulsera electrónica con radio de movimiento limitado al ejido de General Roca», explicó el fiscal.

Entre las medidas dispuestas se encuentra la continuidad de la prohibición de acercamiento a la víctima, la prohibición de salida del país y la colocación de una pulsera electrónica con restricción de movimiento limitada al ejido de Roca.

Desde la Fiscalía aclararon que las medidas quedarán plenamente efectivas una vez colocada la tobillera electrónica, cuya disponibilidad ya fue confirmada por la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME).

Cabe recordar que el pasado 27 de marzo el mismo Tribunal Colegiado interviniente tuvo por acreditado el hecho y la autoría del empleado policial, tal como acusó el Ministerio Público Fiscal. Por unanimidad, los jueces lo declararon responsable del delito de lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de un arma de fuego.

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Fue a la casa de su hermana pese a tener restricción y terminó detenido

La mujer se resguardó en la casa de una vecina mientras aguardaba la llegada de la Policía.

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Personal de la Subcomisaría 67° de Stefenelli detuvo a un hombre acusado de violar una medida judicial de prohibición de acercamiento hacia su hermana, durante un procedimiento realizado en inmediaciones de calle Irlanda.

Todo comenzó cuando una mujer llamó al Centro de Emergencias 911 para advertir que su hermano se encontraba cerca de su domicilio, pese a tener vigente una restricción judicial.
Según trascendió, la denunciante regresaba a su vivienda junto a familiares cuando observó la presencia del sujeto. Ante esa situación, decidió refugiarse preventivamente en la casa de una vecina y solicitar intervención policial.

Minutos después, efectivos arribaron al lugar y localizaron al hombre en la vía pública. Tras corroborar la información en los sistemas judiciales, constataron que existía una prohibición de acercamiento dictada por la Unidad Procesal N° 16.

Ante el incumplimiento de la medida, los uniformados procedieron a la aprehensión del sujeto y su traslado a la dependencia policial, donde quedó alojado a disposición de la Justicia.

La Fiscalía de turno dispuso que permanezca detenido en el marco de una causa por desobediencia judicial hasta la audiencia de formulación de cargos.

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Irá a juicio el hombre acusado de matar a tiros a un perro en Stefenelli

La Fiscalía sostiene que el imputado disparó al menos dos veces contra el animal, que agonizó durante horas antes de morir.

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Esta mañana (13/05) se resolvió que el legajo fiscal que investiga el hecho ocurrido en Stefenelli cuando un hombre le habría disparado dos veces a un perro, avance hacia juicio. De esta manera, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella y la defensa penal pública presentaron los testimonios, la prueba documental y las convenciones probatorias.

El hecho que se tratará en el debate ocurrió en agosto de 2024, aproximadamente a las 17.15, en la vereda del domicilio del imputado.

«Fue así que el hombre salió de su casa con un arma de fuego semiautomática, calibre 22, amartilló la misma y efectuó al menos dos disparos a corta distancia dirigidos hacia el can macho de color blanco y marrón, cuya cuidadora es la denunciante», explicó el fiscal del caso.

«La señora se encontraba allí, cuando dos proyectiles impactaron en el cuerpo del animal. Esta acción fue desplegada por el imputado de manera deliberada, con el solo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario al animal. Como consecuencia directa de las heridas, el can agonizó durante aproximadamente tres horas, hasta fallecer en la clínica veterinaria pese a los esfuerzos del veterinario, quien intentó salvarle la vida sin éxito, dada la gravedad de las heridas mencionadas», describió la Fiscalía.

La calificación legal por la cual el imputado estará frente a un Tribunal Unipersonal -dado que la pretensión punitiva no superará los 3 años de prisión- es la de crueldad animal.

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